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Leyes de grabación entre arrendador e inquilino en Carolina del Sur: derechos para inquilinos y arrendadores (2026)

Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 15 de agosto de 2026). · Revisado por el equipo editorial de RecordingLaw. · Ley verificada como vigente al 15 de agosto de 2026. · 6 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Leyes de grabación entre arrendador e inquilino en Carolina del Sur: derechos para inquilinos y arrendadores (2026)

Preguntas frecuentes

¿Puedo grabar a mi arrendador en Carolina del Sur sin avisarle?

Sí. Conforme a la ley de consentimiento de una sola parte de Carolina del Sur (S.C. Code Ann. 17-30-30), usted puede grabar cualquier conversación en la que participe sin informar a la otra parte. Esto incluye llamadas telefónicas, reuniones en persona, inspecciones de entrada y salida, y discusiones de mantenimiento con su arrendador o administrador de la propiedad.

¿Puede mi arrendador instalar cámaras dentro de mi unidad de alquiler en Carolina del Sur?

No. Los arrendadores no pueden instalar cámaras dentro de una unidad de alquiler sin el consentimiento del inquilino. Las cámaras en áreas privadas como baños y dormitorios violan el estatuto de voyerismo (S.C. Code Ann. 16-17-470); una primera infracción es un delito menor (hasta 3 años de prisión, multa de $500), que se convierte en un delito grave (hasta 5 años) en una segunda infracción o subsiguiente. Los arrendadores pueden instalar cámaras en áreas comunes de propiedades de varias unidades como pasillos y estacionamientos.

¿Qué debo hacer si encuentro una cámara oculta en mi alquiler en Carolina del Sur?

No toque la cámara. Documente su ubicación con fotografías, luego llame a las autoridades policiales de inmediato para presentar un informe. Contacte a un abogado sobre posibles reclamos civiles. Si la cámara está en un área privada como un baño o dormitorio, la persona que la instaló enfrenta cargos por delito menor de voyerismo conforme a S.C. Code Ann. 16-17-470 en una primera infracción, que se convierten en cargos por delito grave en una segunda infracción o subsiguiente.

¿Puedo instalar una cámara de seguridad en la entrada de mi apartamento en Carolina del Sur?

Generalmente sí, pero revise primero su contrato de arrendamiento. Algunos contratos restringen las modificaciones a la propiedad, incluida la instalación de cámaras en áreas comunes o en las entradas. Una cámara de timbre que no requiere perforación ni modificación permanente suele ser la opción menos problemática. Si su cámara capta audio, considere desactivarlo cuando no esté en casa para cumplir con las leyes de escuchas telefónicas.

¿Se pueden usar las grabaciones como evidencia en disputas entre arrendador e inquilino en Carolina del Sur?

Sí. Las grabaciones hechas legalmente bajo consentimiento de una sola parte son admisibles en los tribunales de Carolina del Sur. Se usan comúnmente en disputas sobre reparaciones, depósitos de seguridad, violaciones del arrendamiento y procedimientos de desalojo. Las grabaciones de video de las condiciones de la propiedad al entrar y al salir son particularmente valiosas en los casos de depósito de seguridad.

Actualizaciones

Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas; ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Se corrigió la estructura de sanciones de voyerismo en toda la página: una primera infracción de cámara oculta bajo S.C. Code Ann. 16-17-470 es un delito menor (hasta 3 años), no un delito grave automático de 5 años, y se eliminó la afirmación de '10 años si la víctima es menor de edad', ya que el nivel de 10 años del estatuto aplica a vender o distribuir una grabación, sin elemento de edad.

Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Revisado y aprobado por un editor

Fuentes y referencias

  1. Ley de Arrendador e Inquilino Residencial de Carolina del Sur(scstatehouse.gov).gov
  2. Código de Leyes de Carolina del Sur, Título 17, Capítulo 30 -- Escuchas telefónicas(scstatehouse.gov).gov
  3. Código de Leyes de Carolina del Sur, Título 16, Capítulo 17 -- Voyerismo(scstatehouse.gov).gov
  4. Ley de Vivienda Justa de Carolina del Sur(scstatehouse.gov).gov
  5. Comisión de Asuntos Humanos de Carolina del Sur(schac.sc.gov).gov
  6. 18 U.S.C. 1801 -- Ley de Prevención de Voyerismo en Video(law.cornell.edu)
  7. S.C. Code Ann. 16-15-332 -- Divulgación no autorizada de imágenes íntimas (Ley 37 de 2025)(scstatehouse.gov).gov
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