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Leyes de Arrendador e Inquilino de Carolina del Sur (2026): Depósitos, Aviso y Derechos del Inquilino

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 6 de septiembre de 20269 min de lectura
Leyes de Arrendador e Inquilino de Carolina del Sur (2026): Depósitos, Aviso y Derechos del Inquilino

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tiene un arrendador para devolver mi depósito en Carolina del Sur?

Un arrendador de Carolina del Sur tiene 30 días para devolver su depósito de garantía después de que termina el arrendamiento y usted desocupa la unidad (S.C. Code 27-40-410). El arrendador también debe proporcionar un estado de cuenta escrito y detallado de cualquier deducción. Proporcione su dirección de reenvío por escrito cuando se mude para proteger sus derechos.

¿Cuál es el depósito de garantía máximo en Carolina del Sur?

Carolina del Sur no tiene un límite legal para los depósitos de garantía. Un arrendador puede cobrar cualquier monto acordado en el contrato. Los inquilinos deben negociar el monto del depósito antes de firmar, ya que no hay un máximo legal bajo la ley estatal.

¿Con cuánta anticipación debe avisar un arrendador para entrar en Carolina del Sur?

Los arrendadores de Carolina del Sur deben dar al menos 24 horas de aviso antes de entrar a una unidad de alquiler para inspecciones, reparaciones o muestras (S.C. Code 27-40-530). La Sección 27-40-530(b) enumera tres excepciones que no requieren aviso: una emergencia, en cualquier momento; servicios periódicos programados regularmente, como cambios de filtro o tratamiento contra plagas, entre las 9:00 a.m. y las 6:00 p.m., cuando el contrato otorga ese derecho de manera visible por escrito y el arrendador anuncia la entrada; y servicios solicitados por el inquilino, entre las 8:00 a.m. y las 8:00 p.m., también con un aviso previo.

¿Cuánto aviso se necesita para terminar un contrato mes a mes en Carolina del Sur?

Ya sea el arrendador o el inquilino debe dar 30 días de aviso por escrito para terminar un arrendamiento mes a mes en Carolina del Sur (S.C. Code 27-40-770).

¿Puedo retener la renta por reparaciones en Carolina del Sur?

No. Carolina del Sur no tiene un recurso de reparar y descontar, y S.C. Code 27-40-630(c) prohíbe expresamente deducir el costo de las reparaciones de la renta. La única deducción que permite el estatuto es por un servicio esencial interrumpido: si el arrendador no suministra calefacción, agua corriente, agua caliente, electricidad o gas, usted puede dar aviso por escrito, procurar cantidades razonables de ese servicio usted mismo durante el incumplimiento, y deducir el costo real y razonable de la renta. Para otros problemas de habitabilidad, el remedio es el aviso escrito de 14 días y la terminación del contrato bajo S.C. Code 27-40-610, junto con daños reales en un tribunal de magistrados o de circuito, en lugar de retener la renta.

¿Puede un arrendador subir la renta en Carolina del Sur?

Carolina del Sur no tiene control de rentas a nivel estatal, y ninguna localidad ha promulgado una regulación de rentas al 2026. Los arrendadores pueden subir la renta a los inquilinos mes a mes con 30 días de aviso previo por escrito. Los aumentos de renta durante un contrato de plazo fijo generalmente no están permitidos a menos que el contrato lo permita expresamente.

¿Hay un periodo de gracia para los cargos por pago tardío en Carolina del Sur?

Carolina del Sur no exige un periodo de gracia legal para los cargos por pago tardío. Cualquier cargo por pago tardío debe estar indicado en el contrato escrito para ser exigible. Si el contrato no incluye una disposición de cargo por pago tardío, el arrendador no puede cobrar uno.

Actualizaciones

Se corrigió el análisis de reparar y descontar, la sanción por depósito de garantía retenido, las excepciones de aviso de entrada, la cita de la defensa de represalia, y el remedio general de habitabilidad para reflejar el texto de S.C. Code 27-40-630, 27-40-410, 27-40-530, 27-40-910 y 27-40-610.

Fuentes y referencias

  1. Ley de Arrendador e Inquilino Residencial de Carolina del Sur, S.C. Code Title 27, Chapter 40(scstatehouse.gov).gov
  2. Departamento de Asuntos del Consumidor de Carolina del Sur(consumer.sc.gov).gov
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