South Carolina
Leyes de Arrendador e Inquilino de Carolina del Sur (2026): Depósitos, Aviso y Derechos del Inquilino

Carolina del Sur no fija ningún límite legal para los depósitos de garantía y exige que los arrendadores devuelvan el depósito dentro de los 30 días. Los arrendadores deben dar al menos 24 horas de aviso antes de entrar a una unidad de alquiler. La Ley de Arrendador e Inquilino Residencial de Carolina del Sur (S.C. Code Title 27, Chapter 40) rige estas reglas en todo el estado.
Depósitos de garantía en Carolina del Sur
Carolina del Sur no limita cuánto puede cobrar un arrendador por un depósito de garantía. Se permite cualquier monto acordado en el contrato. Los inquilinos deben negociar el monto del depósito antes de firmar y confirmar lo que está por escrito, porque no hay una ley estatal que límite lo que un arrendador puede exigir.
Después de que termina el arrendamiento y el inquilino desocupa, el arrendador tiene 30 días para devolver el depósito junto con un estado de cuenta escrito y detallado de cualquier deducción (S.C. Code 27-40-410). Las deducciones pueden cubrir renta no pagada y daños a la unidad más allá del desgaste normal. El desgaste normal, como marcas menores, pintura descolorida por el uso ordinario, o pequeños agujeros de clavos, no puede deducirse.
| Regla | Requisito de Carolina del Sur |
|---|---|
| Límite del depósito | Sin límite legal |
| Plazo de devolución | 30 días después de la terminación y de que el inquilino desocupe |
| Estado de cuenta detallado | Requerido con cualquier devolución parcial |
| Intereses requeridos | No exigido por ley |
Los arrendadores que no devuelvan el depósito y no proporcionen el estado de cuenta detallado dentro de los 30 días pueden ser responsables de tres veces el monto retenido indebidamente más los honorarios razonables del abogado (S.C. Code 27-40-410(b)). Los inquilinos deben documentar el estado de la unidad al mudarse de entrada y de salida con fotografías con fecha. Proporcionar una dirección de reenvío por escrito al desocupar es esencial para que el arrendador no tenga fundamento para alegar que la dirección era desconocida.
¿Cuándo puede entrar un arrendador? Reglas de aviso
Los arrendadores de Carolina del Sur deben dar al menos 24 horas de aviso antes de entrar a una unidad de alquiler, salvo en las situaciones enumeradas en S.C. Code 27-40-530(b). El aviso debe especificar la hora de entrada prevista y la razón. La entrada debe ocurrir en horarios razonables (generalmente el horario laboral normal a menos que se acuerde lo contrario). Un arrendador puede entrar para reparaciones, inspecciones, para mostrar la unidad a posibles inquilinos o compradores, o para otros fines legítimos.

La Sección 27-40-530(b) establece tres situaciones en las que un arrendador puede entrar sin el consentimiento del inquilino y sin 24 horas de aviso. La primera es una emergencia, en cualquier momento; el estatuto agrega que los cambios previstos en las condiciones climáticas que representen una probabilidad de daño a la propiedad pueden considerarse una emergencia. La segunda es entre las 9:00 a.m. y las 6:00 p.m. para servicios periódicos programados regularmente, como el cambio de filtros de calefacción y aire acondicionado o el tratamiento contra termitas, insectos o plagas, pero solo cuando el derecho a entrar para esos servicios esté establecido de manera visible por escrito en el contrato de alquiler y el arrendador anuncie la intención de entrar de antemano. La tercera es entre las 8:00 a.m. y las 8:00 p.m. para servicios solicitados por el inquilino, nuevamente con un aviso previo a la entrada. Por lo tanto, un tratamiento contra plagas autorizado en el contrato durante esos horarios no es una infracción solo porque no se dio el aviso de 24 horas.
Los inquilinos tienen derecho al disfrute pacífico del inmueble. Si un arrendador entra repetidamente sin dar 24 horas de aviso, el inquilino debe documentar cada ocurrencia por escrito y enviar una objeción formal por escrito al arrendador. Un patrón consistente de entrada no autorizada puede ser motivo de un reclamo de terminación del contrato o de daños bajo la ley de Carolina del Sur.
Terminar un contrato: aviso de desalojo voluntario
Carolina del Sur exige 30 días de aviso por escrito, ya sea del arrendador o del inquilino, para terminar un arrendamiento mes a mes (S.C. Code 27-40-770). El aviso debe identificar la última fecha del arrendamiento y entregarse de una manera que cree un registro (correo certificado o entrega personal con un testigo).
Los contratos de plazo fijo expiran en la fecha indicada en el contrato. Si ninguna de las partes da aviso de no renovación antes de que termine el plazo del contrato, algunos contratos se convierten en un arrendamiento mes a mes bajo los mismos términos. Los inquilinos deben leer su contrato cuidadosamente para entender las disposiciones de renovación y expiración.
Cuando un arrendador busca terminar un arrendamiento por falta de pago de renta o una violación del contrato, aplica un proceso de aviso diferente. La ley de Carolina del Sur exige periodos de subsanación específicos (por ejemplo, un aviso por escrito de 5 días para pagar o desocupar por falta de pago de renta). Para esas reglas y plazos, consulte la página de aviso de desalojo de Carolina del Sur o el centro de avisos de desalojo.
Reparaciones y la garantía de habitabilidad
Los arrendadores de Carolina del Sur deben mantener las unidades de alquiler en condiciones aptas y habitables bajo la garantía implícita de habitabilidad (S.C. Code 27-40-440). Esto incluye calefacción, plomería y sistemas eléctricos en funcionamiento, solidez estructural, y ausencia de infestación grave de plagas. Un arrendador que no repare después del aviso adecuado por escrito incumple este deber legal.
Carolina del Sur no tiene un recurso de reparar y descontar. S.C. Code 27-40-630(c) establece que bajo ninguna circunstancia debe interpretarse esta sección como una autorización para que el inquilino haga reparaciones en la propiedad de alquiler y descuente el costo de las reparaciones de la renta, y agrega que cualquier gravamen de mecánico que surja de reparaciones que el inquilino autorizó sin el consentimiento del arrendador no será exigible.
Lo que sí permite la Sección 27-40-630 es más limitado. Cuando el arrendador no suministra un servicio esencial como calefacción, agua corriente, agua caliente, electricidad o gas, el inquilino puede dar aviso por escrito y luego procurar cantidades razonables de ese servicio durante el periodo de incumplimiento del arrendador y deducir el costo real y razonable de la renta. La alternativa bajo la misma sección es recuperar daños basados en la disminución del valor justo de mercado del alquiler de la unidad, más los honorarios razonables del abogado. Pagarle a un contratista para que haga una reparación y descontar ese costo de la renta no está cubierto.
Ese recurso de servicios esenciales no se extiende a problemas generales de mantenimiento ni a defectos cosméticos. Para problemas de habitabilidad más amplios, como un techo con fugas, una infestación de plagas o ventanas rotas, la disposición que rige es S.C. Code 27-40-610. El inquilino entrega un aviso por escrito que especifica los actos y omisiones que constituyen el incumplimiento y establece que el contrato de alquiler terminará en una fecha no menor a 14 días después de que el arrendador reciba el aviso, si el incumplimiento no se subsana dentro de esos 14 días. El contrato no termina si el arrendador subsana adecuadamente el incumplimiento antes de la fecha indicada en el aviso. Bajo el 27-40-610(b), el inquilino también puede recuperar daños reales y obtener una orden judicial en un tribunal de magistrados o de circuito sin necesidad de depositar una fianza, y puede recuperar honorarios razonables del abogado si el incumplimiento del arrendador fue intencional. Un inquilino que procede bajo la sección de servicios esenciales, la 27-40-630, no puede también proceder bajo la 27-40-610 respecto del mismo incumplimiento. Los inquilinos deben consultar con asistencia legal o un abogado antes de retener cualquier pago de renta.
Renta, cargos por pago tardío y control de rentas
Carolina del Sur no fija un límite legal para los cargos por pago tardío, pero cualquier cargo por pago tardío debe estar expresamente indicado en el contrato escrito para ser exigible. Si el contrato no menciona un cargo por pago tardío, el arrendador no puede imponer uno. Carolina del Sur no exige un periodo de gracia por ley, aunque muchos contratos incluyen un periodo de gracia de 5 días como cuestión práctica.

No hay control de rentas a nivel estatal en Carolina del Sur, y ninguna localidad ha promulgado una regulación de rentas al 2026. Los arrendadores pueden subir la renta a los inquilinos mes a mes con 30 días de aviso previo por escrito. Los aumentos de renta durante un contrato de plazo fijo no están permitidos a menos que el contrato lo permita expresamente.
Carolina del Sur tampoco tiene una ley que exija aviso previo de los aumentos de renta más allá del aviso estándar de terminación mes a mes. Un arrendador que da 30 días de aviso de un aumento de renta efectivamente convierte el arrendamiento si el inquilino no acepta la nueva tarifa. Los inquilinos que crean que un aumento de renta es en represalia (por ejemplo, después de una queja de aplicación del código) pueden tener una defensa bajo S.C. Code 27-40-910, que prohíbe a un arrendador aumentar la renta por encima del valor justo de mercado, reducir servicios esenciales, o iniciar una acción de desalojo después de que el inquilino se queje ante una agencia de códigos de construcción o vivienda, o se queje ante el arrendador sobre una violación de la Ley.
Si tiene una disputa entre arrendador e inquilino en Carolina del Sur
El primer paso en cualquier disputa es la documentación escrita. Envíe todas las solicitudes de reparación, quejas y respuestas al arrendador por correo electrónico o correo certificado y guarde copias. Los tribunales buscan a inquilinos y arrendadores que puedan demostrar un registro documentado de comunicación.
Para las disputas de depósito de garantía, el Tribunal de Magistrados de Carolina del Sur (reclamos menores) maneja casos de hasta $7,500 sin requerir un abogado. Lleve su contrato, fotos de la mudanza de entrada y de salida, cualquier comunicación escrita sobre el depósito, y la confirmación de su dirección de reenvío. Presentar un reclamo en el tribunal de magistrados es generalmente la ruta más directa para recuperar un depósito retenido indebidamente.
La organización South Carolina Legal Services proporciona ayuda legal gratuita a los inquilinos de bajos ingresos que califican. El Departamento de Asuntos del Consumidor de Carolina del Sur maneja ciertas quejas de arrendador e inquilino y puede proporcionar referencias a recursos de vivienda locales. Las autoridades de vivienda locales en Charleston, Columbia, Greenville y otras ciudades a menudo operan también programas de asistencia para inquilinos.
Si un arrendador no mantiene los servicios esenciales (calefacción, agua, electricidad), presente una queja ante la aplicación local del código o el departamento de salud. Un hallazgo oficial de inspección crea un registro que respalda su reclamo ante el tribunal y a menudo provoca una acción más rápida del arrendador.
Para los procedimientos de desalojo, los inquilinos deben responder antes de la fecha de la audiencia. No asistir a una audiencia programada del tribunal de magistrados normalmente resulta en un fallo en rebeldía a favor del arrendador. Se recomienda encarecidamente consultar con asistencia legal antes de la audiencia.
Este artículo es información legal general, no asesoría legal. Las reglas de arrendador e inquilino varían según el estado y la ciudad y cambian, y algunas ciudades agregan sus propias ordenanzas. Para asesoría sobre una situación específica, consulte a un abogado con licencia o a la agencia de vivienda de su estado.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene un arrendador para devolver mi depósito en Carolina del Sur?
Un arrendador de Carolina del Sur tiene 30 días para devolver su depósito de garantía después de que termina el arrendamiento y usted desocupa la unidad (S.C. Code 27-40-410). El arrendador también debe proporcionar un estado de cuenta escrito y detallado de cualquier deducción. Proporcione su dirección de reenvío por escrito cuando se mude para proteger sus derechos.
¿Cuál es el depósito de garantía máximo en Carolina del Sur?
Carolina del Sur no tiene un límite legal para los depósitos de garantía. Un arrendador puede cobrar cualquier monto acordado en el contrato. Los inquilinos deben negociar el monto del depósito antes de firmar, ya que no hay un máximo legal bajo la ley estatal.
¿Con cuánta anticipación debe avisar un arrendador para entrar en Carolina del Sur?
Los arrendadores de Carolina del Sur deben dar al menos 24 horas de aviso antes de entrar a una unidad de alquiler para inspecciones, reparaciones o muestras (S.C. Code 27-40-530). La Sección 27-40-530(b) enumera tres excepciones que no requieren aviso: una emergencia, en cualquier momento; servicios periódicos programados regularmente, como cambios de filtro o tratamiento contra plagas, entre las 9:00 a.m. y las 6:00 p.m., cuando el contrato otorga ese derecho de manera visible por escrito y el arrendador anuncia la entrada; y servicios solicitados por el inquilino, entre las 8:00 a.m. y las 8:00 p.m., también con un aviso previo.
¿Cuánto aviso se necesita para terminar un contrato mes a mes en Carolina del Sur?
Ya sea el arrendador o el inquilino debe dar 30 días de aviso por escrito para terminar un arrendamiento mes a mes en Carolina del Sur (S.C. Code 27-40-770).
¿Puedo retener la renta por reparaciones en Carolina del Sur?
No. Carolina del Sur no tiene un recurso de reparar y descontar, y S.C. Code 27-40-630(c) prohíbe expresamente deducir el costo de las reparaciones de la renta. La única deducción que permite el estatuto es por un servicio esencial interrumpido: si el arrendador no suministra calefacción, agua corriente, agua caliente, electricidad o gas, usted puede dar aviso por escrito, procurar cantidades razonables de ese servicio usted mismo durante el incumplimiento, y deducir el costo real y razonable de la renta. Para otros problemas de habitabilidad, el remedio es el aviso escrito de 14 días y la terminación del contrato bajo S.C. Code 27-40-610, junto con daños reales en un tribunal de magistrados o de circuito, en lugar de retener la renta.
¿Puede un arrendador subir la renta en Carolina del Sur?
Carolina del Sur no tiene control de rentas a nivel estatal, y ninguna localidad ha promulgado una regulación de rentas al 2026. Los arrendadores pueden subir la renta a los inquilinos mes a mes con 30 días de aviso previo por escrito. Los aumentos de renta durante un contrato de plazo fijo generalmente no están permitidos a menos que el contrato lo permita expresamente.
¿Hay un periodo de gracia para los cargos por pago tardío en Carolina del Sur?
Carolina del Sur no exige un periodo de gracia legal para los cargos por pago tardío. Cualquier cargo por pago tardío debe estar indicado en el contrato escrito para ser exigible. Si el contrato no incluye una disposición de cargo por pago tardío, el arrendador no puede cobrar uno.
Actualizaciones
Se corrigió el análisis de reparar y descontar, la sanción por depósito de garantía retenido, las excepciones de aviso de entrada, la cita de la defensa de represalia, y el remedio general de habitabilidad para reflejar el texto de S.C. Code 27-40-630, 27-40-410, 27-40-530, 27-40-910 y 27-40-610.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
South Carolina Code of Laws, Title 27: PROPERTY AND CONVEYANCES
§ 27-40-440Landlord to maintain premisesVigente
(a) A landlord shall: (1) comply with the requirements of applicable building and housing codes materially affecting health and safety; (2) make all repairs and do whatever is reasonably necessary to put and keep the premises in a fit and habitable condition; (3) keep all common areas of the premises in a reasonably safe condition, and, for premises containing more than four dwelling units, keep in a reasonably clean condition; (4) make available running water and reasonable amounts of hot water at all times and reasonable heat except where the building that includes the dwelling unit is not required by law to be equipped for that purpose, or the dwelling unit is so constructed that heat or hot water is generated by an installation within the exclusive control of the tenant and supplied by a direct public utility connection; (5) maintain in reasonably good and safe working order and condition all electrical, gas, plumbing, sanitary, heating, ventilating, air conditioning, and other facilities and appliances, including elevators, supplied or required to be supplied by him.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-06 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en scstatehouse.gov
Explore la ley
Este artículo también se apoya en estas leyes y capítulos (abriendo en su primera sección): South Carolina Code of Laws, Title 27: PROPERTY AND CONVEYANCES § 27-40-10 (Short title)
Leyes relacionadas para lectura adicional; no forman parte de las citas de este artículo.
Fuentes y referencias
- Ley de Arrendador e Inquilino Residencial de Carolina del Sur, S.C. Code Title 27, Chapter 40(scstatehouse.gov).gov
- Departamento de Asuntos del Consumidor de Carolina del Sur(consumer.sc.gov).gov