New Mexico
Leyes de grabación de llamadas telefónicas de Nuevo Mexico: guía de consentimiento de una sola parte (2026)
Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 15 de agosto de 2026). · Revisado por el equipo editorial de RecordingLaw. · Ley verificada como vigente al 15 de agosto de 2026. · 3 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Bajo N.M. Stat. Ann. 30-12-1, Nuevo Mexico sigue una regla de consentimiento de una sola parte para la grabación de llamadas telefónicas. Cualquier participante de una llamada puede grabar la conversación sin notificar ni obtener permiso de las demás partes. La grabación por parte de alguien que no es parte de la llamada sigue siendo ilegal.
Nuevo Mexico es un estado de consentimiento de una sola parte para la grabación de llamadas telefónicas. Bajo N.M. Stat. Ann. § 30-12-1, usted puede grabar legalmente cualquier conversación telefónica en la que participe sin informar ni obtener permiso de las demás partes de la llamada. La ley aborda específicamente las comunicaciones por "telégrafo o teléfono", lo que hace de las llamadas telefónicas el tipo principal de comunicación regido por la ley de escuchas telefónicas de Nuevo Mexico.
Esta guía cubre las reglas completas para grabar llamadas telefónicas en Nuevo Mexico, incluidas las llamadas personales, las llamadas comerciales, las llamadas VoIP y de video, la grabación de llamadas interestatales y las sanciones penales y civiles por violaciones.
Cómo funciona el consentimiento de una sola parte para las llamadas telefónicas
La regla básica
Bajo N.M. Stat. Ann. § 30-12-1, es ilegal interceptar a sabiendas y sin autoridad legal las comunicaciones telefónicas sin el consentimiento del remitente o del destinatario previsto. La excepción de consentimiento de una sola parte significa que si usted es parte de la llamada telefónica, su propio consentimiento cumple con el requisito legal. Puede grabar:
- Sin anunciar "esta llamada esta siendo grabada"
- Sin obtener permiso verbal ni escrito
- Sin reproducir un tono de aviso
- Usando cualquier dispositivo o software de grabación
Quién califica como "parte" de la llamada
Una parte de la llamada es alguien que participa activamente en la conversación. Esto incluye:
- La persona que hizo la llamada
- La persona que contesto la llamada
- Cualquier persona agregada a una llamada de conferencia o llamada grupal
- Alguien que escucha por altavoz y que es conocido por los participantes
Usted no es parte de la llamada si esta escuchando en secreto en una extensión sin que nadie lo sepa, o si ha intervenido una línea telefónica para interceptar llamadas entre otras personas.
Tres excepciones a la ley de escuchas telefónicas
La Sección 30-12-1 contempla tres excepciones en las que la interceptación de comunicaciones telefónicas es legal:
- Orden judicial autorizada bajo las Secciones 30-12-2 a 30-12-11
- Empresas de telecomunicaciones (common carriers) que actúan en el curso normal de su empleo (empleados de la compañia telefónica, etc.)
- Fuerzas del orden que actúan bajo color de la ley en la investigación de un delito, cuando el agente es parte de la llamada o una parte ha dado su consentimiento previo
Tipos de llamadas telefónicas cubiertas

Llamadas de línea fija
Las llamadas telefónicas tradicionales de línea fija están claramente cubiertas por la referencia de la ley a "telegraph or telephone line, wire, cable or instrument" (línea, cable, conductor o instrumento de telégrafo o teléfono). Aplica el consentimiento de una sola parte. Puede grabar cualquier llamada de línea fija en la que participe.
Llamadas de teléfono celular
El lenguaje de la ley hace referencia a "telegraph or telephone line, wire, cable or instrument". Algunos juristas han señalado que las comunicaciones celulares puramente inalámbricas podrían no encajar claramente en este lenguaje porque no viajan por un cable físico en todo momento.
Los tribunales de Nuevo Mexico no han emitido un fallo definitivo sobre esta cuestión. En la práctica, trate todas las llamadas de teléfono celular como si requirieran el consentimiento de una sola parte. Este enfoque lo mantiene en cumplimiento sin importar como interpreten finalmente los tribunales el lenguaje legal.
Llamadas VoIP y de video
Las llamadas de voz sobre protocolo de internet (VoIP) a través de plataformas como Zoom, Microsoft Teams, Google Meet, Skype y servicios similares se tratan igual que las llamadas telefónicas tradicionales para fines de consentimiento. Aplica el consentimiento de una sola parte. Puede grabar:
- Reuniones de Zoom en las que participe
- Llamadas de Microsoft Teams en las que este
- Sesiones de Google Meet a las que asista
- Llamadas de audio o video de Skype y WhatsApp
- FaceTime y otras aplicaciones de videollamada
Llamadas de conferencia y llamadas grupales
Para las llamadas de varias partes, solo un participante necesita consentir. Si esta en una llamada de conferencia con otras cinco personas, su consentimiento como participante es suficiente para que la grabación sea legal bajo la ley de Nuevo Mexico. No necesita el consentimiento de los otros cinco participantes.
Grabación de llamadas telefónicas interestatales

El problema de las leyes estatales en conflicto
Cuando usted esta en Nuevo Mexico llamando a alguien en otro estado, pueden aplicarse las leyes de grabación de ambos estados. Si la otra persona se encuentra en un estado que exige el consentimiento de todas las partes, por lo general prevalece la ley más estricta.
Estados de consentimiento de todas las partes a tener en cuenta
Los siguientes estados exigen que todas las partes consientan a la grabación:
| Estado | Estatuto clave |
|---|---|
| California | Cal. Penal Code § 632 |
| Florida | Fla. Stat. § 934.03 |
| Illinois | 720 ILCS 5/14-2 |
| Maryland | Md. Code, Cts. & Jud. Proc. § 10-402 |
| Massachusetts | Mass. Gen. Laws ch. 272, § 99 |
| Montana | Mont. Code Ann. § 45-8-213 |
| Nuevo Hampshire | N.H. Rev. Stat. Ann. § 570-A:2 |
| Pensilvania | 18 Pa.C.S. § 5703 |
| Washington | Wash. Rev. Code § 9.73.030 |
Algunos estados no encajan claramente en ninguna de las dos columnas y merecen un análisis más detenido antes de confiar en esta tabla:
- Nevada es funcionalmente un estado de todas las partes para llamadas telefónicas bajo Lane v. Allstate Insurance Co., 177 P.3d 1213 (Nev. 2008), aunque su estatuto, Nev. Rev. Stat. § 200.620, se lee como de una sola parte en su texto.
- Connecticut es penalmente de una sola parte pero lo expone a responsabilidad civil por grabar una llamada telefónica sin el consentimiento de todas las partes bajo Conn. Gen. Stat. § 52-570d.
- Oregon es de una sola parte para llamadas telefónicas pero exige el consentimiento de todas las partes para conversaciones en persona bajo ORS 165.540.
- El estatus de Delaware es controvertido entre sus estatutos de escuchas telefónicas y de privacidad.
Mejores prácticas para llamadas interestatales
Si llama con regularidad a personas en estados de consentimiento de todas las partes:
- Anuncie la grabación al inicio de la llamada
- Obtenga consentimiento verbal antes de continuar
- Documente el consentimiento grabando el acuerdo de la otra persona en la grabación
- Si la otra persona objeta, deje de grabar o finalice la llamada
Grabación de llamadas telefónicas comerciales

Grabación de llamadas por parte del empleador
Las empresas de Nuevo Mexico pueden grabar llamadas telefónicas para fines comerciales legítimos, incluidos:
- Control de calidad y monitoreo del desempeño
- Capacitación de nuevos empleados
- Cumplimiento de las regulaciones de la industria
- Resolución de disputas con clientes o proveedores
- Documentación de acuerdos verbales
El empleado que participa en la llamada proporciona el consentimiento de una sola parte. Muchas empresas anuncian la grabación a los clientes como mejor práctica, pero la ley de Nuevo Mexico no lo exige.
Grabación de llamadas de servicio al cliente
El conocido mensaje de "esta llamada puede ser grabada con fines de control de calidad" no es legalmente obligatorio en Nuevo Mexico para cumplir con el consentimiento de una sola parte. Sin embargo, las empresas lo usan por varias razones:
- Cumplimiento interestatal. Los clientes pueden estar llamando desde estados de consentimiento de todas las partes.
- Confianza del consumidor. La transparencia sobre la grabación genera buena voluntad.
- Cumplimiento de la FCC. La FCC recomienda la notificación para las llamadas interestatales.
- Regulaciones de la industria. Algunas industrias (finanzas, salud) tienen requisitos específicos de notificación de grabación.
Operaciones de centros de llamadas
Los centros de llamadas de Nuevo Mexico deben implementar políticas claras de grabación:
- Informe a los agentes sobre qué llamadas se graban
- Establezca políticas de retención para las llamadas grabadas
- Proteja los datos de las llamadas grabadas contra el acceso no autorizado
- Capacite a los agentes en el manejo de llamadas con participantes en estados de consentimiento de todas las partes
- Cumpla con los requisitos de PCI DSS si graba llamadas que incluyen información de tarjetas de pago
Aplicaciones y tecnología de grabación
Grabación de llamadas en teléfonos inteligentes
Existen varios métodos para grabar llamadas telefónicas en teléfonos inteligentes:
- Funciones de grabación integradas disponibles en algunos dispositivos Android
- Aplicaciones de grabación de llamadas de terceros para iOS y Android
- Dispositivos de grabación externos que se conectan a su teléfono
- Funciones de grabación de servicios VoIP integradas en Zoom, Teams y plataformas similares
El iOS de Apple no admite de forma nativa la grabación de llamadas, así que los usuarios de iPhone normalmente necesitan una aplicación o servicio de terceros. Los dispositivos Android varían según el fabricante y la operadora.
Servicios de transcripción con IA
Los servicios con IA que graban y transcriben llamadas telefónicas son legales en Nuevo Mexico bajo las mismas reglas de consentimiento de una sola parte. Su consentimiento como participante es suficiente. Las funciones de transcripción y resumen con IA no cambian el análisis legal.
Sanciones por grabación ilegal de llamadas telefónicas
Sanciones penales
La interceptación ilegal de llamadas telefónicas es un delito menor bajo N.M. Stat. Ann. § 30-12-1:
| Delito | Clasificación | Sanción máxima |
|---|---|---|
| Interceptar comunicaciones telefónicas | Delito menor | Hasta 364 días de cárcel, multa |
| Divulgar comunicaciones interceptadas | Delito menor | Hasta 364 días de cárcel, multa |
Responsabilidad civil
Las víctimas de grabación ilegal de llamadas telefónicas pueden demandar bajo N.M. Stat. Ann. § 30-12-11 por:
- Daños reales sufridos
- Daños liquidados de $100 por día de violación o un mínimo de $1,000
- Daños punitivos por violaciones intencionales
- Honorarios de abogados y costos de litigio
Sanciones federales
La Ley federal de Escuchas (18 U.S.C. § 2511) contempla sanciones adicionales:
- Hasta 5 años de prisión federal
- Daños legales mínimos de $10,000 por violación bajo 18 U.S.C. § 2520
- Honorarios de abogados y daños punitivos
Uso de grabaciones telefónicas como evidencia
Admisibilidad en los tribunales de Nuevo Mexico
Las llamadas telefónicas grabadas legalmente generalmente son admisibles bajo N.M. Stat. Ann. § 30-12-8. Los tribunales evalúan las grabaciones según la autenticación, la pertinencia, las reglas sobre testimonio de oidas (hearsay) y si el valor probatorio supera cualquier efecto perjudicial.
Mejores prácticas
- Guarde el archivo de grabación original sin editarlo
- Anote la fecha, la hora y las partes involucradas
- Respalde la grabación en varios lugares
- Conserve los metadatos del dispositivo o la aplicación de grabación
- Entregue las grabaciones a su abogado al inicio del procedimiento
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Preguntas frecuentes
¿Puedo grabar una llamada telefónica en Nuevo Mexico sin avisarle a la otra persona?
Sí. Nuevo Mexico es un estado de consentimiento de una sola parte bajo N.M. Stat. Ann. § 30-12-1. Puede grabar cualquier llamada telefónica en la que participe sin informar ni obtener permiso de las demás partes. Su participación cumple con el requisito de consentimiento.
¿Puedo grabar una llamada de Zoom o Teams en Nuevo Mexico?
Sí. Las llamadas VoIP y de videoconferencia se tratan igual que las llamadas telefónicas tradicionales. Aplica el consentimiento de una sola parte, así que puede grabar las llamadas de Zoom, Teams, Google Meet y similares en las que participe. Tenga en cuenta que los participantes en estados de consentimiento de todas las partes pueden requerir notificación.
¿Qué pasa si llamo a alguien en California desde Nuevo Mexico y grabo la llamada?
California exige el consentimiento de todas las partes para grabar llamadas telefónicas. Cuando usted llama desde Nuevo Mexico a un estado de consentimiento de todas las partes, por lo general aplica la ley más estricta. Debe informar al participante de California u obtener su consentimiento antes de grabar.
¿Puede mi empleador grabar mis llamadas telefónicas de trabajo en Nuevo Mexico?
Sí. Bajo el consentimiento de una sola parte, su empleador puede grabar las llamadas telefónicas de trabajo siempre que al menos un participante (normalmente un empleado en la llamada) consienta. Muchos empleadores anuncian la grabación como mejor práctica, pero no es obligatorio bajo la ley de Nuevo Mexico.
¿Cuál es la sanción por grabar ilegalmente una llamada telefónica en Nuevo Mexico?
La interceptación ilegal de llamadas telefónicas es un delito menor que conlleva hasta 364 días de cárcel. La responsabilidad civil bajo el § 30-12-11 incluye $100 por día de violación o un mínimo de $1,000, más daños punitivos y honorarios de abogados. Las sanciones federales bajo la Ley de Escuchas pueden alcanzar los 5 años de prisión.
Actualizaciones
Reconciled the interstate all-party-consent state list with the hub and audio guides, adding hedged notes for Nevada, Connecticut, Oregon, and Delaware, and corrected the misdemeanor jail-time figure from 'up to 1 year' to the statute's actual cap of 364 days.
Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas; ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Revisado y aprobado por un editor
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
New Mexico Statutes Annotated 1978, Chapter 30
§ 30-12-1Interference with communications; exceptionVigentecitada en 37 de nuestros artículos
Interference with communications consists of knowingly and without lawful authority: A. displacing, removing, injuring or destroying any radio station, television tower, antenna or cable, telegraph or telephone line, wire, cable, pole or conduit belonging to another, or the material or property appurtenant thereto; B. cutting, breaking, tapping or making any connection with any telegraph or telephone line, wire, cable or instrument belonging to or in the lawful possession or control of another, without the consent of such person owning, possessing or controlling such property; C. reading, interrupting, taking or copying any message, communication or report intended for another by telegraph or telephone without the consent of a sender or intended recipient thereof; D. preventing, obstructing or delaying the sending, transmitting, conveying or delivering in this state of any message, communication or report by or through telegraph or telephone; or E. using any apparatus to do or cause to be done any of the acts hereinbefore mentioned or to aid, agree with, comply or conspire with any person to do or permit or cause to be done any of the acts hereinbefore mentioned.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-08-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en nmonesource.com
Referencias cruzadas en el propio texto legal: § 30-12-11, § 30-12-2
Citada en 19 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2025
En los tribunales (resumen editorial, verificado de forma independiente):State v. Johnson (2010) sostuvo que la excepción de consentimiento de la sección 30-12-1(E)(3) se aplica a llamadas desde la cárcel cuando quien llama consiente implícitamente al saber que la llamada se graba. State v. Templeton (2007) concluyó que grabar sin aviso una llamada desde el área de registro violó la ley, pero no así una llamada hecha después de un aviso grabado.
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- State v. Johnson (New Mexico Supreme Court 2010, 148 N.M. 50)✓Un preso que esperaba un nuevo juicio por asesinato hizo llamadas grabadas pidiendo a otros que se presentaran e influyeran en el testimonio; la corte sostuvo que no se violó la ley porque un mensaje automático advertía a ambas partes, así que aplicó la excepción de consentimiento previo.
- State v. Ocon (New Mexico Court of Appeals 2021, 493 P.3d 448)“…63); and interference with communications, in violation of NMSA 1978, Section 30-12-1 (1979). On those charges, the jury only…”
- State v. Templeton (New Mexico Court of Appeals 2007, 142 N.M. 369)✓Se grabaron dos llamadas telefónicas de un detenido; la corte sostuvo que se violó la ley en cuanto a la llamada desde el área de registro, donde no hubo aviso y hablar con cautela no implicaba consentimiento, pero no en cuanto a una llamada posterior desde un teléfono que anunciaba el monitoreo.
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
También citada en: Leyes de Nuevo México sobre la Grabación con Lentes Inteligentes (2026), Leyes de Grabación de Nuevo Mexico (2026): Reglas de Consentimiento de una Sola Parte, Leyes de grabación de audio de Nuevo Mexico: reglas de consentimiento de una sola parte y sanciones (2026)
§ 30-12-11Right of privacy; damagesVigentecitada en 14 de nuestros artículos
A. Any person whose wire or oral communication is intercepted, disclosed or used in violation of this act [30-12-1 to 30-12-11 NMSA 1978] shall: (1) have a civil cause of action against any person who intercepts, discloses or uses, or procures any other person to intercept, disclose or use such communications; and (2) be entitled to recover from any such person actual damages, but not less than liquidated damages computed at the rate of one hundred dollars ($100) for each day of violation or one thousand dollars ($1,000), whichever is higher; punitive damages; and a reasonable attorney's fee and other litigation costs reasonably incurred. B. A good faith reliance on a court order or on the provisions of this act shall constitute a complete defense to any civil or criminal action. C. Any communications common carrier which in good faith acts in reliance upon a court order or in compliance with any of the provisions of this act shall not be liable for any civil or criminal action.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-30 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en nmonesource.com
Referencias cruzadas en el propio texto legal: § 30-12-1
Citada en 3 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2007
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Templin v. Mountain Bell Telephone Co. (New Mexico Court of Appeals 1982, 97 N.M. 699)“…pted, disclosed or used in violation of this act [30-12-1 to 30-12-11 NMSA 1978] shall; (1) have a civil cause of act…”
- State v. Templeton (New Mexico Court of Appeals 2007, 142 N.M. 369)“…under a court order as provided in Sections 30-12-2 through 30-12-11 NMSA 1978; or (2) by an operator of a swit…”
- State v. Coyazo (New Mexico Court of Appeals 1997, 123 N.M. 200)“…under a court order as provided in Sections 30-12-2 through 30-12-11 NMSA 1978; or (2) by an operator of a swit…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
También citada en: Leyes de Nuevo Mexico sobre la Grabación de Reuniones con IA (2026), Leyes sobre timbres Ring en Nuevo Mexico: lo que debe saber en 2026, Leyes de Cámaras de Vigilancia de Nuevo México (Guía 2026)
§ 30-12-2Grounds for order of interceptionVigentecitada en 4 de nuestros artículos
An ex parte order for wiretapping, eavesdropping or the interception of any wire or oral communication may be issued by any judge of a district court upon application of the attorney general or a district attorney, stating that there is probable cause to believe that: A. evidence may be obtained of the commission of: (1) the crime of murder, kidnapping, extortion, robbery, trafficking or distribution of controlled substances or bribery of a witness; (2) the crime of burglary, aggravated burglary, criminal sexual penetration, arson, mayhem, receiving stolen property or commercial gambling, if punishable by imprisonment for more than one year; or (3) an organized criminal conspiracy to commit any of the aforementioned crimes; or B. the communication, conversation or discussion is itself an element of any of the above specified crimes.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-30 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en nmonesource.com
Citada en 2 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2018
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- State v. Knight (New Mexico Court of Appeals 2000, 128 N.M. 591)“…p is controlled by the New Mexico Abuse of Privacy Act. See NMSA 1978, §§ 30-12-2 to 30-12-6 (1973, as amended through 19…”
- State v. Moten (New Mexico Court of Appeals 2018)“…mmunications, pursuant to the 16 Abuse of Privacy Act. See NMSA 1978, Section 30-12-2 to -11 (1973, as amended 17 through 19…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- N.M. Stat. Ann. § 30-12-1(nmonesource.com).gov
- Guía de grabación de la FCC(fcc.gov).gov
- Legislatura de Nuevo Mexico(nmlegis.gov).gov
- 18 U.S.C. § 2511(law.cornell.edu)
- N.M. Stat. Ann. § 30-12-11 - Derecho a la privacidad; daños(law.justia.com)
- N.M. Stat. Ann. § 30-12-8 - Uso del contenido como evidencia(law.justia.com)