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Leyes de Cámaras de Vigilancia de Carolina del Sur (Guía 2026)

Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 16 de agosto de 2026). · Revisado por el equipo editorial de RecordingLaw. · Ley verificada como vigente al 16 de agosto de 2026. · 9 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Leyes de Cámaras de Vigilancia de Carolina del Sur (Guía 2026)

Preguntas frecuentes

¿Son legales las cámaras de seguridad del hogar en Carolina del Sur?

Sí. Los propietarios de vivienda en Carolina del Sur pueden instalar legalmente cámaras de seguridad en su propia propiedad. Las cámaras pueden grabar áreas exteriores como entradas de vehículos, porches y patios, así como áreas comunes interiores como salas de estar y cocinas. Sin embargo, las cámaras no pueden colocarse en áreas donde otras personas tengan una expectativa razonable de privacidad, como baños, dormitorios de huéspedes, o apuntadas directamente hacia el hogar de un vecino. Según S.C. Code 16-17-470, espiar a alguien usando equipo de video o audio constituye una infracción de peeping tom sancionable con hasta 3 años de prisión y una multa de $500.

¿Puede mi vecino apuntar legalmente una cámara de seguridad hacia mi casa en Carolina del Sur?

Depende de lo que capte la cámara. La cámara de un vecino puede grabar legalmente su propia propiedad y áreas públicas como aceras o calles, incluso si su casa aparece en el fondo. Sin embargo, si la cámara está deliberadamente apuntada para mirar dentro de sus ventanas o hacia un patio trasero completamente cercado donde usted tiene una expectativa razonable de privacidad, podría violar las leyes de peeping tom y voyerismo de Carolina del Sur según S.C. Code 16-17-470. Usted puede pedirle al vecino que ajuste el ángulo de la cámara, presentar un reporte policial si cree que la grabación es ilegal, o consultar a un abogado sobre un reclamo civil por invasión de la privacidad.

¿Es legal usar una cámara para niñera en Carolina del Sur?

Sí, puede usar una cámara para niñera en áreas comunes de su hogar como salas de estar, cocinas y cuartos de juego. Sin embargo, las cámaras no pueden colocarse en baños o dormitorios privados usados por el cuidador. Si la cámara para niñera graba audio, debe considerar la regla de consentimiento de una sola parte según S.C. Code 17-30-30. Dado que puede no estar presente durante las conversaciones grabadas, el enfoque más seguro es informar al cuidador sobre la grabación de audio y video o desactivar la función de audio.

¿Puede mi empleador grabarme en el trabajo con cámaras de seguridad en Carolina del Sur?

Carolina del Sur no cuenta con una ley específica que aborde la vigilancia por video en el lugar de trabajo. Los empleadores generalmente pueden instalar cámaras de video en áreas comunes de trabajo como vestíbulos, pasillos, pisos de producción y estacionamientos. Las cámaras están prohibidas en baños, áreas de cambio y otros espacios donde los empleados tienen una expectativa razonable de privacidad. Si las cámaras graban audio, los empleadores deben cumplir con el S.C. Code Título 17, Capítulo 30, que exige que al menos una de las partes de una conversación consienta la grabación.

¿Cuáles son las sanciones por vigilancia ilegal en Carolina del Sur?

Las sanciones dependen de la infracción específica. Las infracciones de espionaje o peeping tom según S.C. Code 16-17-470 son delitos menores sancionables con hasta 3 años de prisión y una multa de $500. Las infracciones de voyerismo reincidentes son delitos graves con hasta 5 años de prisión y multas de entre $500 y $5,000. El voyerismo agravado (vender o distribuir material grabado en secreto) conlleva hasta 10 años de prisión. La interceptación ilegal de comunicaciones según S.C. Code 17-30-20 es un delito grave con hasta 5 años de prisión y una multa de $5,000. Los daños civiles por infracciones de interceptación pueden llegar a $500 por día o $25,000, lo que sea mayor.

Actualizaciones

Se corrigió la descripción de la disposición de decomiso del inciso (F) de S.C. Code 16-17-470, que decomisa las grabaciones y archivos obtenidos ilegalmente y no el equipo de cámara, y se añadió la quinta excepción del estatuto para actividades genuinas de recopilación periodística.

Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas; ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Revisado y aprobado por un editor

Fuentes y referencias

  1. S.C. Code 16-17-470 - Espionaje, peeping, voyerismo(scstatehouse.gov).gov
  2. S.C. Code Título 17, Capítulo 30 - Interceptación de Comunicaciones por Cable, Electrónicas u Orales(scstatehouse.gov).gov
  3. S.C. Code 17-30-20 - Actos prohibidos (interceptación ilegal)(scstatehouse.gov).gov
  4. S.C. Code 17-30-30 - Interceptaciones legales (consentimiento de una sola parte)(scstatehouse.gov).gov
  5. S.C. Code 17-30-50 - Sanción por infracciones de interceptación de comunicaciones(scstatehouse.gov).gov
  6. S.C. Code 17-30-135 - Acción civil por interceptaciones ilícitas(scstatehouse.gov).gov
  7. H.3042 (2025-2026) - Enmienda de espionaje, peeping y voyerismo(scstatehouse.gov).gov
  8. H.4675 (2025-2026) - Ley de Protección de Datos Comunitarios y Vigilancia Responsable de Carolina del Sur(scstatehouse.gov).gov
  9. Ley Nacional de Relaciones Laborales(nlrb.gov).gov
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