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Leyes de Resbalones y Caídas en Oregon: Como Probar la Responsabilidad del Propietario Bajo la Culpa Comparativa

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 7 de septiembre de 202610 min de lectura
Leyes de Resbalones y Caídas en Oregon: Como Probar la Responsabilidad del Propietario Bajo la Culpa Comparativa

Preguntas frecuentes

¿Cómo pruebo un resbalón y caída en Oregon?

Usted debe demostrar que era un invitado (o licenciatario), que existía una condición irrazonablemente peligrosa en la propiedad, que el propietario tenía aviso real o presunto del peligro, que el propietario no ejerció un cuidado razonable para repararlo o advertir de el, y que ese incumplimiento causó su lesión. El aviso presunto se establece demostrando que el peligro existió el tiempo suficiente para que una inspección razonable lo hubiera encontrado.

¿Es Oregon un estado de peligro abierto y evidente?

No. Oregon abolió la defensa de peligro abierto y evidente en Woolston v. Wells, 297 Or. 548 (1984). La Corte Suprema de Oregon sostuvo que tratar un peligro evidente como una barra total a la responsabilidad contradice el sistema de culpa comparativa del estado. En Oregon, la obviedad de un peligro es solo un factor para repartir la culpa, no una barra de umbral a la recuperación.

¿Puedo demandar por caerme sobre hielo en Oregon?

Sí. Oregon no tiene una regla de inmunidad por acumulación natural. Los propietarios deben a los invitados un deber ordinario de cuidado razonable que se extiende a los peligros de hielo y nieve que sabían o debían haber sabido que existían. Muchas ciudades de Oregon también imponen ordenanzas que exigen a los propietarios despejar las aceras de hielo y nieve. Violar tal ordenanza puede servir como evidencia de negligencia.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda por resbalón y caída en Oregon?

Dos años desde la fecha de la lesión (o la fecha de descubrimiento) bajo ORS 12.110(1). Si su caída ocurrió en propiedad del gobierno, también debe dar aviso de reclamo por escrito al organismo público dentro de 180 días de la lesión bajo ORS 30.275(2)(b). Perder el plazo de aviso al gobierno de 180 días excluye su reclamo contra ese organismo público de forma permanente, sin importar el plazo de 2 años para la demanda.

¿Puedo recuperar daños si fui parcialmente culpable de mi caída?

Sí, siempre que su culpa sea del 50% o menos. Oregon usa negligencia comparativa modificada con una barra del 51% (ORS 31.600). Si usted tiene 50% o menos de culpa, recupera sus daños reducidos según su porcentaje de culpa. Si su culpa es mayor al 50% (es decir, 51% o más), no recupera nada. Una división 50/50 aun permite recuperar en Oregon.

¿Cuánto vale un reclamo por resbalón y caída en Oregon?

Depende de sus perdidas económicas (facturas médicas, salarios perdidos), sus perdidas no económicas (dolor y sufrimiento) y su porcentaje de culpa. En un reclamo contra un propietario privado, Oregon no limita los daños económicos ni no económicos en la mayoría de los casos de lesiones personales, así que no hay techo legal para lo que un jurado puede otorgar. Si el demandado es un organismo público estatal o local, la Ley de Reclamos por Daños de Oregon sí limita la recuperación total: ORS 30.271 y ORS 30.272 fijan límites por reclamante ajustados anualmente que se aplican a los daños económicos y no económicos combinados. Su indemnización total se reduce luego según su cuota de culpa comparativa bajo ORS 31.600.

¿Qué es la Ley de Reclamos por Daños de Oregon y como afecta mi caso?

La Ley de Reclamos por Daños de Oregon (ORS 30.275) rige las demandas contra entidades del gobierno estatal y local. Si usted se lesiono en propiedad publica, debe dar a la entidad del gobierno un aviso de su reclamo por escrito dentro de 180 días de la lesión. Este plazo corto corre de forma concurrente (no después) con el plazo de prescripción de 2 años por lesiones personales. No dar aviso oportuno excluye el reclamo contra el demandado gubernamental por completo. La Ley también limita lo que usted puede cobrar: ORS 30.271 y ORS 30.272 limitan la responsabilidad total de los organismos públicos estatales y locales ante un solo reclamante, y ORS 30.269 prohíbe los daños punitivos en los reclamos sujetos a la Ley.

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Actualizaciones

Se aclaro que la Ley de Reclamos por Danos de Oregon (ORS 30.271 y ORS 30.272) limita la recuperacion total contra organismos publicos estatales y locales, por lo que la regla de "sin limite de danos" aplica solo a reclamos contra propietarios privados.

Fuentes y referencias

  1. ORS 30.275: Ley de Reclamos por Daños de Oregon, Aviso de Reclamo(oregonlegislature.gov).gov
  2. ORS 31.600: Culpa Comparativa Modificada (barra del 51%)(oregonlegislature.gov).gov
  3. ORS 12.110(1): Prescripción de 2 Años por Lesiones Personales(oregonlegislature.gov).gov
  4. Woolston v. Wells, 297 Or. 548, 687 P.2d 144 (1984) (Corte Suprema de Oregon)(courtlistener.com)
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