North Dakota
Leyes de Polarizado de Vidrios de Dakota del Norte (2026): Límites Legales de VLT
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Dakota del Norte exige que los vidrios laterales y la luneta trasera dejen pasar al menos 35% de transmisión de luz visible (VLT) tras la enmienda de la HB 1340 de 2025, que bajó el límite desde 50% y entró en vigor el 1 de agosto de 2025. El parabrisas debe dejar pasar al menos 70% de VLT por debajo de la línea AS-1, con una franja no reflectante permitida por encima de esta.
¿Qué establecen las leyes de polarizado de vidrios en Dakota del Norte?
El límite de polarizado de Dakota del Norte cambió en 2025. La HB 1340 enmendó y volvió a promulgar el inciso 4 del N.D. Cent. Code 39-21-39, vigente desde el 1 de agosto de 2025, bajando el VLT mínimo para los vidrios distintos del parabrisas de 50% a 35%. Ese fue el único inciso que la ley modificó: los incisos 1, 2, 3 y 5 quedaron exactamente igual. Los conductores ahora pueden usar un polarizado moderadamente más oscuro del que permitía la ley anterior.
Los porcentajes de VLT más altos significan un polarizado más claro (menos oscuro); los porcentajes más bajos significan un polarizado más oscuro. Con 35% de VLT, un vidrio deja pasar poco más de un tercio de la luz visible, lo cual es común para el polarizado adicional en la mayor parte del país.
| Vidrio | VLT Legal Mínimo (desde el 1 de agosto de 2025) | Límite Anterior |
|---|---|---|
| Vidrios delanteros laterales | 35% | 50% |
| Vidrios traseros laterales | 35% (sin mínimo con espejos exteriores dobles que cumplan el 39-21-38) | 50% (misma excepción de espejos dobles) |
| Luneta trasera | 35% (sin mínimo con espejos exteriores dobles que cumplan el 39-21-38) | 50% (misma excepción de espejos dobles) |
| Parabrisas | 70% por debajo de la línea AS-1 | 70% por debajo de la línea AS-1 |
La excepción de espejos dobles es importante, pero conlleva una condición que es fácil pasar por alto. El inciso 4 deja de aplicarse a los vidrios detrás del conductor únicamente cuando el vehículo está equipado con espejos exteriores en ambos lados que cumplen los requisitos del N.D. Cent. Code 39-21-38, es decir, que cada espejo esté ubicado de manera que refleje al conductor una vista de la carretera de al menos 200 pies hacia atrás. Cuando el vehículo cumple esa condición, no hay un mínimo de VLT para los vidrios detrás del conductor. El mínimo de 35% aplica a los vidrios delanteros laterales sin importar los espejos.
Reglas de polarizado del parabrisas en Dakota del Norte
El parabrisas tiene la restricción más estricta de la ley de polarizado del estado. Al menos 70% de la luz visible debe pasar a través del parabrisas por debajo de la línea AS-1 del fabricante o las 5 pulgadas superiores, lo que sea más bajo. Esto prohíbe de forma efectiva cualquier lámina adicional que oscurezca notablemente el vidrio en el área principal de visión.

Se permite una franja de polarizado no reflectante por encima de la línea AS-1. Esta es la clásica franja tipo "ceja" que se encuentra en muchos vehículos, y no necesita cumplir con el requisito de 70% porque se ubica fuera de la línea principal de visión de conducción.
La enmienda de la HB 1340 de 2025 no cambió las reglas del parabrisas, que se mantienen en el umbral de 70%. Los conductores que deseen algo de protección contra el calor o los rayos UV en el parabrisas deben buscar una lámina transparente o casi transparente de bloqueo UV que no reduzca la transmisión de luz visible para cumplir con el piso de 70%.
Exenciones médicas
Dakota del Norte no tiene ninguna exención médica para el polarizado de vidrios. El N.D. Cent. Code 39-21-39 fija los límites de transmitancia en el inciso 4 y solo contempla dos excepciones: los vidrios detrás del conductor en un vehículo con espejos exteriores dobles que cumplan los requisitos, y el material no reflectante por encima de la línea AS-1 o dentro de las cinco pulgadas superiores del parabrisas. En ninguna parte de la sección existe una exención por lupus, fotosensibilidad ni ningún otro trastorno médico.
La enmienda de 2025 no cambió eso. La HB 1340 modificó únicamente el inciso 4, cambiando «fifty» por «thirty-five» y «that» por «which», por lo que no creó ni eliminó ningún proceso de exención. Algunos lectores suponen que la ley de 2025 quitó una exención médica; no fue así, porque nunca existió una en el estatuto para quitar.
La consecuencia práctica es que una carta médica no tiene ningún efecto legal sobre el estándar de 35%. Un oficial en la carretera no tiene ninguna exención codificada que aplicar, y tampoco la tiene un tribunal. Si usted tiene una condición documentada de sensibilidad al sol, puede comunicarse con la Patrulla de Caminos de Dakota del Norte para preguntar cómo maneja la agencia estas paradas en la práctica, pero debe planear cumplir con el estándar de 35%.
Cómo se mide y se certifica el polarizado
El VLT se mide como la transmitancia combinada tanto de la lámina adicional como del vidrio de fábrica juntos. Esta es una distinción importante: el vidrio de fábrica de su vehículo ya bloquea algo de luz, por lo que una lámina vendida como "35% de VLT" puede producir una lectura combinada inferior a 35% al considerar el vidrio de fábrica. Siempre pida a su instalador que pruebe la lectura combinada después de la instalación.

Dakota del Norte no exige una calcomanía de cumplimiento en los vidrios polarizados según el estatuto. Sin embargo, conservar la documentación del instalador en el vehículo es una precaución razonable. Si un oficial cuestiona su polarizado, tener un certificado que muestre los valores de VLT medidos para cada vidrio puede ayudar a resolver el encuentro sin una citación.
El estatuto especifica que el polarizado de fábrica cuenta para la medición acumulada de VLT. Si su vehículo vino de fábrica con un vidrio trasero que ya transmite solo 70% u 80% de luz, agregar cualquier lámina adicional bajará la lectura combinada, posiblemente por debajo de 35%. Esto es especialmente relevante para los vidrios traseros laterales en vehículos más nuevos que a menudo tienen algo de sombreado de fábrica integrado.
Sanciones por polarizado ilegal en Dakota del Norte
Las sanciones por infracciones de polarizado en Dakota del Norte son modestas, y el monto lo fija la ley, no la política de la agencia. El N.D. Cent. Code 39-06.1-06 establece una tarifa de $20 tanto para infracciones sin movimiento como para infracciones de tránsito, y una infracción de polarizado cae en una u otra categoría según las circunstancias de la parada: el 39-06.1-08(2) trata una infracción del 39-21-39 detectada mientras el vehículo no está en realidad circulando como una infracción sin movimiento, mientras que el 39-06.1-09 clasifica las demás infracciones del capítulo 39-21 como infracciones de tránsito. De cualquier forma, la tarifa es de $20, uno de los montos más bajos del país para una infracción de polarizado.
La tarifa no es necesariamente toda la exposición, y esta es la parte que los conductores suelen pasar por alto. El N.D. Cent. Code 39-06.1-10(3) asigna 2 puntos al historial de manejo por conducir a sabiendas con equipo defectuoso, inexistente o ilegal en infracción del artículo 39-21-46, y el 39-21-46 alcanza a un vehículo que el conductor sabe que está equipado de cualquier manera en infracción del capítulo 39-21, lo cual incluye los límites de polarizado del 39-21-39. El elemento de conocimiento («a sabiendas») es determinante aquí: los puntos no se aplican automáticamente en cada parada por polarizado, y un conductor que genuinamente no sabía que la lámina medía menos de 35% tiene un argumento en contra de la asignación de puntos. Pero un conductor que instaló el polarizado sabiendo que era más oscuro que el límite no debe asumir que la consecuencia se limita a los $20. Los puntos se acumulan, y 12 puntos en el historial provocan la suspensión de la licencia bajo el 39-06.1-10.
Los instaladores deben tener en cuenta que la enmienda de 2025 hizo el estándar más permisivo, no más estricto. El polarizado instalado para cumplir con el antiguo mínimo de 50% transmite más luz que 35% y sigue siendo legal. Los vehículos cuyo estatus realmente cambió son aquellos con un polarizado que medía entre 35% y 50% de VLT: ese polarizado infringía el antiguo piso de 50% y se volvió legal el 1 de agosto de 2025. El polarizado que medía por debajo de 35% de VLT era ilegal antes de la enmienda y sigue siendo ilegal ahora.
Si desea polarizar sus vidrios en Dakota del Norte
Comience eligiendo una lámina de polarizado con un VLT combinado final (lámina más vidrio de fábrica) de al menos 35% para sus vidrios delanteros laterales. Si su vehículo tiene un vidrio de fábrica que ya transmite menos del 100% de la luz, es posible que necesite una lámina más clara para mantenerse por encima del piso de 35%. Un buen instalador medirá esto antes y después de la aplicación.

Para los vidrios detrás del conductor, confirme si su vehículo tiene espejos exteriores en ambos lados que cumplan el N.D. Cent. Code 39-21-38, es decir, que cada uno refleje al conductor una vista de la carretera de al menos 200 pies hacia atrás. Si los tiene, no hay un piso de VLT para esos vidrios, y puede oscurecerlos tanto como prefiera. Si no los tiene, esos vidrios también deben cumplir con el mínimo de 35%.
Para el parabrisas, solo se permite una franja no reflectante por encima de la línea AS-1. El resto del parabrisas debe mantenerse en 70% o superior. Las láminas transparentes de bloqueo UV que no reducen la luz visible son una buena opción si desea protección sin arriesgarse a una citación.
Debido a que Dakota del Norte no exige una calcomanía de cumplimiento, pida a su instalador un registro escrito del VLT combinado medido para cada vidrio. Tenga en cuenta que el estatuto no contempla ninguna exención médica, por lo que el estándar de 35% aplica sin importar sus circunstancias.
Este artículo es información legal general, no asesoría legal. Los límites de polarizado de vidrios varían según el estado y cambian, y su aplicación depende de la práctica local y de su vehículo específico. Para una respuesta definitiva, consulte al DMV de su estado o a un abogado local.
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Para las reglas de polarizado en todos los demás estados, visite el centro de Leyes de Polarizado de Vidrios. Para información relacionada sobre lo que puede colocar en su parabrisas, consulte la página de restricciones de montaje en el parabrisas de Dakota del Norte.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el polarizado legal en Dakota del Norte?
Desde el 1 de agosto de 2025, Dakota del Norte exige al menos 35% de VLT en los vidrios delanteros laterales, traseros laterales y la luneta trasera según la HB 1340 de 2025. El parabrisas debe mantener al menos 70% de VLT por debajo de la línea AS-1. El mínimo de 35% no aplica a los vidrios detrás del conductor si el vehículo tiene espejos exteriores en ambos lados que cumplen el N.D. Cent. Code 39-21-38, es decir, que cada uno refleje una vista de la carretera de al menos 200 pies hacia atrás.
¿Qué tan oscuro puedo polarizar mis vidrios delanteros en Dakota del Norte?
Los vidrios delanteros laterales deben dejar pasar al menos 35% de la luz visible combinando la lámina y el vidrio. Ese es el estándar actual desde el 1 de agosto de 2025, bajado del mínimo anterior de 50%. Un polarizado delantero más oscuro que 35% de VLT es una infracción, y la excepción de espejos dobles no alcanza a los vidrios delanteros laterales.
¿Dakota del Norte cambió su ley de polarizado en 2025?
Sí. La HB 1340, vigente desde el 1 de agosto de 2025, bajó el mínimo de VLT de los vidrios distintos del parabrisas de 50% a 35%. Modificó únicamente el inciso 4 del N.D. Cent. Code 39-21-39 y nada más. El polarizado que medía entre 35% y 50% de VLT infringía el antiguo piso de 50% y se volvió legal el 1 de agosto de 2025. El polarizado por debajo de 35% de VLT era ilegal antes y sigue siendo ilegal.
¿Es legal el polarizado al 35% en Dakota del Norte?
Sí. Una lectura combinada de 35% de VLT en los vidrios delanteros laterales, traseros laterales y la luneta trasera cumple con el mínimo actual de Dakota del Norte. Cualquier polarizado más oscuro que 35% en los vidrios delanteros laterales sería una infracción. Para los vidrios detrás del conductor, puede oscurecerlos más si el vehículo tiene espejos exteriores en ambos lados que cumplan el requisito de visibilidad trasera de 200 pies del N.D. Cent. Code 39-21-38.
¿Puedo obtener una exención médica para el polarizado de vidrios en Dakota del Norte?
No. El N.D. Cent. Code 39-21-39 no contiene ninguna exención médica para el polarizado de vidrios, y la enmienda de la HB 1340 de 2025 no agregó ni eliminó ninguna. Una carta médica no tiene ningún efecto legal sobre el estándar de 35%, así que debe planear cumplirlo incluso si tiene una condición de fotosensibilidad documentada.
¿Cuál es la sanción por polarizado ilegal en Dakota del Norte?
El N.D. Cent. Code 39-06.1-06 fija una tarifa de $20 por ley, que aplica ya sea que la infracción se clasifique como una infracción sin movimiento bajo el 39-06.1-08(2) o como una infracción de tránsito bajo el 39-06.1-09. A un conductor que manejó a sabiendas con equipo ilegal también se le pueden asignar 2 puntos en el historial de manejo bajo el 39-06.1-10(3), por lo que la exposición no siempre se limita a la tarifa.
¿Es legal el polarizado del parabrisas en Dakota del Norte?
Solo se permite una franja no reflectante por encima de la línea AS-1 en el parabrisas. Por debajo de la línea AS-1, el parabrisas debe transmitir al menos 70% de la luz visible. La lámina de polarizado que oscurece el área principal de visión del parabrisas no es legal en Dakota del Norte.
Actualizaciones
Se corrigió la sección de exención médica (Dakota del Norte nunca ha tenido una y la HB 1340 de 2025 modificó solo el inciso 4), se re-atribuyó la multa de $20 al estatuto de tarifas 39-06.1-06 con la posible sanción de 2 puntos en la licencia, y se agregó el requisito de espejos dobles del 39-21-38 (200 pies de visibilidad trasera) en todos los lugares donde se menciona la excepción.
Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas; ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Revisado y aprobado por un editor
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
North Dakota Century Code
§ 39-21-39Windshield - Must be unobstructed and equipped with wipers - Tinted windowsVigentecitada en 2 de nuestros artículos
A motor vehicle must be equipped with a windshield. An individual may not drive any motor vehicle with any sign, poster, or other nontransparent material upon the front windshield, side wings, or side or rear windows which obstructs the driver's clear view of the highway or any intersecting highway. The windshield on a motor vehicle must be equipped with a device for cleaning rain, snow, or other moisture from the windshield, which must be constructed as to be controlled or operated by the driver of the vehicle. The windshield wiper upon a motor vehicle must be maintained in good working order. An individual may not operate a motor vehicle with any object, material, or tinting displayed, affixed, or applied on the front windshield or any window unless the object, material, or tinting in conjunction with the windshield upon which it is displayed, affixed, or applied has a light transmittance of at least seventy percent or the object, material, or tinting in conjunction with a window other than the windshield upon which it is displayed, affixed, or applied has a light transmittance of at least thirty-five percent.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-08 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en ndlegis.gov
Citada en 3 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2020
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- State v. Bartelson (North Dakota Supreme Court 2005, 704 N.W.2d 824)“…that Bartelson's vehicle had tinted windows in violation of N.D.C.C. § 39-21-39. That Trooper Huston had been asked by…”
- State v. Bolme (North Dakota Supreme Court 2020, 952 N.W.2d 75)“…on the passenger side of the vehicle was not a violation of N.D.C.C. § 39-21-39(1) as asserted by the officer and that…”
- State v. Morsette (North Dakota Supreme Court 2019, 2019 ND 84)“…des that meet the requirements of section 39- 21-38. N.D.C.C. § 39-21-39(4) (emphasis added). We have upheld an…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- N.D. Cent. Code 39-21-39 - Polarizado de vidrios (enmendado por la HB 1340 de 2025)(ndlegis.gov).gov
- HB 1340 de 2025 de Dakota del Norte (versión promulgada) - enmienda y vuelve a promulgar el inciso 4 del N.D. Cent. Code 39-21-39(ndlegis.gov)
- N.D. Cent. Code cap. 39-21 - 39-21-38 (espejo), 39-21-39 (vidrios polarizados), 39-21-46 (alcance y efecto de los requisitos de equipo)(ndlegis.gov)
- N.D. Cent. Code cap. 39-06.1 - 39-06.1-06 (tarifas fijadas por ley), 39-06.1-08 y 39-06.1-09 (clasificación de infracciones), 39-06.1-10 (tabla de puntos de demérito)(ndlegis.gov)