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Leyes de eliminación de antecedentes en Dakota del Norte: sellado de registros bajo la N.D.C.C. § 12-60.1

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 2 de septiembre de 202612 min de lectura
Leyes de eliminación de antecedentes en Dakota del Norte: sellado de registros bajo la N.D.C.C. § 12-60.1

Preguntas frecuentes

¿Tiene Dakota del Norte eliminación de antecedentes?

Dakota del Norte no usa la palabra eliminación de antecedentes en sus estatutos. El remedio equivalente del estado es el sellado de registros bajo la N.D.C.C. capítulo 12-60.1. Un registro sellado se cierra del acceso público a los registros judiciales, lo que funciona de manera similar a la eliminación de antecedentes en otros estados, aunque los registros de la BCI mantenidos por las fuerzas del orden no se ven afectados por una orden de sellado.

¿Cómo sello mi registro en Dakota del Norte?

Presente una petición en el caso penal original en el tribunal de distrito donde fue condenado. La petición debe incluir su nombre completo, alias, direcciones desde el delito, su historial penal completo y sus razones para el sellado. Notifíquela al fiscal, asista a una audiencia y espere la decisión del tribunal. El capítulo 12-60.1 no aborda una tarifa de presentación para una petición de sellado de una condena, así que consulte el calendario de tarifas del tribunal de distrito del condado donde se encuentra el caso.

¿Cuál es el periodo de espera para el sellado de registros en Dakota del Norte?

Bajo la N.D.C.C. § 12-60.1-02, las condenas por delitos menores requieren un periodo de tres años sin nuevas condenas antes de poder peticionar. Las condenas por delitos graves requieren un periodo de cinco años sin condenas. Tras una enmienda de 2021, el reloj corre desde la fecha de la condena (declaración de culpabilidad o fallo de culpabilidad), no desde la fecha de liberación del encarcelamiento o la libertad condicional.

¿Qué cubre la N.D.C.C. 12-60.1?

La N.D.C.C. capítulo 12-60.1 cubre tanto el sellado de los registros de condena penal como, desde 2025, el cierre de los registros sin condena en Dakota del Norte. Establece los criterios de elegibilidad, los periodos de espera, el proceso de petición, los estándares de audiencia, las exclusiones para los delitos graves violentos o de intimidación durante el periodo de prohibición de armas de fuego y para los delitos con orden de registro como delincuente sexual, y el cierre automático de los registros de desestimación y absolución bajo el § 12-60.1-05.

¿Qué delitos no pueden sellarse en Dakota del Norte?

El § 12-60.1-02(2) deja dos categorías fuera del sellado de condenas: un delito grave que involucre violencia o intimidación durante el periodo en que el ofensor tenga prohibido poseer un arma de fuego bajo la N.D.C.C. § 62.1-02-01(1)(a), el cual corre durante diez años desde la fecha de la condena o la liberación del encarcelamiento, la libertad condicional o la libertad vigilada, lo que ocurra más tarde; y cualquier delito por el cual el ofensor tenga una orden de registro bajo la N.D.C.C. § 12.1-32-15. La primera exclusión está limitada en el tiempo por sus propios términos, no es permanente. Ambas exclusiones también están precedidas por la salvedad «salvo lo dispuesto en la sección 12-60.1-05», por lo que ninguna bloquea el procedimiento separado de cierre de registros sin condena.

¿Cuánto tarda el proceso de sellado de registros en Dakota del Norte?

El capítulo 12-60.1 no fija un plazo para que el tribunal actúe sobre una petición de sellado y tampoco impone al fiscal un plazo de respuesta. La única regla firme de tiempo es el § 12-60.1-04(3): una audiencia no puede celebrarse antes de que transcurran cuarenta y cinco días desde la presentación de la petición. El tiempo total desde la presentación hasta una orden final suele variar de un par de meses en adelante, según el calendario del tribunal y si el fiscal se opone, aunque el fiscal también puede aceptar el sellado sin audiencia bajo el § 12-60.1-04(5).

Mis cargos fueron desestimados. ¿Puedo lograr que ese registro se cierre en Dakota del Norte?

Generalmente sí, bajo la N.D.C.C. § 12-60.1-05, añadida con vigencia desde el 1 de agosto de 2025. Si el tribunal emitió una orden de no condena el 1 de agosto de 2025 o después, el tribunal debe cerrar el registro después de sesenta y un días sin necesidad de petición. Para un caso resuelto antes de esa fecha, usted puede peticionar y el tribunal debe cerrar el registro dentro de diez días si se cumplen los requisitos, sin tarifa de presentación. La sección no se aplica si la desestimación provino de un acuerdo de culpabilidad que incluyera una condena por otro delito, si el caso fue desestimado por una determinación de que usted no estaba en condiciones de comparecer, si el caso terminó en un veredicto de no culpable por falta de responsabilidad penal, o si el caso fue apelado.

¿Qué es una imposición diferida de sentencia en Dakota del Norte?

Una imposición diferida de sentencia bajo la N.D.C.C. § 12.1-32-02(4) es un arreglo en el que el tribunal posterga la sentencia y coloca al acusado en libertad condicional durante el periodo de diferimiento; el procedimiento está establecido en la N.D.R.Crim.P. 32.1. Si la libertad condicional se completa, el § 12.1-32-07.1(2) permite que el tribunal autorice el retiro de la declaración de culpabilidad, anule un veredicto de culpabilidad y desestime el caso, todo a discreción del tribunal y no de manera automática. Bajo la N.D.R.Crim.P. 32.1, el expediente judicial se sella entonces 61 días después de que termina la libertad condicional, y no se requiere una petición separada bajo el capítulo 12-60.1.

¿Se puede apelar una petición de sellado denegada en Dakota del Norte?

Sí, y la legislación de 2025 (HB 1263) estableció cómo. Bajo el § 12-60.1-04(6), una denegación en el tribunal municipal va primero al tribunal de distrito para una revisión de novo sin tarifa de presentación, y una petición denegada por el tribunal de distrito puede apelarse. Al volver a presentar la petición, el § 12-60.1-04(7) no impone un periodo de espera obligatorio: un tribunal de distrito que deniega una petición puede prohibir una nueva petición durante hasta un año, pero solo si se demuestra causa justificada, y la orden debe indicar las razones de esa causa justificada. Sin tal orden, no existe ningún periodo de espera.

Actualizaciones

Se corrigieron las reglas de sellado de registros conforme al texto vigente de la N.D.C.C. cap. 12-60.1: la exclusión por delito grave violento está limitada en el tiempo y no es permanente, no existe un plazo de 30 días para que el fiscal responda (una audiencia simplemente no puede celebrarse antes de 45 días desde la presentación), el capítulo no exime de tarifa la petición de sellado de una condena, la prohibición de volver a peticionar tras una denegación es discrecional y de hasta un año, las denegaciones del tribunal municipal van primero al tribunal de distrito para revisión de novo, y se añadió una nueva sección sobre el cierre de registros de desestimación y absolución bajo el § 12-60.1-05.

Fuentes y referencias

  1. N.D.C.C. Capítulo 12-60.1 - Sellado de Antecedentes Penales(ndlegis.gov)
  2. N.D.R.Crim.P. Regla 32.1 - Imposición Diferida de Sentencia(ndcourts.gov)
  3. HB 1196 67.a Asamblea Legislativa - Enmiendas al Sellado de Registros(ndlegis.gov)
  4. Regla Administrativa 41 de Dakota del Norte - Acceso a los Registros Judiciales(ndcourts.gov)
  5. N.D.C.C. § 62.1-02-01 - Personas con Prohibición de Poseer Armas de Fuego(ndlegis.gov)
  6. Memorando del Comité de Ampliación del Sellado de Antecedentes Penales de los Tribunales de ND (agosto de 2025)(ndlegis.gov)
  7. N.D.C.C. cap. 12-60.1, Sellado de Antecedentes Penales (texto completo del capítulo, incl. § 12-60.1-05 cierre de registros sin condena)(ndlegis.gov)
  8. N.D.C.C. cap. 12.1-32, Penas y Sentencias (§ 12.1-32-02(4) imposición diferida; § 12.1-32-07.1 liberación, baja o terminación de la libertad condicional; § 12.1-32-07.2 registros y presentación de documentos)(ndlegis.gov)
  9. HB 1263, 69.a Asamblea Legislativa (2025) - enmienda a la N.D.C.C. § 12-60.1-04 sobre audiencias en peticiones para sellar un antecedente penal(ndlegis.gov)
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