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Leyes de Divorcio de Colorado (2026): Causales, Residencia y Proceso

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 6 de septiembre de 202612 min de lectura
Leyes de Divorcio de Colorado (2026): Causales, Residencia y Proceso

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo toma obtener un divorcio en Colorado?

Colorado tiene un periodo de espera obligatorio de 91 días que corre desde que el tribunal adquiere jurisdicción sobre el demandado (mediante la notificación del proceso o la comparecencia del demandado), no desde la fecha de presentación, y este periodo no se puede dispensar. Un divorcio no disputado, en el que ambos cónyuges están de acuerdo sobre todos los asuntos, suele tomar de 3 a 5 meses. Los divorcios disputados con disputas de bienes o desacuerdos sobre la crianza comúnmente toman de 9 a 18 meses o más.

¿Cuánto cuesta un divorcio en Colorado?

Las tarifas de presentación ante el tribunal en Colorado suelen ser de $230 a $250, según el condado. Hay exenciones de tarifas disponibles para quienes presentan la solicitud con bajos ingresos y califican. Los honorarios de abogados varían significativamente: los divorcios sencillos no disputados pueden costar de $1,000 a $3,000 con un abogado de tarifa fija, mientras que los divorcios disputados pueden costar de $10,000 a $30,000 o más, según la complejidad de los asuntos.

¿Necesito una razón para divorciarme en Colorado?

No. Colorado es un estado de divorcio sin culpa puro. La única causal es que el matrimonio esté irremediablemente roto. No necesita probar culpa, mala conducta ni ninguna razón específica. Su cónyuge no puede impedir legalmente el divorcio negando la ruptura; en última instancia, el tribunal concederá la disolución.

¿Es Colorado un estado de bienes gananciales?

No. Colorado es un estado de distribución equitativa. Los bienes matrimoniales se dividen de manera justa según las circunstancias del matrimonio, pero no automáticamente 50/50. Los tribunales consideran factores como la situación económica de cada cónyuge, las contribuciones al matrimonio y la duración del matrimonio al dividir los activos y las deudas.

¿Cuánto tiempo debo estar separado para obtener un divorcio en Colorado?

No existe un requisito de separación en Colorado. No necesita vivir separado de su cónyuge antes de presentar la solicitud. El único periodo de espera es el periodo obligatorio de 91 días después de que el tribunal adquiere jurisdicción sobre el demandado (mediante la notificación o la comparecencia del demandado), no simplemente después de presentar la solicitud, antes de que el tribunal pueda dictar la sentencia, y eso aplica sin importar cuanto tiempo haya estado separado.

¿Puedo divorciarme sin que mi cónyuge este de acuerdo en Colorado?

Sí. Dado que Colorado no tiene causales por culpa y el estándar es puramente que el matrimonio esté irremediablemente roto, la declaración de un cónyuge de que el matrimonio está irremediablemente roto es suficiente. Si su cónyuge niega la ruptura bajo juramento, el tribunal puede aplazar el asunto para una audiencia adicional de 35 a 63 días después, pero en última instancia concederá el divorcio si una de las partes mantiene la posición de que el matrimonio está irremediablemente roto.

¿Tengo que vivir en Colorado para solicitar el divorcio allí?

Sí. Al menos un cónyuge debe haber estado domiciliado en Colorado durante los 91 días antes de presentar la petición (C.R.S. 14-10-106(1)(a)(I)). El domicilio es más estricto que simplemente vivir aquí: significa presencia en Colorado más la intención de hacer de Colorado su hogar permanente. Si ninguno de los cónyuges cumple ese requisito, debe esperar hasta que uno de ustedes lo cumpla. Estar destinado en Colorado en servicio militar activo no establece domicilio por sí solo, aunque un militar que trata a Colorado como su hogar permanente sí puede cumplir el requisito.

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Actualizaciones

Se corrigió el requisito de presentación de Colorado al domicilio estatutario de 91 días (incluido para militares destinados en el estado), se corrigió la ventana de aplazamiento a 35-63 días, y se corrigió la regla sobre la apreciación de bienes separados como bien matrimonial sin importar la contribución del otro cónyuge.

Se corrigió el periodo de espera de 91 días de Colorado: corre desde que el tribunal adquiere jurisdicción sobre el demandado (notificación del proceso o comparecencia/intervención del demandado), no desde la fecha de presentación, conforme al C.R.S. 14-10-106(1)(a)(III).

Fuentes y referencias

  1. C.R.S. 14-10-106 - Disolución del Matrimonio: Causales, Residencia, Periodo de Espera(leg.colorado.gov).gov
  2. Autoayuda de la Rama Judicial de Colorado: Divorcio y Separación(coloradojudicial.gov).gov
  3. C.R.S. Título 14, Artículo 10 (edición 2026) - 14-10-106 domicilio y periodo de espera, 14-10-110 ruptura irremediable, 14-10-113 disposición de bienes (Oficina de Servicios Legales Legislativos de Colorado)(olls.info)
  4. Estatutos Revisados de Colorado - Oficina de Servicios Legales Legislativos(leg.colorado.gov)
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