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Leyes de Deepfake en Colorado: Imágenes con IA, Clonación de Voz y Sanciones (2026)

Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 16 de agosto de 2026). · Revisado por el equipo editorial de RecordingLaw. · Ley verificada como vigente al 16 de agosto de 2026. · 5 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Leyes de Deepfake en Colorado: Imágenes con IA, Clonación de Voz y Sanciones (2026)

Preguntas frecuentes

¿Es ilegal hacer un deepfake de alguien en Colorado?

Crearlo generalmente no es el delito; compartirlo sí lo es. Divulgar, o amenazar con divulgar, imágenes íntimas generadas con IA de un adulto identificable sin su consentimiento es un delito y un agravio civil conforme a la SB 25-288 (vigente desde el 6 de agosto de 2025), pero toda disposición operativa de esa ley depende de la divulgación o de la amenaza de divulgación, por lo que un adulto que genera dicha imagen y nunca la comparte ni amenaza con compartirla queda fuera tanto de las secciones penales como de la nueva acción civil. Se trata de un vacío real en la ley de Colorado. La creación y la mera posesión sí están cubiertas cuando la persona representada es menor de edad, conforme al CRS § 18-6-403. Por separado, distribuir video o audio manipulado con IA de un candidato electoral sin la etiqueta de divulgación requerida infringe el CRS § 1-46-103 cuando se distribuye dentro de los 60 días previos a una primaria o los 90 días previos a una elección general. Los deepfakes generales no íntimos usados para acoso aún no tienen un estatuto penal estatal específico.

¿Es delito el porno deepfake en Colorado?

Sí, una vez que se comparte. La SB 25-288 (vigente desde el 6 de agosto de 2025) convierte en un delito menor de Clase 1 divulgar, o amenazar con divulgar, una representación digital íntima generada con IA de un adulto sin su consentimiento, que se eleva a un delito grave de Clase 6 cuando la divulgación plantea una amenaza grave e inminente para la seguridad de la persona representada o de su familia inmediata. Un motivo de acoso o de lucro es una vía hacia la responsabilidad, pero no la única: también basta con que el actor supiera o razonablemente debiera haber sabido que la persona esperaba que la imagen permaneciera privada y que la divulgación le causó un daño físico, emocional o reputacional. Además de cualquier otra sentencia, el CRS § 18-7-107(1)(c) y el § 18-7-108(1)(c) exigen que el tribunal imponga al acusado una multa de hasta $10,000, destinada al fondo de compensación para víctimas de delitos. La misma ley crea una acción civil con hasta $150,000 en daños liquidados más daños ejemplares y honorarios de abogado.

¿Puedo demandar a alguien por un deepfake en Colorado?

Sí, si el deepfake es una imagen íntima y alguien la divulgó o amenazó con divulgarla. La acción civil conforme a la SB 25-288 no alcanza, por sí sola, la creación de la imagen. Cuando aplica, le permite recuperar las ganancias monetarias del demandado, los daños reales o $150,000 en daños liquidados (lo que sea mayor), daños ejemplares y honorarios de abogado, más una orden judicial que exija la eliminación. La sátira y la parodia están totalmente excluidas de la acción civil, mientras que un demandado que alegue que la divulgación se relacionaba con un asunto de interés público solo cuenta con una defensa que él debe probar, y que el demandante puede derrotar demostrando que la divulgación se hizo con fines de gratificación sexual, humillación, degradación o ganancia comercial. Si el deepfake involucra una comunicación electoral, el candidato afectado puede demandar conforme al CRS § 1-46-103 por daños compensatorios y punitivos.

¿Son ilegales los clones de voz con IA en Colorado?

No hay ningún estatuto de Colorado que prohíba específicamente la clonación de voz con IA con fines comerciales. Si una voz clonada se usa en una llamada automatizada sin el consentimiento del destinatario, eso infringe la ley federal conforme a la TCPA según lo aclarado por el dictamen de la FCC 24-17. Si el clon de voz se usa para crear contenido íntimo no consentido, puede aplicar la SB 25-288. Para la explotación comercial general de la voz de alguien, Colorado actualmente depende de las reclamaciones de derecho de imagen consuetudinario.

¿Qué es la Ley TAKE IT DOWN y aplica en Colorado?

La Ley TAKE IT DOWN (Ley Pública 119-12, firmada el 19 de mayo de 2025) es una ley federal que aplica en los 50 estados, incluido Colorado. Convierte en un delito federal publicar a sabiendas representaciones visuales íntimas no consentidas, incluyendo los deepfakes generados con IA, y exige a las plataformas en línea eliminar el contenido reportado dentro de las 48 horas posteriores a la solicitud de aviso de la víctima. Funciona junto con la SB 25-288 de Colorado, lo que da a las víctimas recursos tanto estatales como federales.

¿La ley de deepfakes electorales de Colorado cubre la sátira?

La ley apunta a los deepfakes distribuidos sin la etiqueta de divulgación requerida. La sátira o parodia claramente etiquetada que no parece auténtica de forma falsa no activaría el requisito de divulgación. Sin embargo, el riesgo de litigio por la Primera Enmienda para las leyes de deepfakes electorales es real (una ley de California fue parcialmente suspendida en 2025). Consulte a un abogado antes de distribuir contenido político alterado con IA.

¿Las imágenes de menores generadas con IA están cubiertas por la ley de Colorado?

Sí. El CRS § 18-6-403 vigente (explotación sexual de un menor) cubre las representaciones visuales creadas digitalmente de menores, y la SB 25-288 lo amplió para alcanzar expresamente las representaciones realistas generadas con IA de un menor identificable. A diferencia de las disposiciones para adultos, que exigen una divulgación, el estatuto de explotación infantil alcanza la creación y la mera posesión. La ley federal conforme al 18 U.S.C. § 2256 (Ley PROTECT) cubre de forma independiente las imágenes generadas con IA indistinguibles de un menor real, con sanciones conforme a los estatutos federales relacionados de hasta 30 años de prisión federal según el delito. Ambas aplican sin importar si el menor es real o completamente generado con IA.

¿Cómo se compara la ley de deepfakes de Colorado con la Ley ELVIS de Tennessee?

La Ley ELVIS de Tennessee (2024) es el arquetipo nacional para la protección contra la clonación de voz con IA, ya que extiende el derecho de imagen expresamente a las simulaciones de voz. Colorado no ha aprobado un estatuto comparable. La SB 25-288 de Colorado cubre las representaciones digitales íntimas pero no la explotación comercial de la voz o la semejanza fuera de ese contexto. Los habitantes de Colorado que buscan protección contra la clonación comercial no autorizada de voz actualmente dependen del derecho consuetudinario y de las normas federales.

Actualizaciones

Se corrigió la página de deepfakes de Colorado para reflejar el texto inscrito de la SB 25-288: la ley prohíbe divulgar o amenazar con divulgar una representación digital íntima, no crearla; no se requiere un motivo de acoso o de lucro; los tribunales deben imponer una multa adicional de hasta $10,000; y la excepción de interés público es una defensa refutable, no una exención absoluta como la sátira y la parodia.

Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas; ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Revisado y aprobado por un editor

Fuentes y referencias

  1. Colorado SB 25-288 - Acciones Penales y Civiles sobre Representaciones Digitales Íntimas (2025)(leg.colorado.gov).gov
  2. Colorado HB 24-1147 - Divulgaciones de Deepfakes Electorales de Candidatos (2024)(leg.colorado.gov).gov
  3. Ley TAKE IT DOWN, Ley Pública 119-12, S.146 (119.o Congreso, firmada el 19 de mayo de 2025)(congress.gov).gov
  4. Dictamen Declaratorio de la FCC 24-17: Voces Generadas con IA en Llamadas Automatizadas (feb. 2024)(fcc.gov).gov
  5. Regla de Suplantación de la FTC, 16 CFR Parte 461 (vigente desde el 1 de abril de 2024)(ftc.gov).gov
  6. 18 U.S.C. § 2256 - Definición federal de pornografía infantil que incluye imágenes generadas por computadora (Ley PROTECT 2003)(law.cornell.edu)
  7. Texto inscrito (enrolled) de la SB 25-288 de Colorado (2025): CRS 18-7-107, 18-7-108, 18-6-403 y la nueva parte 15 del artículo 21 del título 13(content.leg.colorado.gov)
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