Texas
Leyes de Cobro de Deudas en Texas: Salarios Protegidos, Cuentas Bancarias Expuestas

Ningún cobrador de deudas en Texas puede tocar tu cheque de pago, tu cuenta bancaria o tu vehículo por una deuda de consumo ordinaria sin seguir un proceso legal, y para las dos primeras cosas el proceso comienza con una demanda. Una agencia de cobranza que llama por una tarjeta de crédito no puede embargar nada por sí sola. Tiene que demandarte, ganar una sentencia y luego usar los remedios de cobro específicos que permite la ley de Texas. La mayoría de las sentencias en casos de deuda de consumo son sentencias en rebeldía, dictadas porque la persona demandada nunca presentó una respuesta, así que responder a la citación es lo más valioso que puedes hacer. Texas agrega además una particularidad que casi ningún otro estado tiene: tu salario está constitucionalmente protegido del embargo por deudas ordinarias, pero en el momento en que ese cheque llega a tu cuenta bancaria, esa protección desaparece.
El Embargo de Salario en Texas: Una Prohibición Real, con Excepciones Reales
Texas es uno de los pocos estados donde un acreedor ordinario con sentencia no puede embargar el salario en absoluto. La regla está en tres lugares a la vez. El Artículo XVI, Sección 28 de la Constitución de Texas dice que el salario actual por servicios personales nunca estará sujeto a embargo, salvo por manutención de menores o manutención conyugal ordenadas por un tribunal. El Código de Práctica Civil y Recursos 63.004 repite la exención y libera al empleador de cualquier embargo dirigido al salario actual. El Código de Propiedad 42.001(b)(1) incluye el salario actual entre los bienes personales exentos de embargo. (El texto del Código de Propiedad nombra solo la manutención de menores como su excepción, mientras que la Constitución también nombra la manutención conyugal, una inconsistencia de redacción entre los dos; la regla constitucional prevalece.)
Esa protección es genuina, pero la versión popular, que dice que «el embargo es ilegal en Texas», está equivocada dos veces. Primero, las excepciones de la ley estatal están integradas en el propio texto: las órdenes de manutención de menores y manutención conyugal dictadas por un tribunal sí alcanzan el salario en Texas. Segundo, la ley federal no le pide permiso a Texas. El Departamento de Educación de EE. UU. y otras agencias federales pueden embargar administrativamente hasta el 15% de los ingresos disponibles por préstamos estudiantiles en incumplimiento y otras deudas federales, sin necesidad de una sentencia judicial, y el Departamento de Trabajo confirma que este embargo administrativo federal opera sin importar las leyes estatales de embargo. Los gravámenes salariales del IRS funcionan de la misma manera. Si te están quitando dinero del cheque de pago en Texas, casi con seguridad uno de esos regímenes es la razón.
Texas no tiene impuesto estatal sobre la renta, así que no existe un gravamen salarial de un departamento de ingresos estatal del que preocuparse. La ley federal te protege de que te despidan por un embargo por una sola deuda, y el Código de Familia 8.208 prohíbe por separado despedir a alguien por una orden de retención de manutención conyugal, pero Texas no tiene un estatuto más amplio que proteja a un empleado cuyo salario se embarga por varias deudas.

La Excepción de la Cuenta Bancaria: el Salario Pierde su Protección en el Momento en que se Deposita
Esta es la regla más importante y menos entendida del derecho de cobranza en Texas. La exención constitucional cubre el «salario actual», y los tribunales de Texas leen esa frase literalmente: el salario es actual solo hasta que se paga. En Fitzpatrick v. Leasecomm Corp. (Tribunal de Apelaciones de Texas, Tyler, 2008), la deudora argumentó que su cheque depositado electrónicamente por depósito directo conservaba su carácter exento en su cuenta de la cooperativa de crédito. El tribunal rechazó el argumento y sostuvo que el salario deja de ser actual y pierde su condición de exento de inmediato al pagarse y recibirse por el trabajador, y que un depósito directo no tiene ningún efecto legal distinto de llevar un cheque en papel al banco. El salario depositado quedó sujeto a embargo en el momento en que llegó a la cuenta.
La consecuencia práctica: un acreedor con sentencia que nunca podría enviar un mandamiento de embargo a tu empleador puede enviar uno a tu banco según el Código de Práctica Civil y Recursos Capítulo 63. El mandamiento congela la cuenta mientras se resuelve el caso, y el dinero que comenzó como salario, en general, no tiene ningún reclamo especial para volver. La ley de Texas no parece ofrecer una protección automática en dólares para los depósitos bancarios como sí lo hacen algunos estados. Lo que sí permanece protegido en una cuenta bancaria: los beneficios federales depositados directamente, como el Seguro Social, que las reglas bancarias federales exigen que el banco proteja automáticamente hasta los últimos dos meses de depósitos, y los fondos que puedas rastrear a categorías que exime el Código de Propiedad. El tiempo importa enormemente con una cuenta congelada, así que si llega un mandamiento bancario, trátalo como urgente en lugar de esperar a ver qué pasa.

Por Cuánto Tiempo te Pueden Demandar: la Regla de los Cuatro Años
La mayoría de los reclamos de deuda en Texas prescriben rápido según los estándares nacionales. El Código de Práctica Civil y Recursos 16.004(a)(3) le da a una acción por deuda 4 años desde que se genera, y el 16.004(c) le da a las acciones sobre cuentas abiertas o declaradas 4 años desde que cesan las gestiones. La deuda de tarjeta de crédito cae dentro de la ventana de 4 años bajo cualquiera de las dos teorías. Los pagarés duran más: el Código de Comercio y Negocios 3.118(a) permite 6 años desde la fecha de vencimiento (o la fecha de vencimiento acelerada), y un pagaré a la vista sin ninguna exigencia de pago prescribe a los 10 años sin ningún pago de capital o interés.
Dos advertencias aplican en todas partes, incluido Texas. Una deuda prescrita no es una deuda borrada: el cobrador todavía puede pedirte que pagues, y la Regulación F federal solo prohíbe demandar o amenazar con demandar por ella. Y el historial crediticio corre en su propio reloj separado, generalmente siete años, así que una deuda puede desaparecer de tu reporte de crédito mientras sigue dentro del plazo de prescripción, o al revés.

Deuda Prescrita: Texas Traza una Línea Firme para los Compradores de Deudas
Lo que pasa si haces un pago sobre una deuda antigua depende marcadamente en Texas de quién sea el dueño de la deuda.
Si la deuda se vendió a un comprador de deudas, el Código de Finanzas 392.307 (promulgado en 2019) hace que el vencimiento sea permanente. Un comprador de deudas no puede demandar ni iniciar un arbitraje sobre una deuda de consumo una vez que ha vencido el plazo de prescripción según la Sección 16.004 o el Código de Comercio y Negocios 3.118, y el estatuto dice que la causa de acción no se reactiva por un pago, una reafirmación oral o escrita, ni ninguna otra actividad sobre la deuda. Ni siquiera un escrito firmado cambia nada. El comprador de deudas también debe informarte, en su primera comunicación escrita, que debido a la antigüedad de la deuda no te demandará por ella.
Si el acreedor original todavía es dueño de la deuda, aplica la regla más antigua del Código de Práctica Civil y Recursos 16.065: un reconocimiento de un reclamo prescrito solo lo reactiva si está por escrito y firmado por la persona a quien se le va a cobrar. Un pago por sí solo, sin un escrito firmado, no es un reconocimiento firmado según el texto de esa sección.
La conclusión práctica es inusualmente clara para Texas: pagarle a un comprador de deudas sobre una deuda fuera del plazo de prescripción no puede reiniciar el plazo, y nadie debería decirte lo contrario. Con un acreedor original, ten cuidado con lo que firmas.
Lo Que un Cobrador No Puede Hacer: La Ley de Cobro de Deudas de Texas
La Sección 392.307 es solo una disposición de un estatuto mucho más amplio. El Código de Finanzas Capítulo 392, la Ley de Cobro de Deudas de Texas (Texas Debt Collection Act), es la ley estatal que fija las reglas de conducta para los cobradores junto con la Ley federal de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA), y cuatro de sus secciones definen lo que está prohibido.
La Sección 392.301 prohíbe las amenazas y la coerción, incluidas las amenazas de violencia, acusarte falsamente de un delito, y amenazar con arresto o embargo de bienes sin los procedimientos judiciales que en realidad se requerirían. La Sección 392.302 prohíbe el acoso y el abuso: lenguaje profano u obsceno, llamadas repetidas hechas para molestar, llamadas realizadas sin revelar quién llama, y hacer que incurras en cargos por comunicación. La Sección 392.303 prohíbe los medios injustos o desmedidos, incluido cobrar cargos que ningún acuerdo ni ninguna ley autoriza. La Sección 392.304 prohíbe las representaciones fraudulentas, engañosas o falsas en diecinueve categorías enumeradas, entre ellas usar un nombre falso, tergiversar el carácter, el monto o el estado de la deuda, enviar documentos hechos para parecer papeles judiciales, y dar a entender falsamente que hay un abogado involucrado.
También existe una cuestión de umbral en la que casi nadie piensa. Según la Sección 392.101, un cobrador de deudas externo o una agencia de informes crediticios no puede dedicarse al cobro de deudas sin haber obtenido una fianza de garantía de $10,000 de una compañía de fianzas autorizada para operar en Texas, con una copia de la fianza presentada ante el secretario de estado. Un cobrador que trabaja tu cuenta sin esa fianza registrada está cobrando de manera ilegal, y eso se confirma en los registros del secretario de estado.
El lado de la aplicación de la ley está en las Secciones 392.403 y 392.404, y es la parte que vale la pena conocer. La Sección 392.403 te permite demandar por una medida cautelar para detener o prevenir una infracción y por los daños reales que causó la infracción, y un demandante que gana recupera los honorarios de abogado razonablemente relacionados con el trabajo realizado, más los costos; para infracciones del requisito de fianza de la Sección 392.101, de la Sección 392.202, o de la Sección 392.301(a)(3), el estatuto fija un mínimo de no menos de $100 por cada infracción. La Sección 392.404 va más allá: una infracción del Capítulo 392 constituye una práctica comercial engañosa según el Subcapítulo E, Capítulo 17 del Código de Comercio y Negocios, y es procesable bajo la DTPA (Ley de Prácticas Comerciales Engañosas), que tiene sus propios remedios. En la práctica, esa combinación es la razón por la que vale la pena documentar la conducta de un cobrador de Texas mientras ocurre, con fechas, horas y lo que se dijo.
Recuperación del Vehículo en Texas
Texas les da a los prestamistas de vehículos el remedio estándar de recuperación extrajudicial (self-help) sin ningún período de subsanación previo. Según el Código de Comercio y Negocios 9.609, un prestamista garantizado puede recuperar el vehículo tras el incumplimiento sin acudir a un tribunal, siempre que proceda sin alteración del orden público. No existe ningún estatuto de Texas que exija aviso previo de la recuperación ni que te dé un número determinado de días para ponerte al día después de un pago faltante; el Código de Finanzas Capítulo 348, que regula las ventas a plazos de vehículos motorizados, no contiene ninguna disposición de derecho a subsanar. Cualquier período de gracia que exista proviene de tu contrato, no del estado.
Lo que sí regula la ley de Texas: el Código de Finanzas 348.411 prohíbe que un contrato de venta a plazos de vehículos autorice al acreedor a entrar a tu propiedad en violación del código comercial o a cometer una alteración del orden público durante la recuperación, y prohíbe que el contrato designe al prestamista como tu agente para la recuperación. La Sección 348.412 anula cualquier cláusula del contrato que renuncie a tu derecho de demandar por conducta ilegal de cobro o recuperación.
El aviso que sí recibes llega después de que el vehículo ya se lo llevaron, y es el paso que más se les pasa por alto a los lectores. Una vez que el prestamista tiene intención de vender el vehículo, el Código de Comercio y Negocios 9.611(b) y (c) le exige enviar al deudor y a cualquier obligado secundario una notificación auténtica razonable de la disposición. Como un vehículo comprado para uso personal es un bien de consumo, la Sección 9.614 controla lo que ese aviso debe contener: el contenido general enumerado en 9.613(1), una descripción de cualquier responsabilidad por saldo deficitario, un número de teléfono donde puedas obtener el monto exacto necesario para redimir el vehículo, y un punto de contacto para más información sobre la venta y la deuda. La Sección 9.614 también incluye un formulario de refugio seguro encabezado «NOTICE OF OUR PLAN TO SELL PROPERTY». Hasta que esa venta realmente ocurra, la Sección 9.623 te da el derecho a redimir la garantía pagando el monto total adeudado, no solo los pagos atrasados, junto con los gastos razonables y los honorarios de abogado del prestamista.
Después de la recuperación, la venta del vehículo debe ser comercialmente razonable en todos sus aspectos según la Sección 9.610, y la Sección 9.615 te hace responsable de cualquier saldo deficitario, la diferencia entre lo que produce la venta y lo que debías, y exige que se te devuelva cualquier excedente. Si el prestamista o una parte relacionada compra el vehículo a un precio bajo, el saldo deficitario se mide contra lo que habría producido una venta en condiciones de mercado. Cuando el prestamista se salta un paso, la Sección 9.625 lo hace responsable de la pérdida que causó su incumplimiento, y para bienes de consumo fija una recuperación mínima equivalente al cargo por servicio de crédito más el 10 por ciento del monto principal de la obligación. Cómo afecta un aviso faltante al saldo deficitario mismo en una transacción de consumo queda en manos de los tribunales en lugar de estar fijado por el estatuto: la Sección 9.626 aplica sus reglas a las transacciones que no son de consumo y dice expresamente que la limitación busca dejar la cuestión del consumidor al desarrollo judicial. Los militares en servicio que firmaron el contrato antes de entrar al servicio militar no pueden tener el vehículo recuperado sin una orden judicial según la SCRA federal.
Si te Están Embargando o Demandando en Texas
Comienza con el papeleo. Si te notificaron una demanda, presenta una respuesta antes del plazo aunque creas que la deuda es legítima, porque una sentencia en rebeldía le da al acreedor todas las herramientas de cobro a la vez y renuncia a defensas como una prescripción vencida, que un tribunal no planteará por ti. Si la demanda es por una deuda antigua, verifica el plazo de 4 años y, si te está demandando un comprador de deudas, si el Código de Finanzas 392.307 impide el caso por completo.
Si tu cuenta bancaria fue congelada por un mandamiento de embargo, actúa de inmediato: identifica cada dólar exento en la cuenta (beneficios federales, ingresos de seguros, otras categorías exentas) y haz valer las exenciones ante el tribunal que maneja el mandamiento. Si están embargando tu salario directamente, identifica qué régimen lo está haciendo, porque la respuesta es completamente distinta entre manutención de menores, embargo federal de préstamos estudiantiles (que tiene sus propios derechos de audiencia y un requisito de aviso de 30 días) y un gravamen del IRS. Y si las sentencias y las cuentas congeladas se están acumulando más rápido de lo que se pueden manejar una por una, presentar una bancarrota detiene el embargo y el cobro mediante la suspensión automática mientras se resuelven las deudas subyacentes; si esa decisión vale la pena depende de tu panorama financiero completo, y merece la mirada de un profesional.
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Información verificada por última vez el 12 de agosto de 2026. Este artículo aún no ha sido revisado por un abogado con licencia.
Recursos Relacionados
Para el panorama nacional, consulta leyes de cobro de deudas por estado, plazo de prescripción de las deudas, cómo detener un embargo de salario y leyes de recuperación de vehículos. El Seguro Social y otros beneficios federales tienen sus propias reglas de protección, que se explican en si pueden embargar el Seguro Social. Para conocer los plazos de otros tipos de reclamos en Texas, consulta el plazo de prescripción de Texas, y si las deudas en sí se han vuelto inmanejables, bancarrota en Texas explica las exenciones famosamente generosas del estado.
Última actualización: 12 de agosto de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Pueden embargar mi salario en Texas?
No los acreedores ordinarios, como las compañías de tarjetas de crédito o los compradores de deudas. La Constitución de Texas exime del embargo el salario actual por servicios personales. Pero la manutención de menores y la manutención conyugal ordenadas por un tribunal, el embargo administrativo federal por préstamos estudiantiles y otras deudas federales (hasta el 15% de los ingresos disponibles), y los gravámenes del IRS sí alcanzan el salario en Texas.
¿Puede un acreedor tomar dinero de mi cuenta bancaria en Texas?
Sí, con una sentencia. Los tribunales de Texas sostuvieron en Fitzpatrick v. Leasecomm Corp. que el salario pierde su condición de exento en el momento en que se deposita, incluso por depósito directo, así que un mandamiento de embargo de cuenta bancaria puede alcanzar un cheque de pago depositado. Los beneficios federales depositados directamente mantienen una protección federal automática que cubre aproximadamente los últimos dos meses de depósitos.
¿Cuál es el plazo de prescripción de la deuda de tarjeta de crédito en Texas?
Cuatro años, según el Código de Práctica Civil y Recursos 16.004, ya sea que el reclamo se presente como una deuda o como una cuenta abierta. Los pagarés tienen seis años según el Código de Comercio y Negocios 3.118.
¿Qué es lo que un cobrador de deudas no puede hacer en Texas?
El Código de Finanzas Capítulo 392, la Ley de Cobro de Deudas de Texas, prohíbe las amenazas y la coerción (Sección 392.301), el acoso y el abuso, como el lenguaje profano, las llamadas repetidas para molestar o las llamadas que no revelan quién llama (392.302), los medios injustos o desmedidos, como cobrar cargos que ningún acuerdo ni ninguna ley autoriza (392.303), y las representaciones fraudulentas, engañosas o falsas, como usar un nombre falso o enviar documentos hechos para parecer papeles judiciales (392.304). Un cobrador de deudas externo también debe tener una fianza de garantía de $10,000 presentada ante el secretario de estado según la Sección 392.101.
¿Qué puedo hacer si un cobrador de deudas viola la ley de Texas?
La Sección 392.403 te permite demandar por una medida cautelar para detener la infracción y por daños reales, con honorarios de abogado y costos para el demandante que gane, y un mínimo de al menos $100 por infracción para ciertas secciones, incluido el requisito de la fianza. La Sección 392.404 también hace que una infracción del Capítulo 392 sea una práctica comercial engañosa procesable bajo la DTPA.
¿Un pago reinicia el plazo sobre una deuda antigua en Texas?
Si un comprador de deudas es dueño de la deuda, no. El Código de Finanzas 392.307 dice que una deuda de consumo prescrita nunca se reactiva por un pago, una reafirmación ni ninguna otra actividad. Si el acreedor original todavía la tiene, solo un reconocimiento escrito y firmado reactiva un reclamo prescrito según la Sección 16.065.
¿Texas exige aviso antes de recuperar un vehículo?
No. Texas no tiene un derecho legal a subsanar ni un requisito de aviso previo antes de la recuperación. Tras el incumplimiento, el prestamista puede usar la recuperación extrajudicial siempre que no incurra en alteración del orden público, y la venta posterior debe ser comercialmente razonable.
¿Recibo un aviso antes de que se venda mi vehículo recuperado en Texas?
Sí. El Código de Comercio y Negocios 9.611 exige que el prestamista envíe al deudor y a cualquier obligado secundario una notificación auténtica razonable antes de disponer del vehículo, y como un vehículo de uso personal es un bien de consumo, la Sección 9.614 fija el contenido requerido y un formulario de refugio seguro. Hasta que ocurra la venta, la Sección 9.623 te permite redimir el vehículo pagando el monto total adeudado más los gastos razonables y los honorarios de abogado del prestamista.
¿Me pueden despedir por un embargo de salario en Texas?
La ley federal prohíbe despedir a un empleado por un embargo debido a una sola deuda, y el Código de Familia de Texas 8.208 protege por separado a los empleados sujetos a órdenes de retención de manutención conyugal. Texas no tiene un estatuto más amplio que cubra embargos por varias deudas ordinarias.
Actualizaciones
Se agrego cobertura de la Ley de Cobro de Deudas de Texas (Codigo de Finanzas Capitulo 392), incluidas las reglas de conducta de las Secciones 392.301 a 392.304, el requisito de fianza de $10,000 de la Seccion 392.101, y los remedios civiles y de la DTPA de las Secciones 392.403 y 392.404, y se agregaron los derechos de aviso previo a la venta, contenido del aviso y redencion que aplican tras la recuperacion de un vehiculo segun las Secciones 9.611, 9.614 y 9.623 del Codigo de Comercio y Negocios.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Texas Civil Practice and Remedies Code
§ 63.004CURRENT WAGES EXEMPTVigente
Except as otherwise provided by state or federal law, current wages for personal service are not subject to garnishment. The garnishee shall be discharged from the garnishment as to any debt to the defendant for current wages.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-02 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en statutes.capitol.texas.gov
Citada en 6 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2008
En los tribunales (resumen editorial, verificado de forma independiente):Simulis, L.L.C. v. G.E. Capital Corp. (2008) sostuvo que la sección 63.004 protege el salario corriente del propio deudor, por lo que la exención no cubría la cuenta bancaria de un deudor empleador destinada a la nómina de sus empleados. El tribunal no halló autoridad que extendiera la exención a salarios de empleados distintos del deudor.
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Caulley v. Caulley (Texas Supreme Court 1991, 806 S.W.2d 795)“…of court-ordered child support payments. [1] See also Tex.Civ.Prac. & Rem.Code Ann. § 63.004 (current wages for personal services ar…”
- Davis v. Raborn (Texas Court of Appeals, 1st District (Houston) 1988, 754 S.W.2d 481)✓A un deudor se le ordenó entregar a un receptor todos sus cheques de salario futuros; citando la exención constitucional de salarios y la Section 63.004, la corte sostuvo que el salario sigue exento hasta que el trabajador lo recibe, por lo que la orden no podía alcanzarlo por adelantado.
- Simulis, L.L.C. v. G.E. Capital Corp. (Texas Court of Appeals, 1st District (Houston) 2008, 276 S.W.3d 109)✓Un acreedor embargó la cuenta bancaria de una empresa que, según ella, solo tenía la nómina de sus empleados; la corte sostuvo que la exención de salarios corrientes de la Section 63.004 protege el salario del propio deudor, no los fondos para pagar a terceros, y confirmó el embargo.
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 16.004FOUR-YEAR LIMITATIONS PERIODVigente
(a) A person must bring suit on the following actions not later than four years after the day the cause of action accrues: (1) specific performance of a contract for the conveyance of real property; (2) penalty or damages on the penal clause of a bond to convey real property; (3) debt; (4) fraud; or (5) breach of fiduciary duty. (b) A person must bring suit on the bond of an executor, administrator, or guardian not later than four years after the day of the death, resignation, removal, or discharge of the executor, administrator, or guardian. (c) A person must bring suit against his partner for a settlement of partnership accounts, and must bring an action on an open or stated account, or on a mutual and current account concerning the trade of merchandise between merchants or their agents or factors, not later than four years after the day that the cause of action accrues. For purposes of this subsection, the cause of action accrues on the day that the dealings in which the parties were interested together cease.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en statutes.capitol.texas.gov
Citada en 402 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Thweatt v. Jackson (Court of Appeals of Texas 1992, 838 S.W.2d 725)“…t was barred under the Texas statute of limitation found in Tex.Civ.Prac. & Rem. Code Ann. § 16.004 (1986). December 28, 1988 FDIC in its…”
- Mid-South Telecommunications Co. v. Best (Texas Court of Appeals, 3rd District (Austin) 2006, 184 S.W.3d 386)“…sing the four-year statute of limitations. See Tex. Civ. Prac. & Rem.Code Ann. § 16.004(a)(3) (West 2002). The district court d…”
- Richard Nugent and CAO, Inc. v. the Estate of Janie Baker Ellickson (Texas Court of Appeals, 14th District (Houston) 2018, 543 S.W.3d 243)“…9 fiduciary duty. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Ann. § 16.004(a)(5) (Vernon 2002). The statute of lim…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 16.065ACKNOWLEDGMENT OF CLAIMVigente
An acknowledgment of the justness of a claim that appears to be barred by limitations is not admissible in evidence to defeat the law of limitations if made after the time that the claim is due unless the acknowledgment is in writing and is signed by the party to be charged.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en statutes.capitol.texas.gov
Citada en 23 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2024
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Gerald Brooks v. Holland Price, IV (Texas Court of Appeals, 3rd District (Austin) 2001)“…he two debts and agreed to pay them off to Brooks. See Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Ann. § 16.065 (West 1997). The portion of the Dece…”
- Samuel and Leela Murphy v. Fairfield Financial Group, Inc. and J. Richard ("Rick") Renshaw (Texas Court of Appeals, 3rd District (Austin) 2000)“…riting and is signed by the party to be charged. Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Ann. § 16.065 (West 1997). 7. We believe t…”
- Stine v. Stewart (Texas Supreme Court 2002, 45 Tex. Sup. Ct. J. 966)“…in writing and is signed by the party to be charged. Tex. Civ. Prac. & Rem.Code § 16.065. Texas courts have consistently interpr…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Texas Finance Code
§ 392.307COLLECTION OF CERTAIN CONSUMER DEBT BY DEBT BUYERSVigentecitada en 3 de nuestros artículos
(a) In this section: (1) "Charged-off debt" means a consumer debt that a creditor has determined to be a loss or expense to the creditor instead of an asset. (2) "Debt buyer" means a person who purchases or otherwise acquires a consumer debt from a creditor or other subsequent owner of the consumer debt, regardless of whether the person collects the consumer debt, hires a third party to collect the consumer debt, or hires an attorney to pursue collection litigation in connection with the consumer debt. The term does not include: (A) a person who acquires in-default or charged-off debt that is incidental to the purchase of a portfolio that predominantly consists of consumer debt that has not been charged off; or (B) a check services company that acquires the right to collect on a paper or electronic negotiable instrument, including an Automated Clearing House (ACH) authorization to debit an account that has not been processed. (b) Unless otherwise expressly provided, this section prevails to the extent of any conflict between this section and any other law of this state.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en statutes.capitol.texas.gov
§ 348.411PROHIBITION ON CERTAIN ACTS OF REPOSSESSIONVigente
A retail installment contract may not: (1) authorize the holder or a person acting on the holder's behalf to: (A) enter the retail buyer's premises in violation of Chapter 9, Business & Commerce Code; or (B) commit a breach of the peace in the repossession of the motor vehicle; or (2) contain, or provide for the execution of, a power of attorney by the retail buyer appointing, as the buyer's agent in the repossession of the vehicle, the holder or a person acting on the holder's behalf.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en statutes.capitol.texas.gov
§ 348.412BUYER'S WAIVERVigente
(a) A retail installment contract may not: (1) provide for a waiver of the retail buyer's rights of action against the holder or a person acting on the holder's behalf for an illegal act committed in: (A) the collection of payments under the contract; or (B) the repossession of the motor vehicle; or (2) provide that the retail buyer agrees not to assert against the holder a claim or defense arising out of the sale. (b) An act or agreement of the retail buyer before or at the time of the making of a retail installment contract or a purchase under the contract does not waive any provision of this chapter.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en statutes.capitol.texas.gov
Texas Business & Commerce Code
§ 3.118STATUTE OF LIMITATIONSVigente
(a) Except as provided in Subsection (e), an action to enforce the obligation of a party to pay a note payable at a definite time must be commenced within six years after the due date or dates stated in the note or, if a due date is accelerated, within six years after the accelerated due date. (b) Except as provided in Subsection (d) or (e), if demand for payment is made to the maker of a note payable on demand, an action to enforce the obligation of a party to pay the note must be commenced within six years after the demand. If no demand for payment is made to the maker, an action to enforce the note is barred if neither principal nor interest on the note has been paid for a continuous period of 10 years. (c) Except as provided in Subsection (d), an action to enforce the obligation of a party to an unaccepted draft to pay the draft must be commenced within three years after dishonor of the draft or 10 years after the date of the draft, whichever period expires first.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en statutes.capitol.texas.gov
Citada en 33 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2025
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Aguero v. Ramirez (Texas Court of Appeals, 13th District 2002, 70 S.W.3d 372)“…years after the due date or dates stated in the note.... ” Tex. Bus. & Com. Code Ann. § 3.118 (a) (Vernon Supp.2002). The tria…”
- Rodger Mulley v. Texas Capital Holdings, LLC (Texas Court of Appeals, 14th District (Houston) 2023)“…imitations period to actions on a debt). 2 Tex. Bus. & Com. Code § 3.118(a) (“[A]n action to enforce the obligat…”
- Manuel v. Aguero v. Juan M. and Susana Ramirez (Texas Court of Appeals, 13th District 2002)“…rs after the due date or dates stated in the note. . . ." Tex. Bus. & Com. Code Ann. § 3.118 (a) (Vernon Supp. 2002). The tria…”
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§ 9.609SECURED PARTY'S RIGHT TO TAKE POSSESSION AFTER DEFAULTVigente
(a) After default, a secured party: (1) may take possession of the collateral; and (2) without removal, may render equipment unusable and dispose of collateral on the debtor's premises under Section 9.610. (b) A secured party may proceed under Subsection (a): (1) pursuant to judicial process; or (2) without judicial process, if it proceeds without breach of the peace. (c) If so agreed, and in any event after default, a secured party may require the debtor to assemble the collateral and make it available to the secured party at a place to be designated by the secured party that is reasonably convenient to both parties.
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- Brazoria County Imaging Center, LLC, Robert D. Neidert, and Robert S. Neidert v. Celeste Investment Group Angleton, LLC (Texas Court of Appeals, 14th District (Houston) 2023)“…hich it holds a security interest than does the debtor. See Tex. Bus. & Com. Code Ann. § 9.609 (West, Westlaw through 2023 R.S.); Sanc…”
- First Valley Bank of Los Fresnos v. Martin (Texas Supreme Court 2004, 47 Tex. Sup. Ct. J. 1052)“…the property may be identified by it alone). [26] See Tex. Bus. & Com.Code § 9.609(c) (formerly § 9.503) (providing secure…”
- Ellen Foley v. Capital One Bank, N.A. (Texas Court of Appeals, 14th District (Houston) 2012, 383 S.W.3d 644)“…it, and apply the proceeds to help satisfy the obligation. Tex. Bus. & Com. Code Ann. §§ 9.609, 9.610, 9.615 (West 2011). If th…”
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§ 9.610DISPOSITION OF COLLATERAL AFTER DEFAULTVigente
(a) After default, a secured party may sell, lease, license, or otherwise dispose of any or all of the collateral in its present condition or following any commercially reasonable preparation or processing. (b) Every aspect of a disposition of collateral, including the method, manner, time, place, and other terms, must be commercially reasonable. If commercially reasonable, a secured party may dispose of collateral by public or private proceedings, by one or more contracts, as a unit or in parcels, and at any time and place and on any terms. (c) A secured party may purchase collateral: (1) at a public disposition; or (2) at a private disposition only if the collateral is of a kind that is customarily sold on a recognized market or the subject of widely distributed standard price quotations. (d) A contract for sale, lease, license, or other disposition includes the warranties relating to title, possession, quiet enjoyment, and the like that by operation of law accompany a voluntary disposition of property of the kind subject to the contract.
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- SunTrust Bank v. Mark A. Monroe (Texas Court of Appeals, 2nd District (Fort Worth) 2018)“…and other terms—must be commercially reasonable. Tex. Bus. & Com. Code Ann. § 9.610(b) (providing that if commercially reas…”
- Tami Donald, Jerry Moore, and Summit Spring Water Company, Inc. v. Brian Rhone, BMR Distributing, Inc., Chris Rhone, and Rhone Water Company, Inc. D/B/A Frosty's Water (Texas Court of Appeals, 6th District (Texarkana) 2015)“…625(b), (d) for “failure to comply with the provisions of Texas Business & Commerce Code Sections 9.610, 9.611, 9.613, 9.616, 9.625, 9.626 et.…”
- Regal Finance Co. v. Tex Star Motors, Inc. (Texas Supreme Court 2010, 53 Tex. Sup. Ct. J. 1034)“…ncluding the method, manner, time, place, and other terms.” Tex. Bus. & Com. Code § 9.610(b). Article 9 provides several examples…”
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§ 9.615APPLICATION OF PROCEEDS OF DISPOSITION; LIABILITY FOR DEFICIENCY AND RIGHT TO SURPLUSVigente
(a) A secured party shall apply or pay over for application the cash proceeds of disposition under Section 9.610 in the following order to: (1) the reasonable expenses of retaking, holding, preparing for disposition, processing, and disposing and, to the extent provided for by agreement and not prohibited by law, reasonable attorney's fees and legal expenses incurred by the secured party; (2) the satisfaction of obligations secured by the security interest or agricultural lien under which the disposition is made; (3) the satisfaction of obligations secured by any subordinate security interest in or other subordinate lien on the collateral if: (A) the secured party receives from the holder of the subordinate security interest or other lien an authenticated demand for proceeds before distribution of the proceeds is completed; and (B) in a case in which a consignor has an interest in the collateral, the subordinate security interest or other lien is senior to the interest of the consignor; and (4) a secured party that is a consignor of the collateral if the secured party receives from the consignor an authenticated demand for proceeds before distribution of the proceeds is…
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Citada en 2 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2025
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- Harold McGee v. Deere & Company (Texas Court of Appeals, 3rd District (Austin) 2005)“…ttorney’s fees, as allowed in the original contract and by Texas Business & Commerce Code section 9.615 (West 2002). It subsequently filed a m…”
- Berrocal (District Court, W.D. Texas 2025)“…9.609 Regarding Tex. Bus. & Com. Code §§ 9.615 and 9.616, Berrocal’s Amended Complaint…”
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Fuentes y referencias
- Constitución de Texas, Artículo XVI, Sección 28 (Embargo de Salarios)(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Capítulo 63 (Embargo), incluida la Sección 63.004 (Salario Actual Exento)(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Tex. Civ. Prac. & Rem. Code Capítulo 16 (Prescripción), Secciones 16.004 y 16.065(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Tex. Fin. Code Sección 392.307 (Cobro de Deuda Prescrita por Compradores de Deudas)(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Tex. Bus. & Com. Code Capítulo 9 (Transacciones Garantizadas), Secciones 9.609, 9.610, 9.615; Sección 3.118 (Prescripción de Pagarés)(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Tex. Fin. Code Capítulo 348 (Ventas a Plazos de Vehículos Motorizados), Secciones 348.411 y 348.412(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Departamento de Trabajo de EE. UU., Hoja Informativa #30: La Ley Federal de Embargo de Salarios (CCPA)(dol.gov).gov