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Leyes de Polarizado de Vidrios de California (2026): Límites Legales de VLT

Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 18 de agosto de 2026). · Revisado por el equipo editorial de RecordingLaw. · Ley verificada como vigente al 18 de agosto de 2026. · 1 fuente primaria citada en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Leyes de Polarizado de Vidrios de California (2026): Límites Legales de VLT

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el polarizado legal en California?

Los vidrios delanteros laterales deben permitir al menos 70% de VLT combinado (la lámina por sí sola debe ser de 88% de VLT o superior). Los vidrios traseros laterales pueden tener cualquier oscuridad sin ninguna condición; la luneta trasera también puede tener cualquier oscuridad, pero solo con espejos exteriores dobles.

¿Qué tan oscuro puedo polarizar mis vidrios delanteros en California?

Muy limitado. El VLT combinado del vidrio y la lámina en los vidrios delanteros laterales debe ser de al menos 70%. En la práctica, solo una lámina casi transparente con una calificación de 88% de VLT o superior es legal en los vidrios delanteros laterales.

¿Es legal un polarizado de 35% en California en los vidrios delanteros?

No. Una lámina de 35% de VLT en los vidrios delanteros laterales llevaría la lectura combinada muy por debajo del mínimo de 70% de California. Un polarizado de 35% solo es legal en los vidrios traseros laterales y la luneta trasera.

¿Puedo obtener una exención médica para el polarizado de vidrios en California?

Sí, pero no permite polarizado oscuro. Un dermatólogo puede certificar lámina transparente y sin color con una calificación de 88% de VLT. Un médico u optometrista puede certificar dispositivos removibles de protección solar, que deben ser de color verde, gris o gris humo neutro, deben dejar pasar al menos 35 por ciento de luz, y no pueden usarse durante la oscuridad. El certificado debe permanecer en el vehículo.

¿Cuál es la sanción por polarizado ilegal en California?

Una citación de equipo corregible (fix-it ticket) con una multa base de aproximadamente $25. Los cargos y recargos judiciales pueden elevar el total a varios cientos de dólares, pero el cargo se desestima una vez que pone el vehículo en cumplimiento.

¿Es legal el polarizado del parabrisas en California?

En el parabrisas solo se permite una franja transparente en su parte más alta. Su borde inferior debe estar a una altura de al menos 29 pulgadas sobre el asiento del conductor sin comprimir, medida cinco pulgadas por delante de la parte inferior del respaldo con el asiento en su posición más retrasada y más baja. California no utiliza el estándar de la línea AS-1 que aplican la mayoría de los demás estados. La franja no puede ser roja ni ámbar.

¿Las SUV tienen reglas de polarizado distintas en California?

No en los vidrios delanteros laterales. Las SUV, vans y camionetas deben cumplir el mismo mínimo de 70% de VLT en el lado delantero que los autos sedán. La regla de cualquier oscuridad para los vidrios detrás del conductor aplica a todos los tipos de vehículo.

Actualizaciones

Se corrigió la regla del parabrisas, que describía incorrectamente a California como usuaria del estándar de la línea AS-1 cuando el Código Vehicular 26708(c)(1) exige en realidad que la franja de polarizado termine al menos 29 pulgadas por encima del asiento del conductor, y se aclaró que el certificado de cumplimiento aplica solo a la lámina de los vidrios delanteros laterales y que la exención médica no autoriza polarizado oscuro.

Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas; ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Se corrigió una condición de espejos dobles inventada en los vidrios traseros laterales de California (el estatuto los exime sin condición, a diferencia de la luneta trasera) y se aclaró que la regla de no mayor resplandor de California aplica a la franja superior del parabrisas, no a los vidrios laterales en general.

Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Revisado y aprobado por un editor

Fuentes y referencias

  1. Código Vehicular de California, Sección 26708 - Restricciones de polarizado de vidrios(leginfo.legislature.ca.gov).gov
  2. Sección 26708.2 del Código Vehicular de California - Requisitos de los dispositivos de protección solar (removibilidad, color, 35% de transmitancia luminosa, 35% de reflectividad)(leginfo.legislature.ca.gov)
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