Texas
Reporte de Policía de Texas: Cómo Obtener un Reporte de Choque de CRIS, un Reporte de Incidente o Video de Cámara Corporal

Texas administra sus reportes de choque a través de un único sistema de compra estatal, el Sistema de Información de Registros de Choques (Crash Records Information System) de TxDOT, conocido como CRIS. Ese es un canal distinto del reporte de incidente local, que aún debe provenir del departamento municipal o del condado que respondió, bajo la ley general de información pública del estado.
Texas también es inusualmente específico sobre quién puede cambiar un reporte de choque una vez presentado. Bajo el § 550.068, un cambio que altere un hecho material solo puede hacerlo el oficial de policía que preparó el reporte; un cambio que se origine con cualquier otra persona solo es válido como un suplemento escrito que indique el nombre de quien lo originó. Esa distinción es importante en cualquier reclamo de seguro o de lesiones que dependa de la exactitud del reporte.
Información verificada por última vez el 10 de agosto de 2026. Este artículo aún no ha sido revisado por un abogado con licencia.
Cómo Obtener una Copia de un Reporte de Choque de Texas
Los reportes de choque de Texas se compran a través de CRIS, el Sistema de Información de Registros de Choques administrado por el Departamento de Transporte de Texas (TxDOT). Una copia estándar cuesta $6 y una copia certificada cuesta $8, cifras que TxDOT confirma directamente en su propia página de reportes y registros de choques. Estas cifras se remontan al Código de Transporte de Texas § 550.065(d), que fija la tarifa de una copia del reporte de choque en $6 y permite la certificación por $2 adicionales. El reporte se entrega electrónicamente una vez que se completa la compra.
El reporte sin redactar no está abierto a cualquiera que lo solicite. El Código de Transporte de Texas § 550.065 hace que la información del reporte de choque tenga «carácter privilegiado y sea de uso confidencial» para el departamento y las agencias con un uso legítimo de prevención de colisiones o investigación penal. El apartado (c)(4) exige entonces la entrega a «cualquier persona directamente relacionada con el choque o que tenga un interés legítimo en él», y a continuación enumera ejemplos: una persona involucrada en el choque o un representante autorizado, un conductor involucrado, el propietario de un vehículo o bien dañado en el choque, un empleador, padre o tutor legal de un conductor involucrado, una compañía de seguros que cubre a un vehículo o persona involucrada, una emisora con licencia de la FCC o un periódico calificado, cualquier persona que pueda demandar por una muerte resultante del choque, y una instalación de almacenamiento de vehículos que haya almacenado un vehículo involucrado. Esa lista es ilustrativa y no cerrada, de modo que un solicitante que no encaje en ninguna de esas categorías pero que pueda demostrar un interés legítimo en el choque igualmente califica.
Cualquier otra persona puede obtener igualmente el reporte en forma redactada. El apartado (c-1) establece que el departamento o la entidad gubernamental «deberá crear un reporte de choque redactado que cualquier persona pueda solicitar». La versión redactada elimina los elementos enumerados en el apartado (f)(2), entre ellos nombres, números de licencia de conducir e identificación, direcciones y números de teléfono, números de placa, y nombres de aseguradoras y números de póliza. TxDOT describe la misma práctica en su página de reportes de choque: los solicitantes que no cumplen los criterios del § 550.065(c) reciben una copia redactada.
El CRIS cubre los datos de choques de los 10 años calendario completos anteriores más el año en curso. Un detalle que vale la pena conocer si un choque fue lo suficientemente leve como para que ningún oficial lo investigara: TxDOT dejó de conservar los formularios de autorreporte del conductor, conocidos como formularios CR-2, a partir del 1 de enero de 2019. El CRIS no puede producir esos autorreportes más antiguos.
Corrección de un Reporte de Choque de Texas
Si algo en un reporte de choque de Texas es incorrecto, el Código de Transporte de Texas § 550.068 determina quién puede cambiarlo. Un cambio o modificación que altere un hecho material en un reporte preparado por un oficial de policía «solo puede hacerlo el oficial de policía que preparó el reporte». Ese oficial puede enmendar el reporte directamente.
El apartado (b) es la excepción que cubre a todos los demás. Una persona distinta del oficial de policía solo puede cambiar el reporte si el cambio se presenta mediante un suplemento escrito al reporte y ese suplemento «indica claramente el nombre de la persona que originó el cambio». La consecuencia práctica es que el primer paso casi siempre es el oficial investigador o la agencia de ese oficial: una corrección que hace el oficial es una enmienda al reporte, mientras que una corrección que se origina con un conductor, una aseguradora o un abogado debe adjuntarse como un suplemento escrito y atribuido, en lugar de incorporarse al original.
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Cómo Obtener una Copia de un Reporte de Incidente Policial de Texas
Un reporte de incidente, que cubre un arresto, un robo con allanamiento, o cualquier otra respuesta policial que no sea un choque, se solicita a la división de registros del departamento municipal o del condado que lo manejó. Texas no tiene un único portal estatal para estos casos como sí lo tiene para los reportes de choque a través del CRIS. En las ciudades más grandes de Texas, eso generalmente significa el propio sistema de solicitud de registros en línea del departamento de policía o el proceso de solicitud de información pública; en jurisdicciones más pequeñas, significa contactar al departamento directamente.

Estas solicitudes se rigen por la Ley de Información Pública de Texas. El Código de Gobierno de Texas § 552.108 otorga a una agencia policial o a un fiscal una excepción para «información en poder de una agencia policial o un fiscal que trate sobre la detección, investigación o procesamiento de un delito», cuando su divulgación «interfiera con la detección, investigación o procesamiento de un delito». Como en la mayoría de los estados, esa excepción se aplica caso por caso: un asunto cerrado tiene muchas más probabilidades de divulgarse en su totalidad que una investigación abierta.
Video de Cámara Corporal en Texas
Texas cuenta con un marco dedicado a cámaras corporales integrado en su Código de Procedimiento Penal, que cubre desde el financiamiento por subvenciones para los departamentos hasta las reglas de activación y divulgación. La disposición específica de divulgación, el Artículo 2B.0112, establece que la información de cámara corporal en poder de una agencia policial «no está sujeta» al requisito general de divulgación de la Ley de Información Pública, con una excepción importante: la información que «es o podría usarse como prueba en un proceso penal está sujeta» a esa misma disposición de divulgación. En la práctica, eso significa que el que el video se trate como generalmente disponible o como un registro de investigación penal puede depender de si el incidente grabado está vinculado a un proceso pendiente o posible.
El Artículo 2B.0112(a) también determina qué debe contener la propia solicitud, y este es el primer obstáculo con el que tropiezan la mayoría de las solicitudes de cámara corporal en Texas. Un miembro del público que presente una solicitud escrita a una agencia policial para obtener información de cámara corporal debe incluir la fecha y hora aproximada de la grabación, el lugar específico donde ocurrió la grabación, y el nombre de una o más personas que se sepa son objeto de la grabación. Que falte uno de estos tres elementos no es fatal de forma permanente: el apartado (b) establece que no proporcionar la información requerida «no impide que el solicitante presente una futura solicitud sobre la misma información grabada». Pero sí significa que una solicitud incompleta puede tener que volver a presentarse con los detalles faltantes, así que reúna los tres antes de enviarla.

Debido a que Texas ha reorganizado periódicamente sus estatutos de las fuerzas del orden entre el Código de Ocupaciones y el Código de Procedimiento Penal, confirme la cita y el proceso vigentes directamente con la unidad de registros de la agencia o los recursos de la Ley de Información Pública del Fiscal General de Texas antes de basarse en un número de sección específico. Para el proceso general de solicitud y una comparación entre estados, consulte Cómo Solicitar Video de Cámara Corporal y Leyes de Cámaras Corporales de Texas.
Recursos Relacionados
Reportes de Policía por Estado cubre el panorama completo de los 50 estados. Vea también Cómo Presentar un Reporte de Policía, Cómo Leer un Reporte de Policía, ¿Son Públicos los Reportes de Policía?, Leyes de Cámaras Corporales de Texas, Leyes de Accidentes de Tránsito de Texas, Leyes de Registros Públicos de Texas, y Registros Judiciales de Texas.
Aviso Legal
Este artículo ofrece información general sobre cómo solicitar reportes de choque, reportes de incidentes y video de cámara corporal de la policía en Texas. No constituye asesoría legal. Las tarifas, portales y estatutos cambian; confirme los detalles vigentes con TxDOT, la agencia que respondió, o un abogado de Texas antes de basarse en cualquier información de este artículo para una situación específica.

Última actualización: 10 de agosto de 2026. Las tarifas y portales reflejan su estado publicado a partir de agosto de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cómo obtengo una copia de un reporte de choque de Texas?
Solicítelo en línea a través del CRIS de TxDOT (Sistema de Información de Registros de Choques). Una copia estándar cuesta $6 y una copia certificada cuesta $8, según el Código de Transporte de Texas § 550.065(d), que fija la tarifa de la copia en $6 y permite la certificación por $2 adicionales. El reporte se entrega electrónicamente después de la compra.
¿Quién puede obtener una copia completa de un reporte de choque de Texas?
El Código de Transporte de Texas § 550.065(c)(4) exige la entrega a cualquier persona directamente relacionada con el choque o que tenga un interés legítimo en él, y luego enumera ejemplos: las personas involucradas y sus representantes, los conductores, el propietario de un vehículo o bien dañado, un empleador, padre o tutor de un conductor involucrado, las aseguradoras que cubren a un vehículo o persona involucrada, medios de comunicación y periódicos calificados, cualquier persona que pueda demandar por una muerte resultante del choque, y una instalación de almacenamiento de vehículos que haya almacenado un vehículo involucrado. Esa lista es ilustrativa, no cerrada, de modo que alguien fuera de ella que pueda demostrar un interés legítimo igualmente califica.
¿Puedo obtener un reporte de choque de Texas si no estuve involucrado en el choque?
Sí, en forma redactada. El Código de Transporte de Texas § 550.065(c-1) exige que el departamento o la entidad gubernamental cree un reporte de choque redactado que cualquier persona pueda solicitar. La versión redactada elimina los elementos enumerados en el apartado (f)(2), entre ellos nombres, números de licencia de conducir, direcciones, números de placa, y nombres de aseguradoras y números de póliza.
¿Cómo corrijo un error en un reporte de choque de Texas?
Comience con el oficial investigador o la agencia de ese oficial. El Código de Transporte de Texas § 550.068 establece que un cambio que altere un hecho material solo puede hacerlo el oficial de policía que preparó el reporte, por lo que ese oficial puede enmendar el reporte directamente. Si el cambio se origina con alguien distinto de ese oficial, solo es válido como un suplemento escrito al reporte que indique claramente el nombre de quien lo originó.
¿Hasta cuándo conserva Texas los reportes de choque?
El CRIS ofrece datos de choques de los 10 años calendario completos anteriores más el año en curso. TxDOT ha dejado de conservar los formularios de autorreporte del conductor (CR-2) desde el 1 de enero de 2019.
¿Son registros públicos los reportes de incidentes de la policía de Texas?
Están sujetos a la Ley de Información Pública de Texas, pero el Código de Gobierno de Texas § 552.108 permite a una agencia policial retener registros que traten sobre la detección, investigación o procesamiento de un delito cuando la divulgación interfiera con ese proceso.
¿Cómo solicito video de cámara corporal en Texas?
Presente una solicitud escrita a la unidad de registros de la agencia que desplegó la cámara. El Artículo 2B.0112(a) del Código de Procedimiento Penal exige que la solicitud incluya la fecha y hora aproximada de la grabación, el lugar específico donde ocurrió, y el nombre de al menos una persona que se sepa es objeto de la grabación. La divulgación depende entonces del video: la información que es o podría usarse como prueba en un proceso penal recibe un tratamiento diferente del que no podría usarse de esa forma.
Actualizaciones
Se corrigió la regla de corrección del reporte de choque (el Código de Transporte de Texas § 550.068 permite que el oficial que redactó el reporte lo enmiende directamente; el requisito de suplemento escrito aplica a los cambios que se originan con cualquier otra persona), se aclaró que la lista de solicitantes elegibles del § 550.065(c)(4) es ilustrativa y no cerrada y que el § 550.065(c-1) da derecho a cualquier persona a obtener una copia redactada, se corrigió el punto de cita de la tarifa de $6/$8 al § 550.065(d), y se agregaron los tres elementos que debe incluir una solicitud de cámara corporal de Texas bajo el Artículo 2B.0112(a) del Código de Procedimiento Penal.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Texas Transportation Code
§ 550.065RELEASE OF CERTAIN INFORMATION RELATING TO COLLISIONSVigente
(a) This section applies only to the following information that is held by the department or another governmental entity: (1) a written report of a collision required under: (A) Section 550.062; or (B) former Section 550.061 or 601.004 before September 1, 2017; or (2) collision report information compiled under Section 201.806. (b) Except as provided by Subsection (c), (c-1), or (e), the information is privileged and for the confidential use of: (1) the department; and (2) an agency of the United States, this state, or a local government of this state that has use for the information for purposes of collision prevention or a criminal investigation conducted by a law enforcement agency.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-02 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en statutes.capitol.texas.gov
Citada en 6 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2014
En los tribunales (resumen editorial, verificado de forma independiente):City of San Antonio v. Abbott (2014) sostuvo que 'relates to a motor vehicle accident' en la sección 550.065 abarca más que los informes de choque y declaró confidenciales los registros de llamadas de servicio y despacho solicitados, por estar vinculados a choques reportados. City of Lubbock v. Cornyn (1999) sostuvo que el artículo 6701d anterior dejaba públicos los registros de despacho.
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- State v. Stevenson (Court of Appeals of Texas 1999, 993 S.W.2d 857)✓Un conductor dijo a los oficiales que su esposa lesionada manejaba y luego admitió que él manejaba; obligado por la Court of Criminal Appeals, el tribunal sostuvo que la disposición de confidencialidad hoy codificada en la sección 550.065 no amparaba sus declaraciones orales, por lo que no podían suprimirse.
- City of Lubbock v. Cornyn (Texas Court of Appeals, 3rd District (Austin) 1999, 993 S.W.2d 461)✓Una ciudad negó informes de accidentes a solicitantes que sacaron la fecha y el lugar de sus registros de despacho; el tribunal aplicó la ley anterior, el antiguo artículo 6701d sección 47, sostuvo que la ciudad no tenía discreción para negarse y señaló que la versión de 1997 de la 550.065 estaba entonces suspendida.
- the City of San Antonio v. Greg Abbott, Texas Attorney General (Texas Court of Appeals, 3rd District (Austin) 2014, 432 S.W.3d 429)✓Un semanario pidió los registros de llamadas de servicio y de despacho de la policía sin dar dos de los tres datos que la ley exigía entonces; al interpretar ampliamente la frase relates to a motor vehicle accident, el tribunal sostuvo que los registros eran confidenciales bajo la sección 550.065 según su texto de entonces.
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 550.068CHANGING COLLISION REPORTVigentecitada en 2 de nuestros artículos
(a) Except as provided by Subsection (b), a change in or a modification of a written report of a motor vehicle collision prepared by a peace officer that alters a material fact in the report may be made only by the peace officer who prepared the report. (b) A change in or a modification of the written report of the collision may be made by a person other than the peace officer if: (1) the change is made by a written supplement to the report; and (2) the written supplement clearly indicates the name of the person who originated the change.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en statutes.capitol.texas.gov
Texas Code of Criminal Procedure
§ 2b.0112Art. 2B.0112. RELEASE OF INFORMATION RECORDED BY BODY WORN CAMERAVigentecitada en 2 de nuestros artículos
(a) A member of the public who submits a written request to a law enforcement agency for information recorded by a body worn camera must include with the request: (1) the date and approximate time of the recording; (2) the specific location where the recording occurred; and (3) the name of one or more individuals known to be a subject of the recording. (b) Failure to provide all of the information required by Subsection (a) does not preclude the requestor from making a future request for the same recorded information. (c) Except as provided by Subsection (d), information recorded by a body worn camera and held by a law enforcement agency under this subchapter is not subject to Section 552.021, Government Code. (d) Information that is or could be used as evidence in a criminal prosecution is subject to Section 552.021, Government Code.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en statutes.capitol.texas.gov
Texas Government Code
§ 552.108EXCEPTION: CERTAIN LAW ENFORCEMENT, CORRECTIONS, AND PROSECUTORIAL INFORMATIONVigente
(a) Information held by a law enforcement agency or prosecutor that deals with the detection, investigation, or prosecution of crime is excepted from the requirements of Section 552.021 if: (1) release of the information would interfere with the detection, investigation, or prosecution of crime; (2) it is information that deals with the detection, investigation, or prosecution of crime only in relation to an investigation that did not result in conviction or deferred adjudication; (3) it is information relating to a threat against a peace officer or detention officer collected or disseminated under Section 411.048; or (4) it is information that: (A) is prepared by an attorney representing the state in anticipation of or in the course of preparing for criminal litigation; or (B) reflects the mental impressions or legal reasoning of an attorney representing the state.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en statutes.capitol.texas.gov
Citada en 14 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2025
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- the City of Fort Worth and Gary W. Jackson v. John W. Cornyn, Attorney General of Texas (Texas Court of Appeals, 3rd District (Austin) 2002)“…and, (iii) if released, interfere with law enforcement. Tex. Gov't Code Ann. § 552.108 (b)(1). Because the parties do not dis…”
- Hon. Tommy Thomas, Sheriff of Harris County, Texas v. Hon. John Cornyn, Attorney General of Texas Janette Rodrigues And the Houston Chronicle Publishing Company (Texas Court of Appeals, 3rd District (Austin) 2002)“…536 S.W.2d 559 (Tex. 1976) (per curiam); see also Tex. Gov't Code Ann. § 552.108 (c) (West Supp. 2002) (law enforcement…”
- A & T CONSULTANTS, INC. v. Sharp (Texas Supreme Court 1995, 904 S.W.2d 668)“…not serve the purpose of TORA's law enforcement exception. Tex.Gov't Code § 552.108. The release of the scheduling dates in…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- Código de Transporte de Texas § 550.065, Divulgación de Cierta Información Relacionada con Colisiones(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Código de Transporte de Texas § 550.068, Corrección del Reporte(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Código de Gobierno de Texas § 552.108, Excepción: Cierta Información de las Fuerzas del Orden, Correccional y Procesal(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Código de Procedimiento Penal de Texas Art. 2B.0112, Divulgación de Información Grabada por Cámara Corporal(statutes.capitol.texas.gov).gov
- Departamento de Transporte de Texas, Reportes y Registros de Choques(txdot.gov).gov