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Leyes de eliminación de antecedentes en Luisiana: elegibilidad, costos y como limpiar su antecedente

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 2 de septiembre de 202617 min de lectura
Leyes de eliminación de antecedentes en Luisiana: elegibilidad, costos y como limpiar su antecedente

Preguntas frecuentes

¿Cómo se eliminan los antecedentes penales en Luisiana?

Presente una moción para eliminar en la parroquia donde ocurrió el arresto o la condena. Incluya los formularios de moción y orden, los documentos de resolución, una certificación del fiscal de distrito y los pagos de tarifas requeridos (total con tope de $550). La parte que objeta tiene 60 días desde la notificación de la moción para objetar, y el tribunal puede otorgar una extensión de hasta 30 días más (CCP Art. 980). Si no se presenta ninguna objeción, el tribunal emite la orden. El CCP Art. 985.2 también describe un proceso automatizado que permite a las personas elegibles presentar una solicitud directamente ante la Oficina de Identificación e Información Criminal de Luisiana, que cubre registros desde el 1 de enero de 2006, pero ese artículo entra en vigor solo cuando la Legislatura asigne los fondos, y la guía pública actual de la BCII describe únicamente el proceso de solicitud descrito arriba. Confirme con la BCII si la opción automatizada está activa antes de basarse en ella.

¿Cuánto cuesta la eliminación de antecedentes en Luisiana?

El costo total tiene un tope de $550 bajo CCP Art. 983. Esto cubre la Oficina de Identificación e Información Criminal de Luisiana ($250), el secretario del tribunal (hasta $200), el fiscal de distrito ($50) y el sheriff ($50). Un tope reducido de $300 aplicó a la posesión de marihuana como delito menor de primer delito hasta el 1 de agosto de 2026, pero ese tope reducido ya expiró; las eliminaciones por posesión de marihuana de primer delito ahora están sujetas al tope estándar de $550, a menos que la Legislatura lo haya vuelto a extender. Hay exenciones de tarifas disponibles para absoluciones, cargos desestimados, víctimas de trata de personas y otros. Los solicitantes que nunca han sido condenados por un delito grave pueden solicitar una exención de tarifas al fiscal de distrito.

¿Qué dice el Artículo 978 del Código de Procedimiento Penal de Luisiana?

El CCP Art. 978 rige la eliminación de condenas por delitos graves. Permite la eliminación cuando: la condena fue anulada y desestimada bajo Art. 893(E); han transcurrido más de diez años desde la finalización de la condena sin otra condena y sin cargo pendiente; o la persona califica para un indulto de primer delincuente. El Art. 978(B) prohíbe la eliminación de crímenes de violencia, delitos sexuales, la mayoría de los delitos de tráfico de drogas y la agresión por violencia doméstica. El Art. 978(E) crea una excepción limitada que permite eliminar seis delitos violentos específicos después de una audiencia contradictoria y un periodo limpio de diez años.

¿Se puede eliminar un delito grave en Luisiana?

Sí, ciertos delitos graves pueden eliminarse. La condena no debe aparecer en la lista de delitos excluidos del CCP Art. 978(B), y deben haber transcurrido más de diez años desde la finalización de cualquier condena, libertad condicional o libertad bajo palabra, sin otras condenas y sin cargos pendientes durante ese periodo. Alternativamente, la eliminación está disponible de inmediato si la condena fue anulada bajo Art. 893(E) o la persona tiene derecho a un indulto de primer delincuente. Los delitos graves categorizados como crímenes de violencia, delitos sexuales, la mayoría del tráfico de drogas y la agresión por violencia doméstica están prohibidos.

¿Cuánto tarda eliminar un antecedente en Luisiana?

Bajo el proceso de solicitud judicial, la parte que objeta tiene 60 días desde la fecha en que se notifica la moción para presentar una objeción, y el tribunal puede otorgar una extensión de no más de 30 días adicionales más allá de ese periodo (CCP Art. 980(C)). La ventana máxima para objetar es entonces de 90 días, no de 120. Si no se presenta ninguna objeción, el tribunal emite la orden. Una vez firmada la orden, la BCII y otras agencias completan la eliminación. El CCP Art. 985.2 describe un proceso automatizado con tres ventanas secuenciales de 30 días (procesamiento por la BCII, notificación del Sistema de Información de Gestión de Casos de la Corte Suprema a los secretarios de los tribunales de distrito, y notificación de los secretarios al fiscal de distrito y otras agencias), pero ese artículo depende de la asignación de fondos por la Legislatura y la guía pública actual de la BCII no lo describe como activo. Confirme con la BCII antes de asumir que este cronograma se aplica a su caso.

¿Es posible eliminar un DWI en Luisiana?

Una condena por DWI como delito menor de primer delito puede ser elegible para la eliminación bajo CCP Art. 977 después de cinco años desde la finalización de la condena, la libertad condicional o la libertad bajo palabra, siempre que no haya ocurrido ninguna condena por delito grave durante ese periodo y no haya un delito grave pendiente. Si el DWI se manejo bajo CCP Art. 894 con una sentencia suspendida y el acusado completo la libertad condicional, la condena puede ser anulada y desestimada, lo que permite una eliminación más temprana. Sin embargo, incluso después de la eliminación, el registro sigue siendo accesible para los tribunales y las fuerzas del orden y puede usarse como delito previo, y el CCP Art. 973(E) no impone ningún límite de tiempo a ese uso. El periodo de depuración de diez años para DWI en R.S. 14:98(C)(3) no se mide desde la eliminación: transcurre desde la comisión del delito anterior hasta la comisión del nuevo delito que se está juzgando, excluyendo el tiempo pasado en espera de juicio, bajo una orden de arresto, en libertad condicional o bajo palabra, o encarcelado.

¿Qué registros no se pueden eliminar en Luisiana?

Los crímenes de violencia definidos en R.S. 14:2(B) son generalmente inelegibles, con seis excepciones enumeradas en CCP Art. 978(E). Los delitos sexuales y los crímenes contra menores bajo R.S. 15:541 están prohibidos. La mayoría de los delitos graves de tráfico de drogas bajo la Ley Uniforme de Sustancias Peligrosas Controladas están excluidos. Las condenas por agresión por violencia doméstica y acecho están excluidas tanto a nivel de delito menor como de delito grave. Las condenas por DWI segundas y subsiguientes enfrentan restricciones adicionales.

¿Cuál es el papel de la Oficina de Identificación e Información Criminal de Luisiana en las eliminaciones?

La BCII, una división de la Policía Estatal de Luisiana, mantiene el repositorio penal estatal. Bajo el proceso tradicional de solicitud, la BCII recibe la orden de eliminación del tribunal y retira el registro de la base de datos publica. Acts 2023, No. 454 (CCP Art. 985.2) describe un proceso automatizado bajo el cual la BCII identificaría los registros elegibles, procesaría las solicitudes presentadas por las personas, eliminaría los registros elegibles dentro de 30 días de recibir una solicitud, y transmitiría los registros al Sistema de Información de Gestión de Casos de la Corte Suprema de Luisiana para dos ventanas adicionales de notificación de 30 días, pero ese artículo entra en vigor solo cuando la Legislatura asigne los fondos y la guía pública actual de la BCII no lo describe como en funcionamiento. La BCII también es la fuente del Derecho de Revisión basado en huellas dactilares que los solicitantes obtienen antes de presentar una solicitud.

Actualizaciones

Se corrigió el plazo de objeción del fiscal (60 días más una posible extensión de hasta 30 días, no 60), se eliminó la afirmación incorrecta de que los solicitantes deben divulgar registros eliminados a las juntas de licencias profesionales, y se corrigió cómo se mide el periodo de diez años para el uso de un DWI como delito previo.

Se corrigieron dos errores en las secciones de delitos graves de drogas y armas de fuego: se completó la lista de excepciones estatutarias a la prohibición de eliminación de delitos de drogas, y se eliminó una afirmación incorrecta de que eliminar una condena por agresión doméstica libera una inhabilitación para portar armas (las condenas por agresión por violencia doméstica no pueden eliminarse en Luisiana bajo ninguna circunstancia).

Fuentes y referencias

  1. CCP Art. 976 - Eliminacion de arresto sin condena(legis.la.gov)
  2. CCP Art. 977 - Eliminacion de condena por delito menor(legis.la.gov)
  3. CCP Art. 978 - Eliminacion de condena por delito grave(legis.la.gov)
  4. CCP Art. 983 - Costos de eliminacion; tarifas; cobro(legis.la.gov)
  5. CCP Art. 985.2 - Proceso de eliminacion automatizado(legis.la.gov)
  6. Eliminaciones - Oficina de Identificacion e Informacion Criminal de la Policia Estatal de Luisiana(lsp.org)
  7. Orden de Eliminacion de Registro de Arresto/Condena (CCP Art. 992)(legis.la.gov)
  8. CCP Art. 973 - Acceso a registros eliminados; divulgación(legis.la.gov)
  9. CCP Art. 980 - Audiencia contradictoria; plazo para objetar(legis.la.gov)
  10. R.S. 14:98 - Conducir un vehículo en estado de embriaguez(legis.la.gov)
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