EnglishEspañol
Arizona flag

Arizona

Leyes de muerte por negligencia en Arizona (2026): Plazos y quién puede demandar

Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 20 de agosto de 2026). · Revisado por el equipo editorial de RecordingLaw. · Ley verificada como vigente al 20 de agosto de 2026. · 8 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Leyes de muerte por negligencia en Arizona (2026): Plazos y quién puede demandar

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para presentar una reclamación por muerte por negligencia en Arizona?

Dos años a partir de la fecha de la muerte bajo ARS 12-542, que establece que una reclamación por muerte se acumula en la muerte de la persona lesionada. El reloj generalmente corre desde la muerte en lugar de la lesión original. Las reclamaciones contra entidades públicas pueden tener plazos de notificación mucho más cortos.

¿Quién puede presentar una demanda por muerte por negligencia en Arizona?

Bajo ARS 12-612, el cónyuge sobreviviente, un hijo, un padre o tutor, o el representante personal del patrimonio puede presentar la reclamación en nombre del cónyuge sobreviviente, hijos o padres. Si ninguno de esos sobrevivientes existe, el representante personal puede demandar en nombre del patrimonio. Un demandante presenta una sola acción para todos los beneficiarios.

¿Qué daños se pueden recuperar en un caso de muerte por negligencia en Arizona?

Bajo ARS 12-613, el jurado puede otorgar los daños que considere justos y adecuados, incluidos el apoyo económico perdido, el valor de los servicios perdidos, la pérdida de amor, compañía, guía y consorcio, el duelo y la angustia mental de los sobrevivientes, y los gastos funerarios y de entierro. El propio dolor y sufrimiento previo a la muerte del fallecido no es recuperable porque el estatuto de supervivencia lo prohíbe después de la muerte.

¿Existe un límite en los daños por muerte por negligencia en Arizona?

No. La Constitución de Arizona, en el Artículo 2, Sección 31 y el Artículo 18, Sección 6, prohíbe al legislativo promulgar leyes que limiten los daños por muerte o lesiones. Como resultado, no existe límite estatutario en los daños económicos o no económicos por muerte por negligencia en Arizona, incluidos los casos de negligencia médica.

¿Lesionado en Arizona? Obtenga una revisión gratuita del caso con un abogado de lesiones personales

Si la negligencia de otra persona causó su lesión, podría tener derecho a compensación por gastos médicos, salarios perdidos y dolor y sufrimiento. Obtenga una revisión gratuita y sin compromiso de un abogado de lesiones personales en Arizona. La mayoría trabaja por honorarios contingentes, así que no hay costo inicial.

Actualizaciones

Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas; ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Revisado y aprobado por un editor

Fuentes y referencias

  1. Estatutos Revisados de Arizona 12-611, responsabilidad por muerte por negligencia cuando la muerte es causada por acto ilícito, negligencia o incumplimiento(azleg.gov).gov
  2. Estatutos Revisados de Arizona 12-612, partes demandantes, recuperación, distribución y descalificación en muerte por negligencia(azleg.gov).gov
  3. Estatutos Revisados de Arizona 12-613, medida de daños en acciones de muerte por negligencia (justo y adecuado para las partes sobrevivientes)(azleg.gov).gov
  4. Estatutos Revisados de Arizona 12-542, limitación de dos años; la reclamación por muerte se acumula en la muerte de la parte lesionada(azleg.gov).gov
  5. Estatutos Revisados de Arizona 14-3110, supervivencia de acciones; prohíbe los daños por dolor y sufrimiento después de la muerte de la persona lesionada(azleg.gov).gov
  6. Constitución de Arizona, Artículo 2, Sección 31, ninguna ley que límite los daños por muerte o lesiones(azleg.gov).gov
  7. Constitución de Arizona, Artículo 18, Sección 6, el derecho de acción por lesiones nunca será derogado; sin límite estatutario en el monto recuperado(azleg.gov).gov
  8. Estatutos Revisados de Arizona 12-2505, la negligencia comparativa reduce los daños en proporción a la culpa (comparativa pura)(azleg.gov).gov
Compartir: