EnglishEspañol
New York flag

New York

Leyes de Órdenes de Alejamiento en Nueva York (2026): Las Órdenes de Protección Explicadas

Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 17 de agosto de 2026). · Revisado por el equipo editorial de RecordingLaw. · Ley verificada como vigente al 17 de agosto de 2026. · 10 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Leyes de Órdenes de Alejamiento en Nueva York (2026): Las Órdenes de Protección Explicadas

Preguntas frecuentes

¿Cómo obtengo una orden de alejamiento en Nueva York?

Presente una petición por delito familiar en la Corte de Familia de su condado sin costo. Un juez puede emitir una Orden de Protección Temporal el mismo día. También puede solicitar una orden de la Corte Penal reportando el delito a la policía; el Fiscal de Distrito presenta esa orden. Si usted está en un proceso de divorcio, puede solicitar una orden a la Corte Suprema que tramita su caso.

¿Cuánto dura una orden de alejamiento en Nueva York?

Una Orden de Protección final de la Corte de Familia dura hasta 2 años. Si la corte determina circunstancias agravantes (lesión física, uso de arma, violaciones previas de órdenes), puede durar hasta 5 años. Las órdenes de la Corte Penal vinculadas a una condena por delito grave duran hasta 8 años; las vinculadas a una condena por delito menor de Clase A, hasta 5 años.

¿Cuánto cuesta una orden de alejamiento en Nueva York?

Presentar una petición de Orden de Protección de la Corte de Familia es gratis. Bajo la ley federal de Violencia Contra la Mujer, Nueva York no puede cobrar una tarifa de presentación ni de notificación por una orden de protección por violencia doméstica.

¿Puedo obtener una orden de alejamiento sin un reporte policial?

Sí. Una Orden de Protección de la Corte de Familia es un proceso civil presentado directamente por el solicitante; no se requiere ningún reporte policial ni cargos penales. Un reporte policial puede fortalecer su petición, pero no es un requisito previo.

¿Una orden de alejamiento quita el derecho a portar armas en Nueva York?

Bajo FCA §842-a, la corte debe indagar sobre las armas de fuego en cada Orden de Protección, ya sea temporal o final. La suspensión de la licencia y la entrega de armas de fuego se ordenan solo cuando la corte también determina un factor desencadenante previsto por la ley, como una condena previa por delito grave violento, una violación previa e intencional que involucró lesión o un arma, o un riesgo sustancial de que el demandado haga mal uso de un arma de fuego. Una orden final calificante también activa la prohibición federal bajo 18 U.S.C. §922(g)(8), sin importar si se cumple el factor desencadenante de suspensión/entrega a nivel estatal.

¿Qué sucede si el demandado viola la orden?

La desobediencia intencional puede acusarse como desacato penal en segundo grado bajo la Penal Law §215.50 (delito menor de Clase A, hasta 364 días bajo §70.15(1)), desacato penal en primer grado bajo §215.51 (delito grave de Clase E, hasta 4 años), o desacato penal agravado bajo §215.52 (delito grave de Clase D, hasta 7 años) para las violaciones más graves, como causar una lesión física. La policía puede arrestar sin orden judicial con causa probable. Llame al 911 de inmediato y documente la violación.

¿Cuál es la diferencia entre una orden de la Corte de Familia y una orden de protección de la Corte Penal en Nueva York?

Una orden de la Corte de Familia es un proceso civil impulsado por el solicitante; usted presenta la petición y controla el caso. Una orden de la Corte Penal es accesoria a un enjuiciamiento penal impulsado por el Fiscal de Distrito; usted es un testigo, no quien impulsa el caso legalmente. Ambas ofrecen protección, y pueden tramitarse al mismo tiempo.

Actualizaciones

Se corrigió la pena máxima por desacato penal en segundo grado a 364 días y se distinguieron los procedimientos separados de desacato y cumplimiento en la Corte de Familia. Se verificó FCA §842 como fundamento de las condiciones y duración de las órdenes.

Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas; ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Revisado y aprobado por un editor

Fuentes y referencias

  1. NY Family Court Act §§812, 841-842, 842-a(nysenate.gov).gov
  2. NY Criminal Procedure Law §§530.11, 530.12(nysenate.gov).gov
  3. NY Penal Law §§215.50-215.51 (desacato penal / delito familiar agravado)(nysenate.gov).gov
  4. Cortes de NY, autoayuda sobre Órdenes de Protección(nycourts.gov).gov
  5. NY Criminal Procedure Law §§530.11, 530.12(nysenate.gov).gov
  6. CPL §140.10: arresto sin orden judicial(nysenate.gov).gov
  7. Penal Law §215.50: desacato penal en segundo grado(nysenate.gov).gov
  8. Penal Law §70.15(1): pena máxima de los delitos menores de Clase A(nysenate.gov).gov
  9. Judiciary Law §751(1): procedimiento separado de desacato(nysenate.gov).gov
  10. Family Court Act §846-a: incumplimiento de una orden(nysenate.gov).gov
Compartir: