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Leyes de Manutención (Pensión Alimenticia) de Nueva York: La Fórmula y la Duración (2026)

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 7 de septiembre de 202617 min de lectura
Leyes de Manutención (Pensión Alimenticia) de Nueva York: La Fórmula y la Duración (2026)

Preguntas frecuentes

¿Nueva York lo llama pensión alimenticia o manutención?

Nueva York lo llama manutención. El estado reemplazo el término pensión alimenticia por manutención en su Ley de Relaciones Domésticas. Algunos formularios judiciales también usan manutención conyugal, pero el término legal operativo es manutención bajo la DRL sección 236(B).

¿Cuál es el tope de ingresos para la manutención de Nueva York en 2026?

El tope de ingresos es de $241,000 del ingreso anual de quien paga, vigente desde el 1 de marzo de 2026. El tope se ajusta cada dos años en función del Índice de Precios al Consumidor para Todos los Consumidores Urbanos (CPI-U). Para ingresos por encima de $241,000, el tribunal tiene discreción para otorgar manutención adicional en función de factores legales.

¿Cómo se calcula la manutención de Nueva York?

Qué fórmula se aplica depende de si quien paga la manutención también paga manutención de hijos; dentro de esa fórmula el tribunal realiza dos cálculos y otorga el resultado menor. Si quien paga la manutención no paga manutención de hijos: (1) 30% del ingreso de quien paga menos 20% del ingreso de quien recibe, comparado con (2) 40% del ingreso combinado menos el ingreso de quien recibe. Si quien paga la manutención también paga manutención de hijos: (1) 20% del ingreso de quien paga menos 25% del ingreso de quien recibe, comparado con (2) 40% del ingreso combinado menos el ingreso de quien recibe. El ingreso de quien paga después de la manutención no puede caer por debajo de la reserva de autosustento ($21,546 en 2026).

¿Cuánto dura la manutención en Nueva York?

La duración de la manutención posterior al divorcio sigue un calendario orientativo en la DRL sección 236(B)(6): del 15% al 30% de la duración del matrimonio para matrimonios de hasta 15 años; del 30% al 40% para matrimonios de 15 a 20 años; y del 35% al 50% para matrimonios de más de 20 años. Los tribunales pueden apartarse del calendario con explicación por escrito.

¿Cuándo termina la manutención en Nueva York?

La manutención termina automáticamente con el fallecimiento de cualquiera de las partes o con el nuevo matrimonio de quien la recibe. La convivencia con una nueva pareja no termina automáticamente la manutención, pero puede ser fundamento para solicitar al tribunal una modificación en función de un cambio sustancial de circunstancias. Cualquiera de las partes también puede solicitar la modificación en función de cambios significativos en el ingreso o la salud.

¿Es gravable la manutención en Nueva York?

Para acuerdos finalizados después del 31 de diciembre de 2018, los pagos de manutención no son deducibles a nivel federal ni gravables a nivel federal para quien los recibe bajo la Tax Cuts and Jobs Act. Sin embargo, el Estado de Nueva York no ha adoptado ese cambio. Para el impuesto sobre la renta del Estado de Nueva York, quien paga aún puede deducir la manutención y quien la recibe aún debe incluirla como ingreso, sin importar cuando se firmó el acuerdo.

¿Puede modificarse una orden de manutención de Nueva York?

Sí. Cualquiera de las partes puede solicitar al tribunal la modificación en función de un cambio sustancial de circunstancias, como un cambio involuntario significativo en el ingreso o un cambio en el estado de salud. Si las partes acordaron contractualmente que la manutención seria no modificable, ese acuerdo prevalece. Los tribunales aplican los factores legales al evaluar las solicitudes de modificación.

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Actualizaciones

Se corrigió la descripción del mecanismo de la fórmula de manutención en los puntos clave y las preguntas frecuentes: qué fórmula se aplica depende de si quien paga también paga manutención de hijos, y el tribunal compara dos cálculos dentro de esa fórmula, no las dos fórmulas entre sí.

Se corrigió la sección de convivencia para reflejar el estándar real de dos partes de la DRL sección 248 (convivencia habitual con otra persona y presentarse públicamente como su cónyuge), eliminando la referencia infundada a la DRL 236(B)(9) y una prueba inventada de impacto financiero.

Fuentes y referencias

  1. Ley de Relaciones Domésticas de Nueva York sección 236(B)(nysenate.gov)
  2. Ley de Relaciones Domésticas de Nueva York sección 248(nysenate.gov)
  3. NY Courts: Legislación Matrimonial y Reglas Judiciales(nycourts.gov)
  4. NY Courts: 15 Factores de Manutención Posterior al Divorcio(nycourts.gov)
  5. IRS Topic No. 452, Pensión Alimenticia y Manutención por Separado(irs.gov)
  6. Tabla de Estándares de Manutención de Hijos de Nueva York (LDSS-4515, Rev. 03/26)(childsupport.ny.gov)
  7. Sistema Judicial Unificado de Nueva York: Novedades en Legislación Matrimonial, Reglas Judiciales y Formularios (ajustes del tope de ingresos, la reserva de autosustento y el nivel de pobreza al 1 de marzo de 2026)(nycourts.gov)
  8. HHS, Actualización Anual de las Pautas de Pobreza del HHS, 91 Fed. Reg. (15 de enero de 2026) (FR Doc. 2026-00755)(govinfo.gov)
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