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Leyes de Conservación de Expedientes Médicos de Nueva York (Guía 2026)

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 8 de septiembre de 202610 min de lectura
Leyes de Conservación de Expedientes Médicos de Nueva York (Guía 2026)

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo deben conservar los médicos los expedientes médicos en Nueva York?

Los médicos en Nueva York deben conservar los expedientes médicos de los pacientes durante al menos 6 años conforme a Education Law Section 6530(32). El estatuto establece ese mínimo de seis años sin fijar una fecha de inicio, por lo que contarlo desde la última visita del paciente es una guía de práctica y el enfoque conservador, no el texto de la ley. Para los pacientes menores de edad, los expedientes deben conservarse durante 6 años o hasta que el paciente cumpla 19 años, el que sea más largo.

¿Los hospitales en Nueva York conservan los expedientes por más tiempo que los médicos privados?

Sí, en el caso de los pacientes menores de edad. Los hospitales deben conservar los expedientes de menores durante al menos 6 años o hasta 3 años después de que el paciente cumpla 18 años (a los 21 años), el que sea más largo. Los médicos privados solo deben conservar los expedientes de menores hasta un año después de que el paciente cumpla 18 años (a los 19 años). Para los pacientes adultos, ambos siguen un mínimo de 6 años, medido desde el alta en el caso de los hospitales; el estatuto de los médicos no fija una fecha de inicio.

¿Con qué rapidez debe un proveedor de Nueva York dejarme ver mis expedientes médicos?

Public Health Law Section 18(2)(a) exige que un proveedor de atención médica le dé la oportunidad de inspeccionar sus expedientes dentro de los diez días posteriores a su solicitud por escrito. El estatuto dice diez días, sin ningún calificador de días hábiles, por lo que el plazo corre en días calendario.

¿HIPAA exige que los expedientes médicos se conserven durante cierto número de años?

No. La Regla de Privacidad de HIPAA no establece un período de conservación de expedientes médicos. Otras reglas federales sí pueden aplicar: las Condiciones de Participación de Medicare para hospitales exigen conservar los expedientes durante al menos 5 años (42 CFR 482.24(b)(1)), y las propias reglas de 6 años de Nueva York son más extensas que eso. Sin embargo, HIPAA sí exige que las políticas y la documentación relacionadas con la privacidad se mantengan durante 6 años, y exige la destrucción segura de la información médica protegida cuando los expedientes finalmente se eliminan.

¿Cuánto puede cobrar un proveedor de Nueva York por copias de expedientes médicos?

Conforme a Public Health Law Section 18(2)(e), un proveedor puede imponer un cargo razonable que no exceda los costos que realmente incurrió, y el cargo por copias en papel no puede exceder los 75 centavos por página. La sección 18 no establece un límite en dólares separado para las copias electrónicas, y no contiene ningún máximo de $100 pese a que esa cifra se repite ampliamente. No se puede cobrar ninguna tarifa cuando los expedientes se solicitan para respaldar una solicitud, un reclamo o una apelación de un beneficio gubernamental.

¿Qué sucede con mis expedientes médicos si mi médico se jubila o cierra su consultorio?

El plazo de conservación de seis años en Education Law 6530(32) se vincula al expediente, no al consultorio, por lo que sigue corriendo después de que el consultorio cierra. Usted puede solicitar una copia conforme a Public Health Law 18, o hacer que el expediente se envíe a un nuevo proveedor de su elección conforme a Public Health Law 17, que exige que un médico u hospital examinador, consultor o tratante divulgue los expedientes a cualquier otro médico u hospital designado. Si no puede localizar los expedientes de un hospital cerrado, el New York State Department of Health rastrea dónde se transfirieron.

Actualizaciones

Se corrigieron las reglas de conservación de los médicos: Education Law 6530(32) fija un mínimo de seis años pero no establece una fecha de inicio ni una disposición sobre fallecimiento, y se agregó el mínimo federal de 5 años de las Condiciones de Participación de Medicare para hospitales (42 CFR 482.24(b)(1)).

Se corrigió la página para distinguir los tres regímenes de conservación de expedientes médicos en Nueva York (médicos: 6 años o hasta los 19 años en el caso de menores; hospitales: 6 años o hasta los 21 años; otras profesiones de salud con licencia: 6 años o hasta los 22 años), se precisó que el plazo de acceso del paciente es de 10 días calendario y no días hábiles, se eliminó un tope de $100 en copias electrónicas que no existe en la ley, y se acotó el alcance de la regla federal de conservación de 7 años de CMS a la documentación de Medicare ordenada, certificada, referida o recetada.

Fuentes y referencias

  1. N.Y. Education Law 6530(32) - Conservación de Expedientes y Falta Profesional(nysenate.gov).gov
  2. NYS DOH - N.Y. Education Law 6530, Definiciones de Falta Profesional(health.ny.gov).gov
  3. 10 NYCRR 405.10 - Expedientes Médicos Hospitalarios(law.cornell.edu)
  4. 8 NYCRR 29.2 - Reglas de la Junta de Regentes, Disposiciones Generales para las Profesiones de Salud (conservación de expedientes en 29.2(a)(3))(law.cornell.edu)
  5. NYSED Office of the Professions - Cierre de un Consultorio (Asistentes de Terapia Física), un ejemplo de guía de cierre específica por profesión(op.nysed.gov).gov
  6. N.Y. Public Health Law 18 - Acceso a la Información del Paciente(nysenate.gov).gov
  7. N.Y. Public Health Law 17 - Divulgación de Expedientes Médicos a un Médico u Hospital Designado(nysenate.gov).gov
  8. NYS DOH - ¿Tengo Derecho a Ver Mis Expedientes Médicos?(health.ny.gov).gov
  9. NYS DOH - Memorándum sobre el Acceso a la Información del Paciente(health.ny.gov).gov
  10. NYS DOH - Leyes Relevantes del Estado de Nueva York para la Conducta Médica(health.ny.gov).gov
  11. HHS - ¿Exige HIPAA que las Entidades Cubiertas Guarden los Expedientes Médicos?(hhs.gov).gov
  12. HHS - Eliminación de Información Médica Protegida bajo HIPAA(hhs.gov).gov
  13. HHS - Preguntas Frecuentes sobre la Eliminación de PHI(hhs.gov).gov
  14. 42 CFR 424.516 - Requisitos de Inscripción de Proveedores de Medicare(ecfr.gov).gov
  15. 42 CFR 482.24 - Condiciones de Participación de Medicare: Servicios de Expedientes Médicos(ecfr.gov).gov
  16. CMS - Conservación de Expedientes Médicos y Formato de Medios(cms.gov).gov
  17. NYS DOH - Expedientes Médicos de Hospitales Cerrados(health.ny.gov).gov
  18. NYS Department of State - Conservación y Destrucción de Expedientes(dos.ny.gov).gov
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