North Carolina
Leyes de Sexteo en Carolina del Norte: Consecuencias Legales y Penas
Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 20 de agosto de 2026). · Revisado por el equipo editorial de RecordingLaw. · Ley verificada como vigente al 20 de agosto de 2026. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Carolina del Norte no tiene un estatuto dedicado al sexteo adolescente, por lo que los menores que comparten imágenes explícitas enfrentan procesamiento bajo las leyes de Explotación Sexual de un Menor, principalmente la N.C.G.S. Sección 14-190.17 (segundo grado, que cubre tanto tomar una imagen explícita de un menor como reenviarla) y la Sección 14-190.17A (tercer grado, posesión). Un menor puede ser acusado tanto como la persona que produjo la imagen como la víctima representada, con penas que van desde un delito grave de Clase H hasta uno de Clase C.
La Ausencia de una Ley de "Romeo y Julieta" para el Sexteo
Uno de los aspectos más críticos de la ley de Carolina del Norte es lo que no tiene. A diferencia de Texas o Florida, Carolina del Norte no ha promulgado un estatuto específico para manejar el sexteo consensual entre menores (a menudo llamado excepción de Romeo y Julieta). Esto significa que cuando los adolescentes intercambian fotos desnudas, técnicamente están violando las mismas leyes diseñadas para procesar a los depredadores adultos de menores.

Si bien los fiscales de distrito a menudo usan su discreción para evitar acusar a los adolescentes con delitos graves de alto nivel por actos consensuales, la ley lo permite. Un adolescente que envía una foto desnuda de sí mismo a un novio o novia crea pornografía infantil bajo la definición estatutaria. Si el destinatario reenvía esa imagen a otros, la esta distribuyendo. Esta brecha legal coloca a los adolescentes de Carolina del Norte en un riesgo significativo si son atrapados, ya que su destino depende en gran medida de la indulgencia del fiscal local en lugar de una protección estatutaria.
Explotación Sexual de un Menor (Pornografía Infantil)
Los casos de sexteo que involucran a menores típicamente se procesan bajo los estatutos de Explotación Sexual de un Menor del estado. Estas leyes se dividen en grados según la gravedad de la acción.
Explotación Sexual de Primer Grado
Bajo la N.C.G.S. Sección 14-190.16, es un delito grave usar, emplear, inducir, coaccionar, alentar o facilitar que un menor participe en actividad sexual para una actuación en vivo o con el propósito de producir material que represente esa actividad. Las demás vías de producción del estatuto son todas expresamente comerciales: grabar o duplicar dicho material para la venta o ganancia pecuniaria, crear material para la venta o ganancia pecuniaria modificado para que parezca que un menor identificable participa en actividad sexual, o crear una muñeca sexual infantil de un menor identificable para la venta o ganancia pecuniaria.
- Pena: Delito grave de Clase C, salvo que las dos subdivisiones de "para la venta o ganancia pecuniaria" que cubren material modificado y muñecas sexuales infantiles son delitos graves de Clase D.
- Alcance: El primer grado depende de involucrar a un menor en la actividad sexual, o de un propósito comercial. Un adolescente que se fotografía a sí mismo, o que reenvía una imagen que otra persona creó, no es acusado bajo esta sección; esa conducta es Explotación Sexual de Segundo Grado, abajo. Un deepfake no comercial o una foto desnuda editada con IA de un compañero de clase tampoco es primer grado, porque las subdivisiones de material modificado y muñeca sexual solo alcanzan la creación para la venta o ganancia pecuniaria.
Explotación Sexual de Segundo Grado (Grabación y Distribución)
Bajo la N.C.G.S. Sección 14-190.17, es un delito grave grabar, fotografiar, filmar, revelar o duplicar material que contenga una representación visual de un menor participando en actividad sexual. También es un delito grave bajo la misma sección distribuir, transportar, exhibir, recibir, vender, comprar, intercambiar o solicitar ese material, incluyendo material creado, adaptado o modificado para que parezca que un menor identificable participa en actividad sexual.
- Pena: Delito grave de Clase E.
- Alcance: Este es el estatuto más comúnmente implicado en un caso de sexteo adolescente, y funciona en ambos sentidos. Su vertiente de grabación no tiene ningún elemento comercial, por lo que el adolescente que se toma la foto explícita a sí mismo queda cubierto aquí en lugar de bajo el delito más grave de primer grado. Su vertiente de distribución cubre a cualquiera que después envíe o reenvíe la imagen.
Explotación Sexual de Tercer Grado (Posesión)
Bajo la N.C.G.S. Sección 14-190.17A, es un delito poseer a sabiendas material que contenga una representación visual de un menor participando en actividad sexual. Este es el cargo más común para alguien que simplemente recibe o conserva un sext en su teléfono.
- Pena: Delito grave de Clase H.
- Nota: La mera posesión es suficiente para un cargo de delito grave; no tiene que mostrar la imagen a nadie más.
Representaciones Obscenas, Incluidas las Imágenes Generadas por IA
La Ley de Sesión 2024-37 agregó la N.C.G.S. Sección 14-190.17C, que cubre material que representa a un menor participando en actividad sexual y que además es obsceno. Producir, distribuir, recibir o poseer a sabiendas ese material con la intención de distribuirlo es un delito grave de Clase E; poseerlo a sabiendas es un delito grave de Clase H.
La disposición relevante para las imágenes generadas por IA es la subsección (c): «no es un elemento requerido de ningún delito bajo esta sección que el menor representado exista realmente». Eso es lo que permite un cargo sobre una imagen completamente sintética, mientras que los estatutos de explotación anteriores están redactados en torno a un menor real o identificable.
Solicitud de un Menor por Computadora
Cuando los adultos (o adolescentes mayores) usan la tecnología para iniciar contacto sexual con un menor, pueden ser acusados bajo la N.C.G.S. Sección 14-202.3, "Solicitud de un menor por computadora".
Una persona es culpable de este delito si tiene 16 años o más y usa a sabiendas una computadora (o teléfono inteligente) para atraer, aconsejar, coaccionar u ordenar a un menor que se reúna con el propósito de cometer un acto sexual ilegal.
Dos límites del estatuto son relevantes en una página sobre sexteo adolescente. Cada subdivisión alcanza únicamente a un menor, o a una persona que el acusado cree que es menor, que tenga menos de 16 años de edad, por lo que un joven de 16 o 17 años es menor de edad pero queda fuera de esta sección. Y el menor debe tener al menos cinco años menos que el acusado. Esa cifra de cinco años es un umbral único y fijo escrito en cada subdivisión, no un rango que varíe según el cargo o la relación, por lo que los compañeros de edad cercana quedan completamente fuera de este estatuto.
- Primera Infracción: Delito grave de Clase G.
- Segunda Infracción o Subsiguiente (o una Primera Infracción con una Condena Previa Sustancialmente Similar): Delito grave de Clase E.
- El Acusado o un Agente Aparece en el Lugar de Reunión: Delito grave de Clase D, sin importar si es la primera infracción.
Este estatuto se usa con frecuencia en operaciones encubiertas donde los agentes de las fuerzas del orden se hacen pasar por menores en línea.
Pornografía de Venganza (Divulgación de Imágenes Privadas)
Carolina del Norte tiene un estatuto específico para abordar la pornografía de venganza, titulado oficialmente "Divulgación de imágenes privadas". Bajo la N.C.G.S. Sección 14-190.5A, es ilegal divulgar una imagen de las partes íntimas o la conducta sexual de otra persona sin su consentimiento.
Para violar este estatuto, se deben cumplir los siguientes elementos:
- El acusado divulgó a sabiendas una imagen de las partes íntimas o la conducta sexual de otra persona.
- El acusado reveló la identidad de la persona representada (o la imagen en sí revela su identidad).
- La persona representada tenía una expectativa razonable de privacidad.
- La persona representada no consintió a la divulgación.
Penas:
- Penal: Delito grave de Clase H para un adulto, o para la segunda infracción o subsiguiente de un menor. La primera infracción de un menor es solo un delito menor de Clase 1.
- Civil: La víctima puede demandar por daños. El tribunal puede otorgar daños liquidados de $1,000 por día por cada día de la violación o $10,000, lo que sea mayor, más los honorarios de abogados.
Ciberacoso y Hostigamiento
En algunos casos de sexteo, especialmente los que involucran acoso o presión de compañeros entre estudiantes, los cargos pueden presentarse bajo la N.C.G.S. Sección 14-458.1 (Ciberacoso). Esta ley hace ilegal usar una computadora para atormentar, aterrorizar o avergonzar a un menor.
Aquí aplica una limitación importante. En State v. Bishop, 368 N.C. 869 (2016), la Corte Suprema de Carolina del Norte anuló la subsección que mejor encaja con un caso de imagen compartida. La Sección 14-458.1(a)(1)(d) tipificaba como delito publicar, o alentar a otros a publicar, información privada, personal o sexual referente a un menor con la intención de intimidar o atormentar. El tribunal sostuvo que la disposición restringe el discurso en lugar de la conducta, que la restricción se basa en el contenido, y que no está adaptada de forma estrecha al interés del Estado en proteger a los menores del acoso en línea, por lo que viola la Primera Enmienda. El caso en sí surgió de estudiantes que comentaron sobre una captura de pantalla de un mensaje de contenido sexual. Otras subsecciones, incluida la publicación de una imagen real o alterada de un menor, no estaban ante el tribunal.
Donde el estatuto todavía aplica, el ciberacoso es un delito menor de Clase 1 si el acusado tenía 18 años o más al momento del delito, y un delito menor de Clase 2 si el acusado era menor de 18 años.
Actos Indecentes con un Menor
Además de los cargos de explotación, los fiscales pueden acusar a un adulto (o adolescente mayor) de "Actos Indecentes con un Menor" bajo la N.C.G.S. Sección 14-202.1. Este estatuto convierte en delito grave de Clase F que una persona que tenga 16 años o más y sea al menos cinco años mayor que el menor realice cualquier acto inmoral, impropio o indecente con un niño menor de 16 años con el propósito de despertar o gratificar el deseo sexual. La brecha de cinco años es un elemento del delito, no un factor de sentencia, por lo que los compañeros de edad cercana no pueden ser acusados bajo esta sección.
Los tribunales han interpretado que este estatuto incluye no solo actos físicos, sino también ciertas comunicaciones y solicitudes de imágenes sexuales. Si un adulto solicita una foto desnuda a un menor, puede interpretarse como un intento de realizar un acto indecente, lo que conduce a un cargo de delito grave incluso si nunca se envió ninguna foto.
Consecuencias Disciplinarias Escolares
Para los adolescentes, las consecuencias del sexteo se extienden más allá de la sala del tribunal. Las escuelas de Carolina del Norte tienen políticas estrictas respecto a la conducta estudiantil, el acoso y el uso de la tecnología. Si el sexteo ocurre en los terrenos escolares, durante las actividades escolares o usando dispositivos escolares (como una laptop o iPad emitido por la escuela), los administradores pueden imponer acciones disciplinarias severas.
- Suspensión y Expulsión: Las escuelas pueden suspender o expulsar a los estudiantes por poseer o distribuir material inapropiado, a menudo clasificándolo bajo políticas de "comportamiento perturbador" o acoso sexual.
- Investigaciones bajo el Título IX: Si el sexteo involucra el intercambio no consensual o el acoso, la escuela puede estar obligada a iniciar una investigación bajo el Título IX sobre acoso sexual. Este es un proceso federal de derechos civiles separado de cualquier investigación penal.
- Participación de las Fuerzas del Orden: Los Oficiales de Recursos Escolares (SRO) son agentes juramentados de las fuerzas del orden. Si los funcionarios escolares descubren imágenes explícitas en el teléfono de un estudiante, a menudo son informantes obligatorios y deben entregar el dispositivo a la policía, activando una investigación penal.
Los padres deben estar conscientes de que las escuelas tienen la autoridad para registrar el teléfono de un estudiante si tienen "sospecha razonable" de que se ha violado una regla escolar o una ley.
Implicaciones de la Ley Federal
Si bien esta guía se enfoca en la ley estatal de Carolina del Norte, el sexteo involucra la transmisión de datos a través de internet, lo que cruza las fronteras estatales. Esto le da jurisdicción a las autoridades federales. Las leyes federales de pornografía infantil (18 U.S.C. Sección 2252A) son extremadamente severas y conllevan sentencias mínimas obligatorias de prisión de 5 a 15 años.
El procesamiento federal es menos común para los casos locales de sexteo adolescente, pero es un riesgo significativo si:
- Las imágenes se distribuyen a través de las fronteras estatales (lo que ocurre automáticamente en muchas plataformas de redes sociales).
- El caso involucra a un depredador que ataca a múltiples víctimas.
- Las imágenes son particularmente gráficas o involucran a niños muy pequeños.
Consecuencias del Registro de Delincuentes Sexuales
Quizás la consecuencia más devastadora de una condena bajo las leyes de explotación de Carolina del Norte es el requisito de registrarse como delincuente sexual. La obligación es larga, pero no son 30 años fijos sin ninguna salida.
- Duración: Bajo la N.C.G.S. Sección 14-208.7(a), el registro se mantiene por un mínimo de 30 años a partir del registro inicial en el condado a menos que la persona, después de 10 años de registro, solicite exitosamente al tribunal superior que reduzca ese período bajo la Sección 14-208.12A. Esa solicitud solo está disponible para quien no haya sido condenado por un delito registrable posterior, y el tribunal otorga el alivio a su discreción una vez cumplidas las condiciones del estatuto, por lo que no es automático. Pero Carolina del Norte sí ofrece la vía de solicitud a los 10 años.
- Restricciones de Residencia: Los registrados no pueden vivir a menos de 1,000 pies de una escuela o centro de cuidado infantil. Esto puede hacer que encontrar vivienda en áreas suburbanas o urbanas sea casi imposible.
- Empleo: Una entrada en el registro aparece en todas las verificaciones de antecedentes, impidiendo que la persona ejerza muchas profesiones, incluyendo educación, salud y empleos gubernamentales.
- Presencia en Línea: Se puede requerir que los registrados reporten sus identificadores en línea (nombres de usuario, direcciones de correo electrónico) al sheriff.
Penas y Sentencias
Carolina del Norte usa una cuadrícula de sentencias estructurada. El tiempo real cumplido depende de los antecedentes penales del acusado. Sin embargo, las clasificaciones estatutarias proporcionan la base para el castigo.
| Delito | Estatuto | Clasificación | Potencial de Sentencia | ¿Registro? |
|---|---|---|---|---|
| Explotación Sexual de Primer Grado (involucrar a un menor en la actividad, o producción comercial) | Sección 14-190.16 | Delito grave de Clase C (Clase D para las subdivisiones de material modificado y muñeca sexual para venta o ganancia pecuniaria) | Tiempo de prisión activo | Sí |
| Explotación Sexual de Segundo Grado (Grabación o Distribución) | Sección 14-190.17 | Delito grave de Clase E | Tiempo de prisión activo o intermedio | Sí |
| Explotación Sexual de Tercer Grado (Posesión) | Sección 14-190.17A | Delito grave de Clase H | 4-25 meses (Libertad condicional posible para primerizos) | Sí |
| Representación Obscena de un Menor (alcanza imágenes generadas por IA) | Sección 14-190.17C | Delito grave de Clase E (producir, distribuir, recibir o poseer con intención de distribuir); delito grave de Clase H (posesión) | Varía según la clase del delito | Sí |
| Divulgación de Imágenes Privadas (Pornografía de Venganza) | Sección 14-190.5A | Delito grave de Clase H (adulto, o infracción repetida de un menor); delito menor de Clase 1 (primera infracción de un menor) | 4-25 meses (nivel de delito grave) | No* |
| Solicitud por Computadora | Sección 14-202.3 | Delito grave de Clase G (primera infracción); Clase E (repetida); Clase D (aparece en la reunión) | Tiempo de prisión activo | Sí |
*Nota: La condena por pornografía de venganza por sí sola típicamente no requiere registro de delincuente sexual a menos que la víctima haya sido un menor, en cuyo caso usualmente aplican las leyes de explotación.
Defensas Legales
Defenderse de los cargos de sexteo en Carolina del Norte a menudo involucra argumentos legales técnicos respecto a la intención, la posesión y la recolección de evidencia.
1. Falta de Conocimiento
Para los cargos de posesión (Explotación de Tercer Grado), el estado debe probar que el acusado poseía el material a sabiendas. Si una imagen fue almacenada automáticamente en cache por un navegador web, o enviada a un dispositivo sin el conocimiento o consentimiento del propietario (y este no la accedió ni la vio), esto puede ser una defensa válida.
2. Registro e Incautación Inválidos
Muchos casos de sexteo dependen de evidencia obtenida de los teléfonos inteligentes. Si la policía incautó o registró el teléfono sin una orden judicial válida o causa probable, la evidencia (las fotos) puede ser inadmisible en el tribunal. Invocar los derechos de la Cuarta Enmienda es una estrategia de defensa común.
3. Error de Edad (Limitado)
En muchos delitos estatutarios que involucran a menores, el "error de edad" (afirmar que no sabía que eran menores de edad) no es una defensa válida. Sin embargo, para ciertos cargos de solicitud, la creencia razonable del acusado sobre la edad de la víctima puede ser relevante dependiendo de la redacción específica del estatuto y la brecha de edad involucrada.
4. Consentimiento (Pornografía de Venganza)
Para los cargos bajo la Sección 14-190.5A, probar que la víctima consintió a la divulgación (no solo a la creación) de la imagen es una defensa. Sin embargo, esto es difícil de probar sin evidencia escrita.
Más Leyes de Carolina del Norte
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Preguntas frecuentes
¿Es el sexteo un delito grave en Carolina del Norte?
Sí. Debido a que Carolina del Norte carece de un estatuto específico de delito menor para el sexteo adolescente, la mayoría de los delitos de sexteo que involucran a menores recaen bajo las leyes de "Explotación Sexual de un Menor", que son delitos graves. Incluso la simple posesión de una foto desnuda de un menor es un delito grave de Clase H.
¿Pueden los adolescentes ser registrados como delincuentes sexuales por sexteo?
Depende de qué tribunal conozca el caso. El registro sigue a una condena reportable bajo la N.C.G.S. 14-208.6(4), es decir, una condena final en un tribunal penal de adultos. La explotación sexual de primer y segundo grado son delitos graves de Clase C y Clase E, y un joven de 16 o 17 años acusado de un delito de esa clase queda excluido de la definición de menor delincuente en la G.S. 7B-1501(7), por lo que el caso comienza en el tribunal de adultos y una condena sí implica el registro, con consecuencias de por vida para la vivienda, el empleo y la educación. Un caso manejado en el tribunal de menores es distinto: la G.S. 14-208.26 permite que un juez ordene el registro de un menor solo para una lista corta de delitos sexuales enumerados, y los estatutos de explotación sexual no están en esa lista, por lo que a un menor declarado delincuente por explotación derivada de sexteo no se le puede ordenar registrarse en absoluto.
¿Qué pasa si elimino las fotos de inmediato?
Eliminar las fotos es mejor que conservarlas, pero no es una defensa legal garantizada si la evidencia puede recuperarse. Sin embargo, la eliminación pronta puede demostrar una falta de intención de poseer o distribuir el material, lo que puede ayudar en las negociaciones con los fiscales.
¿Aplica la ley de "Romeo y Julieta" al sexteo?
No. Si bien Carolina del Norte tiene disposiciones de "Romeo y Julieta" para ciertos actos sexuales físicos (violación estatutaria) entre compañeros de edad cercana, no hay una excepción estatutaria comparable para la creación o distribución de pornografía infantil (sexteo).
¿Puedo demandar a alguien por publicar mis fotos privadas?
Sí. Bajo el estatuto de Divulgación de Imágenes Privadas (Sección 14-190.5A), puede demandar por daños civiles. La ley permite daños estatutarios de $1,000 por día o un mínimo de $10,000, lo que sea mayor, más los honorarios de abogados.
Actualizaciones
Se corrigió qué estatuto de explotación sexual cubre tomar y enviar una imagen explícita, se restauró el elemento estatutario de brecha de cinco años en las secciones de solicitud y actos indecentes, se agregó la solicitud a los 10 años para terminar el registro de delincuente sexual, se señaló que la disposición de ciberacoso sobre imágenes privadas compartidas fue anulada en State v. Bishop, y se agregó la N.C.G.S. 14-190.17C sobre representaciones obscenas y generadas por IA.
Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas; ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Revisado y aprobado por un editor
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
North Carolina General Statutes, Chapter 14: Criminal Law.
§ 14-190.17Second degree sexual exploitation of a minorVigente
(a) Offense. - A person commits the offense of second degree sexual exploitation of a minor if, knowing the character or content of the material, the person does any of the following: (1) Records, photographs, films, develops, or duplicates material that contains a visual representation of a minor engaged in sexual activity. (2) Distributes, transports, exhibits, receives, sells, purchases, exchanges, or solicits material that contains a visual representation of a minor engaged in sexual activity or that has been created, adapted, or modified to appear that an identifiable minor is engaged in sexual activity. (3) Distributes, transports, exhibits, receives, sells, purchases, exchanges, or solicits a child sex doll. (b) Inference. - In a prosecution under this section, the trier of fact may infer that a participant in sexual activity whom material through its title, text, visual representations or otherwise represents or depicts as a minor is a minor. (c) Mistake of Age. - Mistake of age is not a defense to a prosecution under this section. (d) Punishment and Sentencing. - Violation of this section is a Class E felony. (1985, c. 703, s. 9; 1993, c. 539, s. 1197; 1994, Ex.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en ncleg.gov
United States Code Title 18
§ 2252ACertain activities relating to material constituting or containing child pornographyVigentecitada en 11 de nuestros artículos
Any person who— knowingly mails, or transports or ships using any means or facility of interstate or foreign commerce or in or affecting interstate or foreign commerce by any means, including by computer, any child pornography; knowingly receives or distributes— any child pornography using any means or facility of interstate or foreign commerce or that has been mailed, or has been shipped or transported in or affecting interstate or foreign commerce by any means, including by computer; or any material that contains child pornography using any means or facility of interstate or foreign commerce or that has been mailed, or has been shipped or transported in or affecting interstate or foreign commerce by any means, including by computer; knowingly— reproduces any child pornography for distribution through the mails, or using any means or facility of interstate or foreign commerce or in or affecting interstate or foreign commerce by any means, including by computer; or advertises, promotes, presents, distributes, or solicits through the mails, or using any means or facility of interstate or foreign commerce or in or affecting interstate or foreign commerce by any means, including by…
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en uscode.house.gov
Citada en 3,530 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
En los tribunales (resumen editorial, verificado de forma independiente):United States v. Williams (2008) sostuvo que la Sección 2252A(a)(3)(B), la disposición sobre ofrecer y solicitar material, no es excesivamente amplia bajo la Primera Enmienda ni inconstitucionalmente vaga. United States v. Pugh (2008) aplicó la sección al dictar sentencia y sostuvo que una pena solo de libertad condicional por posesión era irrazonable.
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- United States v. Williams (Supreme Court of the United States 2008, 553 U.S. 285)✓Williams publicó en una sala de chat que ofrecía «buenas» fotos de su hija pequeña para intercambiar y enlazó imágenes de niños reales; la Corte Suprema sostuvo que 2252A(a)(3)(B), que prohíbe ofrecer o solicitar pornografía infantil, no es excesivamente amplia ni vaga.
- United States v. Pugh (Court of Appeals for the Eleventh Circuit 2008, 515 F.3d 1179)✓Pugh se declaró culpable bajo 2252A(a)(5)(B) de poseer 68 imágenes y dos videos de pornografía infantil que obtuvo haciéndose pasar por una niña en salas de chat; el Undécimo Circuito sostuvo que la condena de cinco años de libertad condicional, sin cárcel ni supervisión posterior, era sustantivamente irrazonable.
- Ashcroft v. Free Speech Coalition (Supreme Court of the United States 2002, 535 U.S. 234)✓Productores de entretenimiento para adultos, un editor nudista y artistas impugnaron las definiciones de la CPPA que abarcaban imágenes que «parecen ser» o «transmiten la impresión» de menores; la Corte Suprema sostuvo que ambas definiciones, que ampliaban el alcance de 2252A, eran excesivamente amplias en su faz.
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- Servicio de Referencia de Abogados de la North Carolina Bar Association(ncbar.org)
- Legal Aid of North Carolina(legalaidnc.org)
- Cyber Civil Rights Initiative(cybercivilrights.org)
- National Center for Missing & Exploited Children(missingkids.org)
- N.C.G.S. § 14-190.17, Explotación sexual de un menor de segundo grado(ncleg.gov)
- N.C.G.S. § 14-190.16, Explotación sexual de un menor de primer grado(ncleg.gov)
- N.C.G.S. § 14-190.17C, Representación visual obscena de explotación sexual de un menor(ncleg.gov)
- N.C.G.S. § 14-202.3, Solicitud de un menor por computadora para cometer un acto sexual ilegal(ncleg.gov)
- N.C.G.S. § 14-202.1, Actos indecentes con menores(ncleg.gov)
- N.C.G.S. § 14-208.7, Registro de delincuentes sexuales(ncleg.gov)
- N.C.G.S. § 14-208.12A, Solicitud de terminación del requisito de registro(ncleg.gov)
- N.C.G.S. § 14-208.26, Registro de ciertos menores declarados delincuentes por cometer ciertos delitos(ncleg.gov)
- State v. Bishop, 368 N.C. 869, 787 S.E.2d 814 (2016) (sostiene que la N.C.G.S. § 14-458.1(a)(1)(d) viola la Primera Enmienda)(courtlistener.com)