North Carolina
Leyes de Divorcio de Carolina del Norte (2026): Causales, Residencia y Proceso

Para obtener un divorcio absoluto en Carolina del Norte, los cónyuges deben haber vivido separados y aparte en residencias distintas durante al menos un año completo y continuo, y al menos un cónyuge debe haber sido residente de Carolina del Norte durante seis meses antes de presentar la solicitud. Como el día de la separación en sí no se cuenta, la demanda no puede presentarse hasta que haya transcurrido un año y un día. No hay un periodo de espera adicional después de eso.
Causales de divorcio en Carolina del Norte
Carolina del Norte es inusual porque el divorcio absoluto casi siempre se concede por una sola causal: que los cónyuges hayan vivido separados y aparte de forma continua durante un año. No hay opción de presentar la solicitud por diferencias irreconciliables, ruptura irreparable ni ninguna otra redacción sin culpa. La separación en sí es la causal legal bajo G.S. 50-6.
La otra causal legal es la demencia incurable. Conforme a G.S. 50-5.1, el cónyuge cuerdo puede solicitar un divorcio absoluto después de que la pareja haya vivido separada y aparte durante tres años consecutivos sin cohabitar debido a la demencia incurable del otro cónyuge, comprobada mediante el testimonio de médicos que cumpla con los requisitos detallados que establece esa ley. Esta causal se usa en muy pocos casos, pero no es simplemente una alternativa. En Scott v. Scott, 336 N.C. 284, 442 S.E.2d 493 (1994), la Corte Suprema de Carolina del Norte resolvió que G.S. 50-5.1 es el único remedio disponible para un demandante que busca el divorcio de un cónyuge incurablemente demente, de modo que si el demandado alega y prueba la demencia incurable, un caso de separación de un año bajo G.S. 50-6 queda excluido y el divorcio debe tramitarse bajo G.S. 50-5.1. Al demandante que obtiene un decreto por esta causal también se le puede ordenar pagar el cuidado y sustento del cónyuge demente de por vida si ese cónyuge carece de ingresos y bienes para proveerlo.
Las causales por culpa como el adulterio, el trato cruel y el abandono sí existen en la ley de Carolina del Norte, pero aplican únicamente a una acción legal llamada divorce-from-bed-and-board (D.B.B.). Un D.B.B. es una separación ordenada por el tribunal, no una disolución del matrimonio. Separa legalmente a los cónyuges pero no permite que ninguno se vuelva a casar. La mayoría de las personas que persiguen reclamos basados en culpa los usan para influir en la división de bienes o en la pensión alimenticia en lugar de como una vía para terminar el matrimonio.
Como la separación de 1 año es la vía en todos los casos salvo esas excepciones limitadas, Carolina del Norte tiene esencialmente un sistema obligatorio sin culpa, basado en la separación. Un cónyuge puede comenzar a vivir separado sin el consentimiento del otro, y después de un año ese periodo de separación califica a ambas partes para un divorcio absoluto.
Requisito de residencia
Al menos una de las partes, ya sea el demandante (el cónyuge que presenta la solicitud) o el demandado (el cónyuge que es notificado), debe haber sido residente de Carolina del Norte durante al menos seis meses inmediatamente antes de presentar la demanda de divorcio. Esto se establece en G.S. 50-6.

Las peticiones de divorcio se presentan en el District Court del condado donde vive cualquiera de los cónyuges. Carolina del Norte tiene 100 condados, cada uno con un District Court que atiende los asuntos domésticos. Si el cónyuge que presenta la solicitud se ha mudado recientemente fuera del estado, la residencia dentro del estado del cónyuge que permanece satisface el requisito de los seis meses, pero G.S. 50-8 limita entonces las opciones: un demandante no residente debe presentar la acción en el condado donde vive el demandado, y el demandado debe ser notificado personalmente o aceptar personalmente la notificación. La notificación por publicación o por correo no está disponible en esa situación.
Periodo de espera y separación
Estos son dos conceptos distintos, y es importante entender con claridad las reglas de Carolina del Norte sobre cada uno.
El requisito de separación significa que los cónyuges deben vivir efectivamente en direcciones distintas durante un año completo antes de que se pueda otorgar un divorcio. Esto no es un periodo de reflexión que comienza al presentar la solicitud; es una condición que debe quedar totalmente satisfecha antes de que siquiera se pueda iniciar el caso. El reloj de separación comienza el día en que los cónyuges establecen residencias distintas, pero el día del acto de separación en sí no se cuenta: bajo G.S. 1-593 y la Regla 6(a) de las Reglas de Procedimiento Civil de Carolina del Norte, las partes deben haber vivido separadas y aparte durante un año y un día antes de que se pueda presentar una demanda que alegue un año de separación. Presentar la demanda en el aniversario de un año es prematuro. Durante ese año, al menos uno de ellos debe tener la intención de que la separación sea permanente.
No hay un periodo de espera legal adicional después de presentar la solicitud. Una vez que se presenta y se notifica la demanda y se establece la separación de 1 año, el tribunal puede dictar un decreto final de divorcio sin ninguna demora adicional. En los casos no disputados con términos acordados de bienes y custodia, el proceso desde la presentación hasta el decreto puede avanzar con rapidez.
La separación dentro del mismo hogar no cuenta bajo la ley de Carolina del Norte. Los cónyuges deben vivir en direcciones físicamente distintas. Las parejas que dejan de dormir juntas pero permanecen bajo el mismo techo no han iniciado el reloj de 1 año. Esta es una de las ideas erróneas más comunes sobre el divorcio en Carolina del Norte. Si está considerando el divorcio, mudarse a una residencia separada inicia el reloj.
Cómo se dividen los bienes
Carolina del Norte es un estado de distribución equitativa. Eso significa que los bienes maritales se dividen de forma justa entre los cónyuges, pero no automáticamente sobre una base 50/50. El tribunal considera los ingresos de cada cónyuge, las contribuciones al matrimonio, la duración del matrimonio y otros factores al dividir los bienes y las deudas.
La distribución equitativa aplica a los bienes maritales, definidos en sentido amplio como los bienes y deudas adquiridos durante el matrimonio. Los bienes separados, como los bienes que un cónyuge poseía antes del matrimonio o que recibió como donación o herencia durante el matrimonio, generalmente se excluyen de la división. Sin embargo, la línea entre los bienes maritales y los separados puede difuminarse cuando los bienes se mezclan o cuando un cónyuge contribuyó a los bienes separados del otro durante muchos años.
Carolina del Norte no es un estado de bienes mancomunados. Los bienes mancomunados son un sistema usado en nueve estados (Arizona, California, Idaho, Luisiana, Nevada, Nuevo Mexico, Texas, Washington y Wisconsin) que generalmente divide los bienes maritales 50/50. El enfoque de distribución equitativa de Carolina del Norte da al tribunal mayor flexibilidad para llegar a un resultado justo según los hechos específicos del matrimonio.
El reclamo de distribución equitativa debe presentarse antes de que se finalice el divorcio. Si un cónyuge no presenta un reclamo antes de que se dicte el decreto de divorcio, se puede perder el derecho a solicitar la distribución equitativa.
Pensión alimenticia, custodia y manutención de los hijos
La pensión alimenticia en Carolina del Norte se llama "post-separation support" a corto plazo y "alimony" para los otorgamientos a más largo plazo. Aquí la culpa es más que un factor. Conforme a G.S. 50-16.3A(a), si el tribunal determina que el cónyuge dependiente cometió un acto de conducta sexual ilícita durante el matrimonio y antes o en la fecha de la separación, el tribunal no puede otorgar la pensión alimenticia. Si determina que fue el cónyuge que provee el sustento quien lo cometió, el tribunal debe ordenar el pago de la pensión alimenticia al cónyuge dependiente. Solo cuando ambos cónyuges lo cometieron queda el otorgamiento a discreción del tribunal, y un acto que el otro cónyuge haya perdonado no se toma en cuenta en absoluto. Para un desglose completo, consulte la página de leyes de pensión alimenticia de Carolina del Norte.

La custodia de los hijos y la manutención de los hijos se deciden por separado del divorcio en sí, pero por lo general se resuelven en el mismo procedimiento del District Court. Carolina del Norte usa el estándar del "interés superior del menor" para la custodia. La manutención de los hijos sigue las Pautas de Manutención Infantil de Carolina del Norte, que se basan en los ingresos de ambos padres y el arreglo de custodia. Estime su pago con nuestra calculadora de manutención infantil de Carolina del Norte. Consulte la página de leyes de custodia de menores de Carolina del Norte y los recursos de manutención infantil para más detalles.
La pensión alimenticia, la manutención de los hijos y la custodia de los hijos no tienen que esperar a que se finalice el divorcio. Un cónyuge puede solicitar órdenes judiciales temporales que cubran la manutención y la custodia durante el periodo de separación de 1 año.
Cómo solicitar el divorcio en Carolina del Norte
Solicitar el divorcio en Carolina del Norte sigue una secuencia sencilla una vez que se completa la separación de 1 año.
Primero, confirme que se cumple el requisito de residencia: que usted o su cónyuge ha vivido en Carolina del Norte durante al menos seis meses. Luego verifique la separación: que han vivido en residencias distintas durante al menos un año completo con la intención de que la separación sea permanente.
A continuación, presente una Demanda de Divorcio Absoluto en el District Court del condado donde vive actualmente usted o su cónyuge. Si usted se ha mudado fuera de Carolina del Norte y su cónyuge todavía vive aquí, G.S. 50-8 exige que la acción se presente en el condado donde vive su cónyuge. Pagará una tarifa de presentación en la oficina del secretario. La tarifa varía según el condado. Adjunte una Hoja de Carátula de Acción Civil Doméstica y cualquier formulario de divulgación financiera requerido.
Notifique a su cónyuge con los documentos de divorcio. La notificación puede realizarse a través del alguacil del condado, un agente notificador privado o, si su cónyuge coopera, la aceptación de la notificación. Si presenta la solicitud como no residente, G.S. 50-8 exige la notificación personal a su cónyuge o que su cónyuge acepte personalmente la notificación, por lo que alternativas como la notificación por publicación no están disponibles. Su cónyuge entonces tiene 30 días para responder a la demanda.
Si su cónyuge no responde o no impugna el divorcio, puede programar una breve audiencia judicial. Carolina del Norte permite que los divorcios no disputados procedan por declaración jurada en muchos condados, lo que significa que es posible que no necesite comparecer en persona. Si quedan abiertos asuntos de custodia, división de bienes o pensión alimenticia, esos deben resolverse ya sea por acuerdo (acuerdo de separación) o mediante procedimientos judiciales adicionales antes o junto con el divorcio.
Una vez que el juez firma el decreto final de divorcio, el matrimonio queda legalmente disuelto y ambas partes son libres de volver a casarse. Obtenga una copia certificada del decreto para sus registros.
Este artículo es información legal general, no asesoramiento legal. Las leyes de divorcio varían según el estado y dependen de los hechos específicos de su matrimonio. Para obtener asesoramiento sobre su situación, consulte a un abogado de derecho de familia con licencia en Carolina del Norte.

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Para el panorama completo de las leyes de divorcio en todo el país, visite el centro de Leyes de Divorcio. Los temas de derecho de familia relacionados de Carolina del Norte incluyen la pensión alimenticia, la custodia de menores y la manutención de los hijos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda obtener un divorcio en Carolina del Norte?
Como mínimo, toma un año y un día desde la fecha de separación, ya que Carolina del Norte exige que los cónyuges vivan separados durante un año completo antes de presentar la solicitud y el día de la separación en sí no se cuenta. Después de presentar la solicitud, un caso no disputado puede finalizarse en tan solo unas pocas semanas si no hay asuntos en disputa. Los casos disputados que involucran bienes, pensión alimenticia o custodia pueden tomar considerablemente más tiempo.
¿Cuánto cuesta un divorcio en Carolina del Norte?
Las tarifas de presentación varían según el condado, pero por lo general están en el rango de $150 a $225 por la demanda inicial. Si contrata a un abogado, los costos dependen de si el divorcio es disputado. Un divorcio no disputado con un acuerdo de separación previamente negociado es mucho menos costoso que un caso disputado que va a juicio.
¿Necesito un motivo para obtener un divorcio en Carolina del Norte?
En la práctica, no. La causal que se usa en casi todos los divorcios absolutos de Carolina del Norte es un año de vivir separados y aparte en residencias distintas, lo cual no requiere probar culpa. La única otra causal legal es la demencia incurable bajo G.S. 50-5.1, que exige tres años consecutivos de separación, una solicitud del cónyuge cuerdo y el testimonio de médicos. No puede simplemente declarar diferencias irreconciliables sin completar primero el periodo de separación.
¿Es Carolina del Norte un estado de bienes mancomunados?
No. Carolina del Norte es un estado de distribución equitativa. Los tribunales dividen los bienes maritales de forma justa, no necesariamente igual 50/50. Solo nueve estados usan bienes mancomunados (Arizona, California, Idaho, Luisiana, Nevada, Nuevo Mexico, Texas, Washington y Wisconsin).
¿Cuánto tiempo debo estar separado para obtener un divorcio en Carolina del Norte?
Un año completo, viviendo en residencias distintas, y como el día de la separación en sí no se cuenta, no puede presentar la solicitud hasta que haya transcurrido un año y un día. La separación dentro del mismo hogar no califica. El reloj comienza el día en que usted y su cónyuge se mudan a direcciones distintas con la intención de que la separación sea permanente.
¿Puedo divorciarme sin que mi cónyuge esté de acuerdo?
Sí. Después de un año de separación, cualquiera de los cónyuges puede solicitar el divorcio de forma unilateral. No se requiere el consentimiento de su cónyuge. Si no responde a la demanda, el divorcio puede proceder como no disputado.
¿Tengo que vivir en Carolina del Norte para solicitar el divorcio aquí?
Usted o su cónyuge debe haber sido residente de Carolina del Norte durante al menos 6 meses antes de presentar la demanda. Si usted se ha mudado fuera del estado pero su cónyuge permanece en Carolina del Norte y cumple el requisito de 6 meses, el caso aún puede presentarse en Carolina del Norte, pero G.S. 50-8 exige entonces que usted presente la demanda en el condado donde vive su cónyuge y que lo notifique personalmente o que su cónyuge acepte personalmente la notificación.
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Actualizaciones
Se corrigieron las causales de divorcio absoluto para incluir la causal de demencia incurable bajo G.S. 50-5.1, se reformuló la regla de alimentos por conducta sexual ilícita como obligatoria en vez de discrecional, se agregó la regla del año y un día para calcular la separación de un año, y se señalaron los requisitos de condado y notificación personal aplicables cuando el cónyuge que presenta la solicitud vive fuera del estado.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
North Carolina General Statutes, Chapter 50: Divorce and Alimony.
§ 50-6Divorce after separation of one year on application of either partyVigente
Marriages may be dissolved and the parties thereto divorced from the bonds of matrimony on the application of either party, if and when the husband and wife have lived separate and apart for one year, and the plaintiff or defendant in the suit for divorce has resided in the State for a period of six months. A divorce under this section shall not be barred to either party by any defense or plea based upon any provision of G.S. 50-7, a plea of res judicata, or a plea of recrimination. Notwithstanding the provisions of G.S. 50-11, or of the common law, a divorce under this section shall not affect the rights of a dependent spouse with respect to alimony which have been asserted in the action or any other pending action. Whether there has been a resumption of marital relations during the period of separation shall be determined pursuant to G.S. 52-10.2. Isolated incidents of sexual intercourse between the parties shall not toll the statutory period required for divorce predicated on separation of one year.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en ncleg.gov
Citada en 87 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2024
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Romulus v. Romulus (Court of Appeals of North Carolina 2011, 215 N.C. App. 495)“…ny, but has been addressed by our courts in the context of N.C. Gen. Stat. § 50-6 , which addresses absolute divorce. N.…”
- Carpenter v. Carpenter (Supreme Court of North Carolina 1956, 244 N.C. 286)“…ation constituted a recognized ground for absolute divorce. G.S. § 50-6. The precise question is this: Can pl…”
- Scott v. Scott (Supreme Court of North Carolina 1994, 336 N.C. 284)“…t of divorce based on one year’s separation pursuant to N.C.G.S. § 50-6. We disagree and affirm the decision of…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- N.C.G.S. 50-6 - Divorcio después de la separación(ncleg.gov).gov
- Tribunales de Carolina del Norte - Autoayuda de Separación y Divorcio(nccourts.gov).gov
- N.C.G.S. 50-5.1 - Causales de divorcio absoluto en casos de demencia incurable(ncleg.gov)
- N.C.G.S. 50-8 - Contenido de la demanda; verificación; sede y notificación en acción presentada por no residente(ncleg.gov)
- N.C.G.S. 50-16.3A - Pensión alimenticia(ncleg.gov)
- Manual para Jueces de Primera Instancia de Carolina del Norte, District Court Vol. 1 Derecho de Familia, Cap. 5: Divorcio y Anulación (UNC School of Government, 2019)(sog.unc.edu)