Arizona
Leyes de divorcio en Arizona (2026): causales, residencia y proceso

Para divorciarse en Arizona, un cónyuge debe alegar que el matrimonio está irremediablemente roto bajo el A.R.S. 25-312. Al menos un cónyuge debe haber estado domiciliado en Arizona durante 90 días antes de presentar la solicitud. No se exige periodo de separación para un matrimonio estándar; un periodo de reflexión de 60 días corre desde la fecha de notificación.
Causales de divorcio en Arizona
Arizona es un estado sin culpa para los matrimonios estándar. La única causal que necesita alegar es que el matrimonio está irremediablemente roto, lo que significa que no hay una perspectiva razonable de reconciliación. El tribunal no investiga la conducta de quien causó la ruptura; la culpa simplemente no es un factor para otorgar el divorcio en sí.
Las causales con culpa como el adulterio o la crueldad no aplican a un matrimonio estándar de Arizona. Sin embargo, si aplican a los matrimonios de pacto, que son una opción aparte y más difícil de disolver (vea la sección Matrimonio de pacto más abajo). Para un matrimonio estándar, la causal sin culpa de ruptura irremediable es la única vía.
El tribunal otorgará el divorcio una vez que se convenza de que el matrimonio está irremediablemente roto. Si un cónyuge cuestiona esa conclusión, el tribunal puede aplazar el asunto hasta 60 días para permitir intentos de reconciliación, pero no puede obligar a los cónyuges a permanecer casados de forma indefinida.
Matrimonio de pacto en Arizona
Arizona promulgó su estatuto de matrimonio de pacto en 1998. Las parejas que eligieron el matrimonio de pacto al momento de su boda aceptaron consejería prematrimonial, una declaración de intención y un compromiso de buscar consejería matrimonial antes de buscar el divorcio. Las causales para divorciarse de un matrimonio de pacto son mucho más estrechas que para un matrimonio estándar.
Para divorciarse de un matrimonio de pacto en Arizona, debe probar una de las siguientes: adulterio del otro cónyuge, comisión de un delito grave y condena a prisión o muerte, abandono durante al menos un año antes de presentar la solicitud, abuso físico o sexual, que los cónyuges hayan vivido separados y aparte de forma continua durante al menos dos años, abuso habitual de sustancias, que los cónyuges hayan vivido separados y aparte de forma continua durante al menos un año después de que se dictó una sentencia de separación legal, o que ambos cónyuges acuerden la disolución. Los tribunales de Arizona tratan las solicitudes de divorcio de matrimonio de pacto por separado de los procedimientos de divorcio estándar.
Requisito de residencia
Al menos un cónyuge debe haber estado domiciliado en Arizona (o estacionado allí como militar) durante 90 días antes de presentar la solicitud de disolución del matrimonio. El domicilio significa más que la presencia física; requiere la intención de hacer de Arizona su hogar permanente.

Si ninguno de los cónyuges cumple el requisito de 90 días, debe esperar o presentar la solicitud en otro estado donde califique. No hay requisito de residencia en el condado más allá de la regla general de que presenta la solicitud en el Superior Court del condado donde residen usted o su cónyuge.
El divorcio en Arizona es un asunto del Superior Court. Cada condado de Arizona tiene un Superior Court con una división de derecho de familia. Hay centros de autoayuda disponibles en muchos juzgados para asistir a las partes sin representación.
Periodo de espera y separación
Estos son dos conceptos distintos que la gente suele confundir.
Periodo de espera (reflexión): Arizona impone un periodo de reflexión de 60 días que corre desde la fecha en que se notifica al cónyuge demandado la solicitud, no desde la fecha de presentación. No se puede celebrar audiencia ni dictar sentencia antes de que hayan transcurrido esos 60 días (A.R.S. 25-329). Este periodo existe para permitir la posibilidad de reconciliación.
Requisito de separación: Para un matrimonio estándar, Arizona no tiene requisito de separación. No necesita vivir separado de su cónyuge durante ningún periodo antes de presentar la solicitud. Puede presentarla el día en que decide que el matrimonio está irremediablemente roto.
La excepción es el matrimonio de pacto: un divorcio sin culpa de un matrimonio de pacto exige que los cónyuges hayan vivido separados de forma continua durante al menos 2 años (o 1 año tras una sentencia de separación legal), salvo que ambos cónyuges acuerden la disolución conforme a A.R.S. 25-903(8), en cuyo caso no se exige ningún periodo de separación. La vía de 2 años es un verdadero requisito de separación, no solo un periodo de espera.
En la práctica, un divorcio no disputado en Arizona sin hijos menores y sin bienes en disputa puede finalizarse en tan solo 60 a 90 días desde la notificación. Los divorcios disputados que involucran disputas de bienes, custodia de los hijos o sustento conyugal suelen tardar de varios meses a más de un año.
Cómo se reparten los bienes
Arizona es uno de los nueve estados de bienes gananciales del país. Los demás son California, Idaho, Louisiana (Luisiana), Nevada, New Mexico (Nuevo Mexico), Texas, Washington y Wisconsin. Comprender los bienes gananciales es esencial para entender qué pasa con sus activos y deudas en un divorcio de Arizona.
Bajo la ley de bienes gananciales de Arizona, todos los activos y deudas adquiridos por cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio se presumen bienes gananciales, propiedad por igual (50/50) de ambos cónyuges. Cuando se divorcia, el A.R.S. 25-318(A) exige que el tribunal reparta esos bienes gananciales de forma equitativa, aunque no necesariamente en especie.
Los bienes propios no se reparten. Los bienes propios incluyen los activos que un cónyuge poseía antes del matrimonio, los regalos o herencias recibidos por un solo cónyuge durante el matrimonio, y los bienes cubiertos por un acuerdo prenupcial o posnupcial válido. Mantener los bienes propios separados requiere que no se mezclen con fondos gananciales.
En la práctica, un reparto equitativo en Arizona generalmente resulta en un reparto casi igual, de modo que cada cónyuge a menudo termina con aproximadamente la mitad. El tribunal no pondera la "culpa" ni la mala conducta matrimonial al repartir los bienes. Sin embargo, el tribunal puede considerar el desperdicio económico (un cónyuge que disipa deliberadamente los bienes matrimoniales) como razón para adjudicar una porción desproporcionada al otro.
Debido a que el estándar es el reparto equitativo y no una fórmula obligatoria de 50/50, el tribunal puede apartarse de un reparto igual cuando los hechos lo justifiquen, como el desperdicio de bienes gananciales o el gasto excesivo por parte de uno de los cónyuges.
Pensión alimenticia, custodia y manutención infantil
La sentencia de divorcio también puede resolver el sustento conyugal (el término de Arizona para la pensión alimenticia), la toma de decisiones legales y el tiempo de crianza (los términos del estado para la custodia y la visita) y la manutención infantil.

El sustento conyugal en Arizona no es automático. Un cónyuge que busca sustento primero debe calificar bajo el A.R.S. 25-319 al demostrar que carece de bienes suficientes para satisfacer sus necesidades razonables, que no puede ser autosuficiente, que contribuyó a las oportunidades educativas o profesionales del otro cónyuge, o que tuvo un matrimonio de larga duración con baja empleabilidad. Si se cumple el umbral, el tribunal fija un monto y una duración según factores estatutarios. Para un desglose detallado de cómo Arizona calcula el sustento conyugal, consulte la página de leyes de pensión alimenticia de Arizona.
Los asuntos de custodia de los hijos (autoridad de toma de decisiones legales y tiempo físico de crianza) y la manutención infantil se deciden por separado del reparto de bienes pero como parte del mismo procedimiento general de divorcio. Los tribunales de Arizona usan el estándar del interés superior del menor para la custodia, y las Arizona Child Support Guidelines para los cálculos de manutención. Estime su pago con nuestra calculadora de manutención infantil de Arizona. Consulte la página de leyes de custodia infantil de Arizona y la página de manutención infantil de Arizona para más detalles.
Cómo solicitar el divorcio en Arizona
Paso 1: Confirme la residencia. Verifique que usted o su cónyuge han estado domiciliados en Arizona durante al menos 90 días.
Paso 2: Presente la solicitud. Presente una Petition for Dissolution of Marriage en el Superior Court del condado donde residen usted o su cónyuge. Pagará una tarifa de presentación (los montos varían según el condado; consulte el sitio web del tribunal para ver las tarifas vigentes). También presentará una citación y, si hay hijos menores involucrados, un mandato judicial preliminar y documentos del plan de crianza.
Paso 3: Notifique a su cónyuge. El demandado debe ser notificado formalmente con la solicitud y la citación. La notificación puede hacerla un notificador, la oficina del sheriff o, si el otro cónyuge coopera, mediante la aceptación de la notificación. El reloj de 60 días comienza desde la fecha de notificación.
Paso 4: Intercambien divulgaciones financieras. Ambos cónyuges deben completar e intercambiar un Affidavit of Financial Information (AFI) que divulgue ingresos, gastos, activos y deudas. Esto se exige incluso en casos no disputados.
Paso 5: Lleguen a un acuerdo o procedan a juicio. Si ambos cónyuges están de acuerdo en todos los asuntos (bienes, sustento, crianza), pueden presentar un Consent Decree firmado para la aprobación del juez. Si quedan disputas, el tribunal programa audiencias o un juicio.
Paso 6: Obtenga la sentencia final. El juez firma el Decree of Dissolution of Marriage. El divorcio surte efecto legal en la fecha en que el juez firma la sentencia, siempre que ya haya transcurrido el periodo de espera de 60 días.
Este artículo es información legal general, no asesoría legal. La ley de divorcio varía según el estado y depende de los hechos específicos de su matrimonio. Para asesoría sobre su situación, consulte a un abogado de derecho de familia con licencia en Arizona.

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Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda obtener un divorcio en Arizona?
El mínimo es de 60 días desde la fecha en que se notifica a su cónyuge, porque Arizona exige un periodo de reflexión de 60 días antes de cualquier audiencia. Un divorcio no disputado sin hijos y sin disputas de bienes a menudo puede finalizarse en 60 a 90 días. Los divorcios disputados que involucran custodia de los hijos, sustento conyugal o bienes importantes suelen tardar de 6 a 18 meses o más.
¿Cuánto cuesta un divorcio en Arizona?
Las tarifas de presentación varían según el condado y suelen estar en el rango de $200 a $350 para la solicitud inicial, con tarifas adicionales para respuestas y otras presentaciones. Si ambos cónyuges están de acuerdo en todos los asuntos y se representan a sí mismos, los costos totales de bolsillo pueden limitarse a las tarifas de presentación. Los honorarios del abogado varían mucho; los divorcios disputados pueden costar varios miles de dólares o más. Consulte con el Superior Court de su condado los calendarios de tarifas vigentes.
¿Necesito una razón para divorciarme en Arizona?
Para un matrimonio estándar, solo necesita alegar que el matrimonio está irremediablemente roto. No tiene que probar culpa, adulterio ni crueldad. Arizona es un estado puro sin culpa para los matrimonios estándar. El tribunal no exigirá pruebas de mala conducta.
¿Es Arizona un estado de bienes gananciales?
Sí. Arizona es uno de los nueve estados de bienes gananciales. Los bienes matrimoniales (activos y deudas adquiridos durante el matrimonio) son propiedad por igual de ambos cónyuges, y el A.R.S. 25-318(A) exige que el tribunal los reparta de forma equitativa, lo cual en la mayoría de los casos resulta en un reparto sustancialmente igual. Los bienes que un cónyuge poseía antes del matrimonio, o recibió como regalo o herencia durante el matrimonio, son bienes propios y no se reparten.
¿Cuánto tiempo debo estar separado para divorciarme en Arizona?
Para un matrimonio estándar, no hay ningún requisito de separación. Puede presentar la solicitud de inmediato una vez que decide que el matrimonio está irremediablemente roto. El periodo de espera de 60 días comienza después de que se notifica a su cónyuge, pero no necesita estar viviendo separado antes de presentar la solicitud. El requisito de separación de 2 años aplica solo a los matrimonios de pacto que buscan una salida sin culpa, y aun así puede evitarse si ambos cónyuges acuerdan la disolución (A.R.S. 25-903(8)).
¿Puedo divorciarme sin que mi cónyuge esté de acuerdo en Arizona?
Sí. Arizona permite un divorcio disputado incluso si un cónyuge se opone. Si el cónyuge que solicita alega que el matrimonio está irremediablemente roto y el otro cónyuge no está de acuerdo, el tribunal puede aplazar el asunto hasta 60 días adicionales para explorar la reconciliación. Después de eso, si la reconciliación no es posible, el tribunal procederá con el divorcio sin importar los deseos del otro cónyuge.
¿Tengo que vivir en Arizona para solicitar el divorcio allí?
Al menos un cónyuge debe haber estado domiciliado en Arizona durante 90 días antes de presentar la solicitud. Si solo un cónyuge vive en Arizona, ese cónyuge puede presentar la solicitud aquí incluso si el otro cónyuge vive en un estado diferente. Si ninguno de los cónyuges cumple el requisito de 90 días, tendrá que esperar o presentar la solicitud en un estado donde califique.
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Actualizaciones
Se corrigió la regla de reparto de bienes para reflejar el A.R.S. 25-318(A), que exige una división equitativa y no necesariamente igualitaria, y se corrigió un punto clave que sugería incorrectamente que un divorcio no disputado podía finalizarse antes del periodo de espera de 60 días del A.R.S. 25-329.
Se corrigió la causal de divorcio de matrimonio de pacto: la causal posterior a la separación legal exige un año de separación continua después de la sentencia (A.R.S. 25-903(6)), no dos años, cifra que se había confundido con la causal separada de dos años de separación sin sentencia previa.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Arizona Revised Statutes, Title 25 (Marital and Domestic Relations), Chapter 3 (DISSOLUTION OF MARRIAGE), Article 2 (Dissolution of Marriage)
§ 25-312Dissolution of marriage; findings necessaryVigente
A. The court shall enter a decree of dissolution of marriage if it finds each of the following: 1. That one of the parties, at the time the action was commenced, was domiciled in this state or was stationed in this state while a member of the armed services and that in either case the domicile or military presence has been maintained for ninety days before filing the petition for dissolution of marriage. 2. The conciliation provisions of section 25-381.09 and the provisions of article 5 of this chapter either do not apply or have been met. 3. The marriage is irretrievably broken. 4. If the marriage is a covenant marriage, any of the grounds prescribed in section 25-903. B. If both of the parties by petition or otherwise state under oath or affirmation that the marriage is irretrievably broken or if one of the parties so states and the other does not deny it, the court shall make a finding as to whether the marriage is irretrievably broken. C.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-05 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en azleg.gov
Citada en 43 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- RUVALCABA BY STUBBLEFIELD v. Ruvalcaba (Court of Appeals of Arizona 1993, 174 Ariz. 436)“…cabas's marriage was "irretrievably broken" for purposes of A.R.S. section 25-312(3), that no possibility of reconciliati…”
- Brighton v. SUPERIOR COURT, IN & FOR CTY. OF PIMA (Court of Appeals of Arizona 1974, 22 Ariz. App. 291)“…ty, custody and maintenance matters. *292 A.R.S. § 25-312 provides: “Dissolution of marria…”
- Porter v. Estate of Pigg (Court of Appeals of Arizona 1993, 175 Ariz. 194)“…perly held: We agree with petitioner that the language of A.R.S. § 25-312 clearly mandates that all issues relati…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 25-329Waiting periodVigente
The court shall not consider a submission of a motion supported by affidavit or hold a trial or hearing on an application for a decree of dissolution of marriage or legal separation until sixty days after the date of service of process or the date of acceptance of process.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-08-04 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en azleg.gov
Citada en 2 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2023
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Weaver v. Weaver (Court of Appeals of Arizona 1981, 131 Ariz. 590)“…entered prior to the expiration of the 60 days mandated by A.R.S. § 25-329. He also contends the court had no juri…”
- Siqueiros v. Valenzuela (Court of Appeals of Arizona 2023)“…ies that it could not accept the decree for 60 days, citing A.R.S. § 25-329. ¶3 On June 1, Wife again lo…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Arizona Revised Statutes, Title 25 (Marital and Domestic Relations), Chapter 7 (COVENANT MARRIAGE), Article 1 (General Provisions)
§ 25-903Dissolution of a covenant marriage; groundsVigente
Notwithstanding any law to the contrary, if a husband and wife have entered into a covenant marriage pursuant to this chapter the court shall not enter a decree of dissolution of marriage pursuant to chapter 3, article 2 of this title unless it finds any of the following: 1. The respondent spouse has committed adultery. 2. The respondent spouse has committed a felony and has been sentenced to death or imprisonment in any federal, state, county or municipal correctional facility. 3. The respondent spouse has abandoned the matrimonial domicile for at least one year before the petitioner filed for dissolution of marriage and refuses to return. A party may file a petition based on this ground by alleging that the respondent spouse has left the matrimonial domicile and is expected to remain absent for the required period.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-08-04 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en azleg.gov
Citada en 3 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2023
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Phillips v. Hon schwartz/phillips (Court of Appeals of Arizona 2023, 97 Arizona Cases Digest 23)“…tion and filing requirements), or when seeking dissolution, A.R.S. § 25-903(1)–(8) (grounds for dissolution include…”
- Jessica L. v. Dcs, J.L. (Court of Appeals of Arizona 2020)“…had filed for divorce from Father, citing abandonment. See A.R.S. § 25-903 (outlining limited grounds to dissolve…”
- Runyard v. Runyard (Court of Appeals of Arizona 2017)“…a covenant marriage or a child custody determination.4 See A.R.S. § 25-903(4) (identifying physical abuse as one o…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- A.R.S. 25-312 - Disolución del matrimonio; separación legal; causales(azleg.gov).gov
- A.R.S. 25-329 - Periodo de espera(azleg.gov).gov
- A.R.S. 25-903 - Matrimonio de pacto; disolución; causales(azleg.gov).gov
- Arizona Judicial Branch, Centro de autoservicio(azcourts.gov).gov
- A.R.S. 25-318 - Disposición de bienes; retroactividad; notificación a los acreedores; asignación de deudas; desacato al tribunal(azleg.gov)