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Leyes de difamación en Oregon: Libelo y calumnia (2026)

Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 20 de junio de 2026). · 3 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Leyes de difamación en Oregon: Libelo y calumnia (2026)

Preguntas frecuentes

¿Puedo demandar por difamación en Oregon?

Sí. Oregon reconoce reclamaciones por libelo y calumnia. Usted debe probar una declaración falsa de hechos sobre usted, publicada ante un tercero, con la culpa requerida y el daño resultante, y debe presentar la demanda dentro de un año conforme a ORS 12.120(2).

¿Cuánto tiempo tengo para demandar por difamación en Oregon?

Un año. ORS 12.120(2) establece un plazo de prescripción de un año para libelo y calumnia, generalmente medido desde la fecha de la primera publicación conforme a la regla de publicación única.

¿Es Oregon un estado con plazo de un año para difamación?

Sí. Oregon le otorga un año para demandar por libelo o calumnia conforme a ORS 12.120(2), uno de los plazos más cortos del país.

¿Qué es la difamación per se en Oregon?

La difamación per se en Oregon cubre declaraciones tan inherentemente dañinas que el daño se presume, generalmente incluyendo imputar un delito, una enfermedad execrable o contagiosa, conducta indebida o incompetencia en un negocio o profesión, o deshonestidad. El demandante no necesita probar daños especiales para estas categorías.

¿Tiene Oregon una ley anti-SLAPP?

Sí. Oregon tiene un sólido estatuto anti-SLAPP en ORS 31.150 a 31.155. Un demandado puede presentar una moción especial de impugnación dentro de los 60 días siguientes (ORS 31.152), el descubrimiento de pruebas queda suspendido, y al demandado que prevalece se le conceden honorarios de abogado razonables y costas.

¿Puedo demandar por una mala reseña en línea en Oregon?

Posiblemente. Una reseña que establece un hecho falso sobre usted puede ser difamatoria y generalmente se trata como libelo. Una reseña que transmite solo una opinión honesta está protegida, y la ley anti-SLAPP de Oregon puede proteger el discurso sobre un asunto de interés público.

¿Tengo que exigir una rectificación antes de demandar en Oregon?

Para algunos demandados, en la práctica sí. ORS 31.210 impide recuperar daños generales en una demanda por una declaración difamatoria publicada o transmitida en un periódico impreso o electrónico, revista u otra publicación periódica, o por radio, televisión o cine, a menos que se haya exigido una corrección o rectificación pero no se haya publicado conforme a ORS 31.215, o que el demandante pruebe, mediante preponderancia de la prueba, que el demandado tuvo la intención real de difamar. ORS 31.215 exige que la solicitud se haga por escrito, firmada, y entregada personalmente o por correo registrado o certificado dentro de los 20 días posteriores a que usted tenga conocimiento real de la declaración.

¿Puedo demandar a una estación de radio o televisión por algo que dijo un invitado al aire en Oregon?

No fácilmente. Conforme a ORS 31.200, el propietario, licenciatario u operador de una estación de radiodifusión de radio o televisión no es responsable por daños por una declaración difamatoria transmitida por alguien distinto del propietario, licenciatario, operador, o un agente o empleado de estos, a menos que la parte demandante alegue y pruebe que no ejercieron el debido cuidado para prevenir la transmisión. La persona que hizo la declaración aún puede ser demandada directamente.

¿Es la verdad una defensa ante la difamación en Oregon?

Sí. La verdad es una defensa completa en Oregon. Una declaración sustancialmente verdadera no es procesable sin importar cuán dañina sea, porque la falsedad es un elemento que el demandante debe probar.

¿Cuál es la diferencia entre libelo y calumnia en Oregon?

El libelo es la difamación en forma escrita u otra forma fija, mientras que la calumnia es oral. Ambos comparten el plazo de un año establecido en ORS 12.120(2), pero las reglas sobre cómo probar el daño difieren, ya que ciertas calumnias y el libelo grave se tratan como difamación per se.

Actualizaciones

Se añadió el requisito estatutario de exigir una rectificación en Oregon: conforme a ORS 31.210 y ORS 31.215, un demandante que demanda a un periódico, publicación periódica o emisora no puede recuperar daños generales sin exigir una corrección dentro de los 20 días posteriores a enterarse de la declaración, y se aclaró la responsabilidad limitada de las estaciones de radiodifusión conforme a ORS 31.200.

Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas

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Fuentes y referencias

  1. Plazo de prescripción por difamación en Oregon, ORS 12.120(2) (un año para libelo y calumnia)(oregonlegislature.gov).gov
  2. Moción especial de impugnación anti-SLAPP en Oregon, ORS 31.150 a 31.155 (ORS Capítulo 31 oficial)(oregonlegislature.gov).gov
  3. Anotaciones anti-SLAPP de Oregon, ORS Capítulo 31 (moción especial de impugnación en 60 días, suspensión del descubrimiento, honorarios de abogado obligatorios)(oregonlegislature.gov).gov
  4. New York Times Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254 (1964)(law.cornell.edu)
  5. Gertz v. Robert Welch, Inc., 418 U.S. 323 (1974)(law.cornell.edu)
  6. Demanda de corrección o rectificación en Oregon, ORS 31.215 (solicitud escrita y firmada, entregada dentro de los 20 días posteriores al conocimiento real; el editor cuenta con dos semanas para investigar)(oregon.public.law)
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