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Ley de Registros Públicos de Oregón: Cómo Solicitar Registros Públicos

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 3 de septiembre de 20269 min de lectura
Ley de Registros Públicos de Oregón: Cómo Solicitar Registros Públicos

Preguntas frecuentes

¿Con qué rapidez debe responder Oregón a una solicitud de registros públicos?

Dos etapas. Bajo el ORS 192.324(2), un organismo público debe confirmar la recepción dentro de cinco días hábiles, lo cual significa confirmar que la solicitud llegó e indicar si tiene registros que respondan. Bajo el ORS 192.329(5), debe entonces completar su respuesta tan pronto como sea razonablemente posible y a más tardar 10 días hábiles después del plazo de confirmación. La cifra de cinco días es un plazo de confirmación, no una fecha de entrega. Ambos periodos están sujetos al ORS 192.329(6), que los desactiva cuando el cumplimiento sería impracticable porque el personal necesario no está disponible, porque el cumplimiento impediría de forma demostrable que el organismo preste sus otros servicios necesarios, o por el volumen de solicitudes simultáneas; el organismo debe entonces igual responder tan pronto como sea posible y sin demora injustificada.

¿Tengo que vivir en Oregón para presentar una solicitud de registros públicos?

No. El ORS 192.314(1) establece que toda persona tiene derecho a inspeccionar cualquier registro público de un organismo público en este estado, y la definición de solicitante del estatuto cubre a personas físicas, corporaciones, sociedades, empresas y asociaciones. No hay requisito de residencia ni ciudadanía, a diferencia de Tennessee o Virginia.

¿Cuánto puede cobrarme una agencia de Oregón?

Las tarifas deben calcularse razonablemente para reembolsar el costo real del organismo por poner los registros a disposición, y Oregón permite la recuperación del costo de resumir, compilar o adaptar registros. La protección clave es que un organismo no puede cobrar más de 25 dólares sin antes darle un estimado por escrito y obtener su confirmación de que quiere que proceda, así que no se permite una factura sorpresa por encima de esa cifra. El ORS 192.324(4)(d) exceptúa dos categorías: los registros presentados ante el Secretario de Estado bajo el ORS Capítulo 79A o el ORS 81.230 a 81.263, cuyas tarifas fija el Secretario de Estado por reglamento, y los registros del secretario del condado, cuyas tarifas se fijan bajo el ORS 205.320.

¿Puedo obtener registros de Oregón gratis?

A veces. El ORS 192.324(5) permite que un custodio proporcione registros sin cargo o a un cargo reducido si el custodio determina que el interés público se vería servido al hacerlo. A diferencia de algunos estados donde una exención es solo una facultad del tribunal, un custodio de Oregón puede otorgarla directamente. Pídala en la solicitud misma y dé razones concretas, incluyendo lo que pretende hacer con los registros y quién se beneficia.

¿Cómo apelo una denegación de registros públicos en Oregón?

Mediante petición en lugar de demanda. Para registros en poder de una agencia estatal, presente una petición ante el Procurador General bajo el ORS 192.411. Para registros en poder de cualquier otro organismo público, incluyendo condados, ciudades, distritos escolares y distritos especiales, presente una petición ante el fiscal de distrito del condado donde se ubica el organismo bajo el ORS 192.415. Si la vía de petición no lo resuelve, sigue la revisión judicial. Bajo el ORS 192.431(3), un solicitante que prevalece en el juicio debe recibir costos, gastos y honorarios de abogado razonables en el juicio y en la apelación; un solicitante que prevalece solo en parte recibe una compensación a discreción del tribunal.

¿Qué debo hacer si un organismo público nunca confirma mi solicitud?

Haga seguimiento por escrito y cite específicamente la obligación de confirmación. El deber de confirmación de cinco días hábiles bajo el ORS 192.324(2) es corto y concreto, así que una confirmación incumplida es un argumento mucho más claro que una queja general sobre lentitud. Tenga en cuenta que el plazo se activa con la entrega a una persona nombrada en el procedimiento de solicitudes publicado por el organismo bajo el ORS 192.324(7)(a), y que el ORS 192.329(6) lo suspende cuando el cumplimiento sería impracticable, así que pídale al organismo que confirme por escrito si se está apoyando en esa disposición. Guarde prueba de cuándo recibió el organismo su solicitud por escrito.

¿Tengo que decir por qué quiero los registros?

No para establecer el derecho de acceso. El ORS 192.314(1) le da a toda persona el derecho de inspeccionar registros públicos sin demostrar un propósito. El propósito sí se vuelve relevante si está pidiendo una exención de tarifa por interés público bajo el ORS 192.324(5), porque el custodio tiene que decidir si se sirve el interés público, así que en ese contexto explicar su propósito le ayuda.

¿Puedo obtener video de cámara corporal policial en Oregón?

No verificamos de forma independiente las disposiciones de cámara corporal de Oregón para esta página, así que no vamos a establecer una regla. Pida a la agencia por escrito qué exención aplica e insista en una denegación por escrito que cite la disposición, ya que las denegaciones de Oregón normalmente se apoyan en categorías de exención investigativa o de interés público. Una vez que tenga esa cita, la vía de petición al Procurador General o al fiscal de distrito es una forma económica de ponerla a prueba.

Actualizaciones

Se corrigió el reparto de honorarios de abogado del ORS 192.431(3) (obligatorio cuando el solicitante prevalece por completo, discrecional solo en una victoria parcial), se agregó la salvedad de impracticabilidad del ORS 192.329(6) que suspende ambos plazos de respuesta, se precisó que el plazo de cinco días hábiles corre desde la entrega a un contacto nombrado bajo el ORS 192.324(7)(a), y se agregaron las excepciones del ORS 192.324(4)(d) a la regla del estimado de 25 dólares.

Fuentes y referencias

  1. Oregon Revised Statutes Capítulo 192, Records; Public Reports and Meetings(oregonlegislature.gov).gov
  2. Departamento de Justicia de Oregón, ley de registros públicos y reuniones(doj.state.or.us).gov
  3. Departamento de Justicia de Oregón, programa de registros públicos (peticiones y órdenes)(doj.state.or.us).gov
  4. FOIA.gov, el portal federal de FOIA del gobierno de Estados Unidos (solicitudes federales)(foia.gov).gov
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