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Leyes de Difamación en Colorado: Libelo y Calumnia (2026)

Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 20 de junio de 2026). · Ley verificada como vigente al 9 de agosto de 2026. · 4 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

Leyes de Difamación en Colorado: Libelo y Calumnia (2026)

Preguntas frecuentes

¿Puedo demandar por difamación en Colorado?

Sí. Colorado reconoce reclamaciones civiles por libelo y calumnia. Debe probar una declaración falsa de hecho, publicada a un tercero, que se refiera a usted y dañe su reputación, y debe presentar la demanda dentro del plazo de un año según C.R.S. sección 13-80-103(1)(a).

¿Cuánto tiempo tengo para demandar por difamación en Colorado?

Un año desde que nace la causa de acción, generalmente la fecha de publicación, según C.R.S. sección 13-80-103(1)(a). Colorado sigue la regla de publicación única, por lo que el plazo corre desde la publicación original.

¿Es Colorado un estado con plazo de un año para difamación?

Sí. C.R.S. sección 13-80-103(1)(a) coloca el libelo y la calumnia en la categoría de un año, junto con el asalto, la agresión, la detención ilegal y el arresto falso.

¿Qué es la difamación per se en Colorado?

Es una declaración tan dañina que la lesión se presume, como imputar un delito, una enfermedad repugnante, mala conducta profesional o falta de castidad. Cuando una declaración es difamación per se, el demandante puede recuperar daños generales sin probar pérdida económica específica.

¿Tiene Colorado una ley anti-SLAPP?

Sí. Colorado promulgó C.R.S. sección 13-20-1101 en 2019. Permite a los demandados presentar una moción especial de desestimación de reclamaciones basadas en expresión, aplica un examen de traslado de carga modelado en la ley de California y permite que el demandado ganador recupere honorarios de abogado.

¿Puedo demandar por una mala reseña en línea en Colorado?

Posiblemente, pero solo si la reseña afirma un hecho falso en lugar de una opinión. Si la reseña se refiere a un asunto de interés público o de preocupación general, Colorado exige probar la falsedad y el conocimiento de la falsedad o el desprecio temerario mediante evidencia clara y convincente, no la simple negligencia. Una reseña de ese tipo también puede activar una moción anti-SLAPP según C.R.S. sección 13-20-1101, exponiendo una reclamación débil a los honorarios de abogado del demandado. Una reclamación por libelo o calumnia no puede presentarse en el tribunal de pequeñas causas según C.R.S. 13-6-403(2)(b).

¿Es la verdad una defensa contra la difamación en Colorado?

Sí. La verdad, incluyendo la verdad sustancial, es una defensa completa en Colorado porque la falsedad es un elemento requerido. Una declaración poco halagadora pero exacta no es difamatoria.

¿Cuál es la diferencia entre libelo y calumnia en Colorado?

El libelo es la difamación escrita o fija, incluyendo publicaciones en línea y correos electrónicos, mientras que la calumnia es la oral. Colorado trata las publicaciones digitales como libelo. Ambas pueden calificar como difamación per se, sustentando daños presumidos.

Actualizaciones

Se corrigió dónde puede presentarse una demanda por difamación en Colorado (el tribunal de pequeñas causas no puede conocer casos de libelo o calumnia, y la jurisdicción del tribunal de condado llega hasta $25,000), se precisó el estándar de culpa más estricto de Colorado para declaraciones sobre asuntos de interés público o de preocupación general, y se atribuyó la carga de prueba de más allá de toda duda razonable para los daños ejemplares a C.R.S. 13-25-127(2) junto con el límite de la sección 13-21-102.

Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes

Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas

Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas

Fuentes y referencias

  1. C.R.S. sección 13-80-103(1)(a) (plazo de un año para libelo y calumnia)(leg.colorado.gov).gov
  2. Colorado HB19-1324, ley anti-SLAPP promulgada en 2019 (C.R.S. 13-20-1101)(leg.colorado.gov).gov
  3. C.R.S. sección 13-20-1101 (moción especial anti-SLAPP de desestimación; plazo de 63 días)(leg.colorado.gov).gov
  4. C.R.S. sección 13-21-102 (daños ejemplares, limitados a los daños reales)(leg.colorado.gov).gov
  5. New York Times Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254 (1964)(law.cornell.edu)
  6. Gertz v. Robert Welch, Inc., 418 U.S. 323 (1974)(law.cornell.edu)
  7. C.R.S. sección 13-25-127(2) (los daños ejemplares deben probarse más allá de toda duda razonable)(olls.info)
  8. Poder Judicial de Colorado, folleto del Tribunal de Pequeñas Causas (el tribunal de pequeñas causas no puede conocer casos de libelo o calumnia)(coloradojudicial.gov)
  9. Instrucciones de Jurado Civil de Colorado, Capítulo 22 (Difamación), Instrucción 22:1 y Nota Introductoria (evidencia clara y convincente; Walker; Diversified Management)(coloradojudicial.gov)
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