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Leyes de Resbalones y Caídas en Alabama: Probar la Responsabilidad del Propietario en un Estado de Contributiva Pura

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 7 de septiembre de 202610 min de lectura
Leyes de Resbalones y Caídas en Alabama: Probar la Responsabilidad del Propietario en un Estado de Contributiva Pura

Preguntas frecuentes

¿Cómo pruebo un resbalón y caída en Alabama?

Debe demostrar que el dueño de la propiedad le debía un deber de cuidado (normalmente como invitado), que existía una condición peligrosa, que el dueño tenía conocimiento real o presunto del peligro (sabía de el o existió tanto tiempo que debió haberlo encontrado), y que ese peligro causó su lesión. Alabama también exige que usted supere la doctrina del peligro evidente: si el peligro era claramente visible, el deber del dueño puede quedar negado por completo.

¿Es Alabama un estado de peligro evidente y obvio?

Sí, y es uno de los más estrictos. En Alabama, un peligro evidente y obvio niega el deber del propietario por completo e impide el reclamo de plano. Esto no es un factor de culpa comparativa que meramente reduce su recuperación; derrota el reclamo por completo. Alabama ha rechazado la regla más suave del Restatement que permitiría recuperar cuando el dueño debió haber anticipado el daño a pesar de un peligro obvio. Sí aplica una regla separada de arrendador-inquilino: el deber de un arrendador respecto de las partes de la propiedad que mantiene bajo su propio control, como las escaleras comunes, no queda automáticamente negado por una condición evidente y obvia (Ex parte Housing Authority of the City of Talladega, No. SC-2023-0537 (Ala. 2024)).

¿Puedo demandar por caerme sobre hielo en Alabama?

Potencialmente si. Alabama no aplica la regla de acumulación natural usada en muchos estados del norte, por lo que no hay inmunidad automática para condiciones heladas o nevadas. Las caídas sobre hielo se analizan bajo los principios de cuidado razonable ordinario. Sin embargo, si el parche de hielo era evidente y obvio, la barrera del peligro evidente de Alabama aún podría derrotar el reclamo.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda por resbalón y caída en Alabama?

Dos años desde la fecha de la lesión bajo Ala. Code section 6-2-38(l). Si la caída ocurrió en propiedad municipal, también debe presentar el reclamo dentro de 6 meses (Ala. Code section 11-47-23) y presentar una declaración jurada ante el secretario de la ciudad (Ala. Code section 11-47-192), bastante antes del plazo de 2 años para demandar. Para propiedad del condado, el periodo de aviso es de 12 meses.

¿Puedo recuperar si tuve parte de la culpa por mi caída en Alabama?

No. Alabama aplica la negligencia contributiva pura: si se le encuentra siquiera 1% culpable de la caída, queda completamente impedido de cualquier recuperación. Esta es una de las reglas más estrictas del país. Los abogados de la defensa buscaran evidencia de que usted estaba distraído, no conocía la propiedad, llevaba calzado inapropiado, o de otra forma contribuyó a la caída.

¿Cuánto vale un reclamo de resbalón y caída en Alabama?

Los daños recuperables incluyen gastos médicos, salarios perdidos, costos futuros, y dolor y sufrimiento. Alabama no limita los daños compensatorios en la mayoría de los casos. Sin embargo, el valor de cualquier reclamo se ve severamente afectado por la regla de negligencia contributiva pura de Alabama (cualquier culpa del demandante impide la recuperación) y la doctrina del peligro evidente. Los casos con fuertes argumentos de culpa contributiva se resuelven por mucho menos o no se resuelven. Use la calculadora de acuerdos por resbalón y caída de Alabama para una estimación según los hechos.

¿Qué pasa si me caí en propiedad municipal en Alabama?

Debe presentar el reclamo ante el secretario de la ciudad dentro de 6 meses de la lesión bajo Ala. Code section 11-47-23, y Ala. Code section 11-47-192 exige una declaración jurada que describa cómo, cuándo y dónde ocurrió la lesión, y los daños reclamados. Perder este plazo impide el reclamo municipal por completo. Si se cayó en propiedad del condado, el periodo de aviso es de 12 meses. Las demandas contra agencias estatales están en gran medida impedidas por la inmunidad soberana constitucional de Alabama.

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Actualizaciones

Se corrigió la descripción de Ex parte Housing Authority of the City of Talladega, que se basa en el deber de un arrendador sobre las áreas comunes que controla y no en una excepción de deber-anticipar, se añadió su número de expediente, y se separaron las citas de reclamos municipales para que el plazo de seis meses se atribuya a la sección 11-47-23 del Código de Alabama y el requisito de declaración jurada a la sección 11-47-192.

Fuentes y referencias

  1. Ala. Code section 6-2-38(l): plazo de prescripción de dos años por lesiones personales(law.justia.com)
  2. Ala. Code section 11-47-23: aviso de reclamo por agravio municipal, 6 meses(law.justia.com)
  3. Ala. Code section 11-47-192: contenido del aviso municipal(law.justia.com)
  4. Ala. Code section 11-12-8: reclamos contra el condado, 12 meses(law.justia.com)
  5. Sessions v. Nonnenmann, 842 So. 2d 649 (Ala. 2002): peligro evidente como barrera del deber(law.justia.com)
  6. Ex parte Mountain Top Indoor Flea Market, Inc., 699 So. 2d 158 (Ala. 1997): análisis del deber ante peligro evidente(law.justia.com)
  7. Dolgencorp, Inc. v. Hall, 890 So. 2d 98 (Ala. 2003): estándar de conocimiento presunto(law.justia.com)
  8. Ex parte Housing Authority of the City of Talladega (Ala. 2024): excepción estrecha de deber-anticipar(law.justia.com)
  9. Williams v. Delta International Machinery Corp., 619 So. 2d 1330 (Ala. 1993): negligencia contributiva pura confirmada(law.justia.com)
  10. Ala. Code sección 11-47-23: reclamos municipales, los agravios se presentan ante el secretario dentro de seis meses (Código de Alabama oficial)(alison.legislature.state.al.us)
  11. Ala. Code sección 11-47-192: se exige una declaración jurada de la lesión antes de poder recuperar contra una ciudad o pueblo (Código de Alabama oficial)(alison.legislature.state.al.us)
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