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Leyes de Poder Notarial en Nevada: POA Duradero, Médico y Financiero (2026)

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 8 de septiembre de 202614 min de lectura
Leyes de Poder Notarial en Nevada: POA Duradero, Médico y Financiero (2026)

Preguntas frecuentes

¿Es duradero de forma predeterminada un poder notarial de Nevada?

Sí. Bajo NRS 162A.210, un poder notarial creado bajo la Ley Uniforme de Poder Notarial de Nevada (NRS 162A.200 a 162A.660) es duradero de forma predeterminada y sobrevive a la incapacidad del poderdante a menos que el documento declare expresamente que se termina con la incapacidad. No se requiere lenguaje especial de durabilidad. Un poderdante que quiera un poder no duradero debe incluir una disposición de renuncia explícita.

¿Requiere testigos un poder notarial financiero de Nevada?

No. Bajo NRS 162A.220, un poder notarial financiero solo requiere la firma del poderdante reconocida ante un notario público. No se requieren firmas de testigos aparte. Sin embargo, si el poderdante reside en un hospital, centro de enfermería especializada, centro residencial grupal o casa de cuidados individuales, debe acompañar al documento una certificación de competencia de un médico, APRN, psicólogo o psiquiatra.

¿Cuáles son los poderes calientes bajo la ley de poder notarial de Nevada?

Bajo NRS 162A.450, los poderes calientes son autoridades tan trascendentales que requieren una concesión expresa en el documento. Incluyen: crear, modificar o revocar un fideicomiso; hacer donaciones; crear o cambiar derechos de supervivencia; crear o cambiar designaciones de beneficiarios; delegar la autoridad del agente; ejercer poderes fiduciarios que el poderdante tiene autoridad para delegar; renunciar a derechos de una anualidad conjunta y de supervivencia; y renunciar a intereses en bienes. Si estos poderes no están listados expresamente en el poder, el agente no puede ejercerlos, sin importar cuán amplio sea el lenguaje de autoridad general.

¿Puede un poder notarial financiero de Nevada autorizar decisiones médicas?

No. Un poder notarial financiero bajo NRS 162A.200 a 162A.660 no autoriza a nadie a tomar decisiones de atención médica. La autoridad de atención médica debe crearse por separado bajo el Poder Notarial para Decisiones de Atención Médica en NRS 162A.700 a 162A.870. Los dos instrumentos son documentos legales distintos que cubren dominios separados, y ninguno sustituye al otro.

¿Cómo debe ejecutarse un poder notarial de atención médica de Nevada?

Bajo NRS 162A.790, un poder notarial de atención médica de Nevada debe ser firmado por el poderdante y ya sea reconocido ante un notario público o presenciado por dos adultos que conozcan personalmente al poderdante. Si se usan testigos, ninguno puede ser el propietario, operador o empleado de un hogar de ancianos en el que resida el poderdante (NRS 162A.790(3)). Los formularios de directiva estatutarios agregan más reglas: un testigo debe ser adulto y no puede ser el agente nombrado (NRS 162A.855), y bajo los formularios especializados para poderdantes con discapacidad intelectual o demencia, un testigo tampoco puede ser un proveedor de atención médica o su empleado, ni el operador o empleado de un centro de atención médica, y al menos un testigo debe declarar que no está relacionado con el poderdante y que no tiene interés en el patrimonio del poderdante (NRS 162A.865, NRS 162A.870).

¿Qué puedo hacer si un banco se niega a honrar mi poder notarial de Nevada?

Bajo NRS 162A.370, un banco u otra institución a la que se le presenta un poder notarial reconocido debe aceptarlo o, dentro de 10 días hábiles, solicitar una certificación, traducción u opinión legal. Si se solicita documentación, la institución debe entonces aceptar dentro de cinco días hábiles de recibirla. Una parte que se niegue indebidamente a aceptar un poder válido puede ser ordenada por un tribunal a honrarlo y puede ser obligada a pagar los honorarios y costos razonables de abogado del poderdante o del agente.

¿Cómo revoca un poder notarial de Nevada?

Un poderdante con capacidad puede revocar un poder financiero de Nevada en cualquier momento notificando al agente, preferiblemente por escrito (NRS 162A.270). Notifique también a cualquier institución financiera o tercero que tenga una copia del poder. Si el poder se registró para una transacción de bienes raíces, registre la revocación ante el registrador del condado. Tenga en cuenta que firmar un nuevo poder financiero no revoca por sí solo uno anterior en Nevada: bajo NRS 162A.270(6), el nuevo documento debe declarar que el poder anterior, o todos los demás poderes notariales, quedan revocados. Los poderes notariales de atención médica funcionan al revés. Bajo NRS 162A.820(5), la ejecución de un poder notarial de atención médica revoca automáticamente cualquier poder notarial anterior para tomar decisiones de atención médica.

Actualizaciones

Se aclaró que la regla de Nevada según la cual un nuevo poder notarial no revoca uno anterior aplica a los poderes financieros (NRS 162A.270(6)), mientras que ejecutar un nuevo poder notarial de atención médica revoca automáticamente cualquiera anterior (NRS 162A.820(5)).

Fuentes y referencias

  1. NRS Capítulo 162A: Ley Uniforme de Poder Notarial (Legislatura de Nevada)(leg.state.nv.us)
  2. NRS 162A.200: Aplicabilidad(leg.state.nv.us)
  3. NRS 162A.210: El poder notarial es duradero de forma predeterminada(leg.state.nv.us)
  4. NRS 162A.220: Ejecución del poder notarial(leg.state.nv.us)
  5. NRS 162A.260: Cuando entra en vigor el poder notarial(leg.state.nv.us)
  6. NRS 162A.270: Terminación del poder notarial o de la autoridad del agente(leg.state.nv.us)
  7. NRS 162A.300: Aceptación del nombramiento por el agente(leg.state.nv.us)
  8. NRS 162A.310: Deberes y obligaciones fiduciarias del agente(leg.state.nv.us)
  9. NRS 162A.360: Confianza en el poder notarial reconocido(leg.state.nv.us)
  10. NRS 162A.370: Responsabilidad por negarse a aceptar el poder notarial reconocido(leg.state.nv.us)
  11. NRS 162A.450: Poderes que requieren concesión expresa (poderes calientes)(leg.state.nv.us)
  12. NRS 162A.460: Concesión de autoridad general(leg.state.nv.us)
  13. NRS 162A.700: Definiciones y alcance del poder de atención médica(leg.state.nv.us)
  14. NRS 162A.790: Ejecución del poder notarial de atención médica(leg.state.nv.us)
  15. NRS 162A.810: Cuando entra en vigor el poder de atención médica(leg.state.nv.us)
  16. NRS 162A.820: Terminación del poder de atención médica(leg.state.nv.us)
  17. NRS 162A.840: Restricciones de elegibilidad del agente de atención médica(leg.state.nv.us)
  18. NRS 162A.850: Decisiones prohibidas del agente de atención médica(leg.state.nv.us)
  19. NRS 162A.860: Formulario de poder notarial duradero para atención médica(leg.state.nv.us)
  20. NRS 162A.855: Formulario estatutario de directiva anticipada de atención médica - calificaciones de los testigos (adulto, no el agente nombrado)(leg.state.nv.us)
  21. NRS 162A.865: Formulario de directiva anticipada de atención médica para personas con discapacidad intelectual - descalificaciones de testigos(leg.state.nv.us)
  22. NRS 162A.870: Formulario de directiva anticipada de atención médica para personas con demencia - descalificaciones de testigos(leg.state.nv.us)
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