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Cómo Obtener un Reporte de Policía en Colorado (2026): Reportes de Accidentes e Incidentes

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 2 de septiembre de 20267 min de lectura
Cómo Obtener un Reporte de Policía en Colorado (2026): Reportes de Accidentes e Incidentes

Preguntas frecuentes

¿Cómo obtengo una copia de mi reporte de accidente de Colorado?

Para un accidente en una carretera estatal, use el formulario de solicitud en línea de la Patrulla Estatal de Colorado, envíe un correo electrónico a cdps_csprecords@state.co.us, o envíe correo postal a CSP Central Records Unit en Lakewood. Para un accidente en una calle local, comuníquese con el departamento de policía de la ciudad o el condado que respondió.

¿Son confidenciales los reportes de investigación policial de Colorado?

No, no por defecto. El Estatuto Revisado de Colorado 42-4-1610 solo establece que el propio reporte de accidente del conductor es confidencial para uso del departamento. Los reportes de investigación del oficial son registros públicos sujetos al Estatuto Revisado de Colorado 42-1-206.

¿Cómo obtengo un reporte de incidente policial de Colorado?

Presente una solicitud de registros ante la agencia investigadora. Legalmente se tramita bajo la Ley de Registros de Justicia Penal de Colorado (CCJRA), no bajo CORA: el Estatuto Revisado de Colorado 24-72-202(6)(b)(I) excluye los registros de justicia penal de la definición de registros públicos de CORA. Muchas agencias todavía etiquetan sus portales de solicitud como CORA, así que use el formulario que publique la agencia. Bajo la CCJRA, el custodio puede denegar el acceso a archivos de investigación por motivos de interés público, apelable ante un tribunal de distrito.

¿Con qué rapidez debe Colorado liberar el video de cámara corporal de una queja de mala conducta?

Cuando la queja no involucra una muerte, el Estatuto Revisado de Colorado 24-31-902(2)(a)(I) exige que la agencia libere el video y audio sin editar a la persona que presentó la solicitud dentro de los 21 días posteriores a la solicitud. El video puede retenerse mientras su liberación interfiera sustancialmente con una investigación activa, pero no más allá de 45 días desde la fecha de la presunta mala conducta, y un fiscal debe justificar el retraso por escrito. Cuando el uso de la fuerza causó una muerte, la agencia primero debe proporcionar las grabaciones a los familiares inmediatos de la persona fallecida dentro de los 21 días posteriores al incidente, y la liberación a un solicitante ocurre después de ese plazo.

¿Todos los departamentos de policía de Colorado deben usar cámaras corporales?

Sí. Para el 1 de julio de 2023, el Estatuto Revisado de Colorado 24-31-902 exigió que cada agencia local de la ley y la Patrulla Estatal de Colorado equiparan con una cámara corporal a cada oficial de paz que interactúa con el público.

Actualizaciones

Se corrigieron las reglas de liberación de video de cámara corporal de Colorado conforme al estatuto vigente desde el 3 de junio de 2026, se aclaró que los reportes de incidentes policiales se rigen por la Ley de Registros de Justicia Penal (CCJRA) y no por CORA, y se corrigió el plazo de 72 horas para la declaración escrita de denegación, que obliga al custodio y no al solicitante.

Fuentes y referencias

  1. Estatuto Revisado de Colorado § 42-4-1610 (Reportes de partes interesadas confidenciales)(olls.info)
  2. Estatuto Revisado de Colorado § 24-72-305 (Ley de Registros de Justicia Penal de Colorado, autorización o denegación de inspección)(olls.info)
  3. Estatuto Revisado de Colorado § 24-31-902 (Grabaciones de incidentes, liberación, manipulación, multa)(olls.info)
  4. Patrulla Estatal de Colorado, Solicitud en Línea de Reporte de Accidente(csp.colorado.gov).gov
  5. Departamento de Policía de Denver, Solicitud de Registros (CORA)(denvergov.org).gov
  6. Colo. Rev. Stat. 24-31-902 (Grabaciones de incidentes, liberación, manipulación, multa), CRS 2026 según enmienda de la SB 26-190, vigente desde el 3 de junio de 2026(olls.info)
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