Florida
Leyes de pensión alimenticia conyugal en Florida: tipos, duración y la reforma de 2023 (2026)

Florida abolió la pensión permanente el 1 de julio de 2023, cuando el gobernador Ron DeSantis convirtió en ley el SB 1416. Hoy, Fla. Stat. sección 61.08 autoriza cuatro tipos de pensión alimenticia: temporal, bridge-the-gap, rehabilitadora y durational. La pensión bridge-the-gap está limitada a 2 años y la rehabilitadora a 5 años, y ninguna de las dos está ligada a la duración del matrimonio. Solo la pensión durational tiene un tope ligado a la duración del matrimonio, y la pensión temporal no tiene ningún tope legal de duración porque dura hasta la sentencia final.
Información verificada por última vez el 6 de septiembre de 2026.
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¿Qué es la pensión alimenticia en Florida?
La pensión alimenticia (también llamada apoyo conyugal o mantenimiento conyugal) es un pago ordenado por un tribunal de un excónyuge al otro después de un divorcio o una separación legal. Los tribunales de Florida también pueden otorgar apoyo en casos que involucran anulaciones o peticiones de apoyo no relacionadas con una disolución de matrimonio.
El propósito de la pensión en Florida no es castigo ni recompensa. Bajo Fla. Stat. sección 61.08, los tribunales están autorizados a otorgar pensión cuando un cónyuge demuestra una necesidad económica real y el otro cónyuge tiene la capacidad de pago. El nivel de vida establecido durante el matrimonio es uno de los puntos de referencia que los tribunales pueden consultar, pero no es el único factor y no garantiza ningún resultado en particular.
La pensión es separada de la división de bienes conyugales y de la manutención infantil. Un tribunal puede otorgar pensión junto con una distribución de bienes, pero las dos se rigen por estándares legales distintos y leyes distintas.
La reforma de 2023: el fin de la pensión permanente
Antes del 1 de julio de 2023, los tribunales de Florida podían otorgar pensión permanente (pagos sin fecha de fin definida que continuaban hasta el fallecimiento o el nuevo matrimonio del beneficiario). La pensión permanente se concedia con mayor frecuencia en matrimonios largos cuando un cónyuge tenía una capacidad de ingresos sustancialmente reducida a causa de la relación.

El gobernador DeSantis firmó el SB 1416 (Capítulo 2023-315, Leyes de Florida) el 30 de junio de 2023. La ley entró en vigor el 1 de julio de 2023, y eliminó la pensión permanente de la ley por completo. Bajo la versión actual de Fla. Stat. sección 61.08, un tribunal no tiene autoridad para otorgar pensión permanente en ninguna petición inicial pendiente o presentada en el 1 de julio de 2023 o después.
Las órdenes de pensión existentes dictadas antes de esa fecha no cambian automáticamente. Una persona que recibe pensión permanente bajo un decreto de divorcio anterior a 2023 continua recibiendola a menos que un tribunal modifique la orden con base en un cambio sustancial de circunstancias bajo Fla. Stat. sección 61.14. La reforma de 2023 no despoja retroactivamente a nadie de la pensión ya ordenada por un tribunal.
Para los divorcios presentados en el 1 de julio de 2023 o después, la pensión durational es ahora la forma de apoyo más larga disponible, y viene con topes estrictos tanto en la duración como en el monto de la adjudicación.
Los cuatro tipos de pensión alimenticia en Florida
Fla. Stat. sección 61.08 actualmente autoriza cuatro formas de pensión. Los tribunales pueden otorgar un tipo o una combinación de tipos según los hechos del caso.
Pensión temporal
La pensión temporal proporciona apoyo económico a un cónyuge durante el proceso de disolución, antes de que se dicte una sentencia final. Termina cuando el tribunal emite su orden final sobre el divorcio. El apoyo temporal aborda la realidad práctica de que un cónyuge puede carecer de acceso inmediato a fondos durante el litigio, particularmente en matrimonios más largos donde un cónyuge manejo el hogar mientras el otro trabajaba fuera de casa.
Pensión bridge-the-gap (de transición)
La pensión bridge-the-gap ayuda a un cónyuge a transitar de estar casado a estar soltero. Esta diseñada para asistir con necesidades identificables de corto plazo, por ejemplo un periodo de gastos de vivienda mientras el beneficiario asegura una vivienda permanente, o gastos de subsistencia durante una búsqueda de empleo.
Reglas clave bajo Fla. Stat. sección 61.08:
- Duración máxima: 2 años
- Termina automáticamente al fallecer cualquiera de las partes o al volver a casarse el beneficiario
- No modificable en monto ni duración una vez otorgada
Como la pensión bridge-the-gap no puede modificarse, los tribunales deben evaluar con cuidado la necesidad de corto plazo al momento de la adjudicación. Es la forma de apoyo más limitada e inflexible bajo la ley actual.
Pensión rehabilitadora
La pensión rehabilitadora apoya a un cónyuge que necesita construir o reconstruir su capacidad de autosustento. Esto podría implicar completar un título, obtener una licencia profesional o desarrollar habilidades laborales después de años fuera del mercado laboral.
Reglas clave:
- Duración máxima: 5 años
- Requiere un plan de rehabilitación específico y definido al momento de la adjudicación
- Modificable si hay un cambio sustancial de circunstancias o si el beneficiario incumple el plan de rehabilitación
- Modificable o terminable si el beneficiario completa el plan antes de lo previsto
El plan de rehabilitación es un requisito estricto, no una sugerencia. Un tribunal no puede simplemente otorgar pensión rehabilitadora y dejar el plan para desarrollarlo después. El plan debe ser lo bastante específico para que el tribunal evalúe el progreso y el cumplimiento.
Pensión durational (por plazo determinado)
La pensión durational proporciona asistencia económica por un periodo definido. Reemplazo a la pensión permanente como la forma de apoyo más larga disponible y está sujeta a topes estrictos tanto en duración como en monto.
Reglas clave:
- No puede otorgarse si el matrimonio duro menos de 3 años
- La duración está limitada a un porcentaje de la duración del matrimonio según la categoría del matrimonio, aunque un tribunal puede extender el plazo más allá de ese tope en circunstancias excepcionales (vea la sección siguiente)
- El monto esta limitado al menor entre la necesidad razonable del beneficiario o el 35% de la diferencia entre el ingreso neto de las partes
- Termina al fallecer cualquiera de las partes o al volver a casarse el beneficiario
- Modificable en monto con base en un cambio sustancial de circunstancias; la duración solo puede modificarse en circunstancias excepcionales
La pensión durational es ahora la herramienta principal para el apoyo de largo plazo en los divorcios de Florida. Entender los topes es fundamental para entender cuanto apoyo puede realmente otorgar un tribunal.
Cuánto y por cuanto tiempo: topes de duración y la fórmula del monto
El umbral de necesidad y capacidad

Antes de que un tribunal pueda otorgar cualquier pensión en Florida, debe emitir dos conclusiones específicas. Primero, el cónyuge solicitante debe tener una necesidad real de apoyo económico. Segundo, el otro cónyuge debe tener la capacidad de pago. Sin ambas conclusiones, no se permite ninguna adjudicación de pensión, sin importar la duración del matrimonio ni la disparidad de ingresos entre las partes.
Categorías de duración del matrimonio
El Florida Statute 61.08 clasifica los matrimonios en tres categorías a efectos de la pensión durational. Estas clasificaciones crean presunciones refutables, lo que significa que una parte puede presentar pruebas para argumentar que los hechos de su caso quedan fuera de la clasificación estándar.
- Matrimonio de corto plazo: menos de 10 años
- Matrimonio de plazo moderado: 10 años a menos de 20 años
- Matrimonio de largo plazo: 20 años o más
Topes de duración
La duración máxima de una adjudicación de pensión durational es:
- Matrimonio de corto plazo: hasta 50% de la duración del matrimonio
- Matrimonio de plazo moderado: hasta 60% de la duración del matrimonio
- Matrimonio de largo plazo: hasta 75% de la duración del matrimonio
Por ejemplo, un matrimonio de 15 años es de plazo moderado. La duración máxima de una adjudicación de pensión durational en ese caso es 60% de 15 años, o 9 años. Un matrimonio de 25 años es de largo plazo, y el tope es 75% de 25 años, o 18 años y 9 meses.
Estos son máximos legales, no valores por defecto. Un tribunal puede otorgar una duración más corta según las circunstancias, incluidos los factores enumerados en la ley.
El tope tampoco es absoluto. Bajo el inciso 61.08(8)(b), un tribunal puede extender el plazo de la pensión durational más allá del tope porcentual aplicable en circunstancias excepcionales, si se demuestra con prueba clara y convincente que la extensión es necesaria, después de aplicar los factores generales del inciso 61.08(3) y de considerar los cuatro factores adicionales siguientes:
- La medida en que la edad y la empleabilidad del beneficiario limitan su capacidad de autosustento, en todo o en parte
- La medida en que los recursos económicos disponibles del beneficiario limitan su capacidad de autosustento, en todo o en parte
- La medida en que el beneficiario tiene una discapacidad mental o física, o ha sido diagnosticado con una condición mental o física que lo incapacita o lo incapacitará para el autosustento, en todo o en parte
- La medida en que el beneficiario es el cuidador de un hijo común de las partes con discapacidad mental o física, sin importar si ese hijo ya alcanzó la mayoría de edad
Esta vía de extensión es más relevante para las personas a quienes el fin de la pensión permanente afecta más directamente: beneficiarios mayores, con discapacidad o de matrimonios largos con pocas posibilidades reales de autosustento. Una extensión otorgada por el factor de cuidado termina cuando el hijo ya no requiere el cuidado del beneficiario, o al fallecer el hijo, salvo que también aplique alguno de los otros tres factores.
La fórmula del monto
Para la pensión durational, la ley fija el monto en el que sea menor entre:
- La necesidad razonable del beneficiario, o
- El 35% de la diferencia entre el ingreso neto de las partes
Por ejemplo, si el ingreso neto del cónyuge que paga es de $8,000 al mes y el ingreso neto del cónyuge que recibe es de $2,000 al mes, la diferencia es de $6,000. El treinta y cinco por ciento de $6,000 es $2,100. Si la necesidad razonable documentada del beneficiario es de $1,800 al mes, la adjudicación seria de $1,800 porque es el monto menor. Si la necesidad documentada es de $2,500, la adjudicación estaría limitada a $2,100.
El ingreso neto aquí es un término definido, no simplemente el salario neto. El inciso 61.08(8)(c) exige que se calcule conforme a los incisos (2) y (3) de la sección 61.30 de los Estatutos de Florida, las reglas de ingreso bruto y deducciones permitidas de la ley de manutención infantil, excluyendo el apoyo conyugal pagado bajo una orden judicial en la misma acción entre las partes. Usar una cifra simple después de impuestos en la prueba del 35% producirá un número incorrecto. Los tribunales también pueden considerar el ingreso que una parte es capaz de ganar aunque esa parte esté voluntariamente subempleada.
El límite sobre el ingreso neto restante de quien paga
Un segundo tope limita la adjudicación de forma independiente a la prueba del 35%. Bajo el inciso 61.08(9), una adjudicación de pensión no puede dejar a quien paga con un ingreso neto significativamente menor que el ingreso neto del beneficiario, salvo que el tribunal haga conclusiones por escrito de circunstancias excepcionales. Una adjudicación que supera el cálculo de necesidad frente al 35% aún puede ser improcedente si invierte de esta forma el ingreso neto de las partes.
Factores que el tribunal considera
Además del umbral de necesidad y capacidad, Fla. Stat. sección 61.08 ordena a los tribunales considerar una serie de factores al determinar el tipo, el monto y la duración de la pensión. Estos incluyen:
- La duración del matrimonio
- El nivel de vida establecido durante el matrimonio
- La edad y la salud física y emocional de cada parte
- Los recursos económicos de cada parte, incluidos los activos y pasivos conyugales y no conyugales
- La capacidad de ingresos, el nivel educativo, las habilidades vocacionales y la empleabilidad de cada parte
- El aporte de cada parte al matrimonio, incluidas las labores del hogar, el cuidado de los hijos, la educación y la construcción de la carrera del otro
- Las responsabilidades que cada parte tendrá respecto de los hijos menores, con especial consideración a la necesidad de cuidar a un hijo con discapacidad mental o física
- Cualquier otro factor necesario para la equidad y la justicia entre las partes, que el tribunal debe identificar específicamente en sus conclusiones por escrito
La lista actual es el inciso 61.08(3)(a) a (h), y ya no incluye el tratamiento fiscal ni las consecuencias fiscales de una adjudicación de pensión. Ese era un factor enumerado por separado bajo la ley anterior a 2023, en el antiguo inciso 61.08(2)(h), y la reforma de 2023 lo eliminó. Las fuentes que todavía mencionan un factor fiscal están describiendo la versión derogada de la ley.
Ningún factor por sí solo es determinante. Los tribunales ponderan todas las circunstancias relevantes a la luz de los hechos del caso específico.
Cómo termina o cambia la pensión en Florida
Nuevo matrimonio del beneficiario
La pensión bridge-the-gap y la durational terminan automáticamente si el beneficiario se vuelve a casar, al igual que cualquier pensión permanente subsistente de antes de la reforma de 2023. La pensión rehabilitadora funciona de manera distinta: bajo s. 61.08(7)(d), solo puede modificarse o terminarse con base en un cambio sustancial de circunstancias, el incumplimiento del plan de rehabilitación, o la finalización del plan antes de que expire su plazo, y la ley no incluye el nuevo matrimonio como un detonante de terminación automática para ella. Para la pensión bridge-the-gap y la durational, el cónyuge que paga generalmente debe dar aviso y puede necesitar presentar una moción, pero el nuevo matrimonio es un evento de terminación legal sin importar si el tribunal ha emitido una orden formal.
Fallecimiento de cualquiera de las partes
La pensión termina al fallecer el cónyuge que paga o el que recibe, salvo que un acuerdo por escrito disponga expresamente lo contrario. Los tribunales no pueden ordenar que la pensión sobreviva al fallecimiento del cónyuge que paga sin un acuerdo entre las partes.
Relación de apoyo y convivencia
La ley de Florida aborda la situación en la que un beneficiario de pensión entra en una relación de apoyo con otra persona sin volverse a casar legalmente. Bajo Fla. Stat. sección 61.14, un tribunal debe reducir o terminar una adjudicación de pensión una vez que emite conclusiones específicas por escrito de que el beneficiario está en una relación de apoyo. El cónyuge que paga tiene la carga inicial de probar que la relación existe; luego la carga se traslada al beneficiario para probar que la adjudicación no debe modificarse.
Una relación de apoyo no se define únicamente por vivir juntos. Los tribunales consideran si el beneficiario y la otra persona han combinado recursos económicos, si la otra persona contribuye al sustento del beneficiario, y la naturaleza y permanencia de la relación. El cónyuge que paga debe solicitarlo al tribunal y probar la relación; la pensión no se detiene automáticamente con la convivencia.
Jubilación del cónyuge que paga
La ley de Florida permite que el cónyuge que paga solicite la modificación de la pensión en anticipación razonable de la jubilación, pero no más de 6 meses antes de la fecha de jubilación prevista. Un tribunal puede modificar o terminar la pensión con base en una jubilación razonable y voluntaria. Una jubilación forzada o prematura puede no calificar. El tribunal evalúa si la jubilación es genuina y si representa un cambio sustancial de circunstancias.
Modificación de la pensión durational
El monto de una adjudicación de pensión durational puede modificarse con base en un cambio sustancial de circunstancias bajo Fla. Stat. sección 61.14. La duración de la adjudicación solo puede modificarse en circunstancias excepcionales bajo el inciso 61.08(8)(a), lo cual es un umbral más alto que modificar el monto.
La modificación posterior a la sentencia de la duración es una cuestión distinta de si la adjudicación original podía exceder el tope porcentual desde un inicio. El inciso 61.08(8)(b) permite al tribunal de primera instancia extender el plazo más allá del tope al momento de la adjudicación inicial, con prueba clara y convincente y los cuatro factores adicionales descritos anteriormente. Ninguna de las dos vías es rutinaria, pero el tope es un límite que una parte puede argumentar superar, no un límite exterior absoluto.
Tributa la pensión y en que se diferencia de la manutención infantil de Florida
Tratamiento fiscal federal de la pensión

Bajo la ley federal Tax Cuts and Jobs Act, el tratamiento fiscal de la pensión depende de cuando se celebró el acuerdo de divorcio o separación.
Para los acuerdos celebrados después del 31 de diciembre de 2018, los pagos de pensión no son deducibles para el cónyuge que paga y no son ingreso gravable para el cónyuge que recibe. Esto aplica a casi todos los divorcios que se tramitan bajo la ley actual de Florida. Como Florida en si no impone un impuesto estatal sobre la renta, no hay un impuesto estatal de Florida separado sobre la pensión.
Para los acuerdos celebrados en el 31 de diciembre de 2018 o antes, aplican las reglas antiguas: el cónyuge que paga podía deducir los pagos de pensión, y el beneficiario los reportaba como ingreso gravable. Esas reglas continúan aplicando a esos acuerdos más antiguos a menos que el acuerdo se haya modificado posteriormente para acogerse al nuevo tratamiento.
Consulte a un profesional de impuestos para orientación sobre su situación especifica, particularmente si tiene un acuerdo más antiguo o si su acuerdo se esta modificando.
Cómo se diferencia la pensión de la manutención infantil
La pensión y la manutención infantil son obligaciones legalmente distintas en Florida. Diferencias clave incluyen:
- Propósito: La pensión apoya a un excónyuge. La manutención infantil apoya las necesidades económicas de un hijo menor.
- Tratamiento fiscal: Bajo la ley actual, la manutención infantil nunca es deducible para quien paga ni gravable para quien recibe, sin importar cuando se celebró el acuerdo. Esta siempre ha sido la regla para la manutención infantil.
- Estándar de modificación: La manutención infantil se calcula usando las guías legales de Florida bajo Fla. Stat. sección 61.30, que se basan en el ingreso de los padres y el número de pernoctaciones. La pensión es más discrecional.
- Terminación: La manutención infantil continua hasta que el hijo llega a la mayoría de edad u otras condiciones legales se cumplen. La pensión termina con base en circunstancias conyugales como el nuevo matrimonio o el tope de duración.
Para información sobre las guías de manutención infantil de Florida, vea nuestra página sobre leyes de manutención infantil de Florida.
Para una visión más amplia de como los estados manejan el apoyo conyugal en todo el país, vea el centro de leyes de pensión alimenticia por estado.
Aviso legal: Esta página ofrece información legal general sobre la ley de pensión alimenticia de Florida y no es asesoramiento legal. Las determinaciones de pensión dependen mucho de los hechos y de las circunstancias individuales. Para asesoramiento sobre su situación, consulte a un abogado de derecho de familia con licencia en Florida.
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Última actualización: 6 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Florida todavía tiene pensión permanente?
No. Florida abolió la pensión permanente con vigencia desde el 1 de julio de 2023, cuando el SB 1416 entró en vigor. La sección 61.08 rige toda petición inicial que estuviera pendiente o que se presentara en esa fecha o después, de modo que un tribunal no puede otorgar pensión permanente en un caso presentado el 1 de julio de 2023 o después, ni tampoco en un caso presentado antes que siguiera pendiente en esa fecha. Las adjudicaciones de pensión permanente ya dictadas antes del 1 de julio de 2023 siguen vigentes a menos que un tribunal las modifique con base en un cambio sustancial de circunstancias.
¿Cuánto dura la pensión alimenticia en Florida?
Depende del tipo y de la duración del matrimonio. La pensión bridge-the-gap está limitada a 2 años. La pensión rehabilitadora está limitada a 5 años. La pensión durational no puede otorgarse después de un matrimonio de menos de 3 años. Para matrimonios más largos, la pensión durational está limitada al 50% de la duración de un matrimonio de corto plazo (menos de 10 años), 60% de un matrimonio de plazo moderado (10 a menos de 20 años), o 75% de un matrimonio de largo plazo (20 años o más). Bajo circunstancias excepcionales, un tribunal puede extender una adjudicación durational más allá de ese tope con prueba clara y convincente, ponderando la edad y empleabilidad del beneficiario, sus recursos económicos disponibles, cualquier discapacidad que le impida autosustentarse, y cualquier rol de cuidador de un hijo con discapacidad común de las partes. La pensión temporal no tiene tope legal de duración y dura hasta la sentencia final.
¿Cómo se calcula la pensión en Florida?
Para la pensión durational, el monto es el menor entre la necesidad razonable documentada del beneficiario o el 35% de la diferencia entre el ingreso neto de las partes. Por ejemplo, si quien paga gana $7,000 netos al mes y el beneficiario gana $1,000, el tope del 35% es $2,100. Si la necesidad del beneficiario es de $1,800, la adjudicación sería de $1,800. El ingreso neto se calcula conforme a los incisos (2) y (3) de la sección 61.30 de los Estatutos de Florida, excluyendo el apoyo conyugal pagado bajo una orden judicial en la misma acción entre las partes, por lo que no es simplemente el salario neto. Un límite aparte en el inciso 61.08(9) prohíbe una adjudicación que deje a quien paga con un ingreso neto significativamente menor que el del beneficiario, salvo que el tribunal haga conclusiones por escrito de circunstancias excepcionales. Otros tipos de pensión no tienen una fórmula de monto legal explícita; los tribunales se basan en los factores de Fla. Stat. sección 61.08.
¿Tributa la pensión en Florida?
Bajo la ley federal actual (la Tax Cuts and Jobs Act), la pensión pagada bajo acuerdos celebrados después del 31 de diciembre de 2018 no es deducible para quien paga ni ingreso gravable para quien recibe. Florida no tiene impuesto estatal sobre la renta, por lo que no hay un impuesto a nivel estatal separado sobre la pensión. Los acuerdos celebrados antes del 1 de enero de 2019 siguen las reglas antiguas salvo que se modifiquen.
¿Se puede modificar la pensión de Florida?
Sí, en la mayoría de los casos. El monto de la pensión durational puede modificarse con base en un cambio sustancial de circunstancias. La duración de la pensión durational solo puede modificarse al demostrar circunstancias excepcionales. La pensión bridge-the-gap no puede modificarse una vez otorgada. La pensión rehabilitadora puede modificarse si las circunstancias cambian sustancialmente o si el beneficiario no sigue el plan de rehabilitación.
¿Qué es la pensión bridge-the-gap en Florida?
La pensión bridge-the-gap es una forma de apoyo de corto plazo diseñada para ayudar a un cónyuge a transitar de la vida casada a la vida soltera. Cubre necesidades identificables de corto plazo como gastos de vivienda o gastos de subsistencia durante una búsqueda de empleo. Esta limitada a 2 años y termina automáticamente con el nuevo matrimonio del beneficiario o el fallecimiento de cualquiera de las partes. No puede modificarse en monto ni duración después de otorgada.
¿Qué pasa con la pensión si el beneficiario se va a vivir con una nueva pareja?
El cónyuge que paga puede solicitar al tribunal una reducción o terminación de la pensión con base en una relación de apoyo bajo Fla. Stat. sección 61.14. La pensión no se detiene automáticamente con la convivencia; el cónyuge que paga debe presentar una petición y demostrar que la relación califica como una relación de apoyo según la ley de Florida. Los tribunales consideran factores como las finanzas compartidas y la medida en que la nueva pareja contribuye al sustento del beneficiario.
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Actualizaciones
Se corrigió la lista de factores legales para eliminar un factor de tratamiento fiscal que la reforma de 2023 derogó, se agregó el mecanismo de circunstancias excepcionales que permite a un tribunal extender la pensión durational más allá de los topes del 50/60/75 por ciento y el límite legal que impide dejar a quien paga con menos ingreso neto que el beneficiario, y se aclaró que la reforma aplica a las peticiones pendientes además de las presentadas el 1 de julio de 2023 o después.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Florida Statutes
§ 61.08Alimony.Vigentecitada en 2 de nuestros artículos
(1)(a) In a proceeding for dissolution of marriage, the court may grant alimony to either party in the form or forms of temporary, bridge-the-gap, rehabilitative, or durational alimony, as is equitable. In an award of alimony, the court may order periodic or lump sum payments. The court may consider the adultery of either spouse and any resulting economic impact in determining the amount of alimony, if any, to be awarded. (b) The court shall make written findings of fact regarding the basis for awarding a form or any combination of forms of alimony, including the type of alimony and the length of time for which the alimony is awarded. The court may award a combination of forms of alimony or forms of payment, including lump sum payments, to provide greater economic assistance in order to allow the obligee to achieve self-support. (2)(a) In determining whether to award support, maintenance, or alimony, the court shall first make a specific, factual determination as to whether the party seeking support, maintenance, or alimony has an actual need for it and whether the other party has the ability to pay support, maintenance, or alimony.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-07 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leg.state.fl.us
Citada en 227 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- In Re Family Law Rules of Procedure (Supreme Court of Florida 1995, 20 Fla. L. Weekly Supp. 581)“…written findings of fact that address the factors listed in section 61.08, Florida Statutes, when granting or denying a request for…”
- Pacheco v. Pacheco (Supreme Court of Florida 1971, 246 So. 2d 778)“…4(2) (1968), F.S.A. We must consider the validity of Fla. Stat. § 61.08 (1967), F.S.A. preliminary to our cons…”
- Berger v. Berger (District Court of Appeal of Florida 2016, 201 So. 3d 819)“…(1) even though the marriage was a long term marriage under section 61.08, Florida Statutes (2014), the court did not find that a r…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- Fla. Stat. 61.08 -- Pensión alimenticia (Estatutos de Florida 2025)(leg.state.fl.us)
- CS for SB 1416 (2023) -- Texto del proyecto de ley aprobado(flsenate.gov)
- Chapter 61 Section 08 -- Estatutos de Florida 2024(flsenate.gov)
- IRS -- El divorcio o la separación puede tener efecto en los impuestos(irs.gov)
- Florida Courts -- Manutención infantil(flcourts.gov)
- Fla. Stat. 61.30 -- Guías de manutención infantil; manutención infantil retroactiva (cálculo del ingreso neto referenciado por el inciso 61.08(8)(c))(leg.state.fl.us)