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Leyes de Custodia de Menores en Florida: Responsabilidad Parental, Tiempo Compartido y Sus Derechos

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 6 de septiembre de 202610 min de lectura
Leyes de Custodia de Menores en Florida: Responsabilidad Parental, Tiempo Compartido y Sus Derechos

Preguntas frecuentes

¿Cómo se determina la custodia de menores en Florida?

Los tribunales de Florida deciden la responsabilidad parental y el tiempo compartido según el interés superior del menor bajo F.S. 61.13. El tribunal pondera aproximadamente 20 factores legales, incluyendo la capacidad de cada padre para apoyar la relación del menor con el otro padre, la rutina establecida del menor, el historial de violencia doméstica y la preferencia del menor si el tribunal determina que el menor tiene suficiente madurez para expresar una.

¿Favorece Florida a la madre en los casos de custodia?

No. Los estatutos de tiempo compartido y responsabilidad parental de Florida son explícitamente neutrales en cuanto al género. Los tribunales no pueden preferir a un padre sobre el otro por su sexo. La antigua doctrina de los años tiernos del derecho consuetudinario, que se inclinaba hacia las madres por los niños pequeños, ha sido abolida en Florida.

¿Es Florida un estado de custodia 50/50?

Florida es uno de los pocos estados con una presunción rebatible de tiempo compartido equitativo. Desde que la HB 1301 entró en vigor el 1 de julio de 2023, se presume que el tiempo compartido equitativo es para el interés superior del menor. Un padre que quiere un horario diferente debe presentar evidencia bajo los factores de la 61.13(3) para superar esa presunción por preponderancia de la evidencia.

¿A qué edad puede un menor elegir con cuál padre vivir en Florida?

Florida no tiene una edad específica a la que el menor adquiere el derecho de elegir. Los tribunales pueden considerar la preferencia razonable del menor como uno de los factores legales si el menor tiene suficiente madurez para formar una opinión significativa. El juez evalúa la edad del menor y el razonamiento detrás de la preferencia; la preferencia es un factor, no uno decisivo.

¿Cómo cambio una orden de custodia en Florida?

Debe presentar una petición para modificar el plan de crianza y demostrar tanto un cambio sustancial y material de circunstancias desde que se dictó la orden existente como que la modificación propuesta es para el interés superior del menor. Los tribunales aplican todos los factores del interés superior de la 61.13(3) al nuevo arreglo propuesto.

¿Puede un padre mudarse con el menor en Florida?

No, sin seguir el procedimiento de reubicación bajo F.S. 61.13001. Una mudanza de 50 o más millas por 60 o más días requiere una petición formal. El otro padre tiene 20 días para oponerse. Si se presenta una objeción, el tribunal celebra una audiencia. Bajo el F.S. 61.13001(8), el padre que se reubica debe primero demostrar por preponderancia de la evidencia que la mudanza sirve al interés superior del menor; si se cumple esa carga, esta se traslada al padre que se opone, quien debe demostrar por preponderancia de la evidencia que la mudanza no lo hace. No surge ninguna presunción a favor ni en contra de la mudanza en una reubicación impugnada.

¿Cuál es la diferencia entre la responsabilidad parental y el tiempo compartido en Florida?

La responsabilidad parental abarca las decisiones importantes sobre la educación, la atención médica y la crianza religiosa del menor. El tiempo compartido es el horario de pernoctas y contacto que cada padre tiene con el menor. Florida usa estos términos específicos en lugar de 'custodia legal' y 'custodia física', pero los conceptos son paralelos. Ambos se abordan en el plan de crianza que todos los casos de Florida requieren.

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Actualizaciones

Se corrigió la descripción del cambio de terminología de 2008 en Florida, se agregó el estándar de traslado de la carga de la prueba y la regla de no presunción para reubicaciones impugnadas bajo F.S. 61.13001(8) y (7), y se aclaró que la responsabilidad parental exclusiva no se limita a los casos en que la responsabilidad compartida sería perjudicial.

Fuentes y referencias

  1. Estatutos de Florida 61.13 (responsabilidad parental, factores de tiempo compartido, presunción de tiempo compartido equitativo de la HB 1301)(flsenate.gov).gov
  2. Estatutos de Florida 61.13001 (reubicación)(flsenate.gov).gov
  3. Tribunales de Florida, Recursos de Autoayuda de Derecho de Familia(flcourts.gov).gov
  4. Índice del Capítulo 61 de los Estatutos de Florida (Parte II, Ley Uniforme de Jurisdicción y Cumplimiento de la Custodia de Menores, ss. 61.501-61.542)(leg.state.fl.us)
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