EnglishEspañol
Florida flag

Florida

Leyes de Divorcio de Florida (2026): Causales, Residencia y Proceso

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 6 de septiembre de 202611 min de lectura
Leyes de Divorcio de Florida (2026): Causales, Residencia y Proceso

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo toma obtener un divorcio en Florida?

El mínimo es aproximadamente tres a cuatro semanas para un divorcio no disputado sin hijos y sin activos importantes (considerando el periodo de espera de 20 días y la programación del tribunal). Los divorcios disputados habitualmente toman de seis meses a dos años, según los asuntos.

¿Cuánto cuesta un divorcio en Florida?

Las tarifas de presentación varían según el condado y generalmente son de $400 o más para un divorcio con hijos menores. Los honorarios de abogados varían ampliamente según la complejidad; un divorcio no disputado tramitado con un abogado de tarifa fija puede costar de unos cientos a un par de miles de dólares, mientras que un juicio disputado puede costar decenas de miles.

¿Necesito una razón para divorciarme en Florida?

No. Florida es un estado puramente sin culpa. Solo necesita declarar que el matrimonio está irremediablemente roto. No tiene que probar adulterio, abuso ni ninguna otra conducta indebida.

¿Es Florida un estado de bienes gananciales?

No. Florida es un estado de distribución equitativa. Los tribunales dividen los bienes matrimoniales de manera justa según los hechos del matrimonio, lo que a menudo resulta en una división 50/50 pero no la exige.

¿Cuánto tiempo debo estar separado para divorciarme en Florida?

Florida no tiene ningún requisito de separación. Usted puede solicitar el divorcio sin haber vivido separado de su cónyuge en absoluto. La única regla de tiempo es el periodo de espera de 20 días después de presentar la petición.

¿Puedo divorciarme sin que mi cónyuge esté de acuerdo en Florida?

Sí. Dado que Florida es un estado sin culpa, su cónyuge no puede bloquear el divorcio negándose a estar de acuerdo. Si su cónyuge no responde a la petición, usted puede solicitar una sentencia en rebeldía. Si su cónyuge niega que el matrimonio esté irremediablemente roto, o si hay un hijo menor del matrimonio, Fla. Stat. 61.052(2)(b) permite al tribunal ordenar orientación, continuar el caso hasta por tres meses para permitir un intento de reconciliación, o tomar otra medida en el mejor interés de las partes y del menor. El tribunal dicta la sentencia una vez que determina que el matrimonio está irremediablemente roto; el mismo estatuto le ordena denegar la petición si determina que el matrimonio no está irremediablemente roto, aunque los tribunales rara vez llegan a esa conclusión cuando un cónyuge testifica que el matrimonio terminó.

¿Tengo que vivir en Florida para solicitar el divorcio allí?

Al menos un cónyuge debe haber sido residente de Florida durante al menos 6 meses antes de presentar la solicitud. Si solo un cónyuge vive en Florida, ese cónyuge puede presentar la solicitud. Si ninguno ha vivido en Florida durante 6 meses, debe esperar o presentar la solicitud en su estado de residencia actual.

Hable con un abogado de derecho familiar en Florida: revisión gratuita del caso

Cada caso tiene detalles que una fórmula no puede captar. Obtenga una revisión gratuita y sin compromiso de un abogado de derecho familiar en Florida.

Actualizaciones

Se corrigieron las secciones de causales y del caso impugnado conforme a Fla. Stat. 61.052: Florida tiene dos causales en lugar de una, el límite de tres meses aplica a la continuación del proceso y no a una orden de orientación, un hijo menor del matrimonio también activa esas opciones, y el tribunal debe denegar la petición si determina que el matrimonio no está irremediablemente roto; también se eliminó la afirmación no respaldada de que una asignación militar cuenta para el requisito de residencia de seis meses.

Fuentes y referencias

  1. Fla. Stat. 61.052 - Disolución del matrimonio; irremediablemente roto(leg.state.fl.us).gov
  2. Fla. Stat. 61.021 - Requisito de residencia(leg.state.fl.us).gov
  3. Fla. Stat. 61.19 - Periodo de espera antes de dictar la sentencia final(leg.state.fl.us).gov
  4. Fla. Stat. 61.075 - Distribución equitativa de activos y pasivos matrimoniales(leg.state.fl.us).gov
  5. Centro de Autoayuda de los Tribunales de Florida(flcourts.gov).gov
Compartir: