New Mexico
Leyes de Inteligencia Artificial de Nuevo Mexico y su Regulación (2026)

Nuevo Mexico regula la IA de manera limitada: la HB 182, firmada en marzo de 2024, exige un descargo de responsabilidad específico en los medios generados por IA materialmente engañosos que se distribuyan en el período previo a una elección, y una violación cometida a sabiendas es un delito menor en la primera condena y un delito grave de cuarto grado en la segunda. Propuestas más amplias, incluyendo la Ley de Inteligencia Artificial de Nuevo Mexico (HB 60) y la Ley de Responsabilidad de la Inteligencia Artificial (HB 141), fueron presentadas pero no avanzaron.
Panorama de las Leyes de IA de Nuevo Mexico
Nuevo Mexico ha dado los primeros pasos hacia la regulación de la inteligencia artificial, aunque el estado aún no ha promulgado un estatuto integral de IA. La legislación promulgada más significativa es la HB 182 (2024), que exige un descargo de responsabilidad en los medios generados por IA materialmente engañosos que se distribuyan en el período previo a una elección. Se han presentado múltiples propuestas más amplias, pero aún no han cruzado la meta.
El enfoque del estado hacia la regulación de la IA ha sido impulsado por dos figuras clave: la representante Christine Chandler (D-Los Alamos), quien ha defendido una legislación integral de transparencia de IA, y el Fiscal General Raul Torrez, quien ha promovido medidas de responsabilidad dirigidas a los deepfakes y los medios sintéticos.
La sesión legislativa de 2026 de Nuevo Mexico (una sesión de 30 días centrada en asuntos presupuestarios) vio la presentación de varios proyectos de ley de IA, incluyendo la Ley de Responsabilidad de la Inteligencia Artificial y la Ley de Transparencia de la Inteligencia Artificial. Ninguno avanzó antes de que la sesión concluyera el 19 de febrero de 2026. Las sesiones más largas de 60 días en los años impares brindan más oportunidades para la legislación de política sustantiva.
Este artículo cubre toda la legislación de IA promulgada y pendiente en Nuevo Mexico, las acciones ejecutivas y la interacción entre la política estatal y federal de IA. Esta información está actualizada a marzo de 2026, pero debe consultar a un abogado con licencia para obtener asesoramiento específico para su situación.

Publicidad Política Generada por IA: HB 182
Nuevo Mexico fue el primer estado en 2024 en promulgar una ley que aborda el contenido generado por IA en las comunicaciones políticas. La gobernadora Michelle Lujan Grisham firmó el Proyecto de Ley de la Cámara 182 el 5 de marzo de 2024, con fecha de entrada en vigor el 15 de mayo de 2024.
Requisitos de Divulgación
La prohibición, codificada en NMSA 1978, Sección 1-19-26.8, alcanza a cualquier persona que distribuya, o que celebre un acuerdo con otra persona para distribuir, medios materialmente engañosos. No se limita a las campañas, a los candidatos ni a la publicidad pagada, de modo que una persona que difunda una representación sintética de un candidato puede quedar comprendida aunque no exista campaña ni compra de anuncios de por medio.
La prohibición no se aplica si el medio lleva un descargo de responsabilidad que aparezca de manera clara y visible en cada idioma usado en el medio y que indique: "This ____ has been manipulated or generated by artificial intelligence". El espacio en blanco se completa con el término que describe el medio: imagen, video o audio.
El estatuto prescribe el formato en lugar de dejarlo al criterio de cada quien. Para un medio visual que sea una imagen, el texto del descargo debe aparecer en un tamaño fácilmente legible. Para un medio visual que sea video, el descargo debe aparecer durante toda la duración del video. Para un medio que contenga solo audio, debe leerse de manera clara y en un tono que se pueda escuchar fácilmente al inicio del audio y al final del audio, y, si el audio dura más de dos minutos, debe repetirse a intervalos no mayores de dos minutos cada uno. Para medios mixtos, debe haber un descargo separado con la misma forma para cada tipo de medio utilizado.
Una disposición complementaria, NMSA 1978, Sección 1-19-26.4(D) y (E), impone el mismo texto de descargo y las mismas reglas de formato a una persona que crea, produce o compra un anuncio que contenga medios materialmente engañosos. Esa disposición es civil, no penal: cada ocurrencia que no cumpla con los requisitos de descargo es una violación separada, sujeta a las sanciones civiles previstas en la Sección 1-19-34.6 de NMSA 1978.
Sanciones
Una persona viola la Sección 1-19-26.8 al distribuir medios materialmente engañosos, o al celebrar un acuerdo con otra persona para distribuirlos, cuando la persona sabe que el medio representa falsamente a una persona retratada, la distribución ocurre dentro de los noventa días previos a una elección, y la persona pretende que la distribución altere el comportamiento electoral de los votantes al engañarlos para que crean que la persona retratada participó en el discurso o la conducta representados, y es razonablemente probable que la distribución produzca ese resultado.
Una persona que sea declarada culpable de haber violado esa prohibición de manera voluntaria y a sabiendas comete un delito menor en la primera condena y un delito grave de cuarto grado en la segunda condena.
La aplicación, incluida la reparación por vía de orden judicial, puede solicitarse ante cualquier tribunal con jurisdicción competente por el fiscal general, un fiscal de distrito, una persona retratada que haya sido falsamente representada, un candidato a un cargo que haya sido perjudicado o que sea probable que resulte perjudicado por la distribución, o cualquier organización que represente los intereses de los votantes que sea probable que resulten engañados. El Secretario de Estado no se encuentra entre las partes que el estatuto autoriza para hacer cumplir esta sección.
Implementación
El Secretario de Estado de Nuevo Mexico lanzó una campaña de educación pública a nivel estatal antes de las elecciones de 2024 para informar a los votantes sobre la influencia de la IA en las comunicaciones políticas. La campaña incluyó recursos para ayudar a los votantes a identificar contenido potencialmente generado por IA y a comprender sus derechos bajo la nueva ley.
Nuevo Mexico se unió a un número creciente de estados (ahora más de 20) que han promulgado leyes que exigen transparencia en torno al contenido político generado por IA.
La Propuesta Ley de Inteligencia Artificial de Nuevo Mexico (HB 60)
La legislación de IA más ambiciosa propuesta en Nuevo Mexico fue el Proyecto de Ley de la Cámara 60, la Ley de Inteligencia Artificial de Nuevo Mexico, presentada durante la sesión regular de 2025 por la representante Christine Chandler junto con los representantes Andrea Romero, Debra Sarinana, Linda Trujillo y Heather Berghmans.
Marco Basado en el Riesgo
La HB 60 adoptó un enfoque basado en el riesgo inspirado en la Ley de IA de Colorado pero con mejoras significativas. El proyecto de ley definía los "sistemas de IA de alto riesgo" como aquellos que toman o apoyan materialmente "decisiones de consecuencia" en varias áreas reguladas.
Estas áreas reguladas incluían el empleo y las decisiones relacionadas con el empleo, la inscripción y las oportunidades educativas, los servicios financieros y el préstamo, los servicios y la cobertura de atención médica, las transacciones de vivienda e inmobiliarias, la suscripción y los reclamos de seguros, y los servicios legales.
Requisitos para los Desarrolladores
Los desarrolladores de IA habrían estado obligados a mantener documentación sobre los datos de entrenamiento, las limitaciones conocidas y los usos previstos. El proyecto de ley exigía que los desarrolladores proporcionarán a los implementadores información suficiente para realizar evaluaciones de impacto y garantizar el cumplimiento.
Requisitos para los Implementadores
Las entidades que implementan sistemas de IA de alto riesgo habrían estado obligadas a informar a los consumidores cuando interactúan con un sistema de IA. El proyecto de ley exigía que los implementadores otorgaran a los consumidores el derecho a apelar cualquier decisión de consecuencia tomada por un sistema de IA ante un responsable humano real de la decisión.
Los implementadores también habrían estado obligados a mantener políticas de gestión de riesgos que aborden la discriminación algorítmica, a realizar evaluaciones de impacto a intervalos regulares y a publicar avisos en sus sitios web que resuman los sistemas de IA que usan.
Aplicación
El proyecto de ley preveía la aplicación tanto por parte del fiscal general estatal como de personas privadas. Este mecanismo de doble aplicación habría dado a los consumidores un recurso legal directo contra las empresas que implementan sistemas de IA que no cumplen. El Centro de Información sobre Privacidad Electrónica (EPIC) testificó a favor del proyecto de ley, elogiando sus sólidas disposiciones de protección al consumidor.

Estado
La HB 60 fue presentada pero murió el 25 de febrero de 2025, sin avanzar a una votación en el pleno. La representante Chandler ha indicado que planea volver a presentar una versión revisada en futuras sesiones legislativas. La fecha de entrada en vigor del proyecto de ley, de haberse aprobado, habría sido el 1 de julio de 2026.
Ley de Responsabilidad de la Inteligencia Artificial (HB 141, 2026)
El 15 de enero de 2026, el Fiscal General Raul Torrez y la representante Linda Serrato anunciaron la Ley de Responsabilidad de la Inteligencia Artificial (AI2A), presentada como la HB 141 durante la sesión legislativa de 2026.
Requisitos de Marca de Agua Digital
La característica más distintiva de la AI2A era su requisito de que los proveedores de servicios de IA generativa, las grandes plataformas en línea y los fabricantes de dispositivos incorporen marcadores digitales latentes en las imágenes, el audio y el video generados por IA. Estos marcadores permitirían a las víctimas y a las fuerzas del orden rastrear la producción y diseminación del contenido.
Sanciones Civiles para las Empresas
Las empresas que no cumplan con las disposiciones técnicas de la ley enfrentarían multas de hasta $15,000 por violación por cada día de incumplimiento. El Fiscal General estaría facultado para iniciar acciones de aplicación.
Derecho Privado de Acción para las Víctimas
La AI2A crearía responsabilidad civil para las personas que a sabiendas producen o distribuyen contenido sintético malicioso. Las víctimas de deepfakes podrían demandar a los perpetradores y recuperar los daños reales o $1,000 por impresión, lo que sea mayor.
Caso Catalizador
El Fiscal General Torrez citó el arresto del 13 de enero de 2026 del residente de Albuquerque Richard Gallagher como fuerza impulsora detrás de la legislación. Gallagher fue acusado de usar IA para manipular fotografías inocentes y convertirlas en imágenes sexualmente explícitas, marcando el primer caso de su tipo en Nuevo Mexico. Torrez calificó el caso como una "llamada de atención" sobre la necesidad de responsabilidad en la IA.
Estado
La HB 141 fue presentada el 22 de enero de 2026, pero no avanzó antes de que la sesión de 30 días concluyera el 19 de febrero de 2026. Se espera que el proyecto de ley se vuelva a presentar en la sesión de 60 días de 2027.
Ley de Transparencia de la Inteligencia Artificial (HB 28, 2026)
La representante Chandler también presentó la HB 28, la Ley de Transparencia de la Inteligencia Artificial, durante la sesión de 2026. Este proyecto de ley representó una versión reducida de la HB 60 de 2025, centrada específicamente en los requisitos de transparencia para el consumidor.
El proyecto de ley fue remitido al Comité de Reglas y Orden del Día de la Cámara pero no avanzó durante la sesión. Al igual que la HB 141, se espera que se vuelva a presentar en futuras sesiones.
Ley de Transparencia del Uso Gubernamental de la IA (HB 184, 2024)
El Proyecto de Ley de la Cámara 184, la Ley de Transparencia del Uso Gubernamental de la Inteligencia Artificial, fue presentado durante la sesión regular de 2024 para establecer requisitos de transparencia para el uso de sistemas de IA por parte del gobierno estatal.
Requisitos Propuestos
El proyecto de ley habría exigido que cada agencia estatal presentara un inventario de sus sistemas de IA antes del 1 de octubre de 2024 y anualmente después. Las divulgaciones requeridas incluían el nombre del sistema y del proveedor, una descripción de las capacidades y usos, si el sistema se usaba para tomar o informar decisiones de consecuencia y si el sistema había sido evaluado usando datos locales.
El Departamento de Tecnología de la Información habría compilado informes de inventario agregados para el gobernador y el comité legislativo de finanzas. El proyecto de ley incluía una asignación de $500,000 para su implementación.
Estado
La HB 184 pasó por dos comités de la Cámara pero fue pospuesta indefinidamente el 3 de febrero de 2024, descartando de manera efectiva el proyecto de ley antes de que llegara al pleno de la Cámara. Los conceptos de la HB 184 se han incorporado en propuestas posteriores.
IA y Empleo en Nuevo Mexico
Nuevo Mexico no ha promulgado legislación específica que regule el uso de IA en las decisiones de empleo. No existen requisitos estatales para auditorías de sesgo de las herramientas de contratación automatizada, divulgación obligatoria del uso de IA en el reclutamiento ni evaluaciones de impacto algorítmico para los sistemas de IA en el lugar de trabajo.
Sin embargo, las leyes de discriminación en el empleo existentes de Nuevo Mexico se aplican a las decisiones de empleo impulsadas por IA. La Ley de Derechos Humanos de Nuevo Mexico (NMSA 1978, Sección 28-1-7) prohíbe la discriminación en el empleo por motivos de raza, color, religión, origen nacional, ascendencia, sexo, orientación sexual, identidad de género, edad y discapacidad. Si una herramienta de contratación con IA produce resultados discriminatorios en estas características protegidas, un empleador podría enfrentar responsabilidad bajo la Ley de Derechos Humanos.
La propuesta HB 60 (2025) habría abordado específicamente la IA en el empleo al exigir transparencia, evaluaciones de impacto y derechos de apelación humana para las decisiones de empleo de consecuencia tomadas por sistemas de IA. Estas disposiciones podrían volver a presentarse en futura legislación.
Regulación de la IA en la Salud
Nuevo Mexico no tiene legislación integral que regule la IA en la atención médica. Sin embargo, el estado ha tomado medidas para abordar el uso de IA por parte de los profesionales de la salud.

Reglas de Ética de IA para Proveedores de Salud Mental
Vigentes desde el 18 de noviembre de 2025, Nuevo Mexico implementó regulaciones sobre el uso ético de la IA por parte de consejeros, terapeutas y otros proveedores de salud mental. Estas reglas establecen estándares profesionales para los profesionales de salud mental que incorporan herramientas de IA en su práctica.
Las regulaciones abordan cuestiones como el consentimiento informado cuando se usa IA en la planificación del tratamiento, los límites del diagnóstico asistido por IA y la obligación de mantener la supervisión humana de las decisiones clínicas. Los profesionales de salud mental que violen estos estándares pueden enfrentar medidas disciplinarias de sus respectivas juntas de licencias.
Disposiciones de Salud de la HB 60
La propuesta Ley de Inteligencia Artificial de Nuevo Mexico (HB 60) habría clasificado los sistemas de IA de salud como "de alto riesgo" cuando se usaran para decisiones de consecuencia sobre los servicios y la cobertura de atención médica. De haberse aprobado, el proyecto de ley habría exigido transparencia sobre los sistemas de IA usados en entornos médicos y habría dado a los pacientes el derecho a apelar las decisiones de atención médica asistidas por IA ante un proveedor humano.
La Política Federal de IA y Nuevo Mexico
Orden Ejecutiva 14365
El 11 de diciembre de 2025, el presidente Trump firmó la Orden Ejecutiva 14365, estableciendo una política federal destinada a limitar la regulación estatal de IA. La orden crea un Grupo de Trabajo de Litigios de IA del Departamento de Justicia, ordena a la FTC identificar las leyes estatales con prelación bajo la autoridad federal y amenaza con retener fondos federales a los estados con ciertas regulaciones de IA.
La Respuesta de Nuevo Mexico
El Fiscal General Torrez ha sido uno de los funcionarios estatales más vocales en oponerse a los esfuerzos de prelación federal de IA. Al anunciar la legislación AI2A en enero de 2026, Torrez afirmó que Nuevo Mexico está "facultado por la Constitución de Estados Unidos para proteger a sus ciudadanos" de los daños relacionados con la IA, independientemente de la acción ejecutiva federal.
Torrez también se ha opuesto públicamente a los esfuerzos del Congreso por restringir las leyes estatales de IA, argumentando que los estados deben conservar la autoridad para proteger a los consumidores en las áreas donde la regulación federal es inexistente o insuficiente.
Impacto Práctico
Las excepciones de la orden ejecutiva para la seguridad infantil, la adquisición de IA del gobierno estatal y la infraestructura de centros de datos preservan parte de la autoridad regulatoria de Nuevo Mexico. Sin embargo, las disposiciones más amplias de protección al consumidor en proyectos de ley como la HB 60 y la HB 141 podrían enfrentar una impugnación federal si se promulgan. Hasta que el Congreso apruebe legislación con prelación o los tribunales fallen sobre el asunto, las leyes estatales existentes como la HB 182 siguen siendo exigibles.
Mirando Hacia el Futuro: El Futuro Regulatorio de IA de Nuevo Mexico
Es probable que el panorama regulatorio de IA de Nuevo Mexico evolucione significativamente en las próximas sesiones legislativas. Varios factores darán forma al enfoque del estado.
La sesión legislativa de 2027 será una sesión de 60 días, lo que brindará más tiempo para la legislación de política sustantiva. Se espera que tanto la Ley de Transparencia de la IA como la Ley de Responsabilidad de la IA se vuelvan a presentar con revisiones informadas por los comentarios de los comités de la sesión de 2026.
La representante Chandler y el Fiscal General Torrez representan enfoques complementarios. El marco de Chandler centrado en la transparencia aborda la implementación de sistemas de IA de alto riesgo en múltiples sectores, mientras que el marco de responsabilidad de Torrez apunta a la creación y distribución de medios sintéticos. Un enfoque combinado podría dar a Nuevo Mexico uno de los marcos regulatorios de IA más completos del país.
La tensión federal-estatal sobre la regulación de la IA seguirá dando forma a la estrategia legislativa. Los legisladores de Nuevo Mexico podrían diseñar futuros proyectos de ley para que caigan dentro de las excepciones de la Orden Ejecutiva 14365, centrándose en las disposiciones de protección al consumidor y seguridad infantil que son menos vulnerables a las impugnaciones de prelación federal.
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Preguntas frecuentes
¿Tiene Nuevo Mexico una ley integral de inteligencia artificial?
No. A marzo de 2026, Nuevo Mexico no tiene un estatuto integral de IA. El estado ha promulgado una ley específica de IA: la HB 182 (2024), codificada en NMSA 1978, Sección 1-19-26.8, que exige un descargo de responsabilidad en los medios generados por IA materialmente engañosos que se distribuyan en el período previo a una elección y que se aplica a cualquier persona, no solo a las campañas. Múltiples propuestas más amplias, incluyendo la Ley de Inteligencia Artificial de Nuevo Mexico (HB 60) y la Ley de Responsabilidad de la Inteligencia Artificial (HB 141), han sido presentadas pero aún no promulgadas.
¿Es ilegal crear deepfakes en Nuevo Mexico?
Nuevo Mexico no cuenta con un estatuto integral sobre deepfakes, pero dos disposiciones penales existentes pueden alcanzar a los medios sintéticos. La HB 182 (vigente desde el 15 de mayo de 2024), codificada en NMSA 1978, Sección 1-19-26.8, cubre los medios materialmente engañosos distribuidos por cualquier persona dentro de los noventa días previos a una elección con la intención de engañar a los votantes; una violación cometida de manera voluntaria y a sabiendas es un delito menor en la primera condena y un delito grave de cuarto grado en la segunda. Por separado, NMSA 1978, Sección 30-37A-1 tipifica como delito la distribución no autorizada de imágenes sensibles cuando las imágenes se distribuyen sin consentimiento con la intención de acosar, humillar o intimidar, y define las imágenes sensibles como imágenes, fotografías, videos u otras representaciones que muestren o simulen un acto íntimo; ese delito también es un delito menor que se convierte en un delito grave de cuarto grado en la segunda condena. Si esa definición alcanza a las imágenes totalmente sintéticas es una cuestión que los tribunales de Nuevo Mexico aún no han resuelto. La propuesta AI2A (HB 141, 2026) habría creado protecciones más amplias, incluyendo responsabilidad civil por deepfakes maliciosos y daños de $1,000 por impresión para las víctimas, pero el proyecto de ley no se aprobó en la sesión de 2026.
¿Pueden los empleadores en Nuevo Mexico usar IA en las decisiones de contratación?
Nuevo Mexico no tiene una ley específica que regule la IA en las decisiones de empleo. Sin embargo, la Ley de Derechos Humanos de Nuevo Mexico prohíbe la discriminación en el empleo basada en características protegidas, y las herramientas de contratación con IA que produzcan resultados discriminatorios podrían exponer a los empleadores a responsabilidad. La propuesta HB 60 habría exigido transparencia, evaluaciones de impacto y derechos de apelación humana para las decisiones de empleo de consecuencia tomadas por sistemas de IA.
¿Qué proyectos de ley de IA se esperan en futuras sesiones legislativas de Nuevo Mexico?
Se espera que se vuelvan a presentar dos proyectos de ley importantes: la Ley de Transparencia de la Inteligencia Artificial (basada en la HB 28/HB 60), que regularía los sistemas de IA de alto riesgo en múltiples sectores, y la Ley de Responsabilidad de la Inteligencia Artificial (basada en la HB 141), que exigiría marcas de agua digitales en el contenido generado por IA y crearía sanciones por medios sintéticos maliciosos. La sesión de 2027, una sesión de 60 días, brinda más tiempo para estas propuestas.
¿Cómo afecta la orden ejecutiva federal de IA a las leyes de IA de Nuevo Mexico?
La Orden Ejecutiva 14365 (diciembre de 2025) crea mecanismos para impugnar las leyes estatales de IA, incluyendo un grupo de trabajo de litigios del Departamento de Justicia. Sin embargo, el Fiscal General Torrez se ha opuesto públicamente a la prelación federal, afirmando la autoridad constitucional de Nuevo Mexico para proteger a sus ciudadanos. La orden incluye excepciones para la seguridad infantil y la adquisición de IA del gobierno estatal. La ley estatal existente (HB 182) sigue siendo exigible hasta que el Congreso actúe o los tribunales fallen lo contrario.
Actualizaciones
Se corrigió la sección de la HB 182 conforme al texto promulgado: la prohibición de NMSA 1978, Sección 1-19-26.8 se aplica a cualquier persona y no solo a las campañas políticas, la segunda condena es un delito grave de cuarto grado en lugar de un delito menor, el estatuto prescribe el texto exacto del descargo y reglas de formato por tipo de medio en lugar de un estándar de "votante razonable", la aplicación corresponde al fiscal general, los fiscales de distrito y las partes perjudicadas en lugar del Secretario de Estado, y la respuesta de la FAQ sobre deepfakes ahora también menciona NMSA 1978, Sección 30-37A-1 y la cuestión no resuelta de si alcanza a las imágenes totalmente sintéticas.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
New Mexico Statutes Annotated 1978, Chapter 28
§ 28-1-7Unlawful discriminatory practiceVigentecitada en 4 de nuestros artículos
It is an unlawful discriminatory practice for: A. an employer, unless based on a bona fide occupational qualification or other statutory prohibition, to refuse to hire, to discharge, to promote or demote or to discriminate in matters of compensation, terms, conditions or privileges of employment against any person otherwise qualified because of race, age, religion, color, national origin, ancestry, sex, sexual orientation, gender, gender identity, pregnancy, childbirth or condition related to pregnancy or childbirth, physical or mental disability, serious medical condition or military status, or, if the employer has fifty or more employees, spousal affiliation; provided, however, that 29 U.S.C. Section 631(c)(1) and (2) shall apply to discrimination based on age; B.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-30 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en nmonesource.com
Citada en 101 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Sonntag v. Shaw (New Mexico Supreme Court 2001, 130 N.M. 238)“…minated against her on the basis of her sex in violation of NMSA 1978, §§ 28-1-7 and 28-1-13; (2) breached their contrac…”
- Martinez v. Yellow Freight System, Inc. (New Mexico Supreme Court 1992, 113 N.M. 366)“…1), is worded similarly to the New Mexico Human Rights Act, NMSA 1978, § 28-1-7 (1991 Repl.Pamp.), we cite federal prec…”
- Elane Photography, LLC v. Willock (New Mexico Supreme Court 2013, 2013 NMSC 40)“…rected toward race, color, national origin or religion. See NMSA 1978, § 28-1-7(F) (2004). The Huguenins today can no m…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
También citada en: Leyes de Empleo a Voluntad en Nuevo Mexico: Excepciones y Sus Derechos
Fuentes y referencias
- El Gobernador Firma la HB 182 - Divulgación de Deepfakes en Anuncios Políticos(sourcenm.com)
- Campana de Educación Electoral sobre IA del Secretario de Estado de NM(sos.nm.gov).gov
- HB 60 - Ley de Inteligencia Artificial de Nuevo Mexico (2025)(nmlegis.gov).gov
- El Fiscal General Torrez Anuncia la Propuesta de Legislación AI2A(nmdoj.gov).gov
- HB 141 - Ley de Responsabilidad de la Inteligencia Artificial (2026)(nmlegis.gov).gov
- EPIC Testifica a Favor del Proyecto de Ley de IA de NM(epic.org)
- Garantizar un Marco de Política Nacional para la IA (EO 14365)(whitehouse.gov).gov
- El Fiscal General de NM se Opone a los Esfuerzos Federales por Restringir las Leyes Estatales de IA(sourcenm.com)
- HB 184 - Ley de Transparencia del Uso Gubernamental de la IA (2024)(nmlegis.gov).gov
- Nuevo Mexico Promulga una Ley de Divulgación de IA para Anuncios de Campana Política(babl.ai)
- Sustituto del Comité Judicial de la HB 182 (2024) - NMSA 1-19-26.8, uso prohibido de medios materialmente engañosos(nmlegis.gov)