Wisconsin
Leyes de Montaje en el Parabrisas de Wisconsin

Wisconsin permite las cámaras de tablero, las unidades de GPS y los soportes para teléfono en el parabrisas. El Estatuto de Wisconsin 346.88(3)(b) prohíbe cualquier objeto que obstruya la vista clara del conductor, así que coloque su dispositivo detrás del espejo retrovisor o en una esquina inferior del parabrisas para cumplir con la ley.
Wisconsin regula las obstrucciones del parabrisas mediante el Estatuto de Wisconsin 346.88, que cubre la obstrucción de la vista del conductor y del mecanismo de manejo, y el Código Administrativo de Wisconsin Trans 305.34, que establece la norma de equipo para el polarizado del parabrisas. Ningún estatuto nombra las unidades de GPS o los soportes para teléfono, pero el Estatuto de Wisconsin 347.435 sí nombra una categoría de dispositivo montado en el parabrisas y la permite expresamente.
Esta guía explica que puede y que no puede montar en su parabrisas en Wisconsin, las reglas de polarizado, como las leyes de manejo distraído del estado afectan el uso de dispositivos y las sanciones por infracciones.
Ley de Obstrucción del Parabrisas de Wisconsin (Estatuto de Wisconsin 346.88)
El estatuto principal que regula los dispositivos montados en el parabrisas es el Estatuto de Wisconsin 346.88. Este estatuto contiene múltiples disposiciones que regulan lo que se puede colocar sobre o cerca del parabrisas.

Materiales Prohibidos en el Parabrisas
Conforme a la subsección (3)(a), ninguna persona puede conducir un vehículo motorizado con ningún letrero, cartel u otro material no transparente sobre el parabrisas delantero, las aletas laterales delanteras, las ventanas laterales del compartimento del conductor o la ventana trasera. La única excepción es un certificado u otra calcomanía emitida por orden de una agencia gubernamental, que no debe exceder 15 pulgadas cuadradas y debe colocarse en la esquina inferior izquierda del parabrisas.
Objetos que Obstruyen la Vista del Conductor
Conforme a la subsección (3)(b), ninguna persona puede conducir un vehículo motorizado por una carretera con ningún objeto colocado o suspendido dentro o sobre el vehículo de manera que obstruya la vista clara del conductor a través del parabrisas delantero.
Esta es la disposición más relevante para los soportes de teléfono, los dispositivos de GPS y las cámaras de tablero. La prueba legal es si el objeto obstruye la vista clara del conductor. Un dispositivo pequeño colocado en una esquina del parabrisas que no bloquee la línea de visión del conductor generalmente es permisible.
La Corte Suprema de Wisconsin interpretó ambas subsecciones en State v. Houghton, 2015 WI 79, 364 Wis. 2d 234, 868 N.W.2d 143, que aparece como la anotación oficial del estatuto. El tribunal interpretó que la subsección (3)(a) prohíbe únicamente la colocación de letreros, carteles y otros elementos de naturaleza similar en el parabrisas delantero, y sostuvo que la subsección (3)(b) exige una obstrucción material, aunque sea menor. Bajo esa interpretación, un objeto que sea visible en algún punto del campo de visión del conductor no viola automáticamente el estatuto.
Disposiciones Adicionales
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Carga y pasajeros: Un vehículo no puede estar cargado ni contener pasajeros colocados de una manera que obstruya la visión frontal o lateral del conductor o que interfiera con el control del vehículo (subsección 1).
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Colocación de pasajeros: Ninguna persona puede viajar en una posición que interfiera con la visibilidad o el control del conductor (subsección 2).
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Obstrucciones de la ventana trasera: Si la ventana trasera esta obstruida por una carga, el vehículo debe tener un espejo retrovisor exterior aprobado en cada lado que cumpla con los requisitos del Estatuto de Wisconsin 347.40 (subsección 3(c)).
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Exención para vehículos de emergencia: Las luces de señalización en los vehículos de emergencia autorizados están exentas de estas restricciones (subsección 3(d)).
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Requisito de parabrisas limpio: Los parabrisas, las aletas laterales y las ventanas deben mantenerse en condiciones razonablemente limpias en todo momento (subsección 4).
Excepción Estatutaria para Dispositivos de Monitoreo del Vehículo (Estatuto de Wisconsin 347.435)
El Estatuto de Wisconsin 347.435, creado por la Ley de Wisconsin 160 de 2015, es el único estatuto de Wisconsin que aborda directamente un dispositivo montado en el parabrisas. Establece que, sin perjuicio de lo dispuesto en el s. 346.88, una persona puede operar un vehículo con un dispositivo montado en el parabrisas delantero si se cumplen todas las siguientes condiciones:
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El dispositivo está diseñado para monitorear el vehículo y proporcionarle al conductor información con fines de seguridad o para mejorar el funcionamiento del vehículo.
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El dispositivo está montado directamente arriba, detrás o debajo del espejo exigido conforme al Estatuto de Wisconsin 347.40(1), o en el lugar donde normalmente se montaría ese espejo si no hay ninguno presente.
-
Si el vehículo es un vehículo motorizado comercial según se define en 49 CFR 390.5, el dispositivo está montado de una manera compatible con los requisitos federales aplicables.
Esto abarca cámaras de seguridad, unidades de telemática y dispositivos de retroalimentación para el conductor del tipo que se usa en vehículos comerciales y de flotas. No alcanza a un soporte de teléfono común ni a un receptor de GPS independiente, los cuales siguen regidos por la prueba general de obstrucción del 346.88(3)(b). Lo que sí establece la excepción es que el área directamente arriba, detrás o debajo del espejo retrovisor es la única ubicación en el parabrisas que Wisconsin ha aprobado afirmativamente por estatuto.
Sanciones por Infracciones de Obstrucción
Violar el Estatuto de Wisconsin 346.88 constituye una multa civil de tránsito (forfeiture). Conforme al Estatuto de Wisconsin 346.95(1), las multas oscilan entre $20 y $40 para una primera infracción ($50 a $100 para una infracción reincidente dentro de un año), según la infracción específica y si contribuyó a un accidente. Los costos judiciales y los recargos se suman a la multa base.
Si una obstrucción del parabrisas contribuye a un accidente, el conductor puede enfrentar responsabilidad civil adicional. Una obstrucción que causa o contribuye a un choque fortalece las demandas por negligencia en los litigios y puede resultar en cargos más graves.
Reglas de Polarizado del Parabrisas en Wisconsin
Las reglas de polarizado de ventanas de Wisconsin se dividen entre dos secciones del código administrativo. El Trans 305.34 rige los parabrisas, y el Trans 305.32 rige las ventanas de ventilación, laterales y traseras. Ambas se aplican a los vehículos motorizados que circulan por las carreteras de Wisconsin.
Requisitos de Polarizado del Parabrisas
| Regla | Requisito |
|---|---|
| Ubicación de la franja de polarizado | Solo por encima de la línea AS-1 del fabricante |
| Tipo de polarizado | No reflectante |
| Polarizado total del parabrisas | No permitido |
| Vehículos sin marca AS-1 | No se puede colocar ninguna película de polarizado en el parabrisas |
Wisconsin es más estricto que muchos otros estados en cuanto al polarizado del parabrisas. Si el fabricante no coloco una marca de línea AS-1 en el parabrisas, no se puede aplicar ninguna película de polarizado posventa al parabrisas. Esto efectivamente impide que los conductores con parabrisas más antiguos o de reemplazo agreguen cualquier polarizado.
Otros Límites de Polarizado de Ventanas
| Ventana | VLT Mínimo |
|---|---|
| Parabrisas (solo por encima de la línea AS-1) | No reflectante, por encima de la línea AS-1 |
| Ventanas laterales delanteras | 50% |
| Ventanas laterales traseras | 35% |
| Ventana trasera | 35% |
La ley de Wisconsin también incluye una tolerancia del 3% para las fuerzas del orden al medir la transmitancia total de luz. Un oficial que pruebe sus ventanas con un medidor de luz permitirá hasta un 3% por debajo del mínimo establecido antes de emitir una citación.
Reglas de Reflectividad
Las películas de polarizado en todas las ventanas no deben ser reflectantes. Wisconsin prohíbe cualquier apariencia metálica o de espejo en las ventanas de los vehículos. La combinación del vidrio y la película de polarizado debe permitir el paso del porcentaje mínimo de VLT mientras permanece no reflectante.
Requisito de Espejo Lateral
Si alguna ventana trasera no transmite al menos un 60% de luz visible, el vehículo debe estar equipado con un espejo retrovisor exterior tanto en el lado izquierdo como en el lado derecho del compartimento del conductor.
Exenciones Médicas
El Trans 305.32 contempla una excepción médica para las ventanas laterales delanteras. Por recomendación de un médico o de un practicante de la Ciencia Cristiana que atienda al propietario del vehículo, o a un familiar inmediato del propietario, las ventanas laterales delanteras pueden polarizarse para permitir el paso de al menos un 35% de luz visible en lugar del 50% habitual.
La regla impone una condición de documentación. Debe llevarse en el vehículo en todo momento una declaración escrita del médico o practicante tratante que identifique al paciente, la condición médica que justifica la recomendación, si la condición es temporal o permanente, y el vehículo al que se aplica (marca, modelo, año y número de identificación del vehículo).
Sanciones por Infracciones de Polarizado
Las infracciones de polarizado de ventanas en Wisconsin se tratan como infracciones de equipo. Conforme al Trans 305.04, una infracción del cap. Trans 305 se sanciona según lo establecido en el Estatuto de Wisconsin 110.075(7), una multa civil de no menos de $10 ni más de $200, más los costos judiciales y los recargos. Es posible que se exija a los conductores retirar el material de polarizado que no cumple con la norma y presentar el vehículo para una nueva inspección.
Soportes para GPS y Dispositivos de Navegación
Wisconsin permite montar dispositivos de GPS y navegación en el parabrisas. Los requisitos legales clave son:
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El dispositivo no debe obstruir la vista del conductor. Coloque el soporte de manera que no bloquee su línea de visión hacia la carretera, las señales de tráfico o los peatones.
-
El soporte no puede clasificarse como letrero, cartel o material no transparente. Conforme al Estatuto de Wisconsin 346.88(3)(a), estos están prohibidos en el parabrisas. Un soporte de ventosa transparente con un dispositivo pequeño adherido no se considera un "letrero" o "cartel" según el estatuto, pero el dispositivo en si es un "objeto" regido por la subsección (3)(b).
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No debe interactuar con el dispositivo de maneras que constituyan manejo distraído. Conforme al Estatuto de Wisconsin 346.89(1), está prohibida cualquier actividad distinta de conducir que interfiera con la capacidad de conducir de forma segura.
Prácticas de Colocación Recomendadas
Para cumplir con la ley, monte los dispositivos de GPS en estas ubicaciones:
- Detrás del espejo retrovisor, si el dispositivo es lo suficientemente pequeño como para no sobresalir del perfil del espejo. Esta es la misma zona que el Estatuto de Wisconsin 347.435 designa para los dispositivos de monitoreo del vehículo
- En el tablero, usando un soporte de tablero o una almohadilla de fricción, lo cual evita por completo la cuestión de la obstrucción del parabrisas
- Esquina inferior del parabrisas (lado del conductor o del pasajero), debajo de la línea de visión hacia la carretera
Evite montar un GPS en el centro del parabrisas a la altura de los ojos. Aunque el estatuto no lo prohíbe explícitamente, esta colocación genera el argumento más sólido para una citación por obstrucción.
Uso del Teléfono y Leyes de Manejo Distraído
Las leyes de manejo distraído de Wisconsin se encuentran en el Estatuto de Wisconsin 346.89. A diferencia de los estados con leyes integrales de manos libres, Wisconsin no prohíbe todo uso del teléfono en la mano para los conductores adultos. En cambio, el estado tiene restricciones específicas.
Qué Prohíbe el Estatuto de Wisconsin 346.89
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Enviar mensajes de texto mientras se conduce (todos los conductores): Ninguna persona puede conducir un vehículo motorizado mientras redacta o envía un mensaje de texto electrónico o un correo electrónico. Se permite usar una función operada por voz o de manos libres que no requiera el uso de las manos (excepto para un solo toque de activación).
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Uso del teléfono en zonas de construcción: Ninguna persona puede conducir mientras usa un teléfono celular o inalámbrico en un área de mantenimiento o construcción de carreteras donde los trabajadores están en riesgo por el tráfico. Existe una excepción para reportar emergencias y para usar dispositivos operados por voz o de manos libres.
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Todo uso del teléfono por conductores principiantes: Ninguna persona que tenga una licencia de prueba o un permiso de instrucción puede conducir mientras usa un teléfono celular o inalámbrico, excepto para reportar una emergencia. Esta es una prohibición total del uso del teléfono, incluido el modo manos libres, para los conductores nuevos.
-
Manejo distraído (general): Ninguna persona puede estar ocupada con una actividad, distinta de conducir el vehículo, que interfiera o que razonablemente parezca interferir con su capacidad para conducir de forma segura.
Como los Soportes para Teléfono Ayudan a los Conductores de Wisconsin
Aunque Wisconsin no exige el uso de manos libres para los conductores adultos que hacen llamadas de voz, un soporte para teléfono sigue siendo beneficioso:
- Mantiene el teléfono visible para la navegación sin necesidad de sostenerlo
- Reduce la tentación de sostener el teléfono, lo cual podría generar una citación por manejo distraído
- Coloca el teléfono para el envío de mensajes de texto activado por voz, que es la única forma legal de enviar mensajes mientras se conduce
- Proporciona una ubicación segura para el teléfono en las zonas de construcción donde se exige el uso de manos libres
Sanciones por Infracciones de Manejo Distraído
| Infracción | Rango de Multa |
|---|---|
| Enviar mensajes de texto mientras se conduce | $20 a $400 (Estatuto de Wisconsin 346.95(2)) |
| Uso del teléfono en zona de construcción (346.89(4m)) | $20 a $40 primera infracción; $50 a $100 para una infracción reincidente dentro de un año (Estatuto de Wisconsin 346.95(1)) |
| Uso del teléfono por conductor principiante (346.89(4)) | $20 a $40 primera infracción; $50 a $100 para una infracción reincidente dentro de un año (Estatuto de Wisconsin 346.95(1)) |
| Manejo distraído (general) | $20 a $400 (Estatuto de Wisconsin 346.95(2)) |
La disposición de duplicación en zonas de construcción del Estatuto de Wisconsin 346.60(3m) duplica las multas por infracciones de límite de velocidad conforme al Estatuto de Wisconsin 346.57. No duplica una multa por manejo distraído. Los costos judiciales y los recargos se suman a la multa base.
Reglas para Cámaras de Tablero en Wisconsin
Wisconsin no tiene ningún estatuto que use la palabra cámara de tablero. Una cámara de tablero de consumo se trata igual que cualquier otro objeto montado en el parabrisas conforme al estatuto general de obstrucción. Una cámara de seguridad o de retroalimentación para el conductor que monitorea el vehículo y le reporta información al conductor puede, en cambio, quedar dentro de la excepción del Estatuto de Wisconsin 347.435 cuando está montada en la zona del espejo.
Requisitos Legales para las Cámaras de Tablero
- La cámara de tablero no debe obstruir la vista clara del conductor a través del parabrisas delantero (Estatuto de Wisconsin 346.88(3)(b))
- La cámara de tablero no debe clasificarse como material no transparente que cubra un área significativa del parabrisas (Estatuto de Wisconsin 346.88(3)(a))
- Interactuar con la cámara de tablero mientras se conduce no debe constituir manejo distraído (Estatuto de Wisconsin 346.89)
Colocación Recomendada de la Cámara de Tablero
La colocación legal más segura para una cámara de tablero en Wisconsin es detrás del espejo retrovisor, que es también la zona designada en el Estatuto de Wisconsin 347.435, donde la cámara tiene una vista clara de la carretera sin bloquear la línea de visión del conductor. Las cámaras de tablero pequeñas y compactas que caben dentro del perfil del área del espejo retrovisor son las que menos probabilidades tienen de generar una citación.
Las cámaras de tablero montadas en el tablero también están permitidas y evitan por completo las preocupaciones de obstrucción del parabrisas.
Consideraciones sobre la Grabación de Audio
Wisconsin es un estado de consentimiento de una sola parte para las grabaciones de audio. Como propietario y conductor del vehículo, puede grabar legalmente conversaciones dentro de su propio vehículo sin notificar a los pasajeros. Sin embargo, es una buena práctica informar a los pasajeros que se esta utilizando una cámara de tablero con grabación de audio.
Calcomanías, Etiquetas y Elementos Requeridos
Conforme al Estatuto de Wisconsin 346.88(3)(a), los únicos elementos permitidos que se pueden adherir al parabrisas son certificados o calcomanías emitidos por orden de una agencia gubernamental. Estos no deben exceder 15 pulgadas cuadradas y deben colocarse en la esquina inferior izquierda del parabrisas.
Ejemplos de calcomanías permitidas incluyen:
- Calcomanías de registro vehicular (cuando se requieran)
- Calcomanías de inspección de emisiones
- Etiquetas de transpondedores de peaje
- Permisos de estacionamiento emitidos por agencias gubernamentales
Las calcomanías, etiquetas y pases de estacionamiento no gubernamentales no deben colocarse en el parabrisas. Coloquelos en el tablero o use una pinza en la visera en su lugar.
Daños y Reemplazo del Parabrisas
La ley de Wisconsin exige que los parabrisas se mantengan en condiciones razonablemente limpias y sin obstrucciones. Aunque el estatuto no especifica dimensiones exactas para las grietas, la aplicación de la ley sigue estos principios generales:
Cuando el Daño al Parabrisas Puede Resultar en una Citación
- Grietas o astillas en la línea de visión directa del conductor
- Agrietamiento extenso que distorsiona la visibilidad
- Múltiples grietas o astillas que en conjunto afectan la vista
- Daños combinados con suciedad o escombros que empeoran la visibilidad
Cuando el Daño Generalmente Esta Permitido
- Astillas pequeñas fuera de la línea de visión del conductor
- Grietas menores que no se extienden hacia el área de visión del conductor
- Daños del lado del pasajero que no afectan la visión del conductor
Resumen de las Leyes del Parabrisas de Wisconsin
| Tema | Estatuto | Regla Clave |
|---|---|---|
| Obstrucción del parabrisas | Estatuto de Wisconsin 346.88(3)(b) | Ningún objeto puede obstruir la vista clara del conductor a través del parabrisas delantero |
| Materiales no transparentes | Estatuto de Wisconsin 346.88(3)(a) | Sin letreros, carteles o materiales no transparentes, excepto calcomanías emitidas por el gobierno (máx. 15 pulgadas cuadradas, esquina inferior izquierda) |
| Dispositivos de monitoreo del vehículo | Estatuto de Wisconsin 347.435 | Un dispositivo que monitorea el vehículo y le da al conductor información de seguridad o de funcionamiento puede montarse directamente arriba, detrás o debajo del espejo retrovisor |
| Polarizado del parabrisas | Trans 305.34 | Solo por encima de la línea AS-1; sin polarizado si el parabrisas carece de marca AS-1 |
| Polarizado de ventanas laterales delanteras | Trans 305.32 | Mínimo 50% VLT (35% con recomendación médica) |
| Polarizado de ventanas laterales traseras | Trans 305.32 | Mínimo 35% VLT |
| Enviar mensajes de texto mientras se conduce | Estatuto de Wisconsin 346.89 | Prohibido para todos los conductores; se permite el modo manos libres operado por voz |
| Uso del teléfono por conductor principiante | Estatuto de Wisconsin 346.89 | Prohibido todo uso del teléfono excepto emergencias |
| Sanciones por infracciones | Estatuto de Wisconsin 346.95 | Obstrucción, uso del teléfono en zona de construcción y uso del teléfono por conductor principiante: $20-$40 primera infracción, $50-$100 reincidencia dentro de un año (346.95(1)); mensajes de texto y manejo distraído: $20-$400 (346.95(2)) |
Más Leyes de Wisconsin
Preguntas frecuentes
¿Puedo poner el GPS o el teléfono en el parabrisas en Wisconsin?
Sí. Wisconsin no prohíbe los dispositivos de GPS o teléfono montados en el parabrisas. Conforme al Estatuto de Wisconsin 346.88(3)(b), el dispositivo no debe obstruir la vista clara del conductor a través del parabrisas delantero. Coloque el soporte detrás del espejo retrovisor, en el tablero o en una esquina inferior del parabrisas para la ubicación legal más segura. El Estatuto de Wisconsin 347.435 permite por separado que un dispositivo que monitorea el vehículo y le da al conductor información de seguridad o de funcionamiento se monte directamente arriba, detrás o debajo del espejo.
¿Es legal usar una cámara de tablero en Wisconsin?
Sí. Wisconsin no cuenta con un estatuto específico para cámaras de tablero. Una cámara de tablero está permitida siempre que no obstruya la vista clara del conductor conforme al Estatuto de Wisconsin 346.88. Móntela detrás del espejo retrovisor o en el tablero para obtener la mejor protección legal.
¿Tiene Wisconsin una ley de manejo con manos libres?
Wisconsin no cuenta con una ley integral de manos libres para todos los conductores. Sin embargo, enviar mensajes de texto mientras se conduce está prohibido para todos conforme al Estatuto de Wisconsin 346.89. El uso del teléfono está prohibido en las zonas de construcción (excepto en modo manos libres) y esta completamente prohibido para los conductores con licencias de prueba o permisos de instrucción. Los conductores adultos pueden hacer llamadas de voz sosteniendo el teléfono fuera de las zonas de construcción.
¿Qué tan oscuro puedo polarizar mi parabrisas en Wisconsin?
Wisconsin permite el polarizado no reflectante únicamente por encima de la línea AS-1 del fabricante en el parabrisas. Si su parabrisas no tiene una marca AS-1, no se puede aplicar ninguna película de polarizado posventa. Las ventanas laterales delanteras deben permitir al menos un 50% de VLT, y las ventanas laterales traseras deben permitir al menos un 35% de VLT. Todo el polarizado debe ser no reflectante.
¿Cuál es la multa por una obstrucción del parabrisas en Wisconsin?
La obstrucción del parabrisas conforme al Estatuto de Wisconsin 346.88 es una multa civil de tránsito con multas que generalmente oscilan entre $20 y $40 para una primera infracción ($50 a $100 para una infracción reincidente dentro de un año) conforme al Estatuto de Wisconsin 346.95(1), más los costos judiciales y los recargos. Las sanciones por manejo distraído varían según la subsección: las prohibiciones de uso del teléfono en zona de construcción y por conductor principiante en el Estatuto de Wisconsin 346.89(4m) y (4) caen dentro de ese mismo rango del 346.95(1), mientras que enviar mensajes de texto y el manejo distraído general conforme al 346.89(3)(a) y (1) conllevan de $20 a $400 conforme al 346.95(2). La disposición de duplicación en zonas de construcción de Wisconsin se aplica a las infracciones de velocidad, no a estas infracciones.
Actualizaciones
Se corrigieron las secciones de parabrisas y polarizado de ventanas para atribuirlas a los códigos administrativos correctos (Trans 305.34 y Trans 305.32), se agregó la excepción estatutaria de Wisconsin para dispositivos de monitoreo del vehículo conforme al Estatuto de Wisconsin 347.435 y la interpretación de la Corte Suprema de Wisconsin del estatuto de obstrucción en State v. Houghton, se corrigieron los rangos de multa para las infracciones de uso del teléfono en zona de construcción y por conductor principiante, se eliminó una afirmación incorrecta sobre la duplicación de multas en zonas de construcción para manejo distraído, y se agregó la excepción médica de polarizado que realmente contempla el código administrativo.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Wisconsin Statutes, Chapter 346: Rules Of The Road
§ 346.88Obstruction of operator’s view or driving mechanism.Vigentecitada en 4 de nuestros artículos
(1) No person shall drive a vehicle when it is so loaded or when there are in the front seat such number of persons, or any persons so situated, as to obstruct the view of the operator to the front or to the sides or as to interfere with the operator having free use of both hands and feet to the operating mechanisms or controls of the vehicle. (2) No passenger in a vehicle shall ride in such a position as to interfere with the operator’s view ahead or to the sides or to interfere with the operator’s control of the operating mechanism of the vehicle. (3) (a) No person shall drive any motor vehicle with any sign, poster or other nontransparent material upon the front windshield, front side wings, side windows in the driver’s compartment or rear window of such vehicle other than a certificate or other sticker issued by order of a governmental agency. Such permitted sticker shall not cover more than 15 square inches of glass surface and shall be placed in the lower left-hand corner of the windshield; the left corner being on the driver’s left when seated behind the wheel.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-08 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en docs.legis.wisconsin.gov
Citada en 1 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2015
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- State v. Richard E. Houghton, Jr. (Wisconsin Supreme Court 2015, 364 Wis. 2d 234)“…pull Houghton over for a violation of Wis. Stat. § 346.88(3)(b) (2011-12),3 "Obstruction of opera…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 346.89Inattentive driving.Vigente
(1) No person while driving a motor vehicle may be engaged or occupied with an activity, other than driving the vehicle, that interferes or reasonably appears to interfere with the person’s ability to drive the vehicle safely. (3) (a) No person may drive, as defined in s. 343.305 (1) (b), any motor vehicle while composing or sending an electronic text message or an electronic mail message. (b) This subsection does not apply to any of the following: 1. The operator of an authorized emergency vehicle. 2. The use of any device whose primary function is transmitting and receiving emergency alert messages and messages related to the operation of the vehicle or an accessory that is integrated into the electrical system of a vehicle, including a global positioning system device. 3. An amateur radio operator who holds a valid amateur radio operator’s license issued by the federal communications commission when he or she is using dedicated amateur radio 2-way radio communication equipment and observing proper amateur radio operating procedures. 4.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en docs.legis.wisconsin.gov
Citada en 3 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2006
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- State v. Colstad (Court of Appeals of Wisconsin 2003, 260 Wis. 2d 406)“…hat Colstad was guilty of inattentive driving, contrary to Wis. Stat. § 346.89 (1). 5 B. Whether C…”
- Bryan D. Tourdot v. Rockford Health Plans, Inc. (Court of Appeals for the Seventh Circuit 2006, 439 F.3d 351)“…cer cited him only for inattentive driving in violation of Wis. Stat. § 346.89 (1). In Wisconsin, inattentive driving…”
- Tourdot, Bryan D. v. Rockford Health Plan (Court of Appeals for the Seventh Circuit 2006)“…icer cited him only for inattentive driving in violation of Wis. Stat. § 346.89(1). In Wisconsin, inat- tentive driving…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 346.95Penalty for violating sections 346.87 to 346.94.Vigente
(1) Except as provided in sub. (13), any person violating s. 346.87, 346.88, 346.89 (4), (4m), or (5), 346.90 to 346.92, or 346.94 (1), (9), (10), (11), (12), or (15) may be required to forfeit not less than $20 nor more than $40 for the first offense and not less than $50 nor more than $100 for the 2nd or subsequent conviction within a year. (2) Any person violating s. 346.89 (1) or (3) (a) or 346.94 (2), (4), or (7) may be required to forfeit not less than $20 nor more than $400. (2m) Any person violating s. 346.935 may be required to forfeit not more than $100. (3) Any person violating s. 346.94 (5) or (14) shall be required to forfeit $50 for each offense. (4) Any person violating s. 346.923, 346.925, or 346.94 (8), (8m), or (8s) may be required to forfeit not more than $20 for the first offense and not more than $50 for each subsequent offense. (5) Any person violating s. 346.94 (13) or (21) may be required to forfeit not more than $200. (5e) Any person violating s. 346.94 (16) may be required to forfeit not less than $40 nor more than $80 for the first offense and not less than $100 nor more than $200 for the 2nd or subsequent conviction within a year.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en docs.legis.wisconsin.gov
Citada en 2 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2003
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- State v. Colstad (Court of Appeals of Wisconsin 2003, 260 Wis. 2d 406)“…not less than $20 nor more than $400. See Wis. Stat. § 346.95 (2). 6 Wisconsin S…”
- Deida v. City of Milwaukee (District Court, E.D. Wisconsin 2002, 192 F. Supp. 2d 899)“…t to forfeiture of “not less than $20 nor more than $400.” Wis. Stat. § 346.95 (2). The State Secretary of the Departm…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Wisconsin Statutes, Chapter 347: Equipment Of Vehicles
§ 347.40Mirrors.Vigente
(1) No person shall operate any motor vehicle upon a highway unless such vehicle is equipped with a mirror so located as to reflect to the operator a view of the roadway for a distance of 200 feet to the rear of such vehicle. (2) No person shall operate on a highway any school bus having a passenger-carrying capacity of 10 or more persons including the operator unless such bus is equipped with at least one mirror which is 7 inches in diameter so located as to enable the operator to see a reflection of the road from the entire front bumper forward to a point where direct observation is possible. (3) No person may operate or permit the operation of any motor bus on a highway unless the bus is equipped with 2 outside rearview mirrors, one to the right and one to the left of the operator. Each mirror shall have not less than 50 square inches of unobstructed reflective surface and shall be firmly supported and adjustable to give the operator a clear view past both the right and left rear of the bus. (4) Notwithstanding sub.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en docs.legis.wisconsin.gov
Fuentes y referencias
- Estatuto de Wisconsin 346.88 - Obstrucción de la vista del conductor y del mecanismo de manejo(docs.legis.wisconsin.gov).gov
- Código Administrativo de Wisconsin Trans 305.32 - Normas de polarizado de ventanas(docs.legis.wisconsin.gov).gov
- Estatuto de Wisconsin 347.40 - Requisitos de espejos retrovisores(docs.legis.wisconsin.gov).gov
- Código Administrativo de Wisconsin Trans 305.35 - Límites de transmitancia de luz para ventanas(docs.legis.wisconsin.gov).gov
- Estatuto de Wisconsin 346.89 - Manejo distraído y uso del teléfono(docs.legis.wisconsin.gov).gov
- Estatuto de Wisconsin 347.435: dispositivos de monitoreo y retroalimentación del vehículo montados en el parabrisas delantero(docs.legis.wisconsin.gov)
- Código Administrativo de Wisconsin Trans 305.34: parabrisas, incluida la regla de polarizado de la línea AS-1(docs.legis.wisconsin.gov)
- Estatuto de Wisconsin 346.95: sanciones por infracciones de los ss. 346.87 a 346.94(docs.legis.wisconsin.gov)
- Estatuto de Wisconsin 346.60(3m): duplicación de multas por infracciones de límite de velocidad en zonas de construcción(docs.legis.wisconsin.gov)
- Estatuto de Wisconsin 110.075(7): multa civil de $10 a $200 por infracciones de normas de equipo(docs.legis.wisconsin.gov)