Washington
Leyes de Montaje en el Parabrisas de Washington (Guía 2026)

Washington permite cámaras de tablero, unidades de GPS y soportes para teléfono en el parabrisas siempre que el dispositivo quepa dentro de un cuadrado de 5 pulgadas del lado del conductor o de 7 pulgadas del lado del pasajero. El RCW 46.37.410 prohíbe cualquier soporte que obstruya la vista clara del conductor.
El estado de Washington regula los dispositivos montados en el parabrisas mediante el RCW 46.37.410, que prohíbe los materiales no transparentes que obstruyan la vista del conductor. El estado también establece límites de tamaño específicos mediante las regulaciones de inspección vehicular y cuenta con una estricta ley de manos libres para dispositivos electrónicos. Esta guía cubre todos los aspectos de las restricciones de montaje en el parabrisas de Washington.
Ley de Obstrucción del Parabrisas de Washington (RCW 46.37.410)
Según el RCW 46.37.410, ninguna persona puede conducir un vehículo motorizado con ningún letrero, cartel u otro material no transparente sobre el parabrisas delantero, las aletas laterales o las ventanas laterales o traseras de dicho vehículo que obstruya la vista clara del conductor de la carretera o de cualquier carretera que se cruce.
El estatuto se aplica a todos los vehículos motorizados que circulan por las carreteras públicas de Washington. Todo vehículo motorizado debe estar equipado con un parabrisas delantero fabricado con materiales de vidrio de seguridad conforme al RCW 46.37.430. Los vehículos sin parabrisas requieren que el conductor use lentes, gafas protectoras o protectores faciales.
La ley también exige que todo parabrisas de vehículo motorizado este equipado con un dispositivo para limpiar la lluvia, la nieve u otra humedad, controlable por el conductor.
Límites de Tamaño de los Dispositivos
Washington permite los dispositivos montados en el parabrisas, pero los restringe a límites de tamaño específicos según su posición:

| Posición | Tamaño Máximo | Ejemplos |
|---|---|---|
| Lado del conductor | Cuadrado de 5 pulgadas | Unidades de GPS pequeñas, cámaras de tablero compactas |
| Lado del pasajero | Cuadrado de 7 pulgadas | Unidades de GPS más grandes, soportes para teléfono |
| Detrás del espejo retrovisor | No debe obstruir la vista | Cámaras de tablero, transpondedores de peaje |
Estos límites de tamaño se aplican al área total que ocupa el dispositivo, incluido cualquier soporte de montaje o ventosa. Un dispositivo que exceda el límite de tamaño para su posición puede recibir una citación por obstrucción del parabrisas.
Regla de Obstrucción Frontal (WAC 204-10-024)
Las regulaciones de inspección vehicular de Washington bajo el WAC 204-10-024 establecen una norma adicional para los objetos montados frente al parabrisas. Ninguna obstrucción frente al parabrisas puede extenderse más de 2 pulgadas hacia arriba dentro del área de visión proyectada horizontalmente hacia adelante del parabrisas.

Las únicas excepciones son los componentes del limpiaparabrisas y los adornos del cofre idénticos a los instalados originalmente por el fabricante. Esta regla afecta principalmente a los accesorios externos, pero también se aplica a cualquier dispositivo orientado hacia adelante que se proyecte dentro de la línea de visión del conductor.
Reglas para Soportes de GPS y Teléfono
Washington no cuenta con un estatuto específico que autorice o prohíba los soportes de GPS o teléfono por nombre. Estos dispositivos quedan sujetos a la norma general de obstrucción del RCW 46.37.410 y a los límites de tamaño descritos anteriormente.
Un soporte de GPS o teléfono en el lado del conductor debe caber dentro de un cuadrado de 5 pulgadas. En el lado del pasajero, el límite es un cuadrado de 7 pulgadas. Montar una tableta grande o un dispositivo de tamaño excesivo en el parabrisas probablemente exceda estos límites y podría resultar en una citación.
Las opciones de colocación más seguras en Washington son:
- Un soporte compacto dentro de las zonas de tamaño permitidas
- Un soporte de tablero que no se extienda hacia el área del parabrisas
- Un soporte con pinza para rejilla de ventilación que mantenga el dispositivo completamente fuera del parabrisas
- Detrás del espejo retrovisor si el dispositivo no obstruye la vista del conductor
Interacción de Manos Libres
La ley de manejo distraído de Washington (RCW 46.61.672) es una de las más estrictas del país. Es ilegal sostener un dispositivo electrónico personal mientras se conduce, incluso cuando el vehículo esta detenido en el tráfico o en un semáforo en rojo.
Los conductores pueden usar un dispositivo montado con un solo toque o deslizamiento para iniciar una aplicación, como navegación o música. Más allá de ese único toque, toda interacción debe realizarse por voz o mediante el sistema integrado del vehículo.
Las sanciones por violar la ley de manos libres son independientes de las multas por obstrucción del parabrisas:
| Infracción | Multa |
|---|---|
| Primera infracción de manos libres | $136 |
| Segunda infracción dentro de 5 años | $235 |
Estas multas se reportan a las compañías de seguros y pueden afectar las tarifas del seguro.
Colocación de la Cámara de Tablero
Washington no cuenta con un estatuto específico para cámaras de tablero. Las cámaras de tablero están sujetas a las mismas reglas que cualquier otro dispositivo montado en el parabrisas conforme al RCW 46.37.410.
Una cámara de tablero debe caber dentro de las zonas de tamaño permitidas (cuadrado de 5 pulgadas del lado del conductor o de 7 pulgadas del lado del pasajero) y no debe obstruir la vista clara del conductor de la carretera. La colocación más común y que cumple con la ley es detrás del espejo retrovisor, donde la cámara queda en gran parte oculta de la línea de visión del conductor.
Las cámaras montadas en el tablero que no se sujetan al parabrisas no están sujetas a las reglas de obstrucción del parabrisas.
Grabación de Audio
Washington es un estado de consentimiento de ambas partes para la grabación de audio. Si su cámara de tablero graba audio dentro del vehículo, todos los ocupantes deben dar su consentimiento para la grabación. Una cámara de tablero que solo graba video no requiere consentimiento. Muchos conductores colocan un pequeño aviso en el vehículo que informa a los pasajeros que se esta realizando una grabación de audio y video.
Obstrucciones a la Vista del Conductor (RCW 46.61.615)
Washington cuenta con un estatuto independiente, el RCW 46.61.615, que aborda las obstrucciones a la vista del conductor causadas por la carga del vehículo o el exceso de pasajeros. Ninguna persona puede conducir un vehículo cuando este tan cargado, o cuando haya más de tres personas en el asiento delantero, que la vista del conductor hacia adelante o hacia los lados quede obstruida o que se vea afectado el control del conductor sobre el mecanismo de manejo.
Este estatuto conlleva su propia sanción con una multa base de $48, que aumenta a $73 si ocurre un accidente relacionado con la infracción.
Polarizado del Parabrisas
Washington regula el polarizado de ventanas bajo el RCW 46.37.430. El parabrisas delantero debe permitir al menos un 24% de transmisión de luz visible (VLT, por sus siglas en inglés) únicamente en las 6 pulgadas superiores. Por debajo de esa franja, el parabrisas debe permanecer transparente.
Las ventanas laterales delanteras deben permitir al menos un 24% de VLT. Las ventanas laterales traseras y la ventana trasera pueden tener cualquier nivel de polarizado.
Un vehículo con polarizado de ventanas ilegal puede reprobar su inspección vehicular y recibirá una citación por separado de cualquier infracción por obstrucción del parabrisas.
Requisitos de Inspección Vehicular
Las normas de inspección vehicular de Washington, administradas por la Patrulla Estatal de Washington, incluyen verificaciones del estado del parabrisas y de posibles obstrucciones. Durante una inspección, los examinadores verifican:
- Que el parabrisas este libre de grietas, astillas o daños que afecten la visibilidad
- Que ningún material no transparente obstruya la vista del conductor
- Que los limpiaparabrisas funcionen correctamente y sean controlados por el conductor
- Que los dispositivos montados cumplan con las restricciones de tamaño
- Que ninguna obstrucción frontal se extienda más de 2 pulgadas dentro del área de visión proyectada
Los vehículos que no pasen estas verificaciones no podrán aprobar la inspección hasta que se elimine la obstrucción o se repare el parabrisas.
Sanciones por Infracciones
La obstrucción del parabrisas conforme al RCW 46.37.410 se clasifica como una infracción de tránsito según la ley de Washington.
| Infracción | Multa Base | Con Accidente |
|---|---|---|
| Obstrucción del parabrisas (RCW 46.37.410) | $48 | $73 |
| Vista del conductor obstruida (RCW 46.61.615) | $48 | $73 |
| Infracción de manos libres, primera vez (RCW 46.61.672) | $136 | N/A |
| Infracción de manos libres, segunda vez dentro de 5 años | $235 | N/A |
Las infracciones de tránsito en Washington no conllevan tiempo en la cárcel ni sanciones penales. Sin embargo, múltiples infracciones de equipo pueden resultar en que se ordene retirar el vehículo de circulación hasta que se realicen las reparaciones.
Exenciones
| Exención | Autoridad |
|---|---|
| Limpiaparabrisas y sus componentes | WAC 204-10-024 |
| Adornos de cofre instalados de fábrica | WAC 204-10-024 |
| Calcomanías y etiquetas exigidas por el gobierno | RCW 46.37.410 |
| Dispositivos dentro de las zonas de tamaño permitidas (5/7 pulgadas) | Normas de aplicación de Washington |
| Polarizado de parabrisas instalado de fábrica (conforme a normas federales) | RCW 46.37.430 |
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Preguntas frecuentes
¿Puedo poner el GPS o el teléfono en el parabrisas en Washington?
Sí, dentro de los límites de tamaño. En el lado del conductor, el dispositivo debe caber dentro de un cuadrado de 5 pulgadas. En el lado del pasajero, el límite es un cuadrado de 7 pulgadas. El dispositivo no debe obstruir su vista clara de la carretera. Los soportes de tablero y de pinza para rejilla de ventilación evitan por completo las restricciones del parabrisas.
¿Son legales las cámaras de tablero en el estado de Washington?
Sí. Las cámaras de tablero son legales siempre que quepan dentro de las zonas de tamaño permitidas en el parabrisas y no obstruyan la vista del conductor. La colocación legal más común es detrás del espejo retrovisor. Tenga en cuenta que Washington es un estado de consentimiento de ambas partes para la grabación de audio, por lo que todos los ocupantes del vehículo deben dar su consentimiento si su cámara de tablero graba audio.
¿Cuál es la multa por obstrucción del parabrisas en Washington?
La multa base por una infracción de obstrucción del parabrisas conforme al RCW 46.37.410 es de $48. Si ocurre un accidente relacionado con la infracción, la multa aumenta a $73. Se trata de una infracción de tránsito sin tiempo en la cárcel ni sanciones penales.
¿Puedo usar mi teléfono para navegación GPS mientras conduzco en Washington?
Puede usar un teléfono montado para navegación, pero la ley de manos libres de Washington (RCW 46.61.672) limita su interacción a un solo toque o deslizamiento para iniciar la aplicación. Toda otra interacción debe realizarse por voz. Sostener el teléfono mientras conduce es ilegal, incluso en los semáforos en rojo. Las multas por primera infracción son de $136.
¿Tiene Washington una ley sobre el polarizado del parabrisas?
Sí. Las 6 pulgadas superiores del parabrisas pueden polarizarse hasta un mínimo de 24% de transmisión de luz visible. Por debajo de esa línea, el parabrisas debe permanecer transparente. Las ventanas laterales delanteras también deben permitir al menos un 24% de transmisión de luz. Las ventanas traseras pueden tener cualquier nivel de polarizado.
Fuentes y referencias
- RCW 46.37.410 - Parabrisas obligatorio, no debe estar obstruido(app.leg.wa.gov).gov
- WAC 204-10-024 - Requisitos del parabrisas en la inspección vehicular(app.leg.wa.gov).gov
- RCW 46.61.672 - Uso de un dispositivo electrónico personal mientras se conduce(app.leg.wa.gov).gov
- RCW 46.61.615 - Obstrucciones a la vista del conductor o al mecanismo de manejo(app.leg.wa.gov).gov
- Patrulla Estatal de Washington - Requisitos de Equipo Vehicular(wsp.wa.gov).gov
- IRLJ 6.2 - Tabla de Sanciones Monetarias por Infracciones(courts.wa.gov).gov