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Leyes de Arrendador y Arrendatario del Distrito de Columbia (2026): Depósitos, Aviso y Derechos del Inquilino

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 6 de septiembre de 202613 min de lectura
Leyes de Arrendador y Arrendatario del Distrito de Columbia (2026): Depósitos, Aviso y Derechos del Inquilino

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tiene un propietario para devolver mi depósito en el Distrito de Columbia?

Un propietario de DC tiene 45 días después de que termina el arrendamiento para devolver el depósito de seguridad con los intereses acumulados, o para enviar una lista escrita y detallada de descuentos junto con cualquier saldo restante. No devolver el depósito a tiempo puede dar lugar a un reclamo por daños, incluidos daños triplicados por retención de mala fe. Estas reglas provienen de los reglamentos de vivienda del Distrito en 14 DCMR 308 a 311, y no de la sección del D.C. Code sobre depósitos de seguridad.

¿Cuál es el depósito de seguridad máximo en el Distrito de Columbia?

DC limita el depósito de seguridad a un mes de renta. El propietario debe mantener el depósito en una cuenta que genere intereses y pagar los intereses acumulados al inquilino cuando se devuelve el depósito.

¿Cuánto aviso debe dar un propietario para entrar en el Distrito de Columbia?

Los propietarios de DC deben dar 48 horas de aviso escrito previo antes de entrar a una unidad de alquiler. La entrada solo se permite entre las 9 a.m. y las 5 p.m., y no un domingo ni un día festivo federal, así que una visita en sábado dentro de ese horario es legal. El inquilino puede acordar por escrito un aviso más corto, o acordar que la entrada ocurra en otro horario, pero un propietario no puede cambiar ninguno de los dos por su cuenta. El acceso de emergencia se permite sin aviso cuando es necesario para evitar un daño grave.

¿Cuánto aviso se necesita para terminar un contrato mes a mes en el Distrito de Columbia?

Un inquilino puede terminar un arrendamiento mes a mes en DC con 30 días de aviso escrito. Ese aviso de 30 días corre únicamente del inquilino al proveedor de vivienda bajo el D.C. Code 42-3505.54, y un propietario no tiene una opción equivalente de 30 días. Bajo el D.C. Code 42-3505.01, que según su texto aplica a las unidades de alquiler en todo el Distrito y no solo a las que tienen control de rentas, un proveedor de vivienda solo puede recuperar la posesión por un motivo enumerado, con periodos de aviso que van desde 10 días por falta de pago de renta hasta 90 días por mudanza del propietario o venta, 120 días por renovación o rehabilitación sustancial, y 180 días por demolición o discontinuación del uso de vivienda.

¿Puede un propietario aumentar la renta en el Distrito de Columbia?

Para la mayoría de las unidades de alquiler en edificios anteriores a 1976, aplica el Rental Housing Act of 1985 de DC y limita los aumentos anuales de renta. La fórmula general es CPI-W más 2%, con un tope del 10%, y un tope más bajo, solo CPI-W, para los inquilinos mayores o con discapacidad; el límite general de 2025 fue del 4.8%, y la cifra se recertifica cada año, así que confirme el porcentaje del año actual con el Rent Administrator. Las unidades de construcción nueva y los edificios permitidos por primera vez después del 31 de diciembre de 1975 están exentos. Las viviendas de 4 o menos unidades de alquiler están exentas solo cuando no más de 4 personas naturales son dueñas de la vivienda, ninguna de ellas tiene interés en ninguna otra unidad de alquiler en DC, y se presenta una declaración de reclamo de exención ante el Rent Administrator. Esa exención para edificios pequeños no tiene requisito de ocupación por el propietario, y no existe una exención separada para viviendas unifamiliares.

¿Puedo retener la renta por reparaciones en el Distrito de Columbia?

Sí. Los inquilinos de DC tienen acceso a reparar y descontar: después del aviso escrito adecuado al propietario y un tiempo razonable para hacer las reparaciones, puede contratar a un contratista y descontar el costo razonable de la renta. Los inquilinos también pueden pagar la renta en garantía ante el tribunal o presentar una queja ante la Housing Code Enforcement División de DC. Guarde los recibos y la documentación escrita de todas las solicitudes de reparación.

¿Cuál es el límite de cargo por mora en el Distrito de Columbia?

DC limita los cargos por mora al 5% de la renta adeudada. Un propietario solo puede cobrar uno si el contrato escrito le informa al inquilino el cargo por mora máximo que puede cobrarse y la renta sigue sin pagarse 5 días después de la fecha de vencimiento, o después de cualquier periodo de gracia más largo que establezca el contrato. Un contrato puede ampliar ese piso de 5 días, pero no puede acortarlo. La ley de DC también prohíbe cobrar intereses sobre un cargo por mora, descontarlo de un pago de renta posterior, imponer más de un cargo por mora por cada pago atrasado, y presentar una acción de desalojo porque un cargo por mora quedó sin pagar.

Actualizaciones

Se corrigieron las secciones de aviso para desocupar, exención de control de rentas, entrada del propietario y cargos por mora frente al D.C. Code: el aviso de 30 días mes a mes corre únicamente del inquilino, los motivos de causa justa del D.C. Code 42-3505.01 aplican en todo el Distrito y no solo a las unidades con control de rentas, la exención de control de rentas para edificios pequeños no exige que el propietario ocupe el inmueble pero sí requiere presentar una declaración de reclamo de exención (y no existe una exención para viviendas unifamiliares), la entrada del propietario está prohibida solo los domingos y días festivos federales y no todo el fin de semana, y el periodo de gracia de 5 días para los cargos por mora es estatutario y no una práctica del contrato.

Se corrigió la cita de la sección de Fuentes para los depósitos de seguridad en DC: D.C. Code 42-3502.17 autoriza la recaudación del depósito y la jurisdicción de la OAH, pero no establece por sí mismo el tope de 1 mes, el requisito de cuenta con intereses ni el plazo de devolución de 45 días; esas cifras provienen de las regulaciones de vivienda del Distrito (14 DCMR SS 308-311), a las que remite 42-3502.17.

Fuentes y referencias

  1. D.C. Code Title 42, Chapter 35 (Rental Housing Act of 1985)(code.dccouncil.gov).gov
  2. D.C. Code 42-3502.17 (autoriza la recaudación de depósitos bajo la Security Deposit Act de DC y la jurisdicción de la OAH; el tope del depósito, el requisito de cuenta con intereses y el plazo de devolución de 45 días los establecen las regulaciones de vivienda del Distrito, 14 DCMR SS 308-311, no esta sección del Código)(code.dccouncil.gov).gov
  3. D.C. Code 42-3505.51 (Acceso a unidades de alquiler)(code.dccouncil.gov).gov
  4. Rental Accommodations Division (RAD), DC DHCD(dhcd.dc.gov).gov
  5. DC Office of the Tenant Advocate(ota.dc.gov).gov
  6. D.C. Code 42-3505.01 (Desalojos: motivos de causa justa y periodos de aviso, aplicable a las unidades de alquiler en todo el Distrito)(code.dccouncil.gov)
  7. D.C. Code 42-3505.54 (El aviso de 30 días para desocupar corre únicamente del inquilino al proveedor de vivienda)(code.dccouncil.gov)
  8. D.C. Code 42-3502.05 (Registro y cobertura: exenciones del control de rentas, incluida la exención de 4 o menos unidades y su requisito de presentar una declaración de reclamo de exención)(code.dccouncil.gov)
  9. D.C. Code 42-3505.31 (Cargos por mora: tope del 5%, condición de divulgación en el contrato, y periodo de gracia estatutario de 5 días)(code.dccouncil.gov)
  10. 14 DCMR 308-311 (Reglamentos de vivienda del Distrito que rigen los depósitos de seguridad, la devolución, el retorno e inspección, y los intereses de las cuentas de garantía)(dcregs.dc.gov)
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