Alaska
Matrimonio de Hecho en Alaska: ¿Se Reconoce? (2026)

Alaska no reconoce la formación de matrimonios de hecho (matrimonios por ley común) dentro del estado. El Estatuto de Alaska 25.05.011 exige una licencia matrimonial, y AS 25.05.311 exige la solemnización. Sin embargo, Alaska si reconoce un matrimonio de hecho válido formado en otro estado que permita tales matrimonios.
Información verificada por última vez el 2 de junio de 2026.
Alcance jurisdiccional: Este artículo aborda la ley estatal de Alaska sobre el matrimonio de hecho bajo AS 25.05.011 y AS 25.05.311. No constituye asesoramiento legal. Para una comparación estado por estado, consulte Matrimonio de hecho por estado.
¿Reconoce Alaska el matrimonio de hecho?
Alaska no permite la formación de matrimonios de hecho dentro del estado. Bajo el Estatuto de Alaska 25.05.011, una persona no puede contraer matrimonio en Alaska sin obtener primero una licencia matrimonial, y el matrimonio no es válido sin solemnización. El Estatuto de Alaska 25.05.311 establece además que un matrimonio contraído después del 1 de enero de 1964 es nulo a menos que haya sido solemnizado según lo exige la ley estatal, y AS 25.05.261 establece quien puede realizar la solemnización.
Estos estatutos juntos significan que no se puede formar ningún matrimonio informal ni de hecho en Alaska, sin importar cuanto tiempo vivan juntas dos personas, si se presentan como casadas o si tienen la creencia subjetiva de que están casadas. Sin una licencia y una solemnización, no surge ningún matrimonio bajo la ley de Alaska.
El marco actual de licencias matrimoniales de Alaska ha estado vigente en sustancialmente su forma actual desde que el estado obtuvo su condición de estado en 1959, con las disposiciones pertinentes codificadas en sus ubicaciones actuales a más tardar el 1 de enero de 1964. Los tribunales de Alaska han sostenido de forma consistente que el requisito legal de licencia y solemnización es obligatorio y que las doctrinas de equidad no pueden sustituirlo para crear un estatus marital.
La regla aplica por igual sin importar la duración de la convivencia. Una pareja que ha vivido junta durante veinte años en Alaska no tiene un matrimonio de hecho ni derechos maritales a menos que haya obtenido una licencia y se haya casado ante un oficiante autorizado.
Requisitos matrimoniales de Alaska bajo AS 25.05.011 y AS 25.05.311
Como el matrimonio de hecho no está disponible en Alaska, entender los requisitos formales es importante para cualquiera que quiera un matrimonio reconocido legalmente en el estado.

Licencia matrimonial (AS 25.05.011)
Conforme a AS 25.05.011(b), una persona no puede contraer matrimonio en Alaska hasta haber obtenido una licencia para ese fin. Un funcionario de licencias es el único funcionario autorizado para emitir una licencia matrimonial (AS 25.05.071). Un comisionado de matrimonios puede solemnizar matrimonios, pero tiene toda facultad incidental «salvo la facultad de emitir licencias matrimoniales» (AS 25.05.081), de modo que la licencia proviene del funcionario de licencias, no de la persona que oficia la ceremonia.
Conforme a AS 25.05.091(a), una de las partes contratantes presenta la solicitud ante el funcionario de licencias al menos tres días antes de que se emita la licencia, y la solicitud puede hacerse por escrito, de forma verbal o por telégrafo. Antes de emitirse la licencia, cada parte debe hacer una declaración bajo juramento de que el matrimonio previsto cumple los requisitos de la ley, indicando el nombre, la residencia, la ocupación y la edad de cada parte, cualquier parentesco entre las partes, los tutores de cualquier parte menor de edad, y cualquier matrimonio anterior y como se disolvió. Esa declaración jurada puede hacerse y formalizarse ante un notario público o un administrador de correos, quien la certifica ante el funcionario de licencias, por lo que el estatuto no exige que ambas partes comparezcan juntas en persona. Si el periodo de espera de tres días causara una dificultad indebida o una demora, el funcionario de licencias puede dispensarlo (AS 25.05.161). Una vez emitida, la licencia autoriza la ceremonia en cualquier lugar del estado y autoriza la solemnización dentro de los tres meses posteriores a la fecha de la licencia (AS 25.05.121).
Conforme a AS 25.05.011(a), cada parte debe cumplir al menos una de las siguientes condiciones: tener 18 años o más y ser capaz, calificar para una licencia bajo AS 25.05.171, o ser miembro de las fuerzas armadas de EE. UU. en servicio activo. Una persona de 16 o 17 años necesita el permiso de un juez del tribunal superior conforme a AS 25.05.171(b). El juez puede otorgar el permiso, y ordenar al funcionario de licencias que emita la licencia, después de una audiencia en la que se de a los padres y al menor la oportunidad de comparecer y ser escuchados, y solo si el juez determina que el matrimonio conviene al mejor interés del menor y que la otra parte no le lleva más de tres años de edad. El consentimiento de los padres es una vía para llegar a esa determinación, pero no es estrictamente obligatorio: el juez también puede otorgar el permiso cuando los padres nieguen el consentimiento de forma arbitraria y caprichosa, esten ausentes o no sean de otro modo localizables, esten en desacuerdo entre si, o no sean aptos para decidir el asunto. El antiguo AS 25.05.171(a) fue derogado en 2022.
Por separado, AS 25.05.021 prohíbe y anula un matrimonio cuando cualquiera de las partes ya tiene un cónyuge vivo o cuando las partes tienen un parentesco más cercano que el cuarto grado de consanguinidad, por lo que cualquier matrimonio anterior debe haberse terminado legalmente por divorcio, anulación o la muerte del cónyuge anterior.
Solemnización (AS 25.05.261, AS 25.05.311)
Bajo AS 25.05.261, el matrimonio debe ser solemnizado por una persona autorizada, como un ministro, sacerdote o rabino, un oficial comisionado del Ejército de Salvación, el funcionario principal de una iglesia o congregación reconocida sin clero regular, un comisionado de matrimonios o funcionario judicial, o una persona que ocupe un cargo público electo en el estado. Bajo AS 25.05.301, las partes deben declarar, en presencia mutua y en presencia del oficiante, que se toman mutuamente como cónyuges, con al menos un testigo competente presente. AS 25.05.311 hace nulo el matrimonio si no ha sido solemnizado según lo exige la ley estatal.
Una vez que se emite la licencia y se realiza la solemnización, el matrimonio es válido. No hay periodo de espera entre la solemnización y la efectividad legal.
¿Reconoce Alaska un matrimonio de hecho de otro estado?
Si. Alaska reconoce un matrimonio de hecho válido que se haya formado en otro estado, siempre que la pareja haya cumplido los requisitos de ese otro estado para un matrimonio de hecho en el momento en que estableció la relación.
Este reconocimiento se basa en el principio de conflicto de leyes según el cual un matrimonio válido en el lugar donde se celebró se trata como válido en cualquier otro lugar, aplicado como una cuestión de cortesía (comity) entre los estados. La Cláusula de Plena Fe y Crédito de la Constitución de EE. UU. a veces se invoca en este contexto, pero, por sus propios términos, alcanza los actos públicos, los registros y los procedimientos judiciales de otros estados, y no se ha interpretado que obligue a un estado a reconocer el estado civil marital de otro estado. La regla del lugar de celebración es la que realmente opera aquí.
Por ejemplo, una pareja que formo un matrimonio informal válido en Texas bajo Tex. Fam. Code 2.401, o un matrimonio de hecho válido en Colorado, antes de mudarse a Alaska tendría ese matrimonio reconocido por los tribunales y las agencias gubernamentales de Alaska. En Colorado, la doctrina en si es de creación judicial, y C.R.S. 14-2-104(3) preserva un matrimonio de hecho por lo demás válido celebrado antes del 1 de septiembre de 2006, o, a partir de esa fecha, uno que cumpla con C.R.S. 14-2-109.5 (que exige que cada parte tuviera 18 años o más y que el matrimonio no estuviera prohibido de otra manera). Lo mismo aplica a los matrimonios de hecho formados válidamente en Iowa, Kansas, Montana, Rhode Island y el Distrito de Columbia, todos los cuales todavía permiten nuevos matrimonios de hecho.
Alaska también reconoce los matrimonios de hecho formados antes de la fecha de abolición en estados que desde entonces los han abolido. Por ejemplo, un matrimonio formado en Alabama antes del 1 de enero de 2017, o en Pensilvania antes del 1 de enero de 2005, seria reconocido en Alaska si era válido bajo la ley del estado donde se formo.
La pregunta clave es siempre si el matrimonio era válido bajo la ley del estado donde se creo. Un tribunal de Alaska aplicaría la ley de ese otro estado para hacer esa determinación.
Cómo se prueba un matrimonio de hecho en los procedimientos de Alaska
Como Alaska no forma matrimonios de hecho, las cuestiones de prueba surgen principalmente en un contexto: cuando una pareja formo un matrimonio de hecho válido en otro estado y luego se mudo a Alaska, y una de las partes (o un tercero como un empleador o una sucesión) disputa si el matrimonio existió.
Los tribunales de Alaska examinarian la ley del estado donde supuestamente se formo el matrimonio para determinar que elementos se requerían y que evidencia es suficiente. La carga de la prueba generalmente recae en la parte que afirma la existencia del matrimonio.
La evidencia comúnmente usada para probar un matrimonio de hecho de otra jurisdicción incluye:
- Declaraciones de impuestos federales y estatales conjuntas presentadas con la pareja identificada como casada
- Cuentas bancarias conjuntas, escrituras de bienes raíces u otros registros financieros a nombre de ambos como cónyuges
- Pólizas de seguro o designaciones de beneficios de empleado que nombran a la otra parte como cónyuge
- Correspondencia, redes sociales o fotografías en las que las partes se referían entre sí como esposo y esposa
- Declaraciones juradas o testimonio de amigos, familiares, clero o compañeros de trabajo que conocían a la pareja como casada
- Documentos emitidos por el gobierno como una solicitud de pasaporte de EE. UU., formularios de dependientes militares o reclamaciones de beneficios del Seguro Social que indican una relación conyugal
No existe ningún certificado ni declaración específico de Alaska para un matrimonio de hecho formado en otro lugar, porque Alaska no emite tales documentos. La parte que afirma el matrimonio debe establecerlo mediante evidencia de que era válido bajo la ley del otro estado.
Como termina un matrimonio de hecho en Alaska
Un matrimonio de hecho válido reconocido en Alaska termina únicamente mediante un divorcio formal o la muerte de un cónyuge. No existe el divorcio de hecho en ninguna parte de Estados Unidos.

Si una pareja formo un matrimonio de hecho válido en otro estado y ahora vive en Alaska, cualquiera de los cónyuges que desee terminar el matrimonio debe presentar una solicitud de divorcio ante el tribunal superior de Alaska correspondiente. Los tribunales de Alaska tienen jurisdicción sobre el divorcio de los residentes de Alaska sin importar donde se formo el matrimonio. Los procedimientos de divorcio siguen los estatutos estándar de divorcio de Alaska, incluidas las reglas de división de bienes bajo AS 25.24.160 y las disposiciones de manutención conyugal bajo AS 25.24.160(a)(2).
Hasta que se emita una sentencia de divorcio, ambas partes siguen legalmente casadas. Simplemente mudarse, dejar de convivir o decirle a la gente que la relación termino no disuelve un matrimonio reconocido legalmente.
El mito de los 7 años: Muchas personas creen que separarse durante siete años disuelve automáticamente un matrimonio de hecho, así como otras creen que vivir juntas durante siete años crea uno automáticamente. Ninguna de las dos cosas es cierta. Ningún estado ha incluido jamás en su ley una disolución automática del matrimonio basada en el tiempo. Un matrimonio válido, ya sea solemnizado formalmente o un matrimonio de hecho de otro estado reconocido, existe hasta que un tribunal emite una sentencia de divorcio o un cónyuge fallece.
División de bienes para parejas no casadas en Alaska
Los tribunales de Alaska no utilizan una doctrina de "relación íntima comprometida"; ese término proviene de la jurisprudencia del estado de Washington y no aplica en Alaska. En cambio, la decisión de la Corte Suprema de Alaska en Tolan v. Kimball, 33 P.3d 1152 (Alaska 2001), sostiene que cuando una pareja no casada que vivía junta se separa, los bienes adquiridos durante la relación se dividen según la intención expresa o implícita de las partes, no simplemente según a nombre de quien esta el título. Esta doctrina no crea un matrimonio.
Una división de bienes conforme a Tolan v. Kimball no es un matrimonio de hecho. No da derecho a ninguna de las partes a manutención conyugal, no otorga derechos automáticos de herencia y no afecta la elegibilidad para beneficios de la misma manera que lo hace el matrimonio. Es un remedio equitativo limitado que aborda únicamente la división de bienes.
Las parejas que tengan preguntas sobre los derechos de propiedad que surgen de una relación de convivencia no casada en Alaska deben consultar a un abogado de derecho de familia con licencia en Alaska.
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Aviso legal: Esta página proporciona información legal general sobre la ley de matrimonio de hecho de Alaska. No es asesoramiento legal y no crea una relación abogado-cliente. Los asuntos de matrimonio y derecho de familia dependen de los hechos. Consulte a un abogado de derecho de familia con licencia en Alaska para obtener asesoramiento sobre su situación particular. Información verificada al 2 de junio de 2026.
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- Leyes de Manutención de Menores de Alaska
- Matrimonio de hecho por estado

Última actualización: 2 de junio de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Reconoce Alaska el matrimonio de hecho?
Alaska no permite que se formen nuevos matrimonios de hecho dentro del estado. AS 25.05.011 exige una licencia matrimonial y AS 25.05.311 exige la solemnización. Alaska si reconoce un matrimonio de hecho válido que se haya formado en otro estado, siempre que la pareja haya cumplido los requisitos de ese estado.
¿Cuánto tiempo hay que vivir juntos para estar casados por ley común en Alaska?
Ninguna cantidad de tiempo viviendo juntos crea un matrimonio de hecho en Alaska. Alaska requiere una licencia matrimonial y una ceremonia de solemnización. La idea de que convivir durante siete años crea un matrimonio es un mito sin fundamento en la ley de Alaska ni en la ley de ningún otro estado.
¿Es legal el matrimonio de hecho en Alaska?
No se puede formar ningún nuevo matrimonio de hecho en Alaska. La ley de Alaska requiere una licencia y la solemnización para que cualquier matrimonio sea válido. Alaska si reconoce los matrimonios de hecho válidos formados en otros estados que los permitan.
¿Reconoce Alaska un matrimonio de hecho de otro estado?
Sí. Alaska reconoce un matrimonio de hecho válido formado en cualquier estado que permita tales matrimonios, siempre que la pareja haya cumplido los requisitos de ese otro estado en su momento. Esto se deriva de las reglas de conflicto de leyes de Alaska y de la cortesía (comity) interestatal: un matrimonio válido en el lugar donde se celebró generalmente se trata como válido en cualquier otro lugar.
¿Cómo se termina un matrimonio de hecho en Alaska?
Un matrimonio de hecho válido reconocido en Alaska termina únicamente mediante un divorcio formal o la muerte de un cónyuge. No existe el divorcio de hecho. Un residente de Alaska que esta en un matrimonio de hecho válido de otro estado debe presentar una solicitud de divorcio ante el tribunal superior de Alaska para terminar legalmente el matrimonio.
¿Reconoce Alaska una doctrina de "relación íntima comprometida"?
No. 'Relación íntima comprometida' es una doctrina del estado de Washington y no aplica en Alaska. Bajo Tolan v. Kimball (Alaska 2001), los tribunales de Alaska en cambio dividen los bienes adquiridos por parejas no casadas según la intención expresa o implícita de las partes. Esto no es un matrimonio de hecho y no crea derechos maritales completos como la manutención conyugal o la herencia automática.
Si vivi con mi pareja durante 10 años en Alaska, ¿estamos casados por ley común?
No. Alaska no forma matrimonios de hecho. Sin importar cuanto tiempo viva junta una pareja en Alaska, no están legalmente casados a menos que hayan obtenido una licencia matrimonial y completado una ceremonia de solemnización conforme exigen AS 25.05.011 y AS 25.05.311.
Actualizaciones
Se corrigió la sección de licencia matrimonial de Alaska: el periodo de espera de tres días y la validez de tres meses de la licencia se rigen por AS 25.05.091 y AS 25.05.121 (no por AS 25.05.021), solo un funcionario de licencias puede emitirla, una sola parte puede presentar la solicitud sin comparecencia conjunta en persona, el reconocimiento de matrimonios de hecho de otros estados ahora se basa en el principio del lugar de celebración y la cortesía interestatal (no en la Cláusula de Plena Fe y Crédito), y el ejemplo de Colorado ahora cita correctamente C.R.S. 14-2-104(3) junto con 14-2-109.5.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Alaska Statutes, Title 25. Marital and Domestic Relations, Chapter 05. Alaska Marriage Code
§ 25.05.011Civil contractVigentecitada en 2 de nuestros artículos
(a) Marriage is a civil contract entered into by one man and one woman that requires both a license and solemnization. The man and the woman must each be at least one of the following: (1) 18 years of age or older and otherwise capable; (2) qualified for a license under AS 25.05.171; or (3) a member of the armed forces of the United States while on active duty. (b) A person may not be joined in marriage in this state until a license has been obtained for that purpose as provided in this chapter. A marriage performed in this state is not valid without solemnization as provided in this chapter.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-07 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en akleg.gov
Citada en 11 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2019
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Harrelson v. Harrelson (Alaska Supreme Court 1997, 932 P.2d 247)“…" [2] Alaska does not recognize common law marriages. AS 25.05.011; [3] Serradell v. Hartford Accident &…”
- Burgess Construction Co. v. Lindley (Alaska Supreme Court 1972, 504 P.2d 1023)“…minor children. Their sole argument on appeal is that under AS 25.05.011 [1] appellee was not legally married t…”
- Alaska Civil Liberties Union v. State (Alaska Supreme Court 2005, 122 P.3d 781)“…rriage, between persons of the same sex in Alaska. AS 25.05.011(a), enacted in 1996, defines "marriage.…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 25.05.061Marriage without licenseVigente
A marriage contracted after January 1, 1964, is void unless a license has first been obtained as provided in this chapter. If the parties to a marriage void for failure to obtain a license validate the marriage by complying with the requirements of this chapter, the issue of the void marriage are legitimate.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-31 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en akleg.gov
§ 25.05.311Marriage without solemnizationVigente
A marriage contracted after January 1, 1964, is void unless the marriage has been solemnized as provided in this chapter. If the parties to a marriage void for failure to solemnize the marriage validate the marriage by complying with the requirements of this chapter, the issue of the void marriage are legitimate.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-31 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en akleg.gov
Citada en 1 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2015
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Caspar v. Snyder (District Court, E.D. Michigan 2015, 77 F. Supp. 3d 616)“…arving out exemptions for existing marriages. See, e.g., Alaska Stat. § 25.05.311 (1963); Fla. Stat. § 741.211 (1967);…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 25.05.261Who may solemnizeVigente
(a) Marriages may be solemnized (1) by a minister, priest, or rabbi of any church or congregation in the state, or by a commissioned officer of the Salvation Army, or by the principal officer or elder of recognized churches or congregations that traditionally do not have regular ministers, priests, or rabbis, anywhere within the state; (2) by a marriage commissioner or judicial officer of the state anywhere within the jurisdiction of the commissioner or officer; (3) before or in any religious organization or congregation according to the established ritual or form commonly practiced in the organization or congregation; or (4) by an individual holding an elective public office in the state. (b) This section may not be construed to waive the requirements for obtaining a marriage license. (c) Nothing in this section creates or implies a duty or obligation on a person authorized to solemnize a marriage under (a)(1), (3), or (4) of this section to solemnize any marriage.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-31 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en akleg.gov
§ 25.05.301Form of solemnizationVigente
In the solemnization of marriage, no particular form is required except that the parties shall assent or declare in the presence of each other and the person solemnizing the marriage and in the presence of at least one competent witness that they take each other to be husband and wife. A person is competent to solemnize or witness a marriage if the person is of sound mind capable of understanding the seriousness of the ceremony. At the time of the ceremony, the person solemnizing the marriage shall complete the certification on the original marriage certificate. The person solemnizing the marriage and the attending witness shall sign the original marriage certificate and the necessary copies. The witness must be 18 years of age or older. The witness shall communicate with both parties before or after the ceremony, but before signing the original marriage certificate and the necessary copies, and confirm that each party intends to marry the other party. The marriage certificate must state that the person solemnizing the marriage and the witness have confirmed with both parties that they are entering the marriage intentionally and in the exercise of each party's own free will.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-31 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en akleg.gov
Fuentes y referencias
- AS 25.05.011: Licencia Matrimonial Requerida(akleg.gov)
- AS 25.05.311: Matrimonio Sin Solemnización(akleg.gov).gov
- Matrimonio de hecho(law.cornell.edu)
- U.S. Const. art. IV, sec. 1 (Cláusula de Plena Fe y Crédito)(constitution.congress.gov)
- AS 25.05.261: Quien Puede Solemnizar(akleg.gov).gov
- AS 25.05.301: Forma de Solemnización(akleg.gov).gov
- Tolan v. Kimball, 33 P.3d 1152 (Alaska 2001)(courtlistener.com)
- AS 25.05.021: Matrimonios prohibidos(akleg.gov)
- AS 25.05.071: Personas que pueden emitir la licencia(akleg.gov)
- AS 25.05.081: Comisionados de matrimonios(akleg.gov)
- AS 25.05.091: Solicitud de licencia; declaración para fines de manutención de menores(akleg.gov)
- AS 25.05.121: Licencia matrimonial(akleg.gov)
- AS 25.05.161: Dispensa del periodo de espera(akleg.gov)
- AS 25.05.171: Permiso judicial para casarse(akleg.gov)
- Estatutos Revisados de Colorado 2023, Título 14 (C.R.S. 14-2-104(3), 14-2-109.5)(leg.colorado.gov)