Oklahoma
Leyes de Montaje en el Parabrisas de Oklahoma (Guía 2026)

Oklahoma regula los soportes para dashcam, GPS y teléfono montados en el parabrisas mediante dos estatutos. El 47 O.S. Sección 12-404 prohíbe cualquier objeto que obstruya, oscurezca o afecte materialmente la vista clara del conductor, y el 47 O.S. Sección 12-422(B) va más allá: declara ilegal operar un vehículo con cualquier objeto colocado o fijado sobre el parabrisas, salvo que esa misma sección lo permita. Los soportes de tablero y de rejilla de ventilación son las alternativas legales más seguras.
Oklahoma no tiene un estatuto que aborde por nombre los soportes de GPS, los soportes para teléfono o las dashcams en el parabrisas. En su lugar, dos estatutos generales hacen ese trabajo. El 47 O.S. Sección 12-404 pregunta si el dispositivo "obstruye materialmente" la vista del conductor. El 47 O.S. Sección 12-422(B) plantea una pregunta más tajante: ¿el objeto está sobre el parabrisas, y contempla la sección alguna exención que lo cubra?
Esta guía cubre el texto exacto de ambos estatutos, cómo se compara Oklahoma con otros estados, qué puede y qué no puede colocar en su parabrisas, la prohibición de teléfono de mano en zonas escolares y de construcción, las sanciones y consejos prácticos de montaje.
Ley de Obstrucción del Parabrisas de Oklahoma: 47 O.S. Sección 12-404
El primer estatuto que regula las obstrucciones del parabrisas en Oklahoma es el 47 O.S. Sección 12-404, titulado "El Parabrisas Debe Estar Libre de Obstrucciones y Equipado con Limpiaparabrisas".
Qué Dice la Ley
Conforme al inciso C, ninguna persona puede conducir un vehículo motorizado con ningún letrero, cartel, otro material no transparente o suciedad sobre el parabrisas delantero, las ventanillas laterales o las ventanas laterales o traseras. El estatuto también prohíbe suspender cualquier letrero, cartel, objeto u otro material del interior del vehículo que "obstruya, oscurezca o afecte materialmente la vista clara del conductor de la carretera hacia adelante o hacia cualquiera de los lados, o de cualquier carretera que se cruce".
Este lenguaje cubre dos categorías distintas. La primera es el material no transparente colocado físicamente sobre el vidrio, incluidos nieve, hielo y escarcha. La segunda es cualquier objeto suspendido del interior, como un soporte para teléfono, un soporte de GPS o una decoración colgante, que interfiera con la visibilidad hacia adelante o hacia los lados.
El Estándar de "Obstrucción Material"
La prueba legal de Oklahoma es la frase "obstruye, oscurece o afecta materialmente". Esto es más específico que en los estados que simplemente prohíben cualquier obstrucción. La palabra "materialmente" introduce un umbral. Un dispositivo pequeño colocado donde no reduce de manera significativa la capacidad del conductor para ver la carretera podría no infringir el estatuto.
Sin embargo, la determinación de qué califica como una obstrucción material queda a discreción de la policía. No existe una guía publicada por el Departamento de Seguridad Pública de Oklahoma que defina dimensiones o zonas de colocación específicas. Un oficial que considere que su dispositivo montado bloquea suficiente parte de su vista como para considerarse material puede emitir una infracción.
El Segundo Estatuto: 47 O.S. Sección 12-422(B)
El 47 O.S. Sección 12-422 suele describirse como la ley de polarizado de ventanas de Oklahoma, y lo es, pero el inciso B es más amplio que el polarizado. Declara ilegal, "salvo lo previsto en esta sección", vender, instalar u operar un vehículo motorizado con cualquier objeto o material "colocado, exhibido, instalado, fijado o aplicado sobre el parabrisas o las ventanas laterales o traseras", o colocado en cualquier parte del vehículo "de manera que obstruya o reduzca la vista clara del conductor a través del parabrisas o de las ventanas laterales o traseras".
Leída de forma literal, la primera cláusula es una regla categórica. No tiene ningún umbral de "obstrucción material" ni ninguna tolerancia de tamaño. Un objeto sobre el parabrisas, o está cubierto por una de las exenciones de los incisos D y E, o es ilegal.
Las Exenciones del Inciso D
El inciso D enumera aquello a lo que no se aplica la sección. Los puntos que importan para un conductor que decide dónde colocar un dispositivo son:
- Los espejos retrovisores, conforme al D(3).
- Las viseras solares ajustables no transparentes montadas por delante de las ventanas laterales y "no fijadas al vidrio", conforme al D(4).
- Letreros, calcomanías u otros materiales exhibidos en un área de cuarenta y nueve pulgadas cuadradas en la esquina inferior del parabrisas más alejada del conductor, o en un área de cuarenta y nueve pulgadas cuadradas en la esquina inferior más cercana al conductor, conforme al D(5).
- El material transparente en la parte superior del parabrisas que no se extienda debajo de la línea AS-1 ni más de cinco pulgadas desde la parte superior, lo que quede más cerca de la parte superior, y que no sea de color rojo ni ámbar, conforme al D(11).
- Los certificados federales, estatales o de subdivisiones políticas que la ley exija exhibir en una ventana, conforme al inciso E.
Ningún punto de esa lista cubre una unidad de GPS, un soporte para teléfono, una dashcam o un transpondedor de peaje. El D(5) es lo más cercano a una tolerancia para dispositivos, y como está redactado para letreros, calcomanías y "otros materiales", no está probado en Oklahoma si un soporte de ventosa entra dentro de esa categoría. Nada en el estatuto ni en la orientación oficial del estado dice que sí.
Sanción Conforme a la Sección 12-422
Conforme al inciso I de la Sección 12-422, cualquier infracción de la sección es un delito menor sancionado conforme al 47 O.S. Sección 17-101, la misma exposición de $5 a $500 para una primera infracción que se aplica a una obstrucción conforme a la Sección 12-404.
Cómo se Compara Esto con Otros Estados
Algunos estados, como California y Nueva York, definen áreas específicas en pulgadas cuadradas en las esquinas inferiores del parabrisas donde se pueden montar dispositivos. Oklahoma también define áreas en pulgadas cuadradas en las esquinas, en la Sección 12-422(D)(5), pero su versión está redactada para letreros, calcomanías y otros materiales, no para dispositivos electrónicos, así que no es el mismo tipo de permiso de montaje que ofrecen las disposiciones de California y Nueva York.
Otros estados, como Texas, usan un estándar de obstrucción amplio similar. El resultado práctico en Oklahoma es que el conductor enfrenta tanto un estándar discrecional conforme a la Sección 12-404 como una regla categórica conforme a la Sección 12-422(B), así que el enfoque más seguro es mantener los dispositivos completamente fuera del parabrisas.
Requisitos sobre Daños en el Parabrisas
La Sección 12-404 también establece estándares específicos para la condición física del parabrisas. Estas reglas definen cuándo un parabrisas dañado hace que un vehículo sea ilegal para operar.

Definición del Área Crítica
El estatuto define el "área crítica" como la zona limpiada por el barrido normal de la hoja del limpiaparabrisas del lado del conductor. Esta es la zona donde los estándares de daño se aplican con mayor rigor.
Daños Prohibidos
Ninguna persona puede operar un vehículo motorizado con los siguientes daños en el parabrisas dentro del área crítica:
- Rotura en forma de estrella o por impacto de proyectil de tres pulgadas o más de diámetro. Este tipo de daño implica una rotura ventilada con grietas que se irradian desde el punto de impacto.
- Dos o más grietas de tensión o grietas capilares con una longitud combinada de doce pulgadas o más. Una grieta de tensión o capilar se define como una grieta sin punto de impacto visible.
Estas medidas específicas le dan a Oklahoma uno de los estándares de daño en el parabrisas más detallados del país. A diferencia de los estados que usan un lenguaje vago sobre "visibilidad afectada", Oklahoma proporciona umbrales numéricos que los oficiales y los conductores pueden medir.
Requisitos del Limpiaparabrisas
Todo parabrisas de vehículo motorizado debe estar equipado con un mecanismo eléctrico de limpiaparabrisas para eliminar lluvia, nieve u otra humedad. Cada hoja y mecanismo del limpiaparabrisas debe mantenerse en buen estado de funcionamiento. Al reemplazar las hojas del limpiaparabrisas, la longitud de la hoja no debe reducirse respecto a la especificación original del fabricante.
Qué se Puede Colocar en un Parabrisas de Oklahoma
A pesar de la prohibición general de obstrucciones, ciertos elementos están explícitamente permitidos o son comúnmente aceptados en la práctica.
Transpondedores de Peaje PikePass
El transpondedor de peaje PikePass, emitido por la Autoridad de Autopistas de Peaje de Oklahoma, está diseñado para montarse en el parabrisas. Los conductores colocan el pequeño transpondedor adhesivo en el interior del parabrisas detrás del espejo retrovisor. Debido a su tamaño reducido y su ubicación detrás del espejo, un PikePass instalado correctamente no obstruye materialmente la vista del conductor.
La Sección 12-422(D) no incluye los transpondedores de peaje entre sus exenciones, así que la seguridad práctica de un PikePass depende de su tamaño y de su ubicación detrás del espejo, no de una exención expresa en el estatuto. Otros transpondedores compatibles, incluidos SunPass y K-TAG, siguen las mismas pautas de montaje cuando se usan en las autopistas de peaje de Oklahoma.
Calcomanías y Certificados Exigidos por la Ley
El inciso E de la Sección 12-422 permite expresamente los certificados federales, estatales o de subdivisiones políticas que la ley aplicable exija exhibir en una ventana. Esa es la exención que cubre las calcomanías y certificados gubernamentales obligatorios.
Polarizado del Parabrisas por Encima de la Línea AS-1
Conforme al 47 O.S. Sección 12-422(D)(11), se puede aplicar material transparente a la parte más alta del parabrisas si no se extiende debajo de la línea AS-1 marcada por el fabricante, o más de cinco pulgadas desde la parte superior del parabrisas, lo que quede más cerca de la parte superior. El material no debe ser de color rojo ni ámbar.
Qué No Se Debe Montar en un Parabrisas de Oklahoma
Los siguientes elementos conllevan distintos niveles de riesgo legal cuando se montan directamente sobre el vidrio del parabrisas.
Dispositivos GPS con Soportes de Ventosa
Los soportes de GPS con ventosa adheridos al parabrisas no aparecen en ningún punto de la lista de exenciones de la Sección 12-422(D), así que el inciso B los alcanza tal como está redactado, sin importar el tamaño o la posición de la unidad. Si además la unidad bloquea parte de la vista frontal o lateral del conductor, también puede recibir una infracción como obstrucción material conforme a la Sección 12-404(C).
La alternativa más segura es un soporte de fricción para tablero o un soporte tipo clip de rejilla de ventilación que mantenga el dispositivo completamente fuera del vidrio.
Soportes para Teléfono en el Parabrisas
Los soportes para teléfono adheridos al parabrisas mediante ventosas o soportes adhesivos enfrentan el mismo análisis legal que los soportes de GPS. El dispositivo en sí no es ilegal, pero colocarlo sobre el vidrio expone al conductor a ambos estatutos: el estándar de obstrucción material de la Sección 12-404 y la regla categórica sobre el parabrisas de la Sección 12-422(B).
Dado que el HB 2263 exige el uso del teléfono en modo manos libres en zonas escolares y zonas de construcción vial, los conductores tienen un incentivo adicional para montar sus teléfonos en ubicaciones accesibles pero legalmente seguras. Un soporte de tablero o un clip de rejilla de ventilación satisface tanto las leyes de obstrucción como el requisito de manos libres.
Dashcams
Las dashcams son legales de usar en Oklahoma, y el estado es un estado de consentimiento de una sola parte para la grabación de audio. Sin embargo, montar una dashcam directamente sobre el vidrio del parabrisas activa el mismo análisis de dos estatutos, y la Sección 12-422(D) no tiene ninguna exención para dashcams.
La ubicación habitualmente recomendada es detrás del espejo retrovisor, posicionada de manera que la cámara no se extienda más allá del contorno del espejo. Eso reduce el riesgo de obstrucción conforme a la Sección 12-404, pero una cámara detrás del espejo sigue siendo un objeto fijado al parabrisas para efectos de la Sección 12-422(B). Un soporte de tablero es la alternativa legal más segura, porque mantiene la cámara completamente fuera del vidrio sin perder un ángulo de grabación claro.
Objetos Colgantes y Decoraciones
Los ambientadores, permisos de estacionamiento, borlas de graduación y otros elementos suspendidos del espejo retrovisor están cubiertos por la Sección 12-404(C). Si el objeto obstruye materialmente la vista del conductor, constituye una infracción. Aunque la aplicación de la ley respecto a las decoraciones colgantes varía, los oficiales sí tienen la autoridad legal para emitir infracciones por estos elementos.
Reglas de Polarizado de Ventanas en Oklahoma
El 47 O.S. Sección 12-422 también regula el uso de materiales de recubrimiento de vidrio y dispositivos de protección solar en todas las ventanas del vehículo.
Polarizado del Parabrisas
El material de polarizado en el parabrisas no debe extenderse debajo de la línea AS-1 ni más de cinco pulgadas desde la parte superior del parabrisas, lo que quede más cerca de la parte superior, y no debe ser de color rojo ni ámbar.
Polarizado de Ventanas Laterales y Traseras
Oklahoma no prohíbe el polarizado lateral y trasero. La Sección 12-422(C) prohíbe el material transparente que altere el color o reduzca la transmisión de luz del vidrio, pero el inciso D(1) exenta después las ventanas laterales o traseras con una transmisión de luz de al menos veinticinco por ciento (25%) y una reflectancia luminosa de máximo veinticinco por ciento (25%). Ese estándar de 25% de transmisión de luz y 25% de reflectancia es la regla vigente para la mayoría de los vehículos.
Para los vehículos fabricados antes del año modelo 1996, el inciso D(10) permite que las ventanas detrás del conductor, y las ventanas traseras, bajen hasta un diez por ciento (10%) de transmisión de luz con el mismo límite de 25% de reflectancia, siempre que el vehículo tenga espejos exteriores en ambos lados que reflejen al menos 200 pies de carretera hacia atrás.
Exenciones Médicas
El Comisionado de Seguridad Pública puede emitir una exención de las restricciones de polarizado para un vehículo perteneciente a una persona que, por razones médicas, deba protegerse de la luz solar directa. La exención requiere una certificación por escrito de un médico. Cualquier persona puede operar un vehículo conforme a una exención médica válida.
Infracciones
Infringir cualquier disposición de la Sección 12-422, ya sea sobre polarizado o sobre un objeto en el vidrio, es un delito menor sancionado conforme al 47 O.S. Sección 17-101. Cualquier persona que venda, instale, aplique u opere un vehículo en infracción de la sección está sujeta a procesamiento.
HB 2263: Prohibición de Teléfono de Mano en Zonas Escolares y de Construcción
Uno de los cambios recientes más significativos a la ley de conducción de Oklahoma es el Proyecto de Ley de la Cámara 2263, que entró en vigor el 1 de noviembre de 2025 y está codificado en el 47 O.S. Sección 11-901e, titulado "Uso de Teléfonos Celulares en una Zona Escolar o de Construcción". Esta ley afecta directamente la manera en que los conductores usan los teléfonos montados y otros dispositivos electrónicos.
Qué Prohíbe la Ley
La Sección 11-901e declara ilegal operar un vehículo motorizado en movimiento mientras se sostiene o se usa un teléfono celular de mano, o mientras se usa un dispositivo de mano para redactar, enviar o leer manualmente un mensaje de texto, en cualquiera de estos dos lugares: una zona escolar debidamente señalizada donde esté vigente un límite de velocidad reducido señalizado por la presencia o posible presencia de niños escolares, o una zona de construcción vial. La condición del límite de velocidad reducido corresponde a la zona escolar; la disposición sobre la zona de construcción no depende de ella.
Esto va más allá de la prohibición de mensajes de texto existente. Basta con sostener el teléfono en la mano mientras se conduce por una zona escolar o de construcción para recibir una infracción, incluso si no está enviando ni leyendo un mensaje de texto.
Qué Sigue Estando Permitido
La ley permite el uso de tecnología de manos libres. Los conductores pueden usar conexiones Bluetooth, Apple CarPlay, Android Auto, la función de altavoz y otros sistemas que permiten operar el teléfono sin sostenerlo. El requisito clave es que las manos del conductor permanezcan en el volante, no en el teléfono.
Sanciones
Una infracción conlleva una multa de no más de $100 conforme al inciso C, y el inciso F impide que el Departamento de Seguridad Pública asigne puntos en la licencia por esta infracción. Conforme al inciso G, sin el consentimiento del conductor, un oficial no puede confiscar el dispositivo para verificar el cumplimiento ni retenerlo como evidencia mientras se resuelve el caso, y no puede extraer ni descargar información de él, salvo que exista causa probable de que el dispositivo se usó para cometer un delito, una orden de cateo válida, u otra autorización legal.
Historial Legislativo
El HB 2263 fue redactado por la representante Nicole Miller, con el senador Todd Gollihare como autor principal en el Senado. El gobernador vetó la medida el 13 de mayo de 2025. Ambas cámaras anularon el veto el 29 de mayo de 2025, la Cámara por 68 a 21 y el Senado por 38 a 7, y el proyecto se presentó ante el Secretario de Estado el mismo día. La ley entró en vigor el 1 de noviembre de 2025.
Autoridad Municipal
El inciso E autoriza a los municipios de Oklahoma a adoptar y hacer cumplir ordenanzas sobre la misma conducta, pero les impone un límite. Las ordenanzas municipales deben contener las mismas disposiciones que el estatuto, sus disposiciones de aplicación no pueden ser más estrictas que las del estatuto, y la multa total más los costos judiciales por una infracción municipal no pueden exceder los $100.
Leyes Existentes sobre Conducción Distraída
El HB 2263 se suma a los estatutos existentes de Oklahoma sobre conducción distraída. Comprender el marco completo ayuda a aclarar cómo encajan los dispositivos montados en el parabrisas dentro del panorama legal.
Mensajes de Texto al Conducir: 47 O.S. Sección 11-901d
Conforme al 47 O.S. Sección 11-901d, es ilegal conducir un vehículo motorizado mientras se usa un dispositivo de comunicación electrónica de mano para redactar, enviar o leer manualmente un mensaje de texto electrónico mientras el vehículo está en movimiento. Esta es una ley de aplicación primaria, lo que significa que los oficiales pueden detenerlo únicamente por observar esta conducta.
La multa por una primera infracción es de $100. El Departamento de Seguridad Pública no asigna puntos en la licencia de conducir por infracciones de mensajes de texto.
Las excepciones incluyen el uso de comandos de voz para marcar, contestar llamadas o revisar el correo de voz. También se permite ingresar o leer información en un sistema de GPS o navegación conforme a esta sección.
Conductores Comerciales: 47 O.S. Sección 11-901c
Conforme al 47 O.S. Sección 11-901c, los operadores de vehículos motorizados comerciales y los conductores de transporte público enfrentan reglas más estrictas. Estos conductores tienen prohibido usar un teléfono móvil de mano mientras operan sus vehículos. La sanción por infracciones de conductores comerciales es una multa de $500.
Los conductores de autobuses escolares pueden usar un teléfono de mano solo cuando sea necesario para comunicarse con la policía, servicios de emergencia o su departamento de transporte escolar.
Sanciones por Infracciones de Obstrucción del Parabrisas
Sanción General
Infringir el 47 O.S. Sección 12-404 es un delito menor. Conforme a la disposición de sanción general del 47 O.S. Sección 17-101, una primera condena conlleva una multa de no menos de $5 y no más de $500, o prisión por no más de diez días, o ambas.
Sanciones Aumentadas
Si la infracción ocurre mientras la licencia del conductor está suspendida, revocada, cancelada, denegada o descalificada, la multa se duplica junto con todos los costos judiciales y tarifas cobradas por el tribunal.
Impacto en el Seguro
Una infracción por obstrucción del parabrisas es una infracción de tránsito que queda en el registro del conductor. Aunque Oklahoma no asigna puntos en la licencia por muchas infracciones de equipo, las compañías de seguros pueden considerar la infracción al calcular las primas.
Comparación de Multas Relacionadas con el Parabrisas en Oklahoma
| Infracción | Estatuto | Multa Máxima | Puntos en la Licencia |
|---|---|---|---|
| Obstrucción del parabrisas, estándar de obstrucción material | 47 O.S. 12-404 | $500 | No |
| Objeto sobre el parabrisas, o polarizado ilegal | 47 O.S. 12-422 | $500 | No |
| Mensajes de texto al conducir | 47 O.S. 11-901d | $100 | No |
| Teléfono de mano en zona escolar o de construcción | 47 O.S. 11-901e | $100 | No |
| Uso del teléfono por conductor comercial | 47 O.S. 11-901c | $500 | Varía |
Consejos Prácticos para Conductores de Oklahoma
Para dispositivos GPS: Monte el dispositivo en el tablero usando una almohadilla de fricción o un soporte adhesivo. Evite los soportes de ventosa en el parabrisas. Ninguna exención de la Sección 12-422(D) cubre un soporte de GPS, así que un dispositivo sobre el vidrio sigue expuesto a una infracción incluso si es pequeño y está pegado al espejo.
Para soportes de teléfono: Use un clip de rejilla de ventilación, un soporte de tablero o un soporte montado en la consola. Esto lo mantiene fuera de ambos estatutos del parabrisas y satisface el requisito de manos libres en zonas escolares y de construcción vial.
Para dashcams: Un soporte de tablero es la opción más segura, porque es la única ubicación que evita por completo la Sección 12-422(B). Si la monta en el vidrio, manténgala detrás del espejo retrovisor para que la cámara no se extienda más allá de su contorno. La ley de consentimiento de una sola parte de Oklahoma significa que puede grabar audio legalmente dentro de su vehículo siempre que sea participante de la conversación.
Para transpondedores PikePass: Siga las instrucciones de instalación de la Autoridad de Autopistas de Peaje de Oklahoma y coloque el transpondedor detrás del espejo retrovisor en el interior del parabrisas.
Para el polarizado del parabrisas: Mantenga cualquier material de polarizado por encima de la línea AS-1 o dentro de las cinco pulgadas superiores del parabrisas. Si necesita protección solar en todo el parabrisas por razones médicas, solicite una exención médica a través del Comisionado de Seguridad Pública.
Para daños en el parabrisas: Repare las roturas en forma de estrella antes de que alcancen tres pulgadas de diámetro. Atienda las grietas de tensión antes de que la longitud combinada alcance doce pulgadas en el área crítica (zona de barrido del limpiaparabrisas del lado del conductor).
Más Leyes de Oklahoma
Preguntas frecuentes
¿Puedo poner el GPS o el teléfono en el parabrisas en Oklahoma?
La ley de Oklahoma no prohíbe específicamente los soportes de GPS o teléfono por nombre, pero dos estatutos los alcanzan. El 47 O.S. Sección 12-404 prohíbe cualquier objeto en el parabrisas que obstruya, oscurezca o afecte materialmente la vista clara del conductor. El 47 O.S. Sección 12-422(B) es más estricto: declara ilegal operar un vehículo con cualquier objeto colocado o fijado sobre el parabrisas salvo que esa sección lo exente, y su lista de exenciones no incluye un soporte de teléfono o de GPS. Cualquiera de las dos infracciones es un delito menor con una multa de hasta $500. La opción legal más segura es un soporte de tablero, un clip de rejilla de ventilación o un soporte de consola.
¿Es legal una dashcam en el parabrisas de Oklahoma?
Las dashcams son legales de usar en Oklahoma, y la ley de grabación de consentimiento de una sola parte del estado le permite grabar audio y video dentro de su vehículo. Montar una dashcam directamente en el parabrisas puede infringir el 47 O.S. Sección 12-404 si obstruye materialmente su vista, y también entra en la regla categórica del 47 O.S. Sección 12-422(B), que no tiene ninguna exención para dashcams. Colocarla detrás del espejo retrovisor, donde la cámara no se extiende más allá del contorno del espejo, reduce el riesgo de obstrucción, y un soporte de tablero evita por completo la regla sobre el parabrisas.
¿Qué es la ley de manos libres de Oklahoma bajo el HB 2263?
El HB 2263 entró en vigor el 1 de noviembre de 2025 y está codificado en el 47 O.S. Sección 11-901e. Prohíbe sostener o usar un teléfono celular de mano mientras el vehículo está en movimiento en una zona escolar debidamente señalizada con un límite de velocidad reducido vigente, o en una zona de construcción vial. La multa es de no más de $100, y el Departamento de Seguridad Pública no puede asignar puntos en la licencia. La tecnología de manos libres, como Bluetooth, Apple CarPlay y Android Auto, sigue permitida, al igual que contactar a servicios de emergencia ante una emergencia inminente. Sin el consentimiento del conductor, un oficial no puede confiscar el teléfono ni extraer datos de él salvo que exista causa probable de un delito, una orden judicial, u otra autorización legal.
¿Existe en Oklahoma una zona legal en pulgadas cuadradas para montar dispositivos en el parabrisas?
No una redactada para dispositivos. El 47 O.S. Sección 12-422(D)(5) exenta letreros, calcomanías u otros materiales exhibidos en un área de cuarenta y nueve pulgadas cuadradas en la esquina inferior del parabrisas más alejada del conductor, y en un área de cuarenta y nueve pulgadas cuadradas en la esquina inferior más cercana al conductor. Esas dos esquinas existen de verdad, pero la disposición está redactada para letreros, calcomanías y otros materiales, y Oklahoma no ha probado si un soporte de ventosa para teléfono o GPS califica. A diferencia de California y Nueva York, Oklahoma no tiene ninguna disposición que nombre los soportes de dispositivos electrónicos.
¿Cuáles son las sanciones por una infracción de obstrucción del parabrisas en Oklahoma?
Una infracción de obstrucción del parabrisas conforme al 47 O.S. Sección 12-404 es un delito menor. Conforme a la disposición de sanción general del 47 O.S. Sección 17-101, una primera condena conlleva una multa de entre $5 y $500, o hasta diez días de cárcel, o ambas cosas. Si la licencia del conductor está suspendida o revocada al momento de la infracción, la multa y todos los costos judiciales se duplican.
¿Cuánto daño en el parabrisas se permite en Oklahoma antes de que sea ilegal?
Oklahoma establece umbrales de daño específicos para el área crítica, que es la zona cubierta por el limpiaparabrisas del lado del conductor. Se prohíben las roturas en forma de estrella o por impacto de proyectil que midan tres pulgadas o más de diámetro. También son ilegales dos o más grietas de tensión o capilares con una longitud combinada de doce pulgadas o más. Estos estándares se aplican específicamente al área de barrido del limpiaparabrisas del lado del conductor.
Actualizaciones
Se corrigió el análisis de montaje en el parabrisas para agregar el 47 O.S. Sección 12-422(B), que prohíbe por completo los objetos sobre el parabrisas, se señalaron las dos áreas de cuarenta y nueve pulgadas cuadradas en las esquinas inferiores conforme a la Sección 12-422(D)(5), se agregó el estándar de polarizado del 25 por ciento para ventanas laterales y traseras, y se reemplazó un enlace que apuntaba al proyecto de ley HB 2263 equivocado.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Oklahoma Statutes, Title 47: MOTOR VEHICLES
§ 12-404Windshields and windows - Obstruction, obscuring, orVigente
impairing of driver's view - Electric windshield wiper mechanism. A. As used in this section: 1. "Critical area" means the area cleaned by the normal sweep of the windshield wiper blade on the driver's side. The area covered by the wiper blade cannot be reduced from manufacturer's original specifications; 2. "Noncritical areas" means all other areas; 3. "Outright breakage" means glass which is severely cracked or shattered to the extent that air passes through it or, if by running a fingertip over the cracked area, the glass moves or sharp edges can be felt; 4. "Star break or shot damage" means a vented break with cracks radiating from the point of impact; and 5. "Stress or hairline crack" means a crack which has no visible point of impact. B. No person shall operate any motor vehicle which: 1. Is not equipped with a windshield; 2. Has any outright breakage in the windshield or in the window on either side of the driver; 3. Has any star break or shot damage, three (3) inches or more in diameter, located in the critical area; or 4. Has two or more stress or hairline cracks, twelve (12) inches or more in combined length, located in the critical area. C.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-08 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en oklegislature.gov
§ 12-422Restrictions on use of glass coating materials orVigentecitada en 2 de nuestros artículos
sunscreening devices on windshields and windows. A. As used in this section: 1. "Glass coating material" or "sunscreening devices" means materials, films, applications or devices which are used in conjunction with approved vehicle glazing materials for the purpose of reducing the effects of sun, but shall not include materials, films, applications, or devices with a mirrored or mirror-like finish; 2. "Light transmission" means the percentage of total light which is allowed to pass through a window; 3. "Luminous reflectance" means the ratio of the amount of total light, expressed in percentages, which is reflected outward by the glass coating material or sunscreening device to the amount of total light falling on the glass coating material; 4. "Manufacturer" means: a. a person who engages in the manufacturing or assembling of sunscreening devices, or b. a person who fabricates, laminates, or tempers glazing materials, incorporating the capacity to reflect or to reduce the transmittance of light during the manufacturing process; and 5. "Window" means the windshield, side or rear glass of a motor vehicle, including any glazing material, glass coating or sunscreening device. B.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-01 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en oklegislature.gov
§ 17-101Misdemeanor violations - PenaltiesVigente
A. It is a misdemeanor for any person to violate any of the provisions of this title unless such violation is by this title or other law of this state declared to be a felony. B. 1. Every person convicted of a misdemeanor for a violation of any of the provisions of Sections 10-101 through 14-121 or Sections 16-101 through 16-114 of this title for which another penalty is not provided shall upon conviction thereof be punished by a fine of not less than Five Dollars ($5.00) nor more than Five Hundred Dollars ($500.00) or by imprisonment for not more than ten (10) days; for a second such conviction within one (1) year after the first conviction by imprisonment for not more than twenty (20) days; upon a third or subsequent conviction within one (1) year after the first conviction by imprisonment for not more than six (6) months, or by both such fine and imprisonment. 2.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-31 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en oklegislature.gov
§ 11-901dText messaging - PenaltiesVigente
A. It shall be unlawful for any person to operate a motor vehicle on any street or highway within this state while using a hand-held electronic communication device to manually compose, send or read an electronic text message while the motor vehicle is in motion. B. Any person who violates the provisions of subsection A of this section shall, upon conviction, be punished by a fine of not more than One Hundred Dollars ($100.00). C. The Department of Public Safety shall not record or assess points for violations of this section on any license holder's traffic record maintained by Service Oklahoma. D. The provisions of subsection A of this section shall not apply if the person is using the cellular telephone or electronic communication device for the sole purpose of communicating with any of the following regarding an imminent emergency situation: 1. An emergency response operator; 2. A hospital, physician's office or health clinic; 3. A provider of ambulance services; 4. A provider of firefighting services; or 5. A law enforcement agency. E.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-31 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en oklegislature.gov
§ 11-901cUnlawful use of cellular telephoneVigente
A. It shall be unlawful for any person to operate a commercial motor vehicle or for a public transit driver to operate a motor vehicle on any street or highway within this state while: 1. Using a cellular telephone or electronic communication device to write, send, or read a text-based communication; or 2. Using a hand-held mobile telephone while operating a commercial motor vehicle. For the purposes of paragraphs 1 and 2 of this subsection, using a hand-held mobile telephone is permissible by drivers of a commercial motor vehicle when necessary to communicate with law enforcement officials, other emergency services or by a public school bus driver to and from a central dispatch school transportation department or its equivalent. B. Any person who violates the provisions of subsection A of this section shall, upon conviction, be guilty of a misdemeanor punishable by a fine of Five Hundred Dollars ($500.00). C. As used in this section: 1. "Cellular telephone" means an analog or digital wireless telephone authorized by the Federal Communications Commission to operate in the frequency bandwidth reserved for cellular telephones; 2.
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§ 11-901eHolding or using a hand-held cell phone orReservada
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Fuentes y referencias
- 47 O.S. Sección 12-404 - Ley de obstrucción de parabrisas y ventanas(law.justia.com)
- 47 O.S. Sección 12-422 - Restricciones de polarizado de ventanas(law.justia.com)
- 47 O.S. Sección 11-901d - Sanciones por mensajes de texto al conducir(law.justia.com)
- 47 O.S. Sección 11-901c - Restricciones para conductores comerciales(law.justia.com)
- 47 O.S. Sección 17-101 - Infracciones y sanciones por delitos menores(law.justia.com)
- Información del proyecto de ley HB 2263 - Ley de manos libres(oklegislature.gov).gov
- HB 2263: nueva ley exige a los conductores usar el modo manos libres(okhouse.gov).gov
- 47 O.S. Sección 11-901e - Prohibición de teléfono de mano en zonas escolares(law.justia.com)
- Información sobre el transpondedor de peaje PikePass de Oklahoma(pikepass.com).gov
- 47 O.S. Sección 12-404 - El Parabrisas Debe Estar Libre de Obstrucciones y Equipado con Limpiaparabrisas (Oklahoma State Courts Network)(oscn.net)
- 47 O.S. Sección 12-422 - Vista Obstruida, Recubrimiento de Vidrio, Laminado del Parabrisas y las Ventanas del Vehículo - Infracciones (Oklahoma State Courts Network)(oscn.net)
- 47 O.S. Sección 11-901e - Uso de Teléfonos Celulares en una Zona Escolar o de Construcción (Oklahoma State Courts Network)(oscn.net)
- Información y trámite legislativo del HB 2263 (Sesión Regular de 2025) - Legislatura de Oklahoma(oklegislature.gov)