Montana
Leyes de Polarizado de Vidrios de Montana (2026): Límites Legales de VLT
Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 18 de agosto de 2026). · Revisado por el equipo editorial de RecordingLaw. · Ley verificada como vigente al 18 de agosto de 2026. · 2 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

La ley de Montana exige que los vidrios delanteros laterales dejen pasar al menos 24% de transmisión de luz visible (VLT). La mayoría de los vehículos deben tener al menos 14% de VLT en los vidrios traseros laterales y el vidrio trasero, mientras que los vehículos multipropósito, las vans y los autobuses no enfrentan restricción en esos vidrios.
¿Cuáles son las leyes de polarizado de vidrios en Montana?
Montana permite uno de los polarizados legales más oscuros del país. El mínimo del vidrio delantero lateral es 24% de VLT, uno de los límites delanteros más flexibles de cualquier estado. Un porcentaje de VLT más alto significa un polarizado más claro; un porcentaje de VLT más bajo significa un polarizado más oscuro. Con 24%, sus vidrios delanteros pueden ser bastante oscuros y seguir siendo legales.
Las reglas difieren en los vidrios detrás del conductor, pero la línea divisoria no es simplemente «auto contra SUV». El MCA 61-9-405(4)(c) establece un mínimo de 14% de VLT y un límite de 35% de reflectancia para el vidrio trasero y los vidrios laterales detrás del asiento delantero, y luego exceptúa a un solo grupo: los vehículos multipropósito, las vans y los autobuses. Todo vehículo fuera de esa excepción, no solo los sedanes, mantiene los límites de 14% y 35%.
El término de la excepción está definido, y la definición es más estrecha de lo que la mayoría de los conductores supone. El MCA 61-9-405(5)(d) define un vehículo multipropósito como un vehículo motorizado diseñado para transportar 10 pasajeros o menos que está construido sobre un chasis de camión o que cuenta con características especiales para uso ocasional fuera de carretera. Una SUV tipo body-on-frame construida sobre chasis de camión cumple con esa definición. Una crossover moderna de carrocería unibody construida sobre una plataforma de automóvil sin características para uso fuera de carretera generalmente no la cumple, así que sus vidrios traseros siguen sujetos a los límites de 14% de VLT y 35% de reflectancia. Si no está seguro de en qué categoría entra su vehículo, verifique si está construido sobre un chasis de camión antes de asumir que aplica la excepción.
| Posición del vidrio | La mayoría de los vehículos | Multipropósito/Vans/Autobuses |
|---|---|---|
| Vidrios delanteros laterales | VLT mínimo del 24% | VLT mínimo del 24% |
| Vidrios traseros laterales | VLT mínimo del 14% | Sin restricción |
| Vidrio trasero | VLT mínimo del 14% | Sin restricción |
| Parabrisas (debajo de la línea AS-1) | Solo transparente | Solo transparente |
Tenga en cuenta que el límite del 24% en los vidrios delanteros laterales se aplica por igual a todos los tipos de vehículo. Montana solo crea la distinción de vehículo multipropósito para los vidrios detrás del conductor.
Reglas de polarizado del parabrisas en Montana
Montana exige que el parabrisas por debajo de la línea AS-1 permanezca transparente. La línea AS-1 es la línea marcada por el fabricante cerca de la parte superior del parabrisas que indica la porción superior del vidrio de seguridad. El MCA 61-9-405(4)(a) prohíbe aplicar por debajo de esa línea cualquier material de bloqueo solar que no sea transparente, por lo que una lámina transparente, como una capa con protección UV, sí está permitida ahí. Cualquier lámina oscurecedora o polarizada por debajo de la línea AS-1 no lo está.

Por encima de la línea AS-1, Montana permite una franja superior. Sin embargo, los colores rojo, amarillo y ámbar están prohibidos en esa franja superior. Una franja superior no reflectante y sin color es aceptable.
Montana también limita la reflectividad a un 35% de reflectancia luminosa. Ese límite siempre aplica a los vidrios delanteros laterales conforme al MCA 61-9-405(4)(b). Detrás del asiento delantero, el límite está en la subsección (4)(c), cuya cláusula de excepción levanta toda esa subsección para el vidrio trasero y los vidrios laterales traseros de un vehículo multipropósito, van o autobús, de modo que esos vehículos tampoco tienen límite de reflectancia trasera. Los vidrios que se vean muy espejados o metálicos probablemente excederían el 35% donde ese límite aplica. El rojo, el amarillo y el ámbar son los colores expresamente prohibidos en la franja del parabrisas; no aplican otras restricciones de color a los vidrios laterales o trasero bajo el estatuto principal.
Exención médica y certificado de exención
Montana sí ofrece una exención médica para el polarizado de vidrios, mediante un mecanismo separado de la cláusula de excepción por registro del estado. El MCA 61-9-428 permite que la Patrulla de Carreteras de Montana o una agencia local de aplicación de la ley otorgue una exención por escrito de los estándares de VLT y reflectancia del 61-9-405(4) por motivos de seguridad, protección o médicos. Una exención médica requiere una declaración jurada firmada por un médico, asistente médico o enfermero de práctica avanzada con licencia que describa el motivo médico. El documento de exención en sí debe identificar el vehículo (VIN, número de registro u otra descripción), el nombre del propietario, el motivo de la exención, la fecha de emisión y las fechas de vigencia, y la firma del oficial que la otorgó, y debe conservarse en el vehículo para un control de tránsito.
Esto es distinto del certificado de exención del MCA 61-9-405(7), que es una cláusula de excepción por registro vehicular: se aplica únicamente a un vehículo que estaba registrado en Montana el 1 de octubre de 1991 y que ya tenía material de bloqueo solar no conforme en esa fecha, y no tiene relación alguna con un diagnóstico médico.
El mismo estatuto también exime de los límites estándar de VLT a los vidrios polarizados de fábrica en vehículos multipropósito, así como a vehículos como carrozas fúnebres, ambulancias y vehículos gubernamentales. Ninguna de estas exenciones se basa en la salud del conductor o de un pasajero.
Los conductores que necesiten protección solar adicional por motivos médicos pueden solicitar la exención del MCA 61-9-428 descrita arriba a través de la Patrulla de Carreteras o de una agencia local de aplicación de la ley, respaldada por una declaración jurada de un médico, asistente médico o enfermero de práctica avanzada. Sin esa exención, los conductores deben cumplir los límites estándar de VLT de Montana; las opciones que no requieren una exención incluyen lámina transparente con protección UV, viseras solares y ropa protectora.
Cómo se mide y se certifica el polarizado
El cumplimiento del polarizado en Montana se mide con un medidor de VLT que lee cuánta luz visible pasa a través del vidrio. El oficial o el inspector coloca el medidor sobre el vidrio y toma una lectura. El estatuto de Montana no especifica una tolerancia de medición, así que las lecturas se comparan directamente con los mínimos legales: 24% para los vidrios delanteros laterales y 14% para los vidrios traseros de los sedanes.

Montana no parece exigir una etiqueta de cumplimiento específica ni una etiqueta del instalador por estatuto. Sin embargo, obtener documentación de su instalador que muestre el VLT calificado de la lámina es un paso práctico. La lámina puede degradarse con el tiempo, y las especificaciones de VLT de fábrica del instalador le dan un registro de lo que se instaló. Si alguna vez hay una disputa en un control, un certificado del instalador puede aclarar la situación.
Pida a su instalador que proporcione un recibo o certificado que enumere la marca de la lámina, el porcentaje de VLT y los vidrios tratados. Guarde eso en la guantera junto con su registro y su tarjeta de seguro.
Sanciones por polarizado ilegal en Montana
Circular con polarizado de vidrios no conforme en Montana es un delito menor conforme al MCA 61-9-429. Como delito menor, conlleva el potencial de multas y, en teoría, consecuencias más graves, aunque las infracciones de polarizado en la práctica suelen resolverse mediante multas y corrección en lugar de tiempo en la cárcel.
Instalar polarizado no conforme también puede exponer al instalador a responsabilidad. El MCA 61-9-429(2) alcanza a la persona que aplica material de bloqueo solar o material de vidrio-plástico de manera que resulte en un vidrio que viole el 61-9-405(4). La infracción es la aplicación, no la venta, así que vender la lámina no constituye, por sí sola, una infracción bajo ese artículo. El resultado práctico para la mayoría de los conductores es una citación, una multa y una instrucción de retirar o reemplazar el polarizado infractor. Corregir la infracción con prontitud es la resolución más sencilla.
Si recibe una citación, el retiro y reemplazo de la lámina no conforme antes de su fecha de audiencia suele resultar en un desenlace más favorable. Consulte con los tribunales locales sobre si Montana permite en la práctica una resolución de tipo "boleta de corrección".
Si desea polarizar sus vidrios en Montana
Montana es uno de los estados más permisivos para el polarizado de vidrios, especialmente para los vehículos multipropósito. Así es como puede mantenerse dentro de la ley:

Para los vidrios delanteros laterales en cualquier vehículo, elija una lámina calificada en 24% de VLT o más clara. Dado que Montana no especifica una tolerancia de medición, elegir una lámina exactamente en 24% es el mínimo legal. Muchos conductores eligen una lámina al 20% en los vidrios delanteros en estados con tolerancias, pero en Montana es más seguro mantenerse en 24% o más para no dejar margen de disputa.
Para los vidrios traseros laterales y el vidrio trasero, el mínimo es 14% de VLT en cualquier vehículo que no sea multipropósito, van o autobús. Eso es bastante oscuro y permite una privacidad significativa. Las vans, los autobuses y los vehículos que cumplen con la definición de vehículo multipropósito del MCA 61-9-405(5)(d) (10 pasajeros o menos, construidos sobre un chasis de camión o con características especiales para uso ocasional fuera de carretera) no tienen límite de VLT ni de reflectancia en esos vidrios traseros, así que ahí sí está legalmente disponible el polarizado tipo limusina al 5% de VLT. No asuma que su SUV califica solo por el nombre: una crossover de tipo automóvil que no está construida sobre chasis de camión ni tiene características para uso fuera de carretera queda sujeta al mínimo del 14% igual que cualquier sedán, y oscurecerla más es un delito menor conforme al MCA 61-9-429.
Evite los tintes rojo, amarillo y ámbar en cualquier parte de la franja del parabrisas. Esos colores están expresamente prohibidos. Confirme que su lámina no produzca una apariencia muy metálica o espejada que pudiera llevar la reflectividad por encima del límite del 35%, el cual aplica a los vidrios delanteros laterales en todo vehículo y a los vidrios traseros en todo vehículo fuera de la excepción para vehículos multipropósito, vans y autobuses.
Pida a su instalador un certificado que enumere los valores de VLT y reflectancia. Si tiene una necesidad médica documentada de un polarizado más oscuro, consulte a la Patrulla de Carreteras de Montana o a su agencia local de aplicación de la ley sobre una exención conforme al MCA 61-9-428, que requiere una declaración jurada de un médico, asistente médico o enfermero de práctica avanzada con licencia. Eso es distinto del certificado de exención del MCA 61-9-405(7), que se limita a vehículos registrados en Montana el 1 de octubre de 1991 que ya tenían polarizado no conforme en esa fecha.
Para una comparación estatal completa, visite nuestra guía de Leyes de Polarizado de Vidrios por Estado. Para conocer reglas relacionadas sobre lo que puede montar o colgar cerca del parabrisas en Montana, consulte las Restricciones de Montaje en el Parabrisas de Montana.
Este artículo es información legal general, no asesoría legal. Los límites de polarizado de vidrios varían según el estado y cambian, y su aplicación depende de la práctica local y de su vehículo específico. Para una respuesta definitiva, consulte al DMV de su estado o a un abogado local.
Más leyes de Montana
- Leyes de Grabación de Reuniones con IA de Montana
- Leyes de Pensión Alimenticia de Montana
- Leyes de Empleo a Voluntad de Montana
- Leyes de Accidentes de Auto de Montana
- Leyes de Asientos para Auto de Montana
- Leyes de Custodia de Menores de Montana
- Leyes de Manutención Infantil de Montana
- Leyes de Matrimonio de Hecho de Montana
- Leyes de Privacidad de Datos de Montana
- Leyes de Deepfakes de Montana
- Leyes de Divorcio de Montana
- Leyes de Mordeduras de Perro de Montana
- Leyes de Emancipación de Montana
- Leyes de Eliminación de Antecedentes de Montana
- Leyes de Choque y Fuga de Montana
- Leyes de Propietarios e Inquilinos de Montana
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el polarizado legal en Montana?
Montana exige al menos 24% de VLT en los vidrios delanteros laterales. La mayoría de los vehículos deben tener al menos 14% de VLT en los vidrios traseros laterales y el vidrio trasero. Solo los vehículos multipropósito, las vans y los autobuses escapan de ese límite en los vidrios detrás del conductor, y el MCA 61-9-405(5)(d) define de forma restringida un vehículo multipropósito como aquel que transporta 10 pasajeros o menos y que está construido sobre un chasis de camión o cuenta con características especiales para uso ocasional fuera de carretera.
¿Qué tan oscuro puedo polarizar mis vidrios delanteros en Montana?
El polarizado legal más oscuro para los vidrios delanteros laterales en Montana es 24% de VLT. Cualquier lámina que permita menos del 24% de luz visible en los vidrios delanteros laterales no cumple con el MCA 61-9-405.
¿Es legal el polarizado al 20% en Montana?
Un polarizado al 20% es demasiado oscuro para los vidrios delanteros laterales en Montana, que requieren al menos 24% de VLT. Es legal en los vidrios traseros laterales y el vidrio trasero, donde el mínimo es 14% de VLT, y no hay ningún límite en los vidrios traseros de una van, un autobús o un vehículo que cumpla con la definición restringida de vehículo multipropósito de Montana.
¿Puedo obtener una exención médica para el polarizado de vidrios en Montana?
Sí. El MCA 61-9-428 permite que la Patrulla de Carreteras de Montana o una agencia local de aplicación de la ley otorgue una exención por escrito de los estándares de VLT y reflectancia por motivos médicos, con base en una declaración jurada firmada por un médico, asistente médico o enfermero de práctica avanzada con licencia. Eso es distinto del certificado de exención del MCA 61-9-405(7), que es una cláusula de excepción por registro vehicular para vehículos registrados en Montana el 1 de octubre de 1991 que ya tenían polarizado no conforme en esa fecha, no una adaptación médica.
¿Cuál es la sanción por polarizado ilegal en Montana?
El polarizado de vidrios no conforme en Montana es un delito menor conforme al MCA 61-9-429. En la práctica, las sanciones suelen implicar multas y la obligación de corregir la infracción.
¿Es legal el polarizado del parabrisas en Montana?
Por debajo de la línea AS-1, el MCA 61-9-405(4)(a) solo permite material transparente, así que una lámina UV transparente sí está permitida, pero una lámina polarizada no lo está. Se permite una franja superior por encima de la línea AS-1, pero se prohíben los colores rojo, amarillo y ámbar en esa franja.
¿Las SUV tienen reglas de polarizado distintas en Montana?
Solo algunas. La excepción de Montana para los vidrios detrás del asiento delantero cubre a las vans, los autobuses y los vehículos multipropósito, y el MCA 61-9-405(5)(d) define un vehículo multipropósito como uno diseñado para transportar 10 pasajeros o menos que está construido sobre un chasis de camión o que cuenta con características especiales para uso ocasional fuera de carretera. Una SUV construida sobre chasis de camión generalmente califica y no tiene límite de VLT ni de reflectancia en esos vidrios traseros. Una crossover unibody de tipo automóvil generalmente no califica, así que mantiene los límites de 14% de VLT y 35% de reflectancia. Las reglas del vidrio delantero lateral son iguales para todos los tipos de vehículo, con un mínimo del 24% de VLT.
Actualizaciones
Se corrigieron las reglas de vehículos multipropósito de Montana: se añadió la definición estatutaria (10 pasajeros o menos, chasis de camión o características fuera de carretera), se aclaró que la excepción de los vidrios traseros también levanta el límite de reflectancia del 35%, se limitó la responsabilidad del instalador a la aplicación (no la venta) de la lámina, y se corrigió la regla del parabrisas para permitir lámina transparente por debajo de la línea AS-1.
Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas; ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Se eliminó una exención médica de polarizado fabricada: el certificado de exención de Montana conforme al MCA 61-9-405(7) es una cláusula de excepción por registro vehicular anterior a 1991 sin base médica, y el estatuto de polarizado del estado no ofrece una exención médica.
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Revisado y aprobado por un editor
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Montana Code Annotated, Title 61
§ 61-9-405Windshields Required, Exception -- Unobstructed And Equipped With Wipers -- Window Tinting And Sunscreening -- Restrictions -- Exemptions -- DefinitionsVigentecitada en 3 de nuestros artículos
61-9-405. Windshields required, exception -- unobstructed and equipped with wipers -- window tinting and sunscreening -- restrictions -- exemptions -- definitions. (1) A motor vehicle, except a motorcycle, quadricycle, motor-driven cycle, or farm tractor, must be equipped with a front windshield meeting the requirements of 61-9-408, unless the driver wears safety glasses, goggles, or face shields at all times during the operation of the motor vehicle. (2) A person may not drive a motor vehicle with: (a) a sign, poster, substance, or other nontransparent material upon the front windshield, side wings, or side or rear windows of the vehicle that materially obstructs, obscures, or impairs the driver's clear view of the highway or an intersecting highway; or (b) a windshield that is shattered or in such a defective condition that it materially impairs or obstructs the driver's clear view. (3) The windshield on a motor vehicle must be equipped with a device for clearing rain, snow, or other moisture from the windshield. The device must be maintained in good working order.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-08 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en mca.legmt.gov
§ 61-9-428Window Tinting And Sunscreening -- Waiver -- ConditionsVigente
61-9-428. Window tinting and sunscreening -- waiver -- conditions. The highway patrol or a local law enforcement agency may grant a waiver of the standards of 61-9-405(4) for reasons of safety or security or for medical reasons based on an affidavit signed by a licensed physician, licensed physician assistant, or advanced practice registered nurse, as defined in 37-8-102. The waiver must be in writing and must include the vehicle identification number, registration number, or other description to clearly identify the motor vehicle to which the waiver applies and the date issued, the name of the owner of the vehicle, the reason for granting the waiver, the dates the waiver is effective, and the signature of the law enforcement officer granting the waiver. The highway patrol or the local law enforcement agency shall keep a copy of the waiver until the waiver expires.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-29 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en mca.legmt.gov