Illinois
Derechos de los ocupantes y leyes de prescripción adquisitiva en Illinois (2026)

Illinois fija el reloj general de prescripción adquisitiva en 20 años bajo el 735 ILCS 5/13-101, pero reduce ese plazo a 7 años cuando un reclamante posee color de título y paga todos los impuestos a la propiedad bajo el 735 ILCS 5/13-110 (terreno vacante) o el 735 ILCS 5/13-109 (terreno poseído). Los propietarios deben usar el proceso de desalojo supervisado por la corte bajo el 735 ILCS 5/9 para desalojar a los ocupantes; el desalojo por mano propia está prohibido.
Información verificada por última vez el 27 de mayo de 2026. Este artículo ofrece información legal general, no asesoría legal.
Alcance jurisdiccional: Este artículo cubre únicamente la ley estatal de Illinois. Para una comparación de las reglas de ocupantes en todo el país, consulte la guía nacional de derechos de los ocupantes.
Prescripción adquisitiva en Illinois: los plazos de 20 años y de 7 años
Illinois codifica la prescripción adquisitiva principalmente a través del Artículo XIII del Código de Procedimiento Civil (735 ILCS 5/13). Varias secciones establecen los plazos de prescripción, y no todas exigen lo mismo: el 13-101 (20 años), el 13-107 (7 años por residencia real más un título conectado deducible de registro), el 13-109 (7 años por posesión real, color de título de buena fe e impuestos) y el 13-110 (7 años por color de título de buena fe e impuestos sobre terreno vacante). Dos vías más estrechas de 2 años, el 13-107.1 y el 13-109.1, se limitan a compradores en una venta judicial de ejecución hipotecaria.

Sección 13-101: plazo general de 20 años. Bajo el 735 ILCS 5/13-101, una acción para recuperar bienes inmuebles debe iniciarse dentro de los 20 años posteriores a que surge la causa de acción. Una persona que ocupa pública y continuamente el terreno de otro durante 20 años sin permiso del propietario puede, después de ese periodo, alegar una reclamación de prescripción adquisitiva en una acción de título saneado. Esta es la regla por defecto y aplica tenga o no el reclamante algún instrumento escrito que pretenda transferir el título.
Sección 13-107: plazo de 7 años, residencia real y título de registro. Bajo el 735 ILCS 5/13-107, una acción para recuperar terreno poseído por una persona que reside físicamente en él durante 7 años sucesivos, con un título conectado y deducible del registro proveniente del Estado, de los Estados Unidos, de una venta por impuestos o de una venta judicial, debe iniciarse dentro de los 7 años posteriores a la toma de posesión. Esta vía depende de vivir en el terreno más una cadena de título que conste en el registro público. A diferencia del 13-109 y el 13-110, no tiene elemento de pago de impuestos. La Sección 13-107.1 establece una versión de 2 años de esta misma regla para compradores en una venta judicial de ejecución hipotecaria.
Sección 13-109: plazo de 7 años, terreno poseído, color de título e impuestos. Bajo el 735 ILCS 5/13-109, el plazo de 20 años se reduce a 7 años cuando concurren tres condiciones: (1) el reclamante posee color de título (un instrumento escrito que aparenta transferir la propiedad pero es legalmente defectuoso) de buena fe sobre terreno que el reclamante posee de hecho; (2) el reclamante ha pagado todos los impuestos evaluados sobre ese terreno en cada uno de esos 7 años; y (3) ha transcurrido el periodo de posesión requerido. Como el reclamante está en posesión real, la ocupación física debe ser continua durante todo el periodo, y los pagos de impuestos son obligatorios y deben cubrir toda la parcela descrita en el instrumento de color de título. La Sección 13-109.1 establece una versión de 2 años de esta regla para compradores en una venta judicial de ejecución hipotecaria.
Sección 13-110: plazo de 7 años, terreno vacante, color de título e impuestos. Bajo el 735 ILCS 5/13-110, una persona que posee color de título de buena fe sobre terreno vacante y desocupado, y que paga todos los impuestos legalmente evaluados sobre ese terreno durante 7 años sucesivos, es considerada la propietaria legal en la medida del título documental. Esta sección no tiene ningún elemento de posesión u ocupación: el terreno debe estar vacante y desocupado, justo lo opuesto a la ocupación real y continua que exige la vía de 20 años. También contiene una cláusula de extinción que cambia la respuesta práctica: si una persona con un mejor título documental paga los impuestos evaluados sobre el terreno durante uno o más años dentro del plazo de 7 años, quien posee el color de título deja de tener derecho al beneficio de esta sección. Por lo tanto, un propietario registral que note la situación y pague un solo año de impuestos derrota todo el reclamo.
Los cinco elementos de derecho consuetudinario (vía de 20 años). Para el plazo general de 20 años bajo el 735 ILCS 5/13-101, las cortes de Illinois exigen que la posesión sea:
- Real: el reclamante usa físicamente el terreno como lo haría un propietario (cultivo, cercado, mejoras o actos similares).
- Pública y notoria: el uso es visible y pondría a un propietario razonable sobre aviso de que alguien está alegando un reclamo.
- Exclusiva: el reclamante no comparte la posesión con el verdadero propietario ni con el público en general.
- Hostil (adversa): el reclamante ocupa sin permiso del propietario y sin reconocer el título superior del propietario.
- Continua: el reclamante mantiene la posesión ininterrumpida durante todo el periodo legal; las interrupciones en la posesión reinician el reloj a menos que la posesión previa se acumule (tacking) mediante vínculo jurídico.
Estos son elementos desarrollados judicialmente para la vía de 20 años. Las vías estatutarias más cortas se definen por su propio texto y no todas los exigen. La Sección 13-110 no exige posesión alguna, ya que solo alcanza terreno vacante y desocupado, y tanto el 13-109 como el 13-110 exigen color de título de buena fe, lo cual es una pregunta distinta del elemento de hostilidad del derecho consuetudinario.
Un reclamante que satisface los requisitos de la sección aplicable puede presentar una acción de título saneado en la corte de circuito para obtener una declaración judicial de propiedad. La prescripción adquisitiva es un reclamo afirmativo; el reclamante tiene la carga de probar cada elemento con prueba clara y convincente.
Cómo desalojar a un ocupante en Illinois
Illinois trata a los ocupantes como ocupantes ilegales y ofrece a los propietarios una única vía legal para el desalojo: una acción de desalojo presentada en la corte de circuito bajo el 735 ILCS 5/9-101 y siguientes.
Nada de mano propia. La ley de Illinois prohíbe que los propietarios desalojen físicamente a un ocupante, cambien cerraduras, corten los servicios o tomen otras medidas por mano propia para obligar a alguien a salir. Las violaciones pueden exponer al propietario a responsabilidad civil. La única vía legal es una sentencia judicial.
Paso 1: notificar una demanda por escrito de posesión. Notificar una demanda por escrito antes de presentar la demanda de desalojo es la práctica estándar en Illinois, y es un requisito legal en las situaciones que el 735 ILCS 5/9-102 condiciona a una «demanda por escrito», como un comprador que incumple un contrato de compra o un antiguo propietario que se niega a entregar la propiedad después del periodo de redención. Las situaciones de ocupantes ilegales previstas en el 9-102 (una entrada pacífica con posesión retenida ilegalmente, y una entrada a terreno vacante o desocupado sin derecho ni título) no exigen una demanda por escrito, y el 735 ILCS 5/9-104 es permisivo en su redacción: la demanda «puede hacerse» de las formas que enumera. Aun así, notificarla es prudente, porque documenta la demanda y fija la fecha del rechazo, y el formulario «Demand for Immediate Possession» aprobado por las cortes de Illinois sigue el lenguaje que ofrece el 9-104 («I hereby demand immediate possession of the following described premises»).
La Sección 9-104 es también la sección que alcanza expresamente a los ocupantes ilegales. Cuando quienes están en posesión son ocupantes desconocidos que no son parte de ningún contrato de arrendamiento, acuerdo de alquiler o acuerdo de derecho de posesión, la demanda puede notificarse entregando una copia dirigida a los «ocupantes desconocidos» al ocupante, dejando una copia con una persona de 13 años de edad o más que ocupe el inmueble, o fijando una copia en el inmueble dirigida a los «ocupantes desconocidos». Cuando el ocupante es un inquilino, rige en cambio el 735 ILCS 5/9-211: entrega al inquilino, dejar una copia con una persona de 13 años de edad o más que resida en el inmueble o esté en posesión de él, correo certificado o registrado con acuse de recibo del destinatario, o, si nadie está en posesión real, fijación de un aviso en el inmueble. La fijación y el envío por correo son, en cambio, el mecanismo de notificación sustituta para la citación de desalojo bajo el 735 ILCS 5/9-107, no una forma de notificar la demanda.

Paso 2: presentar una demanda de desalojo. Si el ocupante no desaloja después de la demanda, el propietario presenta una demanda de desalojo en la corte de circuito del condado donde se ubica la propiedad. Desde el 30 de septiembre de 2024, todas las citaciones de desalojo residencial en Illinois deben adjuntar un aviso del Court-Based Rental Assistance Program (CBRAP) en inglés y español, conforme a la Regla M.R. 32420 de la Corte Suprema de Illinois, incluso en casos de ocupantes.
Paso 3: notificar el proceso y asistir a la audiencia. La corte emite una citación que exige al ocupante comparecer. En la audiencia, el propietario debe probar el derecho a la posesión inmediata. Si el ocupante no comparece o el propietario prevalece, la corte dicta una orden de desalojo.

Paso 4: obtener una orden de posesión. Una sentencia de posesión da al propietario derecho a una orden de posesión, que el alguacil del condado ejecuta. El alguacil fija un aviso y, si el ocupante no se ha ido, desaloja físicamente al ocupante y sus pertenencias.
Sin ley de desalojo acelerado de ocupantes específica de Illinois a mayo de 2026. Varios estados promulgaron leyes independientes de desalojo acelerado para ocupantes en 2024-2025. Illinois no había promulgado una ley independiente de desalojo acelerado de ocupantes a la fecha de última verificación de este artículo. Los propietarios en Illinois deben usar el proceso estándar de desalojo descrito arriba.
Preguntas frecuentes sobre los derechos de los ocupantes en Illinois
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Aviso legal: Este artículo ofrece información legal general sobre la ley de Illinois y no es asesoría legal. La prescripción adquisitiva y el derecho de desalojo son específicos de cada caso, y los resultados dependen de las circunstancias particulares. Consulte a un abogado con licencia en Illinois antes de actuar para alegar o defender un reclamo de propiedad.
Para una comparación de los 50 estados, consulte la guía nacional de derechos de los ocupantes.
Última actualización: 27 de mayo de 2026.
Las leyes citadas reflejan su versión vigente al 27 de mayo de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo toma reclamar por prescripción adquisitiva en Illinois?
El plazo general es de 20 años de posesión pública, hostil, real, exclusiva y continua bajo el 735 ILCS 5/13-101. Existen vías más cortas: 7 años bajo el 735 ILCS 5/13-109 (color de título de buena fe, posesión real y pago de todos los impuestos), 7 años bajo el 735 ILCS 5/13-110 (color de título de buena fe y pago de todos los impuestos sobre terreno vacante y desocupado, sin elemento de ocupación), y 7 años bajo el 735 ILCS 5/13-107 (residencia real más un título conectado deducible de registro).
¿Qué es el color de título en la prescripción adquisitiva de Illinois?
El color de título es un instrumento escrito (como una escritura defectuosa, una escritura por impuestos o una transferencia registrada de forma incorrecta) que aparenta transferir la propiedad pero es legalmente defectuoso. Un reclamante con color de título que además paga todos los impuestos puede calificar para el plazo más corto de 7 años en lugar del plazo por defecto de 20 años.
¿Tiene un ocupante que pagar impuestos a la propiedad para reclamar por prescripción adquisitiva en Illinois?
El pago de impuestos solo es un elemento de las vías de color de título bajo el 735 ILCS 5/13-109 y 13-110. Bajo el plazo estándar de 20 años del 735 ILCS 5/13-101, y bajo la vía de 7 años de residencia real y título conectado de registro del 735 ILCS 5/13-107, el pago de impuestos no es un elemento legal, aunque las cortes pueden considerarlo como evidencia de los elementos de hostilidad y reclamo de derecho.
¿Puede un arrendador de Illinois desalojar a un ocupante sin ir a la corte?
No. Illinois prohíbe el desalojo por mano propia. Cambiar cerraduras, retirar pertenencias o expulsar físicamente a un ocupante de cualquier otra forma sin una orden judicial es ilegal. El propietario debe presentar una acción de desalojo bajo el 735 ILCS 5/9-101 y siguientes y obtener una orden de posesión emitida por la corte y ejecutada por el alguacil.
¿Cuánto tarda el desalojo de un ocupante en Illinois?
Después de que se notifique cualquier demanda de posesión, el propietario presenta la demanda en la corte de circuito. La corte suele programar una audiencia en unas pocas semanas. Si no se impugna, el propietario puede obtener una orden de posesión y una orden de ejecución con relativa rapidez; un caso impugnado puede tardar varios meses según el condado y el calendario de la corte.
¿Tiene Illinois un proceso de desalojo acelerado de ocupantes?
Al mes de mayo de 2026, Illinois no tiene una ley independiente de vía rápida para desalojar ocupantes. El desalojo procede bajo el proceso estándar de desalojo del 735 ILCS 5/9. Algunos condados pueden tener prácticas judiciales locales que agilizan los casos no impugnados, pero no se ha promulgado ninguna ley independiente de desalojo acelerado.
¿Cuál es la diferencia entre el 735 ILCS 5/13-109 y el 13-110?
Ambas secciones crean una vía de 7 años que exige color de título de buena fe más el pago de todos los impuestos legalmente evaluados sobre el terreno. La sección 13-109 aplica a terreno que el reclamante posee físicamente, y la posesión durante 7 años sucesivos es un elemento. La sección 13-110 aplica a terreno vacante y desocupado y no tiene ningún elemento de posesión, pero se pierde si una persona con un mejor título documental paga los impuestos durante uno o más años dentro del plazo de 7 años.
Actualizaciones
Se corrigió la sección que rige la notificación de la demanda de posesión (el 735 ILCS 5/9-104 gobierna a los ocupantes desconocidos, no el 9-211), se restablecieron los métodos de notificación previstos por la ley, se acotaron los cinco elementos de posesión a la vía de 20 años, se añadió la vía de 7 años del 735 ILCS 5/13-107 y la cláusula de extinción por impuestos del 13-110, y se actualizó la terminología de «entrada y detentación forzosa» a «acción de desalojo».
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Illinois Compiled Statutes Chapter 735, Act 5 (Code of Civil Procedure)
§ 13-101Twenty years - Recovery of landVigente
No person shall commence an action for the recovery of lands, nor make an entry thereon, unless within 20 years after the right to bring such action or make such entry first accrued, or within 20 years after he, she or those from, by, or under whom he or she claims, have acquired title or possession of the premises, except as provided in Sections 13-102 through 13-122 of this Act.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-08 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en ilga.gov
Fuentes y referencias
- 735 ILCS 5/13-101 — Código de Procedimiento Civil, prescripción de 20 años para recuperación de bienes inmuebles(ilga.gov).gov
- 735 ILCS 5/13-109 — Prescripción adquisitiva: color de título, posesión, pago de impuestos (plazo de 7 años)(ilga.gov).gov
- 735 ILCS 5/13-110 — Prescripción adquisitiva: terreno vacante, color de título, pago de impuestos (plazo de 7 años)(ilga.gov).gov
- 735 ILCS 5/9-101 y siguientes — Código de Procedimiento Civil, Articulo IX, Entrada y detentación forzosa(ilga.gov).gov
- Corte Suprema de Illinois — Formularios y procedimientos de desalojo (incl. M.R. 32420, vigente el 30 de sept. de 2024)(illinoiscourts.gov).gov
- Cornell LII — Prescripción adquisitiva: resumen de elementos(law.cornell.edu)
- 735 ILCS 5/9-104 — Demanda, Aviso, Devolución (notificación de una demanda de posesión, incluso a «ocupantes desconocidos»)(ilga.gov)
- 735 ILCS 5/9-102 — Cuándo puede mantenerse una acción de desalojo (incluye la entrada a terreno vacante o desocupado sin derecho ni título)(ilga.gov)
- 735 ILCS 5/13-107 — Siete años con residencia real y título conectado deducible de registro(ilga.gov)