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Derechos de los Abuelos en Texas: El Estándar de Perjuicio Significativo

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 3 de septiembre de 20266 min de lectura
Derechos de los Abuelos en Texas: El Estándar de Perjuicio Significativo

Preguntas frecuentes

¿Qué deben probar los abuelos en Texas para ganar la visita?

Mediante una preponderancia de la prueba, que negar la posesión o el acceso perjudicaría significativamente la salud física o el bienestar emocional del menor. Esto supera una presunción de que la propia decisión del padre o la madre está en el interés superior del menor.

¿Cuándo puede un abuelo de Texas presentar una demanda de posesión o acceso?

Solo cuando la circunstancia desencadenante aplica a su propio hijo o hija, el padre o madre del nieto. Ese padre o madre debe haber fallecido, haber sido declarado incompetente por un tribunal, haber estado encarcelado en una cárcel o prisión durante los tres meses previos a la presentación de la petición, o no tener posesión real o por orden judicial del menor, ni acceso a él. Esa última condición se refiere a si el padre o la madre realmente tiene posesión o acceso, no a si existe una orden de custodia. Al menos un padre o madre biológico o adoptivo también debe conservar derechos parentales que no hayan sido terminados, y solo un abuelo biológico o adoptivo tiene legitimación; la Corte Suprema de Texas sostuvo en In re Derzapf que un abuelastro no califica.

¿Puede un abuelo de Texas obtener la custodia en lugar de solo visitas?

La custodia, llamada conservatoría administradora, se rige por un estatuto separado (sección 102.004 del Código de Familia) con su propio estándar. Un abuelo puede presentar una demanda original de conservatoría administradora en circunstancias limitadas, pero no puede presentar una demanda original de mera conservatoría poseedora; eso requiere intervenir en un caso ya existente.

¿Termina la adopción el derecho de un abuelo de Texas a solicitar visitas?

Sí, cuando se cumplen dos cosas a la vez: cada padre biológico ha fallecido, ha tenido sus derechos parentales terminados, o ha firmado una declaración jurada de renuncia o cesión que designe al Departamento de Servicios de Familia y Protección, a una agencia de colocación de menores con licencia, o a alguien distinto del padrastro o madrastra del menor como conservador administrador; y el menor ha sido adoptado, o es objeto de una demanda de adopción pendiente, por alguien distinto de un padrastro o madrastra. Basta con que la petición de adopción esté pendiente, por lo que la adopción no necesita ser definitiva. La adopción por un padrastro o madrastra no corta la legitimación.

¿Es difícil para los abuelos ganar un caso de visitas en Texas?

Se requiere una demostración probatoria real, no solo un deseo de más contacto. El estándar de perjuicio significativo es genuinamente exigente, y los tribunales de Texas lo han reforzado en decisiones publicadas.

Actualizaciones

Se corrigieron los requisitos de acceso para abuelos en Texas: la condición desencadenante debe recaer sobre el propio hijo o hija del abuelo y depende de si ese padre o madre tiene posesión real o por orden judicial del menor (no de si existe una orden de custodia), el encarcelamiento exige un período retroactivo de tres meses, y la página ahora cubre la exigencia obligatoria de declaración jurada de la sección 153.432(c), el requisito de que un padre conserve derechos parentales no terminados, y el supuesto de adopción pendiente en el corte de la sección 153.434.

Fuentes y referencias

  1. Texas Family Code § 153.432, Suit for Possession or Access by Grandparent(statutes.capitol.texas.gov).gov
  2. Texas Family Code § 153.433, Requisites for Possessory or Access Order(statutes.capitol.texas.gov).gov
  3. Texas Family Code § 153.434, Prohibited Access to Grandchild(statutes.capitol.texas.gov).gov
  4. Texas Family Code § 102.004, Standing for Grandparent or Other Person(statutes.capitol.texas.gov).gov
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