Florida
Leyes de difamación en Florida: Libelo, calumnia y demandas (2026)
Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 20 de junio de 2026). · Ley verificada como vigente al 9 de agosto de 2026. · 3 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

En Florida, la difamación es una reclamación civil con un plazo de presentación de dos años conforme a Fla. Stat. 95.11(5)(h), y se requiere un aviso previo escrito antes de demandar a un medio de comunicación conforme a Fla. Stat. 770.01. Florida también cuenta con un estatuto anti-SLAPP que protege la libertad de expresión sobre asuntos públicos.
Esta guía forma parte de nuestra serie Leyes de difamación por estado. Para el marco general, consulte qué significa difamación de carácter.
¿Qué constituye difamación en Florida?
Los tribunales de Florida han requerido en general que un demandante por difamación pruebe cinco elementos: una declaración falsa presentada como hecho, publicación de esa declaración a un tercero, culpa del hablante que equivale al menos a negligencia, que la declaración se refería al demandante, y daños. La declaración debe ser de hecho susceptible de ser probado verdadero o falso, porque la pura opinión está constitucionalmente protegida y no es accionable. La verdad, o la verdad sustancial, es una defensa completa en Florida. El derecho de Florida también reconoce una reclamación relacionada denominada difamación por implicación, donde declaraciones literalmente verdaderas se organizan para crear una impresión falsa y difamatoria. Dado que Fla. Stat. 95.11(5)(h) impone un plazo de dos años y Fla. Stat. 770.01 exige un aviso previo a los medios de comunicación demandados, identificar la afirmación factual falsa y actuar con prontitud son pasos importantes en cualquier reclamación en Florida.
Atención: Una opinión honesta o un comentario justo sobre hechos divulgados no constituye difamación. Los tribunales preguntan si un lector razonable entendería las palabras como la afirmación de un hecho verificable en lugar de una opinión subjetiva.
Libelo vs. calumnia en Florida
Florida reconoce la división tradicional entre libelo y calumnia, pero ambos están sujetos al mismo plazo de prescripción de dos años de Fla. Stat. 95.11(5)(h). El libelo es la difamación escrita o impresa e incluye artículos periodísticos, transmisiones, sitios web, publicaciones en redes sociales y reseñas en línea. La calumnia es la difamación oral, como una declaración difamatoria hecha en voz alta en una reunión o en una conversación. Los elementos son los mismos para ambas formas, pero las normas sobre daños históricamente diferían: algunas declaraciones orales requerían prueba de daños especiales a menos que cayeran dentro de una categoría per se, mientras que la difamación escrita que era difamatoria en su faz permitía daños presumidos. Las normas de aviso previo y rectificación de Florida en el Capítulo 770 están dirigidas principalmente a los medios de comunicación impresos, que suelen surgir como libelo.

| Característica | Libelo (escrito) | Calumnia (oral) |
|---|---|---|
| Forma | Impreso, transmitido, en línea, reseñas | Declaraciones orales |
| Plazo de prescripción | 2 años (95.11(5)(h)) | 2 años (95.11(5)(h)) |
| Daños | Presumidos si es per se; de lo contrario, reales | Daños especiales salvo que sea per se |
| Aviso del Capítulo 770 | Aplica a los demandados de medios de comunicación, incluidos algunos sitios web y blogs | Generalmente no es el enfoque |
Difamación per se en Florida
La difamación per se en Florida se refiere a las declaraciones tan inherentemente dañinas que la ley presume el daño a la reputación, de modo que el demandante no necesita probar una pérdida económica específica para recuperar. Los tribunales de Florida reconocen cuatro categorías tradicionales: imputar falsamente que una persona cometió un delito grave; imputar que una persona tiene una enfermedad repugnante o contagiosa; imputar inmoralidad sexual grave; y las declaraciones que perjudican a una persona en su oficio, negocio o profesión al atacar una cualidad esencial para ese trabajo. Cuando una declaración encaja en una de estas categorías, la malicia y los daños han sido presuntamente reconocidos de manera tradicional. Los tribunales de Florida han examinado cada vez más si se requiere alguna prueba de daño real, especialmente después de que Gertz v. Robert Welch, Inc. limitara los daños presumidos en casos que involucran a demandantes privados y asuntos de interés público. Aun así, las categorías per se siguen siendo una vía poderosa porque exoneran al demandante de probar pérdidas dinerarias particulares.
El plazo de prescripción para demandar por difamación en Florida
El plazo de prescripción para la difamación en Florida es de dos años. Fla. Stat. 95.11(5)(h) dispone que "una acción por libelo o calumnia" debe iniciarse dentro de dos años. El plazo generalmente comienza a correr en la fecha en que la declaración difamatoria se publica por primera vez a un tercero. Florida sigue la regla de publicación única, lo que significa que para un libro, una transmisión o una publicación en línea, el plazo de prescripción corre desde la fecha de la primera publicación y no se reinicia cada vez que alguien lee, comparte o descarga el material. La modificación sustancial del contenido o su republicación para llegar a una nueva audiencia puede reiniciar el plazo. El plazo de dos años es más largo que el de un año que muchos estados utilizan, pero corre rápidamente, y el requisito separado de aviso previo para los medios de comunicación demandados en Fla. Stat. 770.01 significa que los demandantes no deben esperar hasta que se acerque el plazo para comenzar.
Atención: Fla. Stat. 770.01 exige un aviso escrito con al menos cinco días de anticipación antes de demandar, especificando las declaraciones falsas, y omitir ese paso puede terminar con la demanda. No asuma que la norma se limita a periódicos y radiodifusores. El estatuto alcanza la publicación en un «periódico, publicación periódica u otro medio», y en Comins v. VanVoorhis, 135 So. 3d 545 (Fla. 5th DCA 2014), el Quinto Distrito determinó que un blog que funcionaba como un medio de noticias y comentario público tenía derecho al aviso, y confirmó el fallo contra el demandante que omitió ese paso. Ese tribunal también señaló que no todo blog o bloguero califica, por lo que la opción más segura antes de demandar por una publicación en línea es enviar el aviso de todas formas.
La ley anti-SLAPP de Florida
Florida cuenta con un estatuto anti-SLAPP codificado en Fla. Stat. 768.295. Hace ilegal presentar una demanda "sin mérito y principalmente porque" una persona ejerció el derecho constitucional de libertad de expresión en relación con un asunto público, o los derechos de reunión pacífica, instrucción de representantes o petición al gobierno. El estatuto protege, entre otras cosas, las declaraciones realizadas ante un organismo gubernamental sobre un asunto bajo su consideración y las declaraciones realizadas en relación con una obra de teatro, película, programa de televisión o radio, libro, artículo de revista, noticia periodística u obra similar. Un demandado objeto de tal demanda puede solicitar una desestimación expedita o una sentencia definitiva, y los tribunales de Florida deben celebrar la vista en el momento más temprano posible. El estatuto dispone que la parte vencedora recupera los honorarios razonables de abogado y las costas judiciales por la reclamación anti-SLAPP, lo que disuade las demandas sin mérito destinadas a silenciar el discurso de interés público. Cuando una entidad gubernamental presenta tal demanda, se aplican recursos adicionales y requisitos de notificación.

Figuras públicas y malicia real
El nivel de culpa que debe probar un demandante por difamación en Florida depende de quién es esa persona, y esa norma proviene del derecho constitucional federal aplicado de manera idéntica en todos los estados. Conforme a New York Times Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254 (1964), un funcionario público que demanda por declaraciones sobre su conducta oficial debe probar malicia real, es decir, que el hablante sabía que la declaración era falsa o actuó con imprudencia temeraria respecto de su veracidad. La Corte Suprema extendió esa norma de los funcionarios públicos a las figuras públicas en Curtis Publishing Co. v. Butts, 388 U.S. 130 (1967). Gertz v. Robert Welch, Inc., 418 U.S. 323 (1974), tomó un rumbo distinto para los demandantes privados: se negó a extenderles la malicia real y, en cambio, dejó que cada estado estableciera su propio estándar de culpa, siempre que el estado no imponga responsabilidad sin culpa alguna. Florida exige que un demandante privado pruebe al menos negligencia. Gertz también prohibió los daños presumidos y punitivos en un asunto de interés público a menos que el demandante pruebe malicia real, de modo que un demandante privado que solo prueba negligencia recupera únicamente por el daño real. La malicia real debe probarse con prueba clara y convincente, un estándar más alto que el ordinario de preponderancia. En los litigios de difamación de Florida, si el demandante es un funcionario público, una figura pública o una persona privada es frecuentemente el tema decisivo.
Daños que puede recuperar en Florida
Un demandante por difamación en Florida puede recuperar varios tipos de daños. Los daños especiales cubren las pérdidas económicas concretas, como los salarios perdidos, los clientes perdidos o los negocios perdidos directamente causados por la declaración difamatoria. Los daños generales compensan el daño a la reputación, la angustia mental y la humillación. En un caso de difamación per se, el daño ha sido presuntamente reconocido de manera tradicional, aunque Gertz puede exigir prueba de daño real cuando un demandante privado demanda sobre un asunto de interés público sin probar malicia real. Los daños punitivos pueden estar disponibles cuando el demandante prueba que el demandado actuó con malicia o imprudencia temeraria. Dos peculiaridades de Florida afectan el panorama de daños: conforme a Fla. Stat. 770.02, un medio de comunicación que publica una corrección o rectificación oportuna y de buena fe después del aviso apropiado puede limitar al demandante a los daños reales, y la norma de aviso previo de Fla. Stat. 770.01 debe cumplirse antes de demandar a un medio de comunicación.
Cómo demandar por difamación en Florida
Perseguir una reclamación por difamación en Florida generalmente sigue una secuencia, aunque el camino correcto depende de los hechos. Muchos demandantes comienzan por preservar la evidencia, incluida la declaración exacta, la fecha de publicación y la audiencia, porque la regla de publicación única vincula el plazo a la primera publicación. Si el demandado es un periódico, radiodifusor u otro medio de comunicación, lo cual los tribunales de Florida han interpretado que incluye sitios web y blogs que difunden noticias o comentarios públicos, Fla. Stat. 770.01 exige notificar por escrito con al menos cinco días de anticipación antes de presentar la demanda, especificando las declaraciones falsas y difamatorias; esto también le da al demandado la oportunidad de rectificar conforme a Fla. Stat. 770.02. El demandante entonces presenta una demanda ante el tribunal de circuito de Florida que corresponda dentro del plazo de dos años establecido por Fla. Stat. 95.11(5)(h). El demandado puede invocar el estatuto anti-SLAPP, Fla. Stat. 768.295, si la demanda tiene como objetivo el discurso de interés público, lo que puede desencadenar una moción de desestimación anticipada y el traslado de honorarios. Dada la norma de aviso y el riesgo anti-SLAPP, consultar a un abogado autorizado en Florida desde el principio es prudente. Este artículo es información general, no asesoramiento legal.

Cómo demandar por difamación de carácter en Florida
Para demandar por difamación de carácter en Florida, un demandante generalmente debe presentar la demanda dentro de los dos años siguientes a la publicación, conforme a Fla. Stat. § 95.11(5)(h), que establece un plazo de dos años para el libelo o la calumnia. Florida sigue la regla de publicación única (Fla. Stat. § 770.07), por lo que el plazo corre desde la primera publicación incluso para el contenido que permanece en línea. Muchas demandas por difamación se presentan ante el tribunal de circuito de Florida, que conoce de reclamaciones por encima del umbral del tribunal de condado. Los elementos y las defensas siguen las normas nacionales: una declaración falsa de hecho sobre usted, publicada a un tercero, con la culpa requerida, que causa daño a la reputación, con la verdad y la opinión como defensas.
- Plazo de prescripción: 2 años (Fla. Stat. § 95.11(5)(h))
- Dónde presentar: Tribunal de circuito de Florida (tribunal de condado para reclamaciones menores; pequeñas reclamaciones de hasta $8,000)
- Daños: No existe un límite legal a los daños por difamación
- Anti-SLAPP: Limitada. Fla. Stat. § 768.295 protege la libertad de expresión sobre asuntos públicos y permite la recuperación de honorarios, pero su alcance es más limitado que el de los estados con UPEPA, por lo que ofrece una protección anticipada más débil contra una demanda borderline.
¿Es la difamación un delito en Florida? Sí. El libelo penal conforme a Fla. Stat. § 836.01 es un delito menor de primer grado, pero el estatuto rara vez se procesa y la mayoría de los casos de difamación se persiguen civalmente.
Para conocer el proceso paso a paso completo, consulte Cómo demandar por difamación de carácter.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo demandar por difamación en Florida?
Sí. Usted puede demandar por libelo o calumnia si una declaración falsa de hecho sobre usted fue publicada a un tercero y causó daño. Debe presentar la demanda dentro de dos años conforme a Fla. Stat. 95.11(5)(h), y los medios de comunicación demandados requieren aviso previo conforme a Fla. Stat. 770.01.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar por difamación en Florida?
Dos años desde la primera publicación. Fla. Stat. 95.11(5)(h) establece un plazo de dos años para el libelo y la calumnia, y la regla de publicación única de Florida vincula el plazo a la fecha en que la declaración fue publicada por primera vez.
¿Es Florida un estado de difamación de un año?
No. Florida es un estado de dos años. Fla. Stat. 95.11(5)(h) otorga a los demandantes dos años para presentar una acción por libelo o calumnia, más que el plazo de un año utilizado en muchos estados.
¿Qué es la difamación per se en Florida?
Es una declaración tan dañina que se presume el daño. Florida reconoce cuatro categorías: imputar un delito grave, una enfermedad repugnante o contagiosa, inmoralidad sexual o inaptitud en el oficio o profesión.
¿Tiene Florida una ley anti-SLAPP?
Sí. Fla. Stat. 768.295 prohíbe las demandas sin mérito presentadas principalmente para frenar la libertad de expresión sobre un asunto público, permite la desestimación expedita y adjudica honorarios de abogado y costas a la parte vencedora.
¿Debo enviar un aviso antes de demandar por difamación en Florida?
A menudo sí, y la categoría es más amplia de lo que parece. Fla. Stat. 770.01 exige un aviso escrito con al menos cinco días de anticipación antes de demandar, especificando las declaraciones falsas, y una rectificación oportuna conforme a la sección 770.02 puede limitar los daños. El estatuto cubre la publicación en un periódico, publicación periódica u otro medio, y en Comins v. VanVoorhis, 135 So. 3d 545 (Fla. 5th DCA 2014), un tribunal de apelaciones de Florida determinó que un blog que publicaba noticias y comentarios públicos tenía derecho al aviso, por lo que la demanda fracasó sin él. No todo autor en línea califica, así que consulte a un abogado de Florida antes de asumir que el aviso es innecesario.
¿Puedo demandar por una mala reseña en línea en Florida?
Solo si la reseña contiene una declaración falsa de hecho en lugar de una opinión. Las opiniones honestas y las quejas subjetivas están protegidas, y una reseña sobre un asunto de interés público puede activar el estatuto anti-SLAPP de Florida.
¿Es la verdad una defensa contra la difamación en Florida?
Sí. La verdad, o la verdad sustancial, es una defensa completa en Florida. Una declaración que es sustancialmente exacta no puede sustentar una reclamación por difamación independientemente de cuán dañina sea.
Actualizaciones
Se corrigió la atribución de la norma de malicia real para figuras públicas a Curtis Publishing Co. v. Butts (1967) y se precisó lo que realmente estableció Gertz, y se agregó la aclaración de que el aviso previo de Florida alcanza a sitios web y blogs, no solo a periódicos y radiodifusores.
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas
Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Florida Statutes
§ 770.01Notice condition precedent to action or prosecution for libel or slander.Vigente
Before any civil action is brought for publication or broadcast, in a newspaper, periodical, or other medium, of a libel or slander, the plaintiff shall, at least 5 days before instituting such action, serve notice in writing on the defendant, specifying the article or broadcast and the statements therein which he or she alleges to be false and defamatory.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leg.state.fl.us
Citada en 54 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2025
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Orlando Sports Stadium, Inc. v. Sentinel Star Co. (District Court of Appeal of Florida 1975, 316 So. 2d 607)“…15, 1971, appellants, in an apparent attempt to comply with Fla. Stat. 770.01, [1] by letter dated September 29, 197…”
- Comins v. Vanvoorhis (District Court of Appeal of Florida 2014, 135 So. 3d 545)“…st amended complaint alleged that “Plaintiff complied with Fla. Stat. § 770.01 in an abundance of caution by serving…”
- Cousins v. Post-Newsweek Stations Florida (District Court of Appeal of Florida 2019, 275 So. 3d 674)“…s failure to comply with a condition precedent pursuant to section 770.01, Florida Statutes.4 Following a hearing, the trial…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 95.11Limitations other than for the recovery of real property.Vigentecitada en 12 de nuestros artículos
Actions other than for recovery of real property shall be commenced as follows:(1) WITHIN TWENTY YEARS.—An action on a judgment or decree of a court of record in this state. (2) WITHIN FIVE YEARS.—(a) An action on a judgment or decree of any court, not of record, of this state or any court of the United States, any other state or territory in the United States, or a foreign country. (b) A legal or equitable action on a contract, obligation, or liability founded on a written instrument, except for an action to enforce a claim against a payment bond, which shall be governed by the applicable provisions of paragraph (6)(e), s. 255.05(10), s. 337.18(1), or s. 713.23(1)(e), and except for an action for a deficiency judgment governed by paragraph (6)(g). (c) An action to foreclose a mortgage. (d) An action alleging a willful violation of s. 448.110. (e) Notwithstanding paragraph (b), an action for breach of a property insurance contract, with the period running from the date of loss. (3) WITHIN FOUR YEARS.—(a) An action relating to the determination of paternity, with the time running from the date the child reaches the age of majority.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-08 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leg.state.fl.us
Citada en 698 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
En los tribunales (resumen editorial, verificado de forma independiente):Merkle v. Robinson (1999) sostuvo que la prueba de relación significativa rige los conflictos de leyes sobre la sección 95.11, de modo que una demanda prescrita en Florida puede proceder bajo el plazo de otro estado. Foley v. Morris (1976) aplicó un plazo acortado de la 95.11 a una demanda preexistente cuando el demandante aún tuvo el nuevo plazo completo.
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Merkle v. Robinson (Supreme Court of Florida 1999, 737 So. 2d 540)✓Una paciente de West Virginia demandó a la sucesión de un médico en Florida, donde él se había jubilado; su reclamo era extemporáneo bajo la ley de Florida pero no bajo la de West Virginia. La corte sostuvo que la prueba de relación significativa rige los conflictos sobre section 95.11, y aplicó el plazo de West Virginia.
- Foley v. Morris (District Court of Appeal of Florida 1976, 325 So. 2d 37)✓Un cirujano dejó un drenaje de goma dentro de un paciente en 1971; la demanda se presentó en 1974, después de que Florida reemplazara el plazo de cuatro años por el de dos años para negligencia médica en section 95.11(6). La corte aplicó el nuevo plazo desde su fecha de vigencia y confirmó la desestimación.
- State ex rel. Gerstein v. Hialeah Race Course, Inc. (Supreme Court of Florida 1971, 245 So. 2d 53)✓Un fiscal estatal demandó a operadores de hipódromos por contribuciones políticas. Al declarar inconstitucional, en su aplicación, el plazo de cuatro años de la ley de campañas, la corte determinó que regía el límite general de un año de section 95.11(7)(a), por lo que la demanda tardía fue desestimada correctamente.
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 770.02Correction, apology, or retraction by newspaper or broadcast station.Vigente
(1) If it appears upon the trial that said article or broadcast was published in good faith; that its falsity was due to an honest mistake of the facts; that there were reasonable grounds for believing that the statements in said article or broadcast were true; and that, within the period of time specified in subsection (2), a full and fair correction, apology, or retraction was, in the case of a newspaper or periodical, published in the same editions or corresponding issues of the newspaper or periodical in which said article appeared and in as conspicuous place and type as said original article or, in the case of a broadcast, the correction, apology, or retraction was broadcast at a comparable time, then the plaintiff in such case shall recover only actual damages.
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Citada en 5 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2008
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Jews for Jesus, Inc. v. Rapp (Supreme Court of Florida 2008, 33 Fla. L. Weekly Supp. 849)“…ments contained in the article or broadcast. Id. Further, section 770.02, Florida Statutes (2007), limits the amount of damages a…”
- O'NEAL v. Tribune Company (District Court of Appeal of Florida 1965, 176 So. 2d 535)“…ogy in both the Times [4] and the Tribune [5] pursuant to section 770.02, Florida Statutes. The ruling of the court upholding th…”
- Firestone v. Time, Inc. (Supreme Court of Florida 1972, 271 So. 2d 745)“…gnition of this fact, our state legislature has provided in Section 770.02, Florida Statutes, F.S.A., for correction, apology, or re…”
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§ 768.295Strategic Lawsuits Against Public Participation (SLAPP) prohibited.Vigente
(1) It is the intent of the Legislature to protect the right in Florida to exercise the rights of free speech in connection with public issues, and the rights to peacefully assemble, instruct representatives, and petition for redress of grievances before the various governmental entities of this state as protected by the First Amendment to the United States Constitution and s. 5, Art. I of the State Constitution. It is the public policy of this state that a person or governmental entity not engage in SLAPP suits because such actions are inconsistent with the right of persons to exercise such constitutional rights of free speech in connection with public issues. Therefore, the Legislature finds and declares that prohibiting such lawsuits as herein described will preserve this fundamental state policy, preserve the constitutional rights of persons in Florida, and assure the continuation of representative government in this state. It is the intent of the Legislature that such lawsuits be expeditiously disposed of by the courts.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leg.state.fl.us
Citada en 23 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Flynn v. Wilson (District Court of Appeal of Florida 2024)“…summary judgment, invoking Florida's "anti-SLAPP statute," section 768.295, Florida Statutes (2023). As noted, he argued that the tw…”
- ANNE MCQUEEN v. CAROLE BASKIN (District Court of Appeal of Florida 2023)“…n's complaint amounted to a prohibited SLAPP lawsuit7 under section 768.295, Florida Statutes (2020), and that, as such, she was enti…”
- JONATHAN KIERNAN GODWIN v. STEPHEN MICHELINI (District Court of Appeal of Florida 2023)“…motion to dismiss or for summary judgment filed pursuant to section 768.295, Florida Statutes (2021), Florida's Strategic Lawsuits A…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 770.07Cause of action, time of accrual.Vigente
The cause of action for damages founded upon a single publication or exhibition or utterance, as described in s. 770.05, shall be deemed to have accrued at the time of the first publication or exhibition or utterance thereof in this state.
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Citada en 14 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2025
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- WAGNER, NUGENT, JOHNSON v. Flanagan (Supreme Court of Florida 1993, 629 So. 2d 113)“…makes good sense, I see no way around the plain language of section 770.07, Florida Statutes (1987), which obviously contradicts the…”
- Musto v. Bell South Telecommunications (District Court of Appeal of Florida 1999, 748 So. 2d 296)“…a single private defamatory statement and interpretation of section 770.07, Florida Statutes (1987), which sets the time of accrual…”
- Perdue v. Miami Herald Publishing Company (Supreme Court of Florida 1974, 291 So. 2d 604)“…r where the property in litigation is located... ." [2] Fla. Stat. § 770.07 , F.S.A.: "The cause of action for dama…”
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§ 836.01Punishment for libel.Vigentecitada en 2 de nuestros artículos
Any person convicted of the publication of a libel shall be guilty of a misdemeanor of the first degree, punishable as provided in s. 775.082 or s. 775.083.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leg.state.fl.us
Citada en 2 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Voisine v. United States (Supreme Court of the United States 2016, 579 U.S. 686)“…riminalize libel. See, e.g., Ala. Code. §13A–11–160 (2015); Fla. Stat. §836.01 (2015); La. Rev. Stat. Ann. §14:47 (Wes…”
- ATKINS (District Court, N.D. Florida 2026)“…20392, at *14 n.14 (S.D. Fla. Jan. 14, 2020) (concluding Fla. Stat. § 836.01 “is a criminal statute that does not gi…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- Fla. Stat. 95.11(5)(h), plazo de prescripción de dos años para libelo y calumnia(leg.state.fl.us).gov
- Fla. Stat. 768.295, estatuto anti-SLAPP de Florida (honorarios de abogado y costas para la parte vencedora)(leg.state.fl.us).gov
- Fla. Stat. 770.01 (aviso previo, al menos 5 días, a los medios de comunicación demandados) y 770.02 (la rectificación limita la recuperación a los daños reales)(leg.state.fl.us).gov
- New York Times Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254 (1964)(law.cornell.edu)
- Gertz v. Robert Welch, Inc., 418 U.S. 323 (1974)(law.cornell.edu)
- Fla. Stat. 770.01, condición previa de aviso antes de la demanda por publicación o transmisión en un periódico, publicación periódica u otro medio(leg.state.fl.us)
- Comins v. VanVoorhis, 135 So. 3d 545 (Fla. 5th DCA 2014) (un blog que funciona como medio alternativo de noticias y comentario público tiene derecho al aviso previo de Fla. Stat. 770.01)(courtlistener.com)
- Curtis Publishing Co. v. Butts, 388 U.S. 130 (1967) (extensión del estándar de malicia real a las figuras públicas)(law.cornell.edu)