California
Registros Judiciales de California: Por Qué No Hay Portal Estatal, y Cómo Funciona la Búsqueda en Cada Condado

California es el sistema judicial estatal más grande del país, y no tiene un sitio web estatal para buscar un caso por nombre. Cada uno de los 58 Tribunales Superiores del estado mantiene sus propios registros, y la Regla de Tribunal 2.503 de California impone el deber de proporcionar acceso electrónico al tribunal que mantiene esos registros, solo en la medida en que ese tribunal determine que es factible hacerlo. La respuesta real a cómo busco registros judiciales de California depende, por lo tanto, enteramente de en qué condado esté el caso.
California también tiene un dato que vale la pena conocer antes de siquiera buscar: algunas categorías de casos son públicas pero de acceso exclusivo en el tribunal, por lo que un portal de condado no las mostrará aun cuando el caso en sí sea totalmente público. La regla contempla una excepción limitada, solo para casos penales, que se describe más adelante.
Información verificada por última vez el 2026-08-10. Este artículo aún no ha sido revisado por un abogado con licencia.
Esta guía forma parte de un análisis más amplio sobre los registros judiciales por estado. Para conocer la mecánica general de las búsquedas federales, estatales y de condado, consulte cómo buscar registros judiciales y son públicos los registros judiciales.
Por Qué No Existe un Único Sitio Web de Registros Judiciales de California
No existe un portal estatal porque no hay un sistema estatal de registros judiciales detrás del cual construir uno. Bajo la sección 68150 del Código de Gobierno, los registros de los tribunales de primera instancia pueden crearse, mantenerse y conservarse en cualquier forma, incluyendo medios electrónicos, y es cada Tribunal Superior el que conserva los suyos.
La Regla de Tribunal 2.503 de California opera sobre esa estructura en lugar de crearla. La regla exige que un tribunal que mantiene sus registros en forma electrónica proporcione acceso electrónico a ellos, tanto de forma remota como en el propio tribunal, pero cada uno de sus deberes de acceso está condicionado a que sea factible hacerlo. La subdivisión (d) define lo que es factible según la propia evaluación del tribunal: este debe proporcionar acceso electrónico en la medida en que determine que cuenta con los recursos y la capacidad técnica para hacerlo.
Es decir, la regla no asigna la custodia, ni ordena en un sentido u otro un sistema estatal centralizado. La ausencia de una única herramienta de búsqueda estatal es un hecho administrativo y presupuestario sobre 58 tribunales con recursos separados, no algo que la Regla 2.503 disponga. La consecuencia para el lector es la misma: identifique el condado donde se presentó el caso y luego use la herramienta propia de ese condado, que puede diferir en costo, cobertura y hasta qué fecha se remontan los registros.
La Regla Estatal que Todos Comparten: la Regla 2.503(c)
Aunque el acceso es condado por condado, una parte de la regla es genuinamente estatal. La Regla 2.503(c) enumera categorías de casos que son públicas en el sentido legal, es decir, un miembro del público puede verlas, pero que ningún Tribunal Superior de California puede poner a disposición mediante acceso remoto público. La propia lista de la regla cubre registros en un procedimiento del Código de Familia, un procedimiento del tribunal de menores, un procedimiento de tutela o curatela, un procedimiento de salud mental, un procedimiento penal, procedimientos para transigir los reclamos de un menor o una persona con discapacidad, un procedimiento de acoso civil bajo la sección 527.6 del Código de Procedimiento Civil, un procedimiento de prevención de violencia en el lugar de trabajo bajo la sección 527.8, un procedimiento de prevención de violencia en una escuela postsecundaria privada bajo la sección 527.85, un procedimiento de prevención de abuso de adultos mayores o dependientes bajo la sección 15657.03 del Código de Bienestar e Instituciones, y un procedimiento de prevención de violencia armada bajo las secciones 18100 a 18205 del Código Penal.

El efecto práctico: para cualquiera de estos tipos de casos, acudir en persona a un tribunal es normalmente la única forma de ver el expediente, sin importar el condado o el portal que esté involucrado.
La Regla 2.503(e) contempla una excepción limitada, y solo alcanza a los casos penales. No obstante lo dispuesto para los procedimientos penales en (c)(5), el juez presidente del tribunal, o un juez designado por el juez presidente, puede ejercer su discreción para permitir el acceso remoto público a todos o parte de los registros judiciales públicos en un caso penal individual si se cumplen dos condiciones: que el número de solicitudes de acceso a documentos en el caso sea extraordinariamente alto, y que responder a esas solicitudes representaría una carga significativa para las operaciones del tribunal. Se trata de una liberación específica para un caso que un juez autoriza ante un expediente de alta demanda, no de una apertura general, y las otras diez categorías de la subdivisión (c) no tienen un equivalente.
Esto es distinto del sellado. Un registro sellado bajo la Regla de Tribunal 2.550 queda excluido por completo, incluso de la visualización en el tribunal; un registro bajo la Regla 2.503(c) es totalmente público, solo que no es remoto.
Condado de Los Ángeles: una Tarifa Real por Búsqueda
El Case Summary y los Public Access Online Services del Tribunal Superior de Los Ángeles cobran por búsquedas de nombre. Según el propio cronograma de tarifas del tribunal, un usuario registrado paga en una escala móvil desde $1.00 por búsqueda (para las búsquedas 1 a 10) hasta $4.00 por búsqueda (para más de 10,000 búsquedas), mientras que un usuario invitado paga una tarifa fija de $4.75 por búsqueda de nombre sin importar cuántos resultados arroje. Las propias preguntas frecuentes del tribunal explican la lógica: cada búsqueda genera una tarifa de acceso público para reembolsar al tribunal los costos de proporcionar acceso público a sus registros electrónicos, y la tarifa se aplica a cada búsqueda sin importar el número de resultados obtenidos. Las imágenes de documentos cuestan $1.00 por página para las primeras cinco páginas, luego $0.40 por página después, con un tope de $40.00 por documento. Los registros civiles, de demandas de menor cuantía, de derecho de familia y sucesorios de Los Ángeles se pueden buscar de esta manera; los registros penales usan un índice separado.
Condado de Santa Clara: Búsqueda Gratuita, Copias Pagadas
La herramienta Case Information Online del Tribunal Superior del Condado de Santa Clara cubre casos civiles, de demandas de menor cuantía, sucesorios, algunos de derecho de familia, de tránsito y ordenanzas locales, y penales, y la búsqueda en sí es gratuita. La propia página del tribunal es directa sobre lo que falta: los documentos del caso, es decir, las presentaciones reales, generalmente no están disponibles en línea. Para un documento, el costo de copia es $0.50 por página, que no es una cifra propia de Santa Clara sino la tarifa estatal que todo secretario judicial de California debe cobrar bajo la sección 70627(a) del Código de Gobierno. La página del tribunal también incluye una advertencia estándar de acceso: la información proporcionada está sujeta a la ley aplicable, a los reglamentos del tribunal y a las directrices de acceso público, y el tribunal puede limitar el acceso a cierta información cuando la confidencialidad sea requerida por estatuto o reglamento.
Otros condados, incluido San Diego, operan herramientas de búsqueda por índice comparables con sus propias estructuras de tarifas de búsqueda, así que confirme directamente el precio y la cobertura actuales de búsqueda del condado específico. Las tarifas de copia y certificación, en cambio, están fijadas a nivel estatal por ley y no varían de condado a condado.
Las Tres Vías de California para Ocultar un Registro Penal
California no tiene una única ley de sellado. Opera tres vías separadas y no superpuestas, y confundirlas lleva a conclusiones equivocadas sobre lo que muestra un registro.

La primera es la sección 1203.4 del Código Penal, llamada coloquialmente expungement (eliminación de antecedentes), pero legalmente es un retiro de la declaración de culpabilidad y sobreseimiento. El caso subyacente se sobresee tras una petición exitosa, pero el registro sigue siendo visible para las fuerzas del orden y ciertos organismos de licencias.
La segunda es el alivio automático de registros bajo las secciones 851.93 (arrestos) y 1203.425 (condenas) del Código Penal, creado por SB 731 y AB 1076. Esta es la vía que más probablemente se describe en línea como sellado, y la propia página del Departamento de Justicia de California corrige ese enfoque directamente: el alivio automático de registros no es un sobreseimiento, sellado ni eliminación del registro resumen estatal de antecedentes penales de una persona. El departamento revisa los registros de arrestos y condenas para determinar elegibilidad mensualmente, sin requerir una petición, pero los registros elegibles simplemente quedan sujetos a una regla de divulgación más estrecha bajo la sección 11105 del Código Penal, en lugar de ser sobreseídos, sellados o borrados.
La tercera es el sellado civil bajo la Regla de Tribunal 2.550, un proceso basado en moción dentro de una demanda, evaluado bajo una prueba de cinco factores de interés superior. Esta vía no tiene nada que ver con los antecedentes penales; se aplica a registros de casos civiles que una parte pide al tribunal que proteja.
Para conocer las reglas de elegibilidad y el proceso del alivio basado en petición y del alivio automático de registros, consulte las leyes de eliminación de antecedentes de California, que esta guía no repite.
Copias Certificadas
Una copia certificada de un documento judicial de California se obtiene del secretario del Tribunal Superior en el condado donde se presentó el caso, y el precio lo fija la ley estatal, no la política de cada condado.
La sección 70627(a) del Código de Gobierno exige que el secretario del tribunal cobre cincuenta centavos ($0.50) por página para cubrir el costo de preparar copias de cualquier registro, procedimiento o documento archivado en la oficina del secretario. La sección 70626(a)(4) del Código de Gobierno establece, además, una tarifa de cuarenta dólares ($40) por certificar una copia de cualquier documento, registro o procedimiento archivado en la oficina del secretario de cualquier tribunal. Así, una copia certificada generalmente cuesta $40 por la certificación más $0.50 por cada página copiada, y esa cuenta es la misma en todos los condados.
Lo que sí varía según el condado es la mecánica, no el precio: si se solicita por correo, en persona o mediante un formulario de solicitud en línea, cuánto tarda el trámite, y cómo acepta el pago el tribunal. Consulte la página del secretario del tribunal específico para esos detalles, y para cualquier tarifa de servicio adicional que cobre por separado de los dos montos estatutarios anteriores.
Cómo Usar los Registros Judiciales de California Correctamente
Los portales de condado están construidos para verificar un caso específico, ya sea el suyo propio o uno sobre el que tiene una razón legítima para investigar, no para compilar un archivo de antecedentes sobre otra persona. Si un registro judicial de California se usa para evaluar a un solicitante de empleo o a un inquilino, ese uso se rige por separado por la Ley Federal de Informe Justo de Crédito y por las propias reglas de verificación de antecedentes de California. Debido a que el alivio automático de registros es una restricción de divulgación en lugar de un verdadero sellado o sobreseimiento, un registro cubierto por él puede seguir tratándose de manera diferente según quién pregunte y bajo qué autoridad legal, lo cual es un panorama genuinamente más complejo que en la mayoría de los otros estados.
Recursos Relacionados
Registros Judiciales por Estado cubre el panorama completo de los 50 estados. Consulte también Cómo Buscar Registros Judiciales, ¿Son Públicos los Registros Judiciales?, Leyes de Eliminación de Antecedentes de California, Leyes de Verificación de Antecedentes de California, Búsqueda de Órdenes de Arresto de California, y Leyes de Registros Públicos de California.
Aviso Legal
Este artículo proporciona información general sobre el modelo condado por condado de los registros judiciales de California y sus tres vías de alivio de registros. No es asesoría legal. Las tarifas y la cobertura de los portales cambian y varían según el condado; verifique los detalles actuales con el Tribunal Superior correspondiente o un abogado con licencia en California antes de basarse en cualquier información aquí para una situación específica.

Última actualización: 2026-08-10. Los datos y tarifas del portal reflejan su estado publicado a partir de agosto de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Existe un único sitio web para buscar registros judiciales de California?
No. Cada uno de los 58 Tribunales Superiores de California mantiene sus propios registros, y la Regla de Tribunal 2.503 impone el deber de acceso electrónico al tribunal que los conserva, en la medida en que ese tribunal lo considere factible. No hay un sistema estatal centralizado detrás de una búsqueda única, así que debe buscar en el condado específico donde se presentó el caso.
¿Qué significa público pero de acceso exclusivo en el tribunal en California?
Bajo la Regla de Tribunal 2.503(c), once categorías, incluyendo derecho de familia, menores, salud mental y casos penales, son legalmente públicas pero normalmente no pueden ponerse a disposición mediante acceso remoto en línea en ninguna parte del estado, por lo que verlas requiere acudir al tribunal. La Regla 2.503(e) permite una excepción: en un caso penal individual, un juez presidente puede permitir el acceso remoto público cuando las solicitudes de documentos son extraordinariamente altas y responderlas representaría una carga significativa para el tribunal.
¿Cuánto cuesta buscar registros judiciales del Condado de Los Ángeles?
Según el propio cronograma de tarifas del LASC, los usuarios registrados pagan de $1.00 a $4.00 por búsqueda de nombre según el volumen, y los invitados pagan una tarifa fija de $4.75 por búsqueda sin importar los resultados.
¿Cuánto cuesta una copia certificada de un registro judicial de California?
El precio es estatal, no por condado. La sección 70627(a) del Código de Gobierno fija la tarifa de copia en cincuenta centavos ($0.50) por página, y la sección 70626(a)(4) del Código de Gobierno fija una tarifa de $40 por certificar una copia de un documento, registro o procedimiento archivado con el secretario de cualquier tribunal. Los métodos de solicitud y los tiempos de entrega sí varían según el condado.
¿El alivio automático de registros de California sella mi registro?
No. La propia descripción del Departamento de Justicia de California establece que el alivio automático de registros bajo las secciones 851.93 y 1203.425 del Código Penal no es un sobreseimiento, sellado ni eliminación de antecedentes. Restringe quién puede ver el registro bajo la sección 11105 del Código Penal, mientras el registro subyacente permanece archivado.
¿Cuál es la diferencia entre las tres vías de alivio de registros de California?
La sección 1203.4 del Código Penal es un sobreseimiento basado en petición que aún deja el registro visible para las fuerzas del orden y algunos organismos de licencias. El alivio automático de registros es una restricción de divulgación mensual, sin petición, no un sellado. El sellado civil bajo la Regla 2.550 es un proceso separado, basado en moción, para registros de casos civiles, sin relación con los antecedentes penales.
¿Puedo usar registros judiciales de California para evaluar a un solicitante de empleo o inquilino?
No por sí solo. La evaluación de empleo e inquilinos se rige por separado por la Ley Federal de Informe Justo de Crédito y por las propias reglas de verificación de antecedentes de California.
Actualizaciones
Se corrigió la tarifa de copia certificada a las tasas estatutarias estatales de las secciones 70627 y 70626 del Código de Gobierno, se añadió la excepción de la Regla de Tribunal 2.503(e) que permite el acceso remoto en casos penales extraordinarios, y se aclaró que la Regla 2.503 impone un deber de acceso condicionado a la factibilidad, en lugar de asignar la custodia de los registros judiciales.
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
California Government Code
§ 68150Vigente
(a) Trial court records may be created, maintained, and preserved in any form or forms of communication or representation, including paper, optical, electronic, magnetic, micrographic, or photographic media or other technology pursuant to the rules adopted by the Judicial Council pursuant to subdivision (c). (b) (1) This section does not apply to court reporters’ transcripts or to specifications for electronic recordings made as the official record of oral proceedings. These records shall be governed by the California Rules of Court. (2) This section does not apply to original wills and codicils delivered to the clerk of the court under Section 8200 of the Probate Code. Original wills and codicils shall be retained as provided in Section 26810. (c) The Judicial Council shall adopt rules to establish the standards or guidelines for the creation, maintenance, reproduction, or preservation of court records, including records that must be preserved permanently. The standards or guidelines shall reflect industry standards for each medium used, if those standards exist.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-02 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
California Penal Code
§ 1203.4Vigentecitada en 5 de nuestros artículos
(a) (1) When a defendant has fulfilled the conditions of probation for the entire period of probation, or has been discharged prior to the termination of the period of probation, or in any other case in which a court, in its discretion and the interest of justice, determines that a defendant should be granted the relief available under this section, the defendant shall, at any time after the termination of the period of probation, if they are not then serving a sentence for an offense, on probation for an offense, or charged with the commission of an offense, be permitted by the court to withdraw their plea of guilty or plea of nolo contendere and enter a plea of not guilty; or, if they have been convicted after a plea of not guilty, the court shall set aside the verdict of guilty; and, in either case, the court shall thereupon dismiss the accusations or information against the defendant and except as noted below, the defendant shall thereafter be released from all penalties and disabilities resulting from the offense of which they have been convicted, except as provided in Section 13555 of the Vehicle Code.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-09-01 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
Citada en 440 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
En los tribunales (resumen editorial, verificado de forma independiente):Los tribunales tratan el alivio de la sección 1203.4 como rehabilitación legal y no como borrado. Stephens v. Toomey (1959) sostuvo que quien cumple la probatoria recupera su estatus anterior, salvo que el expediente puede usarse en procesos penales posteriores. People v. Banks (1959) sostuvo que ese alivio no es automático: quien nunca lo pidió siguió convicto.
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- People v. Dueñas (California Court of Appeal, 5th District 2019, 242 Cal. Rptr. 3d 268)✓Una madre indigente y sin hogar, en probatoria por conducir con licencia suspendida, impugnó $220 en cargos judiciales y una multa de restitución; el tribunal razonó que quien no puede pagar queda excluido del derecho absoluto a la desestimación de la sección 1203.4, que no sustituye el debido proceso.
- People v. Banks (California Supreme Court 1959, 53 Cal. 2d 370)✓Un hombre cumplió su probatoria por tomar un vehículo, delito castigable como felonía o como falta, pero nunca solicitó la desestimación de la sección 1203.4; al ser procesado después por poseer un arma oculta, el tribunal sostuvo que sin ese trámite legal el delito seguía siendo una felonía.
- Opdyk v. California Horse Racing Board (California Court of Appeal 1995, 34 Cal. App. 4th 1826)✓Un autodenominado apostador profesional, cuya condena menor por corretaje de apuestas fue eliminada bajo la sección 1203.4, fue excluido de las pistas de carreras de California; el tribunal sostuvo que la ley solo libera de ciertas penas e incapacidades y no borra el hecho de la condena.
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 1203.425Vigentecitada en 4 de nuestros artículos
(a) (1) (A) Commencing October 1, 2024, and subject to an appropriation in the annual Budget Act, on a monthly basis, the Department of Justice shall review the records in the statewide criminal justice databases, and based on information in the state summary criminal history repository and the Supervised Release File, shall identify persons with convictions that meet the criteria set forth in subparagraph (B) and are eligible for automatic conviction record relief. (B) A person is eligible for automatic conviction relief pursuant to this section if they meet all of the following conditions: (i) The person is not required to register pursuant to the Sex Offender Registration Act. (ii) The person does not have an active record for local, state, or federal supervision in the Supervised Release File. (iii) Based upon the information available in the department’s record, including disposition dates and sentencing terms, it does not appear that the person is currently serving a sentence for an offense and there is no indication of pending criminal charges.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
§ 851.93Vigente
(a) (1) On a monthly basis, the Department of Justice shall review the records in the statewide criminal justice databases, and based on information in the state summary criminal history repository, shall identify persons with records of arrest that meet the criteria set forth in paragraph (2) and are eligible for arrest record relief. (2) A person is eligible for relief pursuant to this section, if the arrest occurred on or after January 1, 1973, and meets any of the following conditions: (A) The arrest was for a misdemeanor offense and the charge was dismissed. (B) The arrest was for a misdemeanor offense, there is no indication that criminal proceedings have been initiated, at least one calendar year has elapsed since the date of the arrest, and no conviction occurred, or the arrestee was acquitted of any charges that arose, from that arrest. (C) (i) The arrest was for a felony offense not described in clause (ii), there is no indication that criminal proceedings have been initiated, at least three calendar years have elapsed since the date of the arrest, and no conviction occurred, or the arrestee was acquitted of any charges arising, from that arrest.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
Citada en 2 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- People v. Rifat (California Court of Appeal 2026)“…990022) to seal his arrest and related records pursuant to Penal Code section 851.93,2 which the court denied. On appeal, d…”
- Untitled California Attorney General Opinion (California Attorney General Reports 2022)“…ified event); 45125.01, subd. (f) (same, education agency); Pen. Code, §§ 851.93, subd. (c) (court may not disclose info…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 11105Vigente
(a) (1) The Department of Justice shall maintain state summary criminal history information. (2) As used in this section: (A) “State summary criminal history information” means the master record of information compiled by the Attorney General pertaining to the identification and criminal history of a person, such as name, date of birth, physical description, fingerprints, photographs, dates of arrests, arresting agencies and booking numbers, charges, dispositions, sentencing information, and similar data about the person. (B) “State summary criminal history information” does not refer to records and data compiled by criminal justice agencies other than the Attorney General, nor does it refer to records of complaints to or investigations conducted by, or records of intelligence information or security procedures of, the office of the Attorney General and the Department of Justice.
Texto oficial (extracto) · verificado el 2026-07-28 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal · Verifique en leginfo.legislature.ca.gov
Citada en 44 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Kilgore v. Younger (California Supreme Court 1982, 30 Cal. 3d 770)“…summary criminal history information’ within the meaning of California Penal Code § 11105 Plaintiff contended that the Attorney…”
- Central Valley Chapter of 7th Step Foundation, Inc. v. Younger (California Court of Appeal 1979, 95 Cal. App. 3d 212)“…actice of forwarding to the public employers encompassed by Penal Code section 11105, subdivisions (b)(10) and (b)(12) arres…”
- CBS Broadcasting Inc. v. Superior Court (California Court of Appeal 2001, 91 Cal. App. 4th 892)“…of the requested information would not cause DSS to violate Penal Code sections 11105 and 11142, and thus fall within the amb…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- Tribunales de California, Regla de Tribunal 2.503, Acceso público a los registros electrónicos de los tribunales de primera instancia(courts.ca.gov).gov
- Tribunal Superior de Los Ángeles, Información de Tarifas de Acceso Público(lacourt.ca.gov).gov
- Tribunal Superior del Condado de Santa Clara, Case Information Online(santaclara.courts.ca.gov).gov
- Departamento de Justicia de California, Alivio Automático de Registros (Secciones 851.93 y 1203.425 del Código Penal)(oag.ca.gov).gov
- Código de Gobierno de California, sección 70627, tarifas de copia del secretario judicial (cincuenta centavos por página)(leginfo.legislature.ca.gov)
- Código de Gobierno de California, sección 70626, tarifa uniforme de $40 por certificar una copia de un registro judicial(leginfo.legislature.ca.gov)
- Código de Gobierno de California, sección 68150, creación, mantenimiento y conservación de los registros de los tribunales de primera instancia(leginfo.legislature.ca.gov)