EnglishEspañol
Washington flag

Washington

Matrimonio de Hecho en el Estado de Washington: ¿Se Reconoce? (2026)

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 7 de septiembre de 202610 min de lectura
Matrimonio de Hecho en el Estado de Washington: ¿Se Reconoce? (2026)

Preguntas frecuentes

¿Tiene el estado de Washington matrimonio de hecho?

No. Washington nunca ha reconocido el matrimonio de hecho formado dentro del estado. El RCW 26.04.010 y el RCW 26.04.140 exigen una licencia de matrimonio antes de que cualquier pareja pueda casarse legalmente. Ningún periodo de convivencia en Washington crea un matrimonio legal sin una licencia y una ceremonia.

¿Qué es una relación íntima comprometida en el estado de Washington?

Una relación íntima comprometida (CIR) es una doctrina equitativa reconocida por los tribunales que permite a un tribunal de Washington hacer una división justa y equitativa de los bienes adquiridos durante una relación de convivencia no casada de larga duración cuando esa relación termina. Una CIR no es un matrimonio. No crea estado civil de casado, derechos de pensión alimenticia conyugal ni derechos de herencia. La doctrina se estableció en Connell v. Francisco, 127 Wn.2d 339 (1995), y se amplio en Olver v. Fowler, 161 Wn.2d 655 (2007).

¿Son 7 años de vivir juntos un matrimonio de hecho en Washington?

No. Esto es un mito. Ningún estado establece un número requerido de años de convivencia como detonante del matrimonio de hecho. Washington no permite en absoluto la formación del matrimonio de hecho. Vivir juntos durante 7 años o cualquier otro periodo no crea un matrimonio en Washington sin una licencia. Sin embargo, una relación de larga duración puede calificar como una relación íntima comprometida para efectos de la división de bienes.

¿Puedo obtener derechos de propiedad de una relación de larga duración en Washington sin estar casado?

Posiblemente, bajo la doctrina de la relación íntima comprometida. Si el tribunal determina que existió una CIR con base en factores que incluyen la convivencia continua, la duración, el propósito, la combinación de recursos y la intención de las partes, puede hacer una división justa y equitativa de los bienes adquiridos durante la relación. Esto no lo convierte en cónyuge y no le da derecho a pensión alimenticia conyugal ni a derechos de herencia.

¿Qué pasa si tuve un matrimonio de hecho en otro estado y luego me mude a Washington?

Washington reconocerá un matrimonio de hecho formado válidamente en otro estado. Conforme al RCW 26.04.020(3), un matrimonio que se reconoce como válido en la jurisdicción donde se contrajo es válido en Washington, a menos que alguna de las partes ya tuviera un cónyuge vivo o una pareja doméstica registrada, o que la pareja caiga dentro de los grados prohibidos de parentesco del RCW 26.04.020(2). Usted conserva el pleno estado civil de casado en Washington para efectos de divorcio, distribución equitativa de los bienes matrimoniales, manutención conyugal y herencia. Debe obtener un divorcio formal en Washington u otro tribunal competente para terminar ese matrimonio.

¿Necesito un divorcio si tengo un matrimonio de hecho de otro estado?

Sí. Un matrimonio de hecho válido solo puede disolverse mediante un divorcio formal, una anulación o el fallecimiento. No existe la disolución informal. No obtener el divorcio antes de volver a casarse en Washington hace que el segundo matrimonio sea nulo.

¿Qué estados permiten el matrimonio de hecho que Washington reconocería?

A partir de 2026, los estados que aun permiten la formación de nuevos matrimonios de hecho incluyen Colorado, Iowa, Kansas, Montana, Oklahoma (los tribunales lo reconocen, aunque algunas agencias son inconsistentes), Rhode Island, Texas (llamado matrimonio informal bajo la sección 2.401 del Código de Familia de Texas) y Utah (requiere una orden judicial). El Distrito de Columbia también reconoce el matrimonio de hecho. Washington reconocerá un matrimonio formado válidamente en cualquiera de esas jurisdicciones.

Actualizaciones

Se corrigió el fundamento del reconocimiento de un matrimonio de hecho de otro estado al RCW 26.04.020(3) y la regla del lugar de celebración en lugar de la Cláusula de Plena Fe y Crédito, se agregaron los límites de bigamia y parentesco del estatuto, y se corrigió el primer factor de Connell v. Francisco a convivencia continua.

Se corrigió la atribución incorrecta en el párrafo introductorio: el RCW 26.04.010 define el matrimonio como un contrato civil entre dos adultos capaces, no como un contrato que por sí mismo exige una licencia; el requisito de licencia proviene del RCW 26.04.140, citado por separado en la misma oración.

Fuentes y referencias

  1. RCW 26.04.010, Contrato de matrimonio. Legislatura del Estado de Washington(app.leg.wa.gov).gov
  2. RCW 26.04.140, Licencia de matrimonio. Legislatura del Estado de Washington(app.leg.wa.gov).gov
  3. RCW 26.09.080, Disposición de bienes. Legislatura del Estado de Washington(app.leg.wa.gov).gov
  4. RCW 26.09.090, Orden de manutención. Legislatura del Estado de Washington(app.leg.wa.gov).gov
  5. Connell v. Francisco, 127 Wn.2d 339, 898 P.2d 831 (1995). Corte Suprema de Washington(courtlistener.com)
  6. Constitución de EE. UU., Artículo IV, sección 1 (Cláusula de Plena Fe y Crédito). Cornell Legal Information Institute(law.cornell.edu)
  7. Código de Familia de Texas sección 2.401, Matrimonio Informal. Legislatura de Texas(statutes.capitol.texas.gov).gov
  8. Estatutos Revisados de Colorado sección 14-2-109.5, Matrimonios de hecho. Asamblea General de Colorado(leg.colorado.gov).gov
  9. RCW 11.04.015, Descendencia y distribución de bienes muebles e inmuebles (porción intestada del cónyuge sobreviviente), Legislatura del Estado de Washington(app.leg.wa.gov).gov
  10. RCW 26.04.020, Matrimonios prohibidos (subsección (3), validez de un matrimonio reconocido en otra jurisdicción). Legislatura del Estado de Washington(app.leg.wa.gov)
Compartir: