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Leyes de Montaje en el Parabrisas de Maryland (Guía 2026)

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 8 de septiembre de 202617 min de lectura
Leyes de Montaje en el Parabrisas de Maryland (Guía 2026)

Preguntas frecuentes

¿Puedo poner el GPS o el teléfono en el parabrisas en Maryland?

Sí, generalmente, si no bloquea su vista. Las zonas de la línea AS-1 y del cuadrado de 7 pulgadas del Código de Transporte de Maryland 22-404 y el 21-1104(d) se aplican a material no transparente como calcomanías y tarjetas, no a dispositivos electrónicos. Una unidad GPS o soporte para teléfono está regido en cambio por el Transp. Code 21-1104(c), que prohíbe cualquier objeto que interfiera con la vista despejada del conductor a través del parabrisas y no ofrece refugio legal por zona. Montar cerca de la esquina inferior o detrás del espejo retrovisor es la forma más práctica de evitar obstruir su propia vista, pero no es una garantía estatutaria contra una citación.

¿Es legal usar una cámara de tablero (dashcam) en Maryland?

Sí. La grabación de video con cámara de tablero es legal en Maryland. El montaje está regido por el estándar de vista despejada del Transp. Code 21-1104(c) en lugar de las zonas exclusivas de material no transparente del 22-404 y el 21-1104(d), así que elija una ubicación, como detrás del espejo retrovisor, que no bloquee su vista frontal. Maryland también es un estado de consentimiento de todas las partes bajo el Código de Tribunales y Procedimientos Judiciales 10-402. Grabar audio dentro del vehículo sin consentimiento de cada persona presente es un delito grave castigado con hasta 5 años de prisión y multas de hasta $10,000. Desactive la función de audio u obtenga el consentimiento explícito de todos los pasajeros.

¿Cuál es la multa por una infracción de obstrucción del parabrisas en Maryland?

La multa preestablecida por una infracción de obstrucción del parabrisas en Maryland es de $70 con 1 punto asignado a su historial de conducción. Si la obstrucción contribuye a un accidente, la multa aumenta a $110 con 3 puntos. Bajo el estatuto general de sanciones de vehículos (Transp. 27-101), las infracciones de equipo pueden conllevar multas de hasta $500.

¿Puedo polarizar mis ventanas más oscuras que el 35% en Maryland?

Depende de la clase de registro de su vehículo, y en caso contrario solo con una exención médica. Bajo el Código de Transporte 22-406(i)(1)(i), un vehículo Clase A de pasajeros no puede tener polarizado adicional en ninguna ventana que permita menos del 35% de transmisión de luz visible. Bajo el 22-406(i)(1)(ii), un vehículo Clase B para alquiler, Clase E de camión o Clase M multipropósito está sujeto al mínimo de 35% solo en las ventanas inmediatamente a la derecha o izquierda del conductor, por lo que el vidrio trasero más oscuro en esos vehículos no está limitado por ese inciso. Donde sí aplica el estándar del 35%, un médico con licencia en Maryland puede certificar una necesidad médica de polarizado más oscuro, y desde el 1 de octubre de 2025, las condiciones médicas permanentes califican para una exención indefinida (HB 436, Capítulo 452).

¿Puedo colgar objetos de mi espejo retrovisor en Maryland?

No, no si el objeto interfiere con su vista despejada. El Código de Transporte 21-1104(c)(3)(i) prohíbe conducir en una carretera con cualquier objeto que cuelgue del espejo retrovisor y que interfiera con la vista despejada del conductor a través del parabrisas, lo cual incluye ambientadores, permisos de estacionamiento y artículos decorativos. Pero el 21-1104(c)(3)(ii) limita cómo se puede hacer cumplir ese inciso: un oficial de policía puede hacerlo cumplir únicamente como una acción secundaria, después de detener al conductor por sospecha de otra infracción del Código. En otras palabras, un ambientador colgante por sí solo no es una razón legal para que un oficial lo detenga en Maryland.

Actualizaciones

Se corrigió la página de montaje en el parabrisas de Maryland para indicar que los objetos colgados del espejo retrovisor solo son exigibles como acción secundaria bajo el 21-1104(c)(3)(ii), se agregó la prohibición de materiales no transparentes del 21-1104(d), se limitó el mínimo de 35% de polarizado a las clases de vehículo que realmente cubre el 22-406(i)(1), y se eliminó un elemento de "en una carretera" que el 21-1104(a) no contiene.

Fuentes y referencias

  1. Md. Transp. Code 22-404 - Los parabrisas deben estar sin obstrucciones y equipados con limpiaparabrisas(mgaleg.maryland.gov).gov
  2. Md. Transp. Code 21-1104 - Obstrucción a la vista del conductor o al mecanismo de conducción(mgaleg.maryland.gov).gov
  3. Md. Transp. Code 22-406 - Vidrio de seguridad; protección solar y polarizado de ventanas(mgaleg.maryland.gov).gov
  4. Md. Transp. Code 21-1124.2 - Uso de teléfono de mano mientras se conduce(mgaleg.maryland.gov).gov
  5. Md. Cts. & Jud. Proc. Code 10-402 - Intervención de comunicaciones(mgaleg.maryland.gov).gov
  6. Md. Transp. Code 27-101 - Sanciones por delitos menores(mgaleg.maryland.gov).gov
  7. HB 436 (Capítulo 452, 2025) - Exención médica para ventanas polarizadas mejoradas(mgaleg.maryland.gov).gov
  8. SB 913 (2026) - Certificación de polarizado de ventanas por médicos de fuera del estado(mgaleg.maryland.gov).gov
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