Arkansas
Leyes de Difamación en Arkansas: Libelo, Calumnia y Demandas (2026)
Verificado de forma independiente contra fuentes primarias (última auditoría: 20 de junio de 2026). · Ley verificada como vigente al 9 de agosto de 2026. · 3 fuentes primarias citadas en esta página. Cómo verificamos nuestro contenido legal

En Arkansas, la difamación es una reclamación civil por libelo (escrito) o calumnia (oral), y el plazo de presentación se divide según el tipo: un año para la calumnia oral según Ark. Code 16-56-104 y tres años para el libelo según Ark. Code 16-56-105. Arkansas también tiene una ley anti-SLAPP que protege la participación pública.
Esta guía forma parte de nuestra serie Leyes de Difamación por Estado. Para conocer los conceptos básicos de la reclamación, consulte qué significa la difamación de carácter.
¿Qué cuenta como difamación en Arkansas?
La difamación en Arkansas es una declaración falsa de hecho, publicada a un tercero, que se refiere al demandante y que lesiona su reputación. Los tribunales de Arkansas generalmente han exigido que el demandante demuestre una declaración falsa y difamatoria, una publicación no privilegiada a un tercero, culpa por parte del hablante y daño resultante a la reputación. La pura opinión no es accionable, porque la reclamación solo alcanza afirmaciones de hecho que pueden probarse falsas. La verdad es una defensa completa, por lo que una declaración sustancialmente exacta no puede ser difamatoria independientemente de cuán dañina sea. La declaración debe ser razonablemente entendida como referida al demandante. Ciertas comunicaciones gozan de un privilegio absoluto o calificado, como las declaraciones hechas en procedimientos judiciales o legislativos. La antigua sección estatutaria de Arkansas sobre alegaciones en libelo y calumnia, Ark. Code 16-63-207, fue derogada por la Ley (Act) 1148 de 2013, por lo que las alegaciones y defensas en un caso de difamación en Arkansas se rigen por las Reglas de Procedimiento Civil de Arkansas y la jurisprudencia, y no por ese estatuto.
Advertencia: Etiquetar una declaración como opinión no la protege si implica hechos falsos no revelados. Los tribunales de Arkansas preguntan si un lector razonable la entendería como una afirmación de hecho verificable.
Libelo vs. calumnia en Arkansas
La distinción entre libelo y calumnia importa más en Arkansas que en la mayoría de los estados, porque los dos tienen plazos de presentación diferentes. El libelo es la difamación en una forma escrita, impresa o grabada, incluyendo artículos de periódico, correos electrónicos, textos y publicaciones en redes sociales. La calumnia es la difamación oral, como una declaración falsa hecha en voz alta a un tercero. De manera crítica, Arkansas aplica su ley de prescripción de un año, Ark. Code 16-56-104, a la calumnia, mientras que el libelo está regido por la ley de prescripción de tres años, Ark. Code 16-56-105. Eso significa que una declaración difamatoria escrita generalmente permite mucho más tiempo para demandar que la misma acusación hecha en voz alta. Las categorías ya no difieren en cuanto a los daños como antes: desde United Ins. Co. of America v. Murphy en 1998, todo demandante en Arkansas debe probar un daño real a la reputación, sin importar si la declaración fue escrita u oral, ni si cae en una categoría per se.

| Característica | Libelo (escrito) | Calumnia (oral) |
|---|---|---|
| Forma | Artículos, publicaciones, correos, textos | Discurso oral |
| Plazo de presentación | 3 años (Ark. Code 16-56-105) | 1 año (Ark. Code 16-56-104) |
| Prueba de daño | Debe probarse el daño a la reputación | Debe probarse el daño a la reputación |
| Contexto típico | Reseñas en línea, publicaciones | Conversaciones, reuniones |
Difamación per se en Arkansas
La difamación per se cubre declaraciones tratadas como inherentemente dañinas para la reputación. Los tribunales de Arkansas generalmente han tratado varias categorías como per se: imputar un delito grave o uno que involucre torpeza moral, imputar una enfermedad repugnante o transmisible, atacar la competencia o integridad de una persona en su oficio, negocio o profesión, y (históricamente) imputar conducta sexual grave o falta de castidad. Caer en una de estas categorías no exime al demandante de probar el daño. En United Ins. Co. of America v. Murphy, 331 Ark. 364, 961 S.W.2d 752 (1998), la Corte Suprema de Arkansas abolió los daños presumidos, sosteniendo que a partir de esa fecha "un demandante en un caso de difamación debe probar el daño a la reputación para poder recuperar daños" y anulando todas las decisiones previas incompatibles. La corte lo confirmó en Dodson v. Allstate Insurance, 345 Ark. 430, 47 S.W.3d 866 (2001), al sostener que "la doctrina de los daños presumidos en un caso de difamación per se fue abolida". Las categorías per se siguen describiendo declaraciones difamatorias en su faz, y las declaraciones difamatorias solo con contexto adicional se siguen llamando difamación per quod, pero en ambos casos se exige prueba del daño a la reputación.
Advertencia: Muchas guías antiguas y resúmenes de otros estados afirman que Arkansas presume los daños en los casos de difamación per se. Esa ha dejado de ser la ley en Arkansas desde 1998.
El plazo de prescripción para demandar por difamación en Arkansas
Arkansas no usa un solo plazo de difamación; en cambio, se divide por tipo, lo que es una trampa frecuente. La calumnia (difamación oral) debe presentarse dentro de un año según Ark. Code 16-56-104, mientras que el libelo (difamación escrita) está regido por el período de tres años en Ark. Code 16-56-105. El plazo generalmente comienza cuando la declaración se publica por primera vez, y no cuando el demandante la descubre, por lo que actuar con prontitud es especialmente importante para las declaraciones orales con el plazo más corto. Arkansas reconoce la regla de publicación única, según la cual una edición de una publicación o una sola publicación en línea cuenta como una sola publicación que inicia un período de prescripción en lugar de reiniciarse cada vez que se ve, y una republicación materialmente alterada puede iniciar un período nuevo. Dado que la mayoría del contenido en línea es escrito, muchas reclamaciones de difamación en internet en Arkansas caen bajo el período de libelo de tres años más largo, pero caracterizar erróneamente una declaración oral como libelo no extenderá el plazo.
Advertencia: El plazo de un año para la calumnia oral es fácil de perder. Si la declaración dañina fue hablada en lugar de escrita, generalmente tiene solo un año según Ark. Code 16-56-104, mucho menos que los tres años para el libelo.
La ley anti-SLAPP de Arkansas
Arkansas tiene una ley anti-SLAPP, la Ley de Participación Ciudadana en el Gobierno, codificada en Ark. Code 16-63-501 a 16-63-508. La ley otorga inmunidad de responsabilidad civil a una persona que realiza una comunicación privilegiada o lleva a cabo un acto en ejercicio de los derechos constitucionales de libre expresión o petición en conexión con un asunto de interés o preocupación pública, a menos que la declaración se haya hecho con conocimiento de que era falsa o con imprudencia temeraria respecto a si era falsa (Ark. Code 16-63-503 y 16-63-504). La ley exige que un demandante que presenta una reclamación que apunta a dicha actividad protegida, y el abogado del demandante, presenten una verificación escrita bajo juramento certificando que la reclamación está bien fundamentada en los hechos y justificada por la ley vigente (Ark. Code 16-63-505). Si se viola el requisito de verificación, el tribunal puede imponer sanciones, desestimar la reclamación y ordenar a la parte infractora que pague los gastos razonables de la otra parte, incluidos los honorarios de abogado. Presentar una moción de desestimación o una moción para anular bajo Ark. Code 16-63-506 suspende el descubrimiento de pruebas y cualquier audiencia o moción pendiente (Ark. Code 16-63-507). El estatuto es más limitado que las leyes anti-SLAPP más amplias de otros estados porque su vía de desestimación pasa por ese requisito de verificación en lugar de una moción especial de anulación basada en el fondo del asunto, y no porque se limite a declaraciones hechas ante organismos gubernamentales: Ark. Code 16-63-503(1) establece que el acto cubierto «incluye, entre otros,» declaraciones hechas antes o en conexión con procedimientos gubernamentales.

Figuras públicas y malicia real
El estatus del demandante como figura pública o privada establece el estándar de culpa, y esa regla es ley constitucional federal aplicada de manera idéntica en Arkansas y en todos los demás estados. Conforme a New York Times Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254 (1964), un funcionario público que demanda por declaraciones sobre su conducta oficial debe probar malicia real, es decir, que el hablante sabía que la declaración era falsa o actuó con imprudencia temeraria respecto a si era verdadera. La Corte Suprema luego extendió ese estándar a las figuras públicas. Conforme a Gertz v. Robert Welch, Inc., 418 U.S. 323 (1974), un individuo privado generalmente solo necesita probar que el demandado fue negligente respecto a la verdad, un umbral más bajo. Los demandantes privados también enfrentan límites constitucionales sobre los daños presumidos y punitivos en ausencia de malicia real cuando el discurso involucra un asunto de interés público, y Arkansas va más allá de ese piso federal al exigir prueba de un daño real a la reputación en todo caso de difamación. El estándar de conocimiento o imprudencia temeraria también coincide con la excepción de la ley anti-SLAPP de Arkansas.
Daños que puede recuperar en Arkansas
Arkansas reconoce las categorías estándar de daños por difamación, y lo que es recuperable depende del tipo de declaración y el estatus del demandante. Los daños especiales son pérdidas económicas concretas como salarios perdidos, negocios perdidos o contratos perdidos, probados con evidencia. Los daños generales compensan el daño a la reputación y el sufrimiento emocional, y no tienen que reducirse a una cifra exacta en dólares, pero Arkansas no los presume: conforme a United Ins. Co. of America v. Murphy (1998), todo demandante por difamación debe probar un daño real a la reputación para poder recuperar, tanto en casos de difamación per se como en cualquier otro. Los daños punitivos pueden estar disponibles donde el demandante prueba que el demandado actuó con el grado elevado de culpa que la ley requiere, como el conocimiento de la falsedad o la imprudencia temeraria respecto a la verdad. Dado que la ley anti-SLAPP de Arkansas permite el traslado de honorarios contra reclamaciones incorrectamente verificadas que apuntan a la expresión protegida, un demandante que demanda por declaraciones de interés público debe sopesar el riesgo de pagar los gastos del demandado.
Cómo demandar por difamación en Arkansas
Cada caso es diferente y esto es información general, no asesoramiento legal, pero las reclamaciones por difamación en Arkansas tienden a seguir un camino reconocible, e identificar anticipadamente si la declaración es libelo o calumnia es importante porque los plazos difieren. Las personas a menudo comienzan preservando evidencia: capturas de pantalla, enlaces, la fecha de publicación original, la redacción exacta y los nombres de cualquier persona que haya visto u oído la declaración. Un cese y desistimiento o una solicitud de retractación a veces resuelve el asunto o provoca una corrección. Si no, el demandante presenta una demanda en el tribunal de circuito de Arkansas correspondiente, dentro de un año para la calumnia oral o tres años para el libelo, identificando la declaración falsa, cuándo y cómo fue publicada, los terceros que la recibieron y el daño causado. Si la declaración involucra un asunto de interés público, el demandante debe esperar que se invoque la Ley de Participación Ciudadana en el Gobierno, con su requisito de verificación y el posible traslado de honorarios. Muchas personas consultan a un abogado autorizado en Arkansas antes de presentar la demanda.

Cómo demandar por difamación de carácter en Arkansas
Arkansas divide sus plazos de difamación según el tipo. El demandante generalmente debe presentar una reclamación de calumnia (oral) dentro de un año según Ark. Code 16-56-104(3), mientras que una reclamación de libelo (escrito o publicado) tiene un límite más largo de tres años según Ark. Code 16-56-105. Dado que la diferencia importa, identificar si la declaración fue hablada o publicada es un primer paso importante. La mayoría de las demandas por difamación se presentan en el Tribunal de Circuito de Arkansas, mientras que las disputas menores de dinero pueden ir a la división de pequeñas causas del tribunal de distrito, donde el límite es de $5,000. Los elementos que debe probar (una declaración falsa de hecho, publicación a un tercero, culpa y daño a la reputación) y las defensas disponibles (verdad, privilegio y opinión) siguen las mismas reglas nacionales cubiertas en nuestra guía principal.
- Plazo de prescripción: 1 año para calumnia oral (Ark. Code 16-56-104(3)); 3 años para libelo (Ark. Code 16-56-105)
- Dónde presentar la demanda: Tribunal de Circuito de Arkansas (pequeñas causas en el tribunal de distrito para reclamaciones de hasta $5,000)
- Daños: Sin límite exigible. El estatuto de Arkansas que limita los daños punitivos (Ark. Code 16-55-208) sigue en el código, pero fue declarado inconstitucional en Bayer CropScience LP v. Schafer, 2011 Ark. 518, 385 S.W.3d 822 (2011). Los daños compensatorios tampoco tienen límite, pero requieren prueba de daño a la reputación
- Anti-SLAPP: Sí, pero con límites procesales. La Ley de Participación Ciudadana en el Gobierno (Ark. Code 16-63-501 y siguientes) otorga inmunidad por comunicaciones privilegiadas y actos en ejercicio de la libertad de expresión o petición en conexión con un asunto de interés público, la cual, según Ark. Code 16-63-503(1), no se limita a declaraciones hechas a organismos gubernamentales. Funciona mediante un requisito de verificación jurada, sanciones y una suspensión del descubrimiento de pruebas, en lugar de la amplia moción especial de anulación basada en el fondo del asunto que existe en algunos estados.
¿Es la difamación un delito en Arkansas? No. Arkansas no tiene un estatuto general de difamación penal aplicable, por lo que la difamación se persigue como un asunto civil mediante una demanda privada por daños.
Para el proceso paso a paso completo, consulte Cómo demandar por difamación de carácter.
Redacte su carta
Use nuestro generador gratuito de carta de cese y desistimiento por difamación para redactar una carta para Arkansas. Preselecciona Arkansas y muestra su período de prescripción y estado anti-SLAPP mientras usted escribe.
Preguntas frecuentes
¿Puedo demandar por difamación en Arkansas?
Sí. Arkansas reconoce reclamaciones civiles por libelo (escrito) y calumnia (oral). Generalmente debe probar una declaración falsa de hecho sobre usted que fue publicada a un tercero, culpa y daño a su reputación, y luego presentar la demanda dentro del plazo para ese tipo de difamación.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar por difamación en Arkansas?
Depende del tipo. La calumnia oral debe presentarse dentro de un año según Ark. Code 16-56-104, mientras que el libelo (escrito) cae bajo el período de tres años en Ark. Code 16-56-105. El plazo generalmente corre desde la publicación.
¿Es Arkansas un estado con plazo de un año para difamación?
Solo para la calumnia oral. Arkansas aplica un plazo de un año a la difamación oral según Ark. Code 16-56-104, pero la difamación escrita (libelo) recibe el período más largo de tres años según Ark. Code 16-56-105, por lo que la respuesta depende de si la declaración fue hablada o escrita.
¿Qué es la difamación per se en Arkansas?
La difamación per se cubre declaraciones tratadas como dañinas por sí mismas: acusar a alguien de un delito grave, imputar una enfermedad repugnante, atacar su oficio o profesión e imputar conducta sexual grave. Arkansas abolió los daños presumidos en United Ins. Co. of America v. Murphy (1998), por lo que incluso un demandante en un caso per se debe probar un daño real a la reputación.
¿Tiene Arkansas una ley anti-SLAPP?
Sí. La ley anti-SLAPP de Arkansas es la Ley de Participación Ciudadana en el Gobierno, Ark. Code 16-63-501 a 16-63-508. Otorga inmunidad por la expresión protegida de participación pública e impone un requisito de verificación a las reclamaciones que apuntan a dicha expresión, con posible traslado de honorarios.
¿Puedo demandar por una mala reseña en línea en Arkansas?
Solo si la reseña afirma un hecho falso en lugar de una opinión. Una reseña escrita que falsamente afirma que usted cometió un delito puede ser accionable como libelo bajo el plazo de tres años, mientras que una queja subjetiva sobre el servicio o la calidad generalmente es opinión protegida.
¿Es la verdad una defensa contra la difamación en Arkansas?
Sí. La verdad es una defensa completa en Arkansas. Si la declaración impugnada es sustancialmente verdadera, no puede sustentar una reclamación por difamación independientemente de cuán dañina sea para la reputación del demandante.
¿Cuál es la diferencia entre libelo y calumnia en Arkansas?
El libelo es la difamación en forma escrita o grabada, como publicaciones, artículos o correos electrónicos, y tiene un plazo de tres años. La calumnia es la difamación oral y tiene solo un año. La forma de la declaración afecta directamente el tiempo que tiene para demandar.
¿Requiere la ley anti-SLAPP de Arkansas algo especial al presentar la demanda?
Si su reclamación apunta a la expresión protegida de participación pública, Ark. Code 16-63-505 exige que usted y su abogado presenten una verificación escrita bajo juramento de que la reclamación está fundamentada en los hechos y justificada por la ley. Una verificación falsa puede llevar a la desestimación y al traslado de honorarios.
Actualizaciones
Se corrigieron las reglas de daños: Arkansas abolió los daños presumidos en 1998, por lo que todo demandante por difamación debe probar un daño real a la reputación incluso en un caso per se; también se eliminó la referencia a un estatuto derogado en 2013, se aclaró el alcance real de la ley anti-SLAPP del estado, y se señaló que el límite a los daños punitivos fue declarado inconstitucional.
Ley aplicable revisada en busca de cambios recientes
Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas
Verificado de forma independiente contra las fuentes primarias citadas
La ley detrás de este artículo
Este artículo se apoya en las disposiciones legales a continuación, conservadas en nuestro propio registro jurídico y obtenidas de la fuente oficial. Toque una sección para leer el texto vigente.
Arkansas Code of 1987 Annotated
§ 16-56-104Actions with limitation of one year.Vigentecitada en 2 de nuestros artículos
The following actions shall be commenced within one (1) year after the cause of action shall accrue and not thereafter: (1) All special actions on the case; (2) Actions for: (A) Assault and battery;…
Texto oficial (extracto) · verificado el 2020-11-06 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal
Citada en 26 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2025
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Faulkner v. Arkansas Children's Hospital (Supreme Court of Arkansas 2002, 347 Ark. 941)“…arred under the one-year statute of limitations set out in Ark. Code Ann. § 16-56-104 (4) (1987). Faulkner concedes this poin…”
- McQuay v. Guntharp (Supreme Court of Arkansas 1998, 331 Ark. 466)“…rred by the one-year statute of limitations, as provided in Ark.Code Ann. § 16-56-104 (Supp.1995). Attached to the motion as…”
- Milam v. Bank of Cabot (Supreme Court of Arkansas 1997, 327 Ark. 256)“…as barred by the one-year statute of limitation set out in Ark. Code Ann. § 16-56-104 (3) (Supp. 1995). They further claimed…”
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
§ 16-56-105Actions with limitation of three years.Vigentecitada en 6 de nuestros artículos
The following actions shall be commenced within three (3) years after the cause of action accrues: (1) All actions founded upon any contract, obligation, or liability not under seal and not in writing, excepting such as are brought upon the judgment or decree of some court of record of the United…
Texto oficial (extracto) · verificado el 2020-11-06 · Lea el texto completo en nuestra biblioteca legal
Citada en 252 resoluciones judiciales de nuestra colecciónResolución más reciente que la cita en nuestra colección: 2026
En los tribunales (resumen editorial, verificado de forma independiente):Los tribunales de Arkansas aplican el plazo de tres años de Ark. Code Ann. 16-56-105(3) al fraude y a otras reclamaciones no basadas en contrato escrito. Chalmers v. Toyota Motor Sales, USA, Inc. (1996) sostuvo que corre desde el daño, no desde su descubrimiento, salvo ocultación; Arkansas Department of Environmental Quality v. Brighton Corp. (2003) sostuvo que no rige contra el Estado.
Resoluciones que citan esta sección en nuestra colección:
- Tyson Foods, Inc. v. Davis (Supreme Court of Arkansas 2002, 347 Ark. 566)✓Un criador de cerdos demandó a Tyson por fraude después de que la empresa terminó un programa al que él se había endeudado para entrar. Al aplicar el plazo de tres años de la sección 16-56-105, el tribunal sostuvo que la demanda fue oportuna porque el daño no surgió hasta 1998.
- Chalmers v. Toyota Motor Sales, USA, Inc. (Supreme Court of Arkansas 1996, 326 Ark. 895)✓Un concesionario Toyota demandó por precios que favorecían a los concesionarios del otro lado de la frontera estatal. El tribunal aplicó el plazo de tres años de la sección 16-56-105(3) y confirmó el fallo sumario: sus propias cartas de 1987 y 1989 mostraban que conocía o pudo haber descubierto el presunto agravio.
- Arkansas Department of Environmental Quality v. Brighton Corp. (Supreme Court of Arkansas 2003, 352 Ark. 396)✓Los demandados alegaron que la demanda de la agencia estatal por aceite contaminado con PCB en un sitio abandonado estaba prescrita bajo el plazo de tres años de la sección 16-56-105(3). El tribunal sostuvo que la prescripción no corre contra el Estado cuando hace valer derechos públicos.
Identificado automáticamente a partir de las opiniones judiciales que citan esta sección; no es un ranking de qué caso prevalece.
Fuentes y referencias
- Ark. Code 16-56-104, acciones con prescripción de un año (calumnia oral)(portal.arkansas.gov).gov
- Ark. Code 16-56-105, acciones con prescripción de tres años (libelo)(portal.arkansas.gov).gov
- Ark. Code 16-63-501 a 16-63-508, Ley de Participación Ciudadana en el Gobierno (inmunidad anti-SLAPP y requisito de verificación)(portal.arkansas.gov).gov
- Comité de Reporteros para la Libertad de Prensa: ley anti-SLAPP de Arkansas, Ark. Code 16-63-501 a 16-63-508(rcfp.org)
- New York Times Co. v. Sullivan, 376 U.S. 254 (1964), estándar de malicia real(law.cornell.edu)
- Gertz v. Robert Welch, Inc., 418 U.S. 323 (1974), estándar de culpa para figuras privadas(law.cornell.edu)
- United Ins. Co. of America v. Murphy, 331 Ark. 364, 961 S.W.2d 752 (1998), que abolió los daños presumidos y exige prueba de daño real a la reputación(courtlistener.com)
- Dodson v. Allstate Insurance, 345 Ark. 430, 47 S.W.3d 866 (2001), que confirma que los daños presumidos en casos de difamación per se fueron abolidos(courtlistener.com)
- Bayer CropScience LP v. Schafer, 2011 Ark. 518, 385 S.W.3d 822 (2011), que declaró inconstitucional el límite a los daños punitivos de Ark. Code 16-55-208(courtlistener.com)