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Leyes de Cambio de Nombre en Rhode Island: Sin Publicación y una Petición ante la Corte de Sucesiones

Por Equipo Editorial de Recording LawRevisado 2 de septiembre de 20266 min de lectura
Leyes de Cambio de Nombre en Rhode Island: Sin Publicación y una Petición ante la Corte de Sucesiones

Preguntas frecuentes

¿Tengo que publicar aviso de mi cambio de nombre en Rhode Island?

No. El R.I. Gen. Laws § 33-22-28(d) establece que la corte no debe exigir aviso público o publicación antes de aprobar un cambio de nombre, para todo peticionario adulto. La subsección (d) está redactada para peticiones de adultos ante la corte de sucesiones, así que la petición de un menor ante la Corte de Familia se rige, en cambio, por la práctica de esa corte.

¿Existe un estatuto de Rhode Island que establezca el procedimiento para cambiar el nombre de un menor?

No existe un estatuto de procedimiento dedicado. La Corte de Familia tiene jurisdicción sobre los cambios de nombre de menores, pero el estándar de consentimiento, aviso, e interés superior queda a cargo de la práctica judicial en lugar de estar escrito en las Leyes Generales.

¿Rhode Island exige una verificación de antecedentes para un cambio de nombre?

Es discrecional. La corte puede exigir una verificación de antecedentes penales bajo el § 33-22-28(e), pero no es obligatoria para todo peticionario.

¿Puede sellarse mi caso de cambio de nombre en Rhode Island?

Sí. Si la corte determina que un expediente abierto pondría en riesgo su seguridad, el § 33-22-28(g) exige que ordene sellar el expediente, a solicitud suya o por iniciativa propia. El estatuto enumera específicamente el estado transgénero y el estado de sobreviviente de violencia doméstica como factores relevantes, y la corte no puede negar el sellado solo porque usted carezca de un historial documentado de amenazas.

¿Cómo reanudo mi nombre anterior después de un divorcio en Rhode Island?

Mediante el R.I. Gen. Laws § 15-5-17, que autoriza al decreto de divorcio a cambiar su nombre a solicitud, tenga o no hijos del matrimonio.

Actualizaciones

Se corrigio la disposicion de sellado para indicar que la corte de Rhode Island debe ordenar sellar el expediente de cambio de nombre una vez que determina que un expediente abierto pondria en riesgo la seguridad del peticionario, y se aclaro que la prohibicion de publicacion aplica a las peticiones de adultos ante la corte de sucesiones.

Fuentes y referencias

  1. R.I. Gen. Laws § 33-22-28, Cambio de Nombre(rilegislature.gov).gov
  2. R.I. Gen. Laws § 8-10-3, Jurisdicción de la Corte de Familia(rilegislature.gov).gov
  3. R.I. Gen. Laws § 15-5-17, Cambio de Nombre al Divorciarse(rilegislature.gov).gov
  4. Secretaría de Estado de Rhode Island, Petición de Cambio de Nombre (Formulario PC-8.1)(sos.ri.gov).gov
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